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Política Nacional

Quiénes podrán solicitar el Plan de acceso a internet y TV desde $150

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El gobierno lanzó el Plan Básico Universal Obligatorio (PBU) para universalizar el acceso a las comunicaciones. Las tarifas irán desde $150. ¿Quiénes podrán acceder?

Después de anunciar el Plan Básico Universal Obligatorio (PBU) para los servicios de comunicaciones móviles, telefonía fija, internet y TV, el gobierno de Alberto Fernández especificó cuánto será la tarifa y los aumentos previstos para los primeros meses del 2021.

El Plan que busca “universalizar el acceso a las comunicaciones” para los sectores más vulnerables, podrá ser solicitado desde un precio mínimo de $150 pesos mensuales. En esa línea, el gobierno oficializó que los incrementos irán de hasta 8% para las tarifas de estos servicios a partir del primer mes del año.

Según comunicó la Casa Rosada, la prestación tiene el carácter de “obligatoria”, por lo que las empresas de comunicación deberán brindar esos planes básicos a los beneficiarios contemplados, según estableció la Resolución oficial Nº 1467/2020.

Aquellas personas que podrán acceder al Plan Básico Universal y Obligatorio serán los jubilados y pensionados “con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos”, así como los trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia “con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos”, y los beneficiarios de las asignaciones universales por Hijo y por Embarazo.

“También comprende a quienes perciben pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, a inscriptos en el Monotributo Social, así como a trabajadores y trabajadoras monotributistas cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos salarios mínimos y seguro de desempleo”, agregaron fuentes oficiales.

TODOS LOS BENEFICIARIOS

  • Jubilados, Jubiladas, Pensionados y Pensionadas, con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
  • Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
  • Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y sus hijos entre 16 y 18 años.
  • Beneficiarios de la Asignación Universal por Embarazo y sus hijos entre 16 y 18 años.
  • Pensiones no contributivas con remuneración inferior o igual a dos salarios mínimos, como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
  • Monotributo Social como así también sus hijos entre 16 y 18 años.
  • Trabajadores y trabajadoras monotributistas inscriptos e inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles como así también sus hijos-as/tenencia de entre 16 y 18 años.
  •  Beneficiarios de seguro de desempleo como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
  • Beneficiarios del Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844) como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
  • Usuarios y usuarias que perciban una beca del Programa Progresar.
  •  Personas que se encuentren desocupadas o se desempeñen en la economía informal, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
  • Beneficiarias y beneficiarios de programas sociales, como así también sus hijos de entre 16 y 18 años.
  • Clubes de Barrio y de Pueblo que se encuentren registrados conforme lo dispuesto por la Ley 27.098.
  • Asociaciones de Bomberos Voluntarios definidas por la Ley 25.054 como entes de primer grado y que se encuentren registrados en los términos de dicha ley.
  • Entidades de Bien Público definidas por la Ley 27.218 como: asociaciones civiles, simples asociaciones y fundaciones que no persiguen fines de lucro en forma directa o indirecta y las organizaciones comunitarias sin fines de lucro con reconocimiento municipal que llevan adelante programas de promoción y protección de derechos o desarrollan actividades de ayuda social directa sin cobrar a los destinatarios por los servicios que prestan, debiendo estar inscripta ante el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC).

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Milei viaja nuevamente a los Estados Unidos con una agenda dedicada a la búsqueda de inversiones

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El Presidente Javier Milei viajará este martes a Estados Unidos para concretar una serie de encuentros con empresarios dedicados a las finanzas y la tecnología, además de exponer en la Conferencia Anual del Instituto Milken.

El cuarto viaje del mandatario a la potencia del Norte en el corriente año comenzará a las 13, cuando tome el vuelo que lo llevará hasta la ciudad de Los Ángeles. Lo acompañarán la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, el canciller Pablo Quirno y el embajador argentino en Estados Unidos, Alec Oxenford.

De acuerdo a lo difundido por Presidencia, arribará a la ciudad norteamericana al otro día, cerca de la medianoche. El miércoles comenzarán sus actividades: tiene prevista una reunión con el presidente del Instituto, Michael Milken a las 14 (hora argentina). Posteriormente mantendrá un cónclave con un grupo reducido de ejecutivos.

En ese ámbito, se espera que brinde detalles sobre las reformas estructurales y las oportunidades de inversión en Argentina, que existen gracias a las leyes que impulsó. A las 18 (hora argentina), el economista realizará una disertación ante la 29 Conferencia Anual Instituto Milken.

Según se puede leer en la página web de la entidad, el del miércoles es el evento anual más importante ya que “reúne a líderes de los ámbitos de la salud, las finanzas, los negocios, la tecnología, la filantropía y las políticas públicas”.

“La conferencia de 2026 se centra en transformar las recientes disrupciones e innovaciones en soluciones prácticas para un futuro más sostenible, equitativo y resiliente”, indican desde la institución.

La comitiva partirá de regreso a la Argentina esa misma jornada en la noche angelina y tiene previsto el arribo a Buenos Aires a las 13.30 del jueves.

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El Gobierno reguló la venta de vapeadores, tabaco calentado y bolsitas de nicotina: cuáles son los cambios

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El Gobierno Nacional avanzará con una nueva regulación para ordenar el mercado de productos de nicotina que se comercializan en la informalidad. La medida alcanzará a los vapeadoreslos dispositivos de tabaco calentado y las bolsitas de nicotina, también conocidas como pouches.

La decisión parte dentro de un panorama concreto, en el que a pesar de las restricciones y prohibiciones que rigieron desde hace 15 años, estos productos nunca dejaron de circular, aumentando su consumo en jóvenes y un mercado informal sin controles, sin supervisión estatal sin trazabilidad.
Qué cambia con esta regulación

El nuevo esquema dejará atrás el modelo prohibicionista que, según entienden en el Gobierno, no logró frenar el consumo y terminó favoreciendo la expansión de canales ilegales.

Actualmente, los productos de nicotina no combustibles se venden y se consumen en la Argentina, pero en un mercado sin regulