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Anses: quiénes cobran hoy, 18 de junio, jubilaciones y pensiones, AUH, AUE, SUAF

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La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) continúa su calendario de pagos correspondiente al mes de junio de 2024. En el mismo, constan las fechas de cobro de jubilaciones, pensiones, Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación Universal por Embarazo, Asignaciones Familiares, Pensiones No Contributivas y Programa Desempleo, entre otros beneficios del organismo previsional. Consultá cuándo cobras según tu DNI.

¿Quiénes cobran en Anses este martes 18 de junio?

Este día hábil cobran los beneficiarios y beneficiarias de Jubilaciones y pensiones con un haber mínimo, Asignación Universal por Hijo (AUH) y SUAF, Asignación por Embarazo, Pensiones No Contributivas, Asignación por Prenatal y Maternidad, Asignaciones Familiares de Pensiones No Contributivas y Asignaciones Pago Único.. Se trata del pago del haber correspondiente al corriente mes de junio:

Jubilados y pensionados con un haber mínimo:

  • DNI terminados en 5: 18 de junio.
  • DNI terminados en 6: 19 de junio.
  • DNI terminados en 7: 24 de junio.
  • DNI terminados en 8: 25 de junio.
  • DNI terminados en 9: 26 de junio.

Asignación Universal por Hijo (AUH) y SUAF:

  • DNI terminados en 5: 18 de junio.
  • DNI terminados en 6: 19 de junio.
  • DNI terminados en 7: 24 de junio.
  • DNI terminados en 8: 25 de junio.
  • DNI terminados en 9: 26 de junio.

Asignación por Embarazo:

  • DNI terminados en 5: 18 de junio.
  • DNI terminados en 6: 19 de junio.
  • DNI terminados en 7: 24 de junio.
  • DNI terminados en 8: 25 de junio.
  • DNI terminados en 9: 26 de junio.

Asignaciones Familiares de Pensiones No Contributivas:

  • Todas las terminaciones de documento: 10 de junio al 11 de julio.

Asignaciones Pago Único:

  • Todas las terminaciones de documento: 11 de junio al 11 de julio.

La Administración Nacional de la Seguridad Social recordó que, si bien no tienen que solicitar turno para cobrar este beneficio, deben acercarse a la entidad bancaria únicamente en la fecha asignada. El resto de las prestaciones comenzará su calendario de pagos en los próximos días.

Anses: calendario de pagos de junio 2024

Las personas beneficiarias de jubilaciones, pensiones y pensiones no contributivas de la ANSES ya pueden consultar el calendario de pagos correspondientes a junio del 2024. Conocé cuándo cobrás según la finalización de tu DNI.

En el sexto mes de 2024, los jubilados y pensionados contarán un aumento del 8,83% correspondiente a la nueva fórmula de movilidad que se calcula tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC). De esta manera, las jubilaciones y pensiones mínimas serán de $206.931,10; mientras que la Prestación Básica Universal (PBU) será $94.657,62. Por su parte, la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) subirá a $165.543,08.

Además, en junio, al haber mínimo se le suma un bono de $70.000, por lo que la jubilación mínima pasa a ser de $276.931,10. El resto de las jubilaciones y pensiones recibirán un proporcional hasta llegar a ese monto. Cabe recordar que, durante este mes se abonará la primera cuota del haber anual complementario.

Fuente: Infocielo.

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El Gobierno promulgó la reforma de la Ley de Glaciares: cuáles son las modificaciones que entraron en vigencia

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A dos semanas de que la Cámara de Diputados aprobara la reforma de la Ley de Glaciares (Ley N° 27.804), este viernes a la madrugada el Gobierno nacional promulgó las modificaciones que quedaron asentadas en el Boletín Oficial. A partir de esto, se introdujo un cambio sustancial en el régimen de protección de los glaciares y ambientes periglaciares en Argentina.

“En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.804 (IF-2026-35955743-APN-DSGA#SLYT), sancionada por el H. Congreso de la Nación en su sesión del día 8 de abril de 2026″, comunicaron por medio de la publicación del Decreto N° 271/2026.

