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Política Nacional

Así quedaron las modificaciones en el proyecto de IVE

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​​Hoy comienza el debate en Diputados para dar media sanción al proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Se espera una larga jornada en el recinto, por lo que la votación se daría mañana viernes entre la madrugada y la mañana.

El plenario de comisiones aprobó el dictamen sobre IVE, el mismo será tratado en el recinto entre jueves y viernes: la votación tuvo 77 por la afirmativa, 30 en contra y 4 abstenciones.

Este dictamen tiene tres cambios con respecto al proyecto presentado por el Ejecutivo: dos artículos modificados y uno agregado.

Estos cambios tienen que ver con la autonomía según la edad de las adolescentes y la objeción de conciencia. Dos temas sensibles que de esta manera se acercan un poco a ciertos requerimientos de quienes cuestionan esta ley.

Así, el sector a favor del aborto asegura que están más cerca de aprobar la ley en el Senado, ya que los cambios propuestos fueron discutidos con representantes de la Cámara Alta.

En primer lugar se modifico el articulo 5º, dedicado a los “Derechos en la atención de la salud”. Se agregó un punto sobre la privacidad, que dice: “En los casos de violación cuyas víctimas fueran niñas o adolescentes, el deber de comunicar la vulneración de derechos previsto en el artículo 30 de la ley No. 26.061 y el deber de formular denuncia penal establecido en el artículo 24, inciso e) de la Ley No. 26.485 en el marco de lo dispuesto por el artículo 72 del Código Penal, deberá cumplirse respetando el derecho a la privacidad y confidencialidad de niñas y adolescentes, su capacidad progresiva e interés superior de conformidad con la Convención de los Derechos del Niño, la Ley No. 26.061 y el artículo 26 del CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL, y no deberá obstruir ni dilatar el acceso a los derechos establecidos en la presente ley”.

También se modificó artículo 8º, en el que se habla sobre “Personas menores de edad”. Nada cambia sobre las mayores de 16 años, que en ambos casos (proyecto y dictamen) tienen plena capacidad para prestar su consentimiento.

El cambio que se hizo es la redacción sobre las menores de 16 años, que en el proyecto del Ejecutivo se distinguía entre el grupo de hasta 13 años y el grupo de 13 a 16. “En los casos de personas menores de DIECISEIS (16) años de edad, se requerirá su consentimiento informado en los términos del artículo anterior y se procederá conforme lo dispuesto en el artículo 26 del CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL y la Resolución N° 65/15 del MINISTERIO DE SALUD de la Nación en concordancia con la Convención de los Derechos del Niño, la Ley No. 26.061, el artículo 7 del anexo I del Decreto reglamentario N 415/06 y el Decreto Reglamentario 1282/03 de la ley 25673”.

En realidad no cambia en nada con respecto al proyecto del Ejecutivo, salvo la redacción.

El cambio más importante es, la objeción de conciencia.

Por esto se agregó un artículo entero, el 11º, el cual quedó de la siguiente manera: “OBJECIÓN DE CONCIENCIA. OBLIGACIONES DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD. Aquellos efectores de salud del Subsector Privado o de la Seguridad Social que no cuenten con profesionales para realizar la interrupción del embarazo a causa del ejercicio del derecho de objeción de conciencia de conformidad con el artículo anterior, deberán prever y disponer la derivación a un efector que realice efectivamente la prestación y que sea de similares características al que la persona solicitante de la prestación consultó. En todos los casos se debe garantizar la realización de la práctica conforme a las previsiones de la presente ley. Las gestiones y costos asociados a la derivación y el traslado de la paciente quedarán a cargo del efector que realice la derivación. Todas las derivaciones contempladas en este artículo deberán facturarse de acuerdo con la cobertura a favor del efector que realice la práctica”.

 

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El canciller de Israel agradeció a Milei por declarar organización terrorista a la Guardia Revolucionaria de Irán

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A través de una publicación en X, el canciller de Israel Gideon Sa’ar agradeció al presidente Javier Milei la decisión de declarar a la Guardia Revolucionaria de Irán como “organización terrorista” y solicitar la incorporación al Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET).

En el mensaje, el funcionario recordó brevemente los atentados ejecutados contra la Embajada de Israel en 1992 y la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA), en 1994. “Agradezco al presidente de Argentina @JMilei su decisión, en la víspera de la fiesta de la libertad, de declarar a la Guardia Revolucionaria Iraní como organización terrorista”, manifestó.

En paralelo, destacó los avances en esta materia que anteriormente tomó el Gobierno. “Esta decisión se suma a su declaración de Hezbolá y Hamás como organizaciones terroristas y sitúa a Argentina, bajo su liderazgo, a la vanguardia del mundo libre en la lucha contra el régimen terrorista Iraní y sus proxys”.

Además, calificó a Milei como uno de “los líderes más destacados de nuestra generación” que “demuestra una vez más claridad moral y un compromiso inquebrantable con los valores de la libertad y la lucha contra sus enemigos”.

