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Política Nacional

El Gobierno analiza cambios en la facturación de energía

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El presidente Alberto Fernández decretó que se mantenga el congelamiento de los servicios por otros tres meses, mientras los entes reguladores proceden con la renegociacion de la revisión tarifaria.

De cara a 2021, el Gobierno comenzará a estudiar cambios en las tarifas de energía. Si bien se mantendrá el congelamiento por los próximos tres meses, se avanzará en la renegociación de la revisión tarifaria. Semanas atrás, desde la Secretaría de Energía habían adelantado que los próximos aumentos comenzarán a regir a partir de marzo del año entrante.

A través del Decreto 1020/2020, publicado este jueves en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo habilitó la renegociación tarifaria de la luz y el gas, que tendrá al Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y al Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) al frente del proceso.

A fines de 2019, cuando el Congreso aprobó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva declarando la emergencia pública tarifaria y energética, entre otras, se le delegó al Poder Ejecutivo facultades para “reglar la reestructuración tarifaria del sistema energético con criterios de equidad distributiva y sustentabilidad productiva y reordenar el funcionamiento de los entes reguladores del sistema para asegurar una gestión eficiente de los mismos”.

Es decir, se facultó al Gobierno a mantener las tarifas de electricidad y gas natural bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la revisión tarifaria integral vigente. En este marco, el Poder Ejecutivo intervino administrativamente el ENRE y el ENARGAS.

Tras una auditoría llevada a cabo por ambos organismos, se determinó que “las tarifas que registraron aumentos sustanciales para los servicios públicos no han sido justas, ni razonables, ni transparentes”. Así, propusieron al Poder Ejecutivo iniciar un proceso de renegociación de la revisión tarifaria vigente y proceder “a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios industrias” que se ha verificado durante el 2020, “en razón del mantenimiento tarifario al observar la evolución de los montos a facturar a usuarios del servicio público y por otro lado la evolución del nivel general de precios, salarios y actividad económica”.

Sin embargo, sobrevino la pandemia de coronavirus. Con ello se mantuvo el congelamiento de tarifas y se procedió a la prohibición del corte de servicios ante pagos adeudados. Estas circunstancias imposibilitaron el desarrollo de modificaciones en las tarifas de energía, aunque a partir de informes técnicos realizados por la Subsecretaría de Hidrocarburos y de la Subsecretaría de Energía Eléctrica el Gobierno, a través de sus entes, se ve en la necesidad de avanzar con el proceso referido.

De esta forma, Alberto Fernández y todos los ministros firmaron el decreto que fue publicado hoy, en el que se dio inicio a la renegociación de la revisión tarifaria integral vigente correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural que estén bajo jurisdicción federal.

El ENRE y el ENARGAS estarán al frente del proceso, cuyo plazo no podrá exceder los dos años desde su entrada en vigencia. Sin embargo, ambos organismos dependientes de la Secretaría de Energía podrán prever “adecuaciones transitorias de tarifas”. Los entes reguladores deberán organizar un banco de datos del proceso de renegociación, llevar adelante los regímenes de audiencia pública, de consulta pública y de participación ciudadana que resulten pertinentes.

“Los acuerdos definitivos o transitorios deberán formalizarse mediante actas acuerdo con las concesionarias o licenciatarias y los titulares del ENARGAS y del ENRE, así como del Ministerio de Economía, quienes los sucribirán ‘ad referendum’ del Poder Ejecutivo”, establece el artículo 5 del decreto. No obstante, “en caso de no ser factible arribar a un acuerdo”, el ENRE y el ENARGAS deberán dictar el nuevo régimen tarifario para los servicios públicos.

Ahora bien, de cara a posibles aumentos el año próximo, en el artículo 11 el Gobierno prorrogó por 90 días el congelamiento de las tarifas previsto en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva que estaba próximo a vencer. A la par que se extendió la intervención del ENRE y del ENARGAS por un año o “hasta que se finalice la renegociación de la revisión tarifaria”. Mientras perdure la intervención, el ENRE mantendrá su competencia sobre el servicio público de distribución de energía de las concesionarias Empresa Distribuidora Norte S.A. (EDENOR) y Empresa Distribuidora Sur S.A. (EDESUR).

Semanas atrás, Darío Martínez, secretario de Energía, había confirmado que los aumentos se implementarán entre marzo y abril de 2021. Pero que los mismos se aplicarán en las tarifas de electricidad y gas con un esquema diferenciado, según los ingresos de cada usuario. De esta forma, el funcionario confirmó que un porcentaje de la población tendrá una tarifa subsidiada. “Esto no implica aumentar el porcentaje de los subsidios respecto al PBI, sino mantenerlo constante pero usarlo de mejor manera“, explicó.

“Hay que ver cómo está el país, cómo está el poder adquisitivo. Esto es fundamental. Nos interesa ver qué capacidad de afrontar tarifas tiene la sociedad argentina. Tenemos claro no aumentar los subsidios en términos porcentuales que están en 1,7% del PBI y no volver a las tarifas de la gestión anterior. Una vez que se salga del congelamiento, vamos a una tarifa de transición”, había adelantado Martínez.

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Los senadores pasarán a cobrar en marzo más de 11 millones de pesos

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Los senadores pasarán a cobrar en marzo una dieta superior a los 11 millones de pesos porque sus ingresos están acoplados a los aumentos acordados entre las autoridades del Congreso y los gremios legislativos.

Los gremios acordaron este miércoles un aumento salarial progresivo desde diciembre hasta mayo de un 12,5 por ciento acumulado.

Por ese motivo, los senadores que hasta noviembre cobraban 10,2 millones de pesos pasarán a cobrar en marzo 11 millones de pesos en bruto y en mayo 11,5 millones, ya que sus aumentos están ligados a los incrementos de la paritaria legislativa.

Esto es así porque los senadores decidieron en abril del 2024 volver acoplar las dietas a los aumentos salariales que se había suspendido por una resolución de la vicepresidenta Victoria Villarruel y del presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem.

La decisión se tomó a mano alzada y generó polémica ya que algunos senadores plantearon que no estaban de acuerdos con esa medida promovida por la mayoría de los legisladores

En cambio, la Cámara de Diputados no aumenta las dietas de sus legisladores al firmarse una nueva paritaria, sino que esos incrementos los define Menem, y por eso motivo los ingresos de los diputados hoy están ubicados cerca de los 6 millones de pesos en bruto. 

Los trabajadores legislativos cobran de acuerdo a la cantidad de módulos y en el caso de los senadores son 2500 módulos por dieta, 1000 por representación y 500 por desarraigo.

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AFA Gate: Pablo Toviggino presentó un escrito, pidió ser sobreseído y evitó responder preguntas en la causa por evasión

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El tesorero de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Pablo Toviggino, se presentó en los Tribunales de Retiro, en la causa por presuntos desmanejos de fondos por retención indebida de impuestos y aportes previsionales, a cargo del juez en lo penal económico Diego Amarante.

Toviggino presentó un escrito de más de 100 páginas y evitó responder preguntas en el expediente, después de estar casi una hora en la sede judicial, donde hubo un fuerte operativo de seguridad.

Toviggino pidió ser sobreseído en la causa y también demandó una pericia contable. Insistió en que no hay delito, ya que el Gobierno osuspendió la ejecución de la deuda. “Un error en la interpretación de la fecha de vencimiento de esa deuda no puede dar pie a una persecusión legal desmedida”, aseguró el tesorero de la AFA en su descargo.

Por momentos, Toviggino esbozó alguna sonrisa sarcástica, según señalaron presentes en la indagatoria.

Además, se declaró inocente en todos los cargos que se le acusan. El dirigente, mano derecha del presidente de la institución, Claudio “Chiqui” Tapia, debía presentarse la semana pasada ante la Justicia, pero logró postergar la citación luego de hacer un cambio de abogados.

Este jueves será el turno de Claudio “Chiqui” Tapia. El presidente de la AFA también deberá presentarse presencialmente en los tribunales.

Esta semana el juez Amarante rechazó los pedidos de nulidad presentados por ambos dirigentes y ratificó las indagatorias programadas para esta semana.

Amarante rechazó los argumentos de las defensas, que habían planteado que no existía delito y que se debía suspender el llamado a indagatoria por existir un recurso pendiente de resolución ante la Cámara.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) acusó a la AFA de haber actuado como agente de retención y percepción de tributos nacionales y recursos de la seguridad social, sin depositar los montos correspondientes dentro del plazo legal de 30 días corridos posteriores al vencimiento.

Los períodos abarcados van desde marzo de 2024 hasta septiembre de 2025, con retenciones en IVA, Impuesto a las Ganancias y contribuciones a la seguridad social.

Fuente: TN

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La Justicia rechazó el amparo de la CGT que buscaba frenar parte de la reforma laboral

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La Justicia rechazó un planteo de la Confederación General del Trabajo (CGT) contra algunos artículos de la reforma laboral vinculados al traspaso de competencias de la Justicia Nacional del Trabajo hacia la órbita de la Ciudad de Buenos Aires. El fallo desestimó el pedido cautelar que buscaba frenar la aplicación de esos puntos de la ley mientras se resolvía el fondo del litigio.

La decisión fue tomada por el juez Enrique Lavié Pico, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7, que intervino en el amparo presentado por la central obrera contra el Estado Nacional.

La CGT había presentado el amparo luego de la sanción de la ley de reforma laboral en el Congreso y antes de su promulgación por parte del Poder Ejecutivo.

La presentación judicial había sido realizada el 6 de marzo por la CGT, que pidió la nulidad e invalidez constitucional de los artículos 90 y 91 referidos al traspaso de la función judicial en materia laboral desde la Justicia nacional hacia el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Además, solicitó una medida cautelar innovativa para suspender la aplicación de esos puntos de la ley hasta que hubiera una sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo.

En el fallo, el juez Lavié Pico sostuvo que ese tipo de medidas tienen carácter excepcional porque implican modificar el estado de hecho o de derecho existente antes de que haya una sentencia definitiva.

En ese sentido, consideró que el pedido de la CGT requería analizar cuestiones que forman parte del objeto principal del litigio, algo que —según explicó— no corresponde resolver en una instancia cautelar.

Por eso, en su resolución, rechazó la medida cautelar que pretendía suspender de forma inmediata la aplicación de esos artículos y del convenio de transferencia incluido en la norma.

Fuente: TN

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