De esta manera, entraron en vigencia los cambios realizados a la normativa que fue originalmente promulgada en 2010, con la intención de regular la preservación de glaciares y áreas periglaciares como reservas estratégicas de agua dulce, encuadrándolos como bienes públicos para el consumo, la recarga de cuencas hidrográficas, el turismo, la investigación científica y la protección de la biodiversidad.

No obstante, la nueva ley redefinió el alcance de esa protección, debido a que le otorgó a las provincias la facultad de establecer criterios propios para determinar qué glaciares y ambientes periglaciares serán preservados, una demanda sostenida por distritos con actividad minera. En ese caso, dejarán de estar cubiertos específicamente por esta legislación, aunque seguirán comprendidos bajo la Ley General del Ambiente y otras normas vigentes.

Uno de los cambios centrales residió en el enfoque sobre los Glaciares de Escombros (GdE) y las áreas periglaciares. Mientras la ley original establecía una protección general, la reforma limitó su resguardo a aquellos cuerpos y geoformas que cumplan una “función hídrica comprobada o relevante”.

Por este motivo, solo estas zonas serán protegidas estrictamente, lo que habilitará la posibilidad de autorizar actividades productivas y extractivas en sectores antes vedados. Durante las audiencias públicas realizadas previas al tratamiento, este se constituyó como un punto que generó cuestionamientos de especialistas y organizaciones ambientales.

Por otro lado, la sanción también desplazó el control científico nacional, debido a que el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), que hasta ahora tenía el rol principal en la identificación de glaciares, pasará a una función más acotada y registral.

El inventario nacional elaborado por el IANIGLA será de “ineludible consulta y consideración” para las provincias, pero sin restarles atribuciones. No obstante, cuando se trate de zonas fronterizas aún no demarcadas, la intervención del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto será obligatoria antes de registrar los datos en el inventario.

Otra de las modificaciones relevantes corresponde al cambio en el sistema de prohibiciones. Se deja atrás el esquema de prohibiciones generales y se adopta un sistema basado en la evaluación de impacto ambiental caso por caso, bajo control de las mismas provincias. Así, la autorización de actividades productivas dependerá del análisis de impacto y no de un veto previo general.

Luego de que la reforma fuera aprobada con un total de 137 votos afirmativos frente a 111 negativos y tres abstenciones en la Cámara Baja, el Poder Ejecutivo Nacional defendió la reforma señalando que permitirá ordenar el marco normativo, evitar interpretaciones arbitrarias y fortalecer el federalismo ambiental, dando mayor protagonismo a las provincias en la gestión de sus recursos.

“Esta reforma histórica aclara con precisión científica que se debe continuar protegiendo los glaciares y las geoformas del ambiente periglacial que cumplen funciones hídricas, permitiendo, en función de evaluaciones técnico-científicas provinciales, la explotación de los minerales en los terrenos que estaban mal catalogados como glaciares y no formaban parte del objeto protegido de la ley”, enumeraron en un comunicado emitido por la Oficina del Presidente.

Al mismo tiempo que celebraron que eliminará “las distorsiones ideológicas y las trabas artificiales que impedían el progreso”, enfatizaron que los cambios legislativos reafirmaron que “el cuidado genuino del ambiente y el crecimiento económico no son enemigos”.

Y concluyeron que “los intentos de interferencia de organizaciones extranjeras fracasaron y los ecologistas empeñados en impedir el progreso de la República Argentina volvieron a perder. Las agendas que buscan impedir el progreso de los argentinos encontraron en este Gobierno su mayor enemigo”.

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La Justicia se convirtió en el árbitro involuntario de la interna libertaria

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Todo está roto y baila. Como dice la canción de The Doors. Que la relación entre Karina Milei y Santiago Caputo está quebrada, no es una novedad; pero que piensen en la Justicia como el árbitro de esa pelea, sí. Mientras Comodoro Py avanza contra el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, en la causa por enriquecimiento ilícito; en la justicia porteña tomaron impulso al menos cuatro expedientes contra tuiteros libertarios. No se salva ninguno. Hasta Daniel Parisini –Gordo Dan en X y principal referente de los tuiteros mileistas–, está imputado por hostigamiento, amenazas e incitación a cometer delitos por sus declaraciones en X y el stream Carajo.