La distinción se hizo sobre la publicación que había compartido en la misma red social la Oficina del Presidente, a la medianoche. En la misma, escribieron: “La República Argentina fue víctima de dos de los atentados terroristas más graves de la historia, perpetrados en la década de 1990 por el brazo operativo del CGRI en la región, la organización Hezbolá”.

Luego de que los hechos fueran investigados judicialmente, se determinó que “ambos ataques fueron planificados, financiados y ejecutados con participación directa de altos funcionarios del régimen iraní y de operativos de la Guardia Revolucionaria”. A partir de esto, se ordenó la inclusión de la fuerza iraní en el RePET, en conjunto con las alertas rojas de Interpol que pesan sobre el actual titular del CGRI, Ahmad Vahidi, y varios ciudadanos iraníes.

La Guardia Revolucionaria fue creada en 1979 tras la revolución islámica y evolucionó hasta convertirse en una estructura central del sistema político iraní. Funciona como un cuerpo paralelo a las Fuerzas Armadas tradicionales, con autonomía operativa y fuerte influencia en la toma de decisiones estratégicas.

Además de su capacidad militar, la Guardia tiene presencia en sectores económicos clave, lo que le permite financiar sus actividades y sostener su estructura. Su poder excede lo institucional y se proyecta como uno de los pilares del régimen.

Su brazo más relevante en el exterior es la Fuerza Quds, encargada de coordinar operaciones fuera de Irán. A través de esa unidad, el régimen articula vínculos con milicias y organizaciones armadas en Medio Oriente, consolidando una red de influencia regional.

Ese despliegue internacional constituye uno de los fundamentos para su inclusión en listados de terrorismo por parte de distintos países. Estados Unidos la declaró organización terrorista en 2019, en una decisión que sentó precedente al involucrar a una estructura estatal.

En las últimas semanas, la Guardia Revolucionaria se consolidó como el principal instrumento de la respuesta iraní frente a la ofensiva de Estados Unidos e Israel. Desde esa estructura se coordinaron ataques con misiles y drones contra distintos objetivos en la región, reforzando su papel en la escalada bélica.

La escalada también se reflejó en su conducción. Parte de su cúpula fue alcanzada por ataques selectivos, lo que derivó en cambios internos y en una mayor centralidad de la organización dentro del régimen iraní.

En este contexto, vuelve a tomar relevancia la figura de Ahmad Vahidi, actual jefe de la Guardia Revolucionaria y uno de los funcionarios iraníes con pedido de captura internacional por el atentado a la AMIA. Su rol refuerza el vínculo entre esa estructura y la agenda judicial argentina.

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Fentanilo contaminado: ordenaron nuevos allanamientos para calcular embargos millonarios en la causa por 111 muertes

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El juez federal de La Plata Ernesto Kreplak ordenó nuevos allanamientos en los laboratorios vinculados a la producción del fentanilo contaminado de HLB Pharma, en una causa que ya investiga la muerte de 111 pacientes. Los procedimientos se realizaron en las plantas productoras Ramallo SA, ubicada en esa localidad bonaerense, y HLB Pharma Group SA, que operaba en el municipio de San Isidro. Según pudo reconstruir de manera exclusiva Infobae, la medida judicial —llevada adelante por la Policía de Seguridad Aeroportuaria y la Policía Federal Argentina— tuvo como objetivo identificar cada una de las máquinas y avanzar en su valuación para “precisar el embargo” que el magistrado impondrá a los 14 imputados que tiene la causa.

La medida será definida luego de las nuevas declaraciones indagatorias que comenzarán a tomarse a partir de abril. En una primera etapa, los sospechosos habían sido interrogados por 20 muertes, pero la magnitud de la tragedia sanitaria llevó a sumar 91 víctimas fatales más, además de 49 sobrevivientes con secuelas y nuevas pruebas incorporadas al expediente.

En todos los casos, Kreplak los consideró “prima facie” responsables de los delitos de “adulteración de sustancias medicinales en concurso real con adulteración de sustancias medicinales de un modo peligroso para la salud de las personas con resultado de muerte, en al menos 20 casos”, una figura penal que contempla penas de entre 10 y 25 años de prisión.

Las imágenes exclusivas que reproduce este medio fueron grabadas por las cámaras de seguridad ubicadas en el ingreso de las dos plantas de producción. Allí se observa a la comisión judicial en el ingreso y salida de los laboratorios responsables de elaborar el medicamente adulterado con bacterias resistentes a antibióticos.

Según consta en el expediente, el principal señalado es el empresario Ariel García Furfaro, propietario de HLB Pharma y Ramallo. Entre los otros 13 procesados figuran su madre, Nilda Furfaro, integrante del directorio, y su hermano, Diego García, también directivo de los laboratorios.

