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Devolución del IVA: ¿cómo saber si podés acceder al descuento?

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El programa de reintegro del IVA en la compra de productos de la canasta básica con tarjeta de débito comenzó a regir desde este lunes. Para que sea efectivo se debe realizar la compra con tarjeta de débito y alcanzará a una buena parte de la población. Para saber si estás incluido, podés chequear a través de la web de la AFIP.

Alrededor de 20 millones de personas podrán obtener el beneficio en la adquisición de alimentos y productos de higiene personal. Pero para poder obtener un descuento de hasta $18.800 por mes y por persona, hay una opción para chequear en la web oficial de la AFIP si entrás en la categoría de beneficiario o no, pero que no incluye a los nuevos sujetos alcanzados.

Devolución del IVA: cómo saber si podés ser beneficiario del reintegro

  • Ingresar a: https://servicioscf.afip.gob.ar/publico/reintegro/consulta.aspx
  • Se debe ingresar el CUIL y el código de seguridad.
  • Aparecerá en la pantalla si está o no incluido.

Es importante aclarar que esta web aplica solamente a beneficiarios anteriores como jubilados y pensionados que ya accedían al reintegro de $4.000 mensuales, no a las nuevos sujetos alcanzados.

Devolución del IVA: ¿qué pasa si no estoy incluido?

Sin embargo, surgieron dudas luego de que circulara que muchos potenciales incluidos en la devolución figuraban como no habilitados. El titular de la AFIP, Carlos Castagneto, aclaró que a pesar de lo que dice el resultado de la búsqueda, la gran mayoría estará alcanzada.

Si bien se pensaba que esta base es posible que no esté “actualizada”, ya se activaron los sistemas para que 18 millones de personas puedan acceder al beneficio y la base de datos se actualizará de a poco con el correr de los días.

Devolución del IVA: quiénes son los sujetos alcanzados

Serán beneficiarios del régimen de reintegros los sujetos que perciban alguno de los siguientes conceptos, no excluyentes entre sí:

a) Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.

b) Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social.

El monto total mensual de estos ingresos no deberá superar la suma de seis haberes mínimos garantizados.

c) Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.

e) Trabajadores en relación de dependencia, siempre que el ingreso mensual no supere la suma de seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Para estos ingresos, se tomará a consideración la remuneración bruta devengada en el período fiscal vencido en el mismo mes que se envíe la información de los sujetos beneficiarios a las entidades administradoras de sistemas de tarjetas de débito. En caso de pluriempleo se considerará la sumatoria de las remuneratorias brutas.

Para el mes en curso, se considerarán las remuneraciones informadas en el período de agosto 2023.

f) Personal de Casas Particulares.

g) Monotributistas, excepto que obtengan ingresos provenientes de conceptos comprendidos en el último párrafo del artículo 11 del anexo de la ley 24.977.

Devolución del IVA: cuándo entra en vigencia

Estas disposiciones entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial que fue el jueves pasado y resultarán de aplicación para las operaciones que se realicen a partir de las 0 hs. del 18 de septiembre de 2023.

Estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.

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Susbielles criticó a Nación por el congelamiento de los subsidios al transporte público

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El intendente Federico Susbielles lanzó críticas al presidente Javier Milei por congelar los aportes al transporte público de pasajeros.

En sus redes sociales, señaló que “mientras los costos aumentan por su modelo económico, la Nación se retira una vez más de una responsabilidad que impacta en los bahienses”.

Agregó que “la consecuencia es simple: si en el futuro aumentan los costos y debe actualizarse la tarifa, y la Nación mantiene congelado su aporte, el subsidio quedará calculado sobre los valores actuales, por lo que la diferencia deberá ser absorbida por los municipios o por los usuarios”.

“Las ciudades del interior no pueden seguir siendo la variable de ajuste. Cada vez que el Estado Nacional reduce su acompañamiento, las consecuencias recaen sobre municipios y usuarios. En Bahía, miles de vecinos usan el transporte a diario para trabajar, estudiar o atenderse”, deslizó Susbielles.

Por último, adelantó: “Los vecinos de nuestra ciudad merecen reglas justas y una distribución equitativa de los recursos que generan. Es importante saber quién toma estas decisiones y sus consecuencias. Seguiremos defendiendo a los bahienses y trabajando para amortiguar medidas que nos perjudican”.

Fuente: Frente al cano.

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Por el partido de Argentina, La Coope dispuso un horario especial de atención

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La Cooperativa Obrera dispuso un horario especial de atención este viernes por el partido que la Selección Argentina disputará ante Cabo Verde desde las 19 por los 16avos de final del Mundial de Fútbol.

Comunicó que “acompaña” la propuesta de la Cámara de Comercio de Bahía Blanca y de la Corporación del Comercio, Industria y Servicios para que hoy finalice antes la jornada laboral “con el objetivo de permitir que los trabajadores puedan disfrutar del partido”.

Todas las sucursales de La Coope ubicadas en Bahía Blanca, Ingeniero White, General Daniel Cerri, Cabildo y Punta Alta atenderán en horario corrido hasta las 18.

Fuente: Frente al cano.

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Sobreseyeron a Luciano Peretto en una causa derivada de la investigación por el caso Facundo Astudillo Castro

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El juez Federal Walter López Da Silva sobreseyó al abogado Luciano Peretto, de una causa que derivó en su momento de la investigación por la desaparición del joven Facundo Astudillo Castro, un hecho que tuvo enorme repercusión pública.

Se lo había acusado al abogado de la familia del joven de Pedro Luro, de haber colaborado con el perito Marcos Herrera que, se recuerda, ha sido condenado por falso testimonio reiterado con la intención de desviar la investigación de aquel hecho.

A Peretto, en principio, se lo vinculaba con dos de los siete hechos por los cuales fue condenado el adiestrador de perros.

“Las medidas producidas con posterioridad resultaron compatibles con la versión exculpatoria del epigrafiado” (en obvia relación a Peretto) dice textualmente uno de los párrafos más importantes del fallo.

Además de dictar el sobreseimiento, el juez afirma en su resolución que “la formación de la presente causa no afecta el buen nombre y honor del que hubiera podido gozar”.

Fuente: Frente al cano.

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