Abogados con acceso a uno de los expedientes aseguran que la fiscal de delitos complejos de la Ciudad, Celsa Ramírez, preparaba ayer por la mañana las cédulas para citar a indagatoria a todos los imputados. Incluidos Dan y el biógrafo de Milei, Nicolás Márquez. Sin embargo, según pudo averiguar Infobae, por ahora esas cédulas no saldrán. Pero las causas no se cierran. Solo es cuestión de timing.

Además de Parisini y Márquez, están imputados algunos de sus compañeros en Carajo: Pablo Sebastián Pazos, Alejandro Sarubbi Benítez y Mariano Pérez. Los acusan de los delitos previstos en los artículos 149 bis (amenazas), 209 (instigación a cometer delito), 212 (incitación a la violencia colectiva), 213 bis (imponer sus ideas a otros a través de la fuerza o el temor) del Código Penal. El dato es importante. La fiscal decidió pasar del “hostigamiento digital”, una contravención que se resuelve con el pago de una multa, a una figura penal que podría terminar con prisión efectiva para los acusados si se los encontrara culpables de todos los delitos que se les imputan.

La investigación se inició en junio del año pasado por una denuncia del diputado Esteban Paulón, quien advirtió estar siendo víctima de hostigamiento agravado y discriminación. En su presentación, Paulón aporta posteos y fragmentos de Carajo en los que se lo acusa, según él refiere, “por mi orientación sexual gay”, de pédofilo y abuso infantil. Entre algunos de los ejemplos, el diputado incluye este posteo de Pazos del 24 de junio de 2025: “Pedófilo, operador, comunista y cara de pelotudo. SIDA PARA VOS”.

Parisini no es funcionario público, pero su poder de influencia, sobre todo en el electorado libertario, supera por escándalo el de muchos con silla en el Ejecutivo Nacional. Goza de ingreso irrestricto a la Casa Rosada. Aunque no a todos los despachos. No se le ocurriría entrar sin golpear a la Secretaría General de la Presidencia; eso lo hace en las oficinas de Santiago Caputo. Parisini es, junto al diputado bonaerense Agustin Romo, el máximo referente de las Fuerzas del Cielo. Esa agrupación, con estandartes bordó y narrativa de la antigua Roma, es la que construyó la militancia digital mileista.

La semana pasada, en el marco de un duelo a quemarropa, la diputada Lilia Lemoine, leal a los hermanos Milei, le escupió a Parisini:“Twitter no es la vida real”. Es cierto. Pero para la LLA, las redes, son lo que para el macrismo los timbreos y para el peronismo la movilización. Los referentes de las Fuerzas del Cielo están convencidos que su militancia digital redunda en votos que permitieron llevar a Milei a la Rosada y que ese trabajo y lealtad no fueron reconocidos por la conducción de LLA. Por ahora no se animan a decir –quizá ni admitir– que tampoco por el Presidente.

Para los libertarios Caputistas, la embestida judicial contra los tuiteros no es un avance independiente de la justicia porteña, sino una estocada más contra Caputo que salió “desde el propio Gobierno”, como dijera Adorni para explicar la aparición del video de su vuelo privado a Punta del Este. Para sostener la hipótesis, anotan que hasta el 5 de marzo, el jefe de los fiscales de la Ciudad, por tanto también de Ramírez, era Juan Bautista Mahiques, hoy ministro de Justicia de la Nación. Telarañas.

En la justicia insisten en la imparcialidad de la fiscal Ramirez. “No es la interna, es la convicción de lucha contra la violencia en redes y un criterio. Trabajar para poner un límite y definir qué es libre de expresión y que insultos, agresiones, amenazas cometidas sistemáticamente por el mismo grupo de tuiteros violentos”, apuntan.

El debate está planteado: ¿Las expresiones en redes sociales, sin importar su nivel de agresividad o difamación, supone inexorablemente el ejercicio del derecho a la libertad de expresión o podrían interpretarse y juzgarse, según el tenor y reiterancia, como delitos penales?

“Cuando la actividad es permanente y la agresión constante no se trata solo de un hostigamiento digital. Se hace una trazabilidad del delito: no es un solo hecho, son un montón. Tiene que haber un límite porque la violencia que ejercen es dramática”, analiza un sector de tribunales.