La nómina incluye además a directores técnicos y responsables del control de calidad, es decir, los encargados de supervisar los medicamentos producidos en HLB Pharma y Laboratorios Ramallo.

El juez federal ya dispuso un embargo récord de un billón de pesos sobre García Furfaro como garantía ante eventuales responsabilidades civiles y penales.

En su primera resolución, de 401 fojas, Kreplak analizó el rol de cada integrante de la cadena de producción y control del medicamento adulterado, que estaba contaminado con bacterias multirresistentes. Según los peritajes del Cuerpo Médico Forense, estos microorganismos provocaron la muerte de pacientes o aceleraron su fallecimiento tras la administración del potente anestésico.

Los embargos millonarios

El magistrado también dispuso los siguientes embargos:

  • Diego Hernán García: $500.000.000.000
  • Nilda Furfaro: $500.000.000.000
  • Javier Martín Tchukrán: $500.000.000.000
  • Damián Roberto García: $500.000.000.000
  • Carolina Ansaldi: $100.000.000.000
  • José Antonio Maiorano: $100.000.000.000
  • Adriana Iúdica: $100.000.000.000
  • Wilson Daniel Pons: $50.000.000.000
  • María Victoria García: $50.000.000.000
  • Edgardo Gerardo Antonio Sclafani: $50.000.000.000
  • Eduardo Darchuk: $50.000.000.000
  • Dayana Arzolidys Astudillo Bolívar: $10.000.000.000
  • Rocío del Cielo Garay: $10.000.000.000

Tras las nuevas indagatorias, Kreplak deberá definir si mantiene, aumenta o reduce estas cifras en los próximos procesamientos.

El mayor desastre sanitario reciente

La tragedia ya es señalada como el mayor desastre sanitario de la historia argentina reciente, y se la ubica en el mismo nivel de impacto que episodios como el Tragedia de Once y el incendio del boliche Tragedia de Cromañón.

La causa tramita bajo el expediente FLP 17371/2025 e investiga la presunta muerte de 111 pacientes y la afectación de otros 49 sobrevivientes por la aplicación de ampollas de fentanilo contaminadas.

El caso se originó el 8 de mayo de 2025, cuando la ANMAT emitió una alerta sanitaria y prohibió el uso de varios lotes tras detectarse los primeros fallecimientos en el Hospital Italiano de La Plata.

La investigación incluyó estudios del Instituto Malbrán, que detectaron en las ampollas la presencia de Klebsiella pneumoniae, Klebsiella variicola, Ralstonia pickettii y Ralstonia mannitolilytica.

Hasta el momento, el análisis de las historias clínicas realizado por el Cuerpo Médico Forense determinó que, en al menos 111 casos, existió una infección asociada al fentanilo adulterado. Además, se comprobó que la exposición a estas bacterias incrementó significativamente el riesgo de muerte, especialmente en pacientes con cuadros clínicos complejos.

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El Gobierno evalúa llevar a la Corte la pelea por la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario

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Al Gobierno se le están acabando las opciones para no aplicar la Ley de Financiamiento Universitario sancionada el año pasado por parte de la oposición. La Cámara Contencioso Administrativo Federal publicó este martes un fallo que ordena al Poder Ejecutivo Nacional a aplicar esa normativa de manera inmediata, remarcando que la medida no representaba un impacto fiscal sustancial y que el Estado debía priorizar el derecho constitucional a la educación pública universitaria.

Con la decisión judicial firmada por los jueces Sergio Fernández y Jorge Morán, el Gobierno debe decidir cuál será el próximo paso: implementar las partidas presupuestarias y los desembolsos que prevé la Ley o apelar a la última instancia posible antes, un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

“Dar marcha atrás no es una opción”, aseguró a Infobae una fuente gubernamental que tiene una incidencia total en la decisión final. La postura predominante en el Gobierno es, por estas horas, apelar a la última instancia posible, el máximo tribunal, para ganar tiempo mientras intentan avanzar en el Congreso con su proyecto de ley universitario, el cual implica menor inversión presupuestaria que el que rige actualmente.

Los equipos legales de la Presidencia de la Nación, la Procuración del Tesoro y, principalmente, el del Ministerio de Capital Humano, están evaluando la factibilidad de realizar este movimiento. El responsable de la interlocución con las universidades es el subsecretario de Políticas Universitarias, Alejandro Álvarez, quien responde a la ministra Sandra Pettovello. Este tema en particular es uno que tiene interrelación total con la política fiscal que ejecuta el ministro de Economía, Luis Caputo.

El vicerrector de la UBA, Emiliano Yacobitti, recordó que “el PEN debe cumplir con la ley” y que la omisión podría constituir “un caso de gravedad institucional sin precedentes que podría configurar causal de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos”. Añadió que aunque el Estado recurra a la Corte Suprema, la propia jurisprudencia del alto tribunal sostiene que las medidas cautelares no son sentencias definitivas y, por lo tanto, escapan a su competencia.

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