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Política Nacional

Murió el ex Presidente Fernando De La Rúa

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A los 81 años, murió Fernando de la Rúa. El ex presidente estaba internado en grave estado en la clínica Fleming desde el 28 de enero. En las últimas horas su estado había empeorado a raíz de una descompensación cardíaca y renal.

La noticia fue confirmada por el presidente Mauricio Macri. “Lamento el fallecimiento del ex presidente Fernando de la Rúa. Su trayectoria democrática merece el reconocimiento de todos los argentinos. Acompañamos a su familia en este momento”, aseguró. 

El ex mandatario había sido hospitalizado el 1° de enero en Pilar por un problema cardiovascular. Luego de ser sometido a una intervención quirúrgica, donde le colocaron tres stents, estuvo varios días en terapia intensiva. Y durante la internación, también se le realizó una traqueotomía para desvincularlo de la asistencia ventilatoria mecánica.

El ex jefe de Estado ya había tenido varios problemas coronarios. Durante su presidencia, en junio de 2001, fue sometido a una angioplastia.

Luego, en 2010 y 2014, fue intervenido por temas similares, mientras que en enero de 2016 pasó por el quirófano por un problema en la vejiga.

Su última aparición pública se dio en el marco de la cumbre del G20 que se realizó en noviembre pasado en la ciudad de Buenos Aires. El ex presidente participó de la gala que se llevó a cabo en el Teatro Colón.

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Habló Agostina Páez tras el nuevo revés judicial que la retiene en Brasil: “estoy desbordada”

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Agostina Páez, la abogada argentina acusada de racismo en Brasil se mostró muy angustiada ante los medios de comunicación después de que se conociera el revés judicial que la obliga a quedarse entre 10 y 15 días más en Río de Janeiro.

La argentina enfrenta una causa por injuria racial después de haber hecho gestos inapropiados a los empleados de un bar en Ipanema y que la situación haya quedado registrada en las cámaras de vigilancia del lugar.

En los últimos días se creía que Páez podría volver al país el fin de semana. “Estoy desesperada, desbordada, sufriendo un montón, no sé qué tanto más voy a sufrir aquí. Cada vez menos esperanza. Estoy muy angustiada ”, expresó ante los medios.

Cuando parecía que Páez iba a volver a Argentina después del largo proceso judicial que enfrentó en Brasil, el juez Guilherme Schilling Pollo Duarte determinó que se debían mantener las medidas cautelares y el monitoreo electrónico, por lo cual la joven debería permanecer aproximadamente dos semanas más en Río de Janeiro.

La decisión fue en contra de la opinión de la propia fiscalía y de la querella, que ya habían prestado su conformidad para que Páez regresara a Argentina. “El juez en vez de revocar las cautelares y dejarla salir, prefirió esperar al fallo ”, explicó la abogada de la joven Carla Junqueira.

La letrada agregó que el magistrado “quiere estudiar un poco más las inconsistencias de los relatos para fallar. Ayer definió que prefiere esperar que presentemos los alegatos finales y fallar, y que haya el depósito de una caución para que pueda regresar a la Argentina”.

En respuesta, la abogada presentó un habeas corpus para destrabar la salida del país de su representada. “Es un remedio jurídico contra un acto coactivo. No nos da otra”, explicó. Además, anticipó que si el Tribunal rechaza el habeas corpus, irá a la Corte Suprema: “El derecho a la libertad es una de las garantías fundamentales de la Constitución”.

Aunque parece poco tiempo, el alargamiento de la estadía en Brasil, donde Agostina fue objeto de un gran escrutinio público, resulta perjudicial para la acusada, que está hace dos meses en Río de Janeiro. “Para una persona que está acá privada de su libertad, con su padre… es mucho. Vamos a presentar los habeas corpus porque más allá de una cuestión logística, jurídicamente no haría tanta diferencia“, detalló Junqueira.