Las otras causas: qué se investiga y a quiénes

No son los únicos complicados. La fiscal tiene al menos otras tres causas contra tuiteros libertarios, incluida la iniciada por la denuncia del diputado nacional, Sebastián Pareja. En septiembre del año pasado, el hombre de Karina en la provincia de Buenos Aires pidió que se los investigue por amenazas después de recibir mensajes y llamadas en su celular. En su entorno insisten en que el Diputado “es de los que cree que no hay que judicializar la política” pero que tomó la decisión de ir a la Justicia cuando las amenazas llegaron a su hija.

Pareja denunció once cuentas de X, entre ellas ASB @GordoLeyes (Sarubbi Benitez), @TRADUCTORTEAMA (xxx), @JERERODRIGUEZOK; @LIBERADORDEARGY1; @TYLERDELCIELOM; @SOYBORTINA; y @ERNESTODIAZ_56. La fiscalía trabajó en el rastreo de IP hasta que logró identificar usuarios de X con personas reales y los llamó a declarar. Las indagatorias comenzaron este lunes y ya se presentaron cinco imputados. Uno de ellos admitió, esta semana, haber tomado el número de celular de Pareja, publicado en otra de las cuentas libertarias, y enviarle amenazas por WhatsApp.

Jerónimo Rodríguez es un abogado libertario, enemistado con Pareja desde su paso por el ministerio de Sandra Petovello. Rodríguez había denunciado a Pareja por inclumplimiento de los deberes de funcionario público por no denunciar presuntos hechos de corrupción cometidos durante el Gobierno de Alberto Fernández en la gestión del FISU. La causa nunca prosperó. Ahora él es denunciado por Pareja por amenazas y también por la Fiscal Ramírez.

Es que en distintas intervenciones en La Trinchera, Rodríguez dijo que había que empezar a investigar a la fiscal: “Tiene un nivel de vida que la verdad con un sueldo de fiscal no sé cómo hace. Tiene créditos, tiene deudas en bancos por más de $32 millones de pesos. Vive en Puerto Madero, en un departamento que vale aproximadamente, uno similar de donde vive ella, 800 mil dólares y paga expensa de un millón de pesos”. A raíz de esas afirmaciones, la fiscal pidió que se iniciara una nueva causa por enemistad con la fiscalía.

Rodríguez no se amedrenta y contraataca en su idioma. El 20 de abril, escribió en X: “VIVA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN. La Fiscal Celsa Ramírez, me denunció junto a @GordoLeyes, por hablar en el programa @TrincheraCarajo, de la denuncia que me hizo @SPareja_ , y contar que no se sabe cómo con su sueldo de @MPFCABA, vive en un lujoso departamento de puerto madero, que según la información pública del BCRA, tiene créditos de más de 32 Millones y además maneja, al menos una ONG , cuyo objeto es incompatible con su función. Consulta @CPACF, ¿cuando una Fiscal te denuncia, te puede seguir investigando?”.

Si bien fue la denuncia de Pareja la que desató la furia tuitera y habilitó la guerra a cielo abierto entre el Gordo Dan y Lemoine, hay una causa anterior. La primera en denunciar por amenazas a una de las caras de Carajo fue la diputada, ex LLA, Marcela Pagano.

En junio del año pasado denunció al conductor de La Trinchera, Sarubbi, por amenazas a ella y a su hija, además de publicación de datos personales como domicilio particular. Aunque el militante libertario ya declaró en esa investigación, Ramírez volvió a citarlo para el martes para que amplíe esa indagatoria. ¿Por qué? Porque siguió hostigando a Pagano.

También el periodista Pablo Duggan inició una demanda contra Sarubbi Benítez por hostigamiento y amenazas. Y también en ese expediente la fiscal lo acusó por los delitos previstos en los artículos 149 bis, 209, 212, 213 bis.

Si la justicia decide ir a fondo y avanzar contra los tuiteros, y juzgar sus insultos y dichos en X como amenazas e instigación a cometer delitos, sentaría un precedente singular. Podría leerse ese fallo judicial como una suerte de muestra gratis de lo que puede ocurrir hacia delante. Una advertencia del Poder Judicial a la política. Hay que recordarlo: el Presidente de la Nación es el tuitero más furibundo.