La postergación del regreso no cambia el fondo del acuerdo al que se llegó. “Hay alegatos finales presentados por fiscalía que piden que la pena mínima de dos años sea reemplazada por trabajos comunitarios y reparación del daño moral a las víctimas. El que va a definir es el juez. Confiamos en el poder judicial de Brasil, que va a hacer el proceso justo”, explicó la abogada.

Además, criticó el trato que le dieron a su representada en el país vecino: “Salió en los medios brasileros que el reemplazo de una pena por una eventual reparación de daños podría significar algún tipo de impunidad. Eso generó en la fiscalía una sensación de que no hay credibilidad en el sistema de justicia de Brasil. Yo lo veo al revés: el sistema judicial no está para responder a clamores sociales sobre lo que es o no impunidad. La Justicia tiene que aplicar la legislación”.

En la misma línea contó que la fiscal incluyó en su documento que “no pueden contaminar la sociedad con la sensación de impunidad”.

No son legisladores que tienen que responder a la sociedad.Cambiar una decisión o postergar la revocación de cautelares, que ya son efectivamente desproporcionadas, para responder a lo que piensa la sociedad, eso sí es una falta de credibilidad de la Justicia”, argumentó la abogada y cerró: “Si vamos a responder al clamor público, entonces la ahorcamos en plaza pública. La ponemos acá y listo”.

Fuente: Agencia DIB.

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Fallo a favor de Argentina: la justicia de EE.UU anuló la condena de u$s16.100 millones por YPF

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En una resolución que marca un hito para las finanzas públicas argentinas, la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York decidió revocar la sentencia de primera instancia en el extenso juicio por la expropiación de la petrolera de bandera YPF.

Gracias a esta determinación, la Argentina queda eximida, por el momento, de abonar una cifra superior a los u$s16.100 millones. Asimismo, el tribunal ratificó que la firma fue correctamente exculpada de cualquier responsabilidad durante el proceso de estatización llevado a cabo en 2012.

Este litigio, que se remonta al año 2015, había tenido su punto más crítico en 2023. En aquel entonces, la jueza Loretta Preska del Distrito Sur de Nueva York condenó al Estado nacional a pagar la millonaria indemnización más intereses, al considerar que se había violado el estatuto de la compañía al no realizar una oferta pública de adquisición (OPA) a los accionistas minoritarios, representados por los fondos Eton Park y Burford.

La resolución de la Cámara de Apelaciones llega luego de una intensa etapa de apelación que tuvo su jornada clave en octubre de 2025. Durante una audiencia que se extendió por 96 minutos ante los jueces Denny Chin, José Cabranes y Beth Robinson, los representantes legales del Estado argentino presentaron una estrategia sólida basada en tres pilares fundamentales. El objetivo principal era la anulación total de la sentencia o, en subsidio, un recorte drástico en los montos compensatorios.

El planteo central, sostenido de forma recurrente por diversas administraciones, incluyendo la de Mauricio Macri, Alberto Fernández y ahora la de Javier Milei, defendía que la jurisdicción adecuada para tratar este conflicto era la Justicia argentina y no los tribunales estadounidenses. La defensa argentina argumentó que un tribunal local debía determinar la jerarquía normativa entre la ley de expropiación, que permitió estatizar el 51% de la firma, y los estatutos internos que obligaban al lanzamiento de una OPA al superar el 15% del paquete accionario.

Acompañando este eje, se presentó un argumento técnico que señalaba errores en la interpretación de la normativa local —derecho societario y administrativo— por parte de la jueza Preska. Estas inconsistencias en la lectura del derecho argentino fueron determinantes para que los magistrados de alzada revisaran el fallo inicial.

En caso de que los magistrados no aceptaran la anulación total por cuestiones de jurisdicción o interpretación técnica, la defensa argentina había preparado un tercer camino centrado en el cálculo financiero de la indemnización. Según los planteos presentados ante la Cámara, el derecho procesal de los Estados Unidos dicta que la conversión monetaria debe realizarse tomando el tipo de cambio vigente al momento de la sentencia (2023) y no al de la fecha del supuesto incumplimiento (2012).