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Levantaron el paro del Servicio Meteorológico Nacional luego de que el Gobierno lo declarara ilegal

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La Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) anunció el levantamiento parcial del paro del Servicio Meteorológico Nacional (SMN) que había sido programado para este viernes 24 de abril, luego de que el Gobierno nacional declarara ilegal la medida convocada por los trabajadores del organismo.

La decisión fue informada por el secretario general de ATE, Rodolfo Aguiar, por medio de un comunicado emitido en la red social X. Pese al acatamiento de la orden gubernamental, el gremialista denunció que la Secretaría de Trabajo actuó fuera de la ley al limitar el derecho a huelga en ese sector.

“Decidimos el levantamiento parcial de la medida de fuerza”, indicó el representante sindical, para luego confirmar que, en su lugar, realizarán una asamblea general resolutiva a partir de las 10:30 horas. El encuentro será en la sede central del SMN, ubicada sobre la Avenida Dorrego al 4019, entre Figueroa Alcorta y Lugones.
De esta manera, está previsto que se definan los pasos a seguir por los trabajadores, mientras persisten las diferencias entre el gremio y las autoridades nacionales sobre la legalidad de las medidas de fuerza y las condiciones laborales en uno de los organismos clave para la seguridad aérea y la prevención climática en Argentina.
En contraposición, Aguiar apuntó que “el Gobierno ataca el derecho a huelga del Servicio Meteorológico Nacional. La ilegalidad es la de la Secretaría de Trabajo”. Asimismo, sostuvo que los trabajadores del organismo se encontraban habilitados a hacer el paro, pese a que las autoridades argumentaron que era ilegal por tratarse de un servicio esencial.
“Eso es falso. Ninguna ley incluyó a ese servicio como esencial, por lo cual no existe restricción alguna para ejercer ese derecho fundamental”, remarcó. Además, exigió que, si el Gobierno considera esencial la tarea del organismo, debe garantizar presupuesto, equipamiento y capacitación permanente, en lugar de avanzar con despidos.

En línea con esto, el secretario general de ATE sostuvo que “el SMN es muy importante para el país. Por eso exigimos que lo traten como esencial de la manera que corresponde: con más presupuesto, equipos, tecnología y capacitación permanente. Y, por supuesto, si es tan esencial, no pueden despedir a más de 140 trabajadores”.

Aguiar planteó que “lo que pretende el Gobierno es prohibir el derecho a la huelga” y concluyó que “ilegal no es una huelga comunicada en tiempo y forma; lo que es ilegal es la conducta de los funcionarios de este Gobierno que están incurriendo en numerosos delitos al poner en riesgo vidas humanas, pretendiendo hacer despegar aviones sin los informes meteorológicos”.

El reclamo de los trabajadores del SMN

El paro apuntaba a instalar en la agenda pública que, ante el cierre de 40 estaciones y la desvinculación de meteorólogos, tanto la seguridad aérea como la “continuidad del servicio meteorológico esencial” estarían en riesgo.

Según la dirigencia de ATE, el problema trasciende lo laboral e incide de forma directa en el funcionamiento de las operaciones aeronáuticas y en la capacidad de prevención frente a condiciones climáticas adversas.

En las últimas semanas, los representantes gremiales del sector aeronáutico y del Instituto Nacional de Tecnología Industrial se reunieron con legisladores nacionales para exponer la situación del SMN y debatir el “feroz desguace” de áreas críticas del Estado. Según la Coordinación Nacional de ATE ANAC, el Ejecutivo nacional no dio señales de voluntad política para detener los despidos ni para resolver la crisis de recursos que afecta a estos organismos.

El conflicto se profundizó tras la confirmación de que los despidos alcanzarán a trabajadores contratados bajo los artículos 9 y 1109. Para el gremio, esto precarizaría la situación laboral y pondría en riesgo funciones clave del sector. Sobre todo, hicieron hincapié en el funcionamiento del servicio nocturno de aviación.

De hecho, el propio sindicato alertó que la reducción del SMN podría provocar un “impacto severo en la seguridad y la frecuencia de las operaciones aéreas”, ya que la labor de los técnicos resulta irremplazable para el control y la prevención de incidentes aeronáuticos.

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