De haberse aplicado este criterio contable, la deuda reclamada por los demandantes se habría reducido desde los más de u$s16.100 millones originales a aproximadamente u$s4.920 millones. Sin embargo, la decisión final de la Cámara de revocar la sentencia de primera instancia tornó innecesario este recálculo, otorgando al país un alivio económico directo sobre la totalidad del monto en disputa.

Aunque las contrapartes conservan la instancia de recurrir a la Corte Suprema de los Estados Unidos, expertos legales sugieren que las probabilidades de que el máximo tribunal tome el caso para su revisión son sumamente bajas, lo que consolida esta victoria judicial como un paso definitivo para cerrar el conflicto legal más oneroso de la última década para el país.

Fuente: diario Ámbito

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Modificaron la estructura del INCAA y reorganizaron una dependencia clave para la realización de festivales

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El Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) dispuso una modificación en la estructura organizativa de la Unidad Operativa “Film Commission”, dependiente de la Gerencia de Políticas Públicas.

La medida, formalizada a través de un acto administrativo que integra tres anexos, entrará en vigencia a partir del 1 de abril de 2026. La decisión responde a la necesidad de ajustar los mecanismos internos del organismo para garantizar una mayor eficacia en la gestión y en la ejecución de sus responsabilidades legales.

El cambio se produce en un contexto de revisión continua de los procesos del INCAA, que busca adaptar su funcionamiento a los desafíos actuales del sector audiovisual argentino.

Según la Resolución 89/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial, se trata de una reforma que no implica costos adicionales, sino que apunta a optimizar los recursos existentes y fortalecer la eficiencia operativa de la Gerencia de Políticas Públicas.

Anteriormente, las dependencias que se encontraban bajo la órbita de la Unidad Film Commission eran la Relación con las Provincias y Relaciones Institucionales, área de la que dependía el área específica para gestionar el vínculo con cada jurisdicción. Mientras tanto, de la Unidad de Festivales y Convenciones se desprendía un equipo específico para la gestión artísitca y técnica.

Ahora, se eliminó la subdependencia de Relaciones con las Provincias y se agregó al área de gestión artística, el análisis de la producción y capacitación de recursos.

El procedimiento seguido para la adopción de esta reforma incluyó la intervención de la Dirección Nacional de Diseño Organizacional, que emitió un dictamen sobre la pertinencia del reordenamiento propuesto. Asimismo, participaron las áreas de Gerencia GeneralGerencia de Asuntos LegalesGerencia de Políticas Públicas y la Subgerencia de Recursos Humanos, quienes dieron visto bueno a la iniciativa y a los términos del acto administrativo.

La resolución determina que la nueva estructura se ajustará a los lineamientos establecidos en los anexos I, II y III del acto administrativo, los cuales forman parte inseparable de la disposición. La medida fue adoptada en cumplimiento del artículo 3° del Decreto N° 1536/2002, que faculta a la máxima autoridad del INCAA a definir la estructura y funciones del organismo.

De acuerdo con la información oficial, el propósito es optimizar el funcionamiento interno y adecuar las áreas de trabajo para responder a las demandas del sector audiovisual. El reordenamiento se presenta como parte de una política de gestión dinámica, en la que las estructuras deben ser flexibles y adaptables a las necesidades de servicio que exigen los distintos programas y acciones del INCAA.

El INCAA reviste el carácter de ente público no estatal y actúa en el ámbito de la Secretaría de Cultura.

La actual estructura había sido aprobada por Resolución INCAA N° 596/2025, pero se consideró necesario un ajuste para cumplir de manera más eficaz la responsabilidad primaria que le asigna la Ley N° 17.741.

La resolución establece que la nueva organización de la Film Commission tendrá efecto desde el 1 de abril de 2026. Los cambios introducidos buscan fortalecer la capacidad de respuesta de la Gerencia de Políticas Públicas, ajustando la coordinación y funciones de la unidad operativa para responder con mayor eficacia a las demandas del sector audiovisual.

La decisión se inscribe en una política institucional orientada a optimizar el cumplimiento de los objetivos del INCAA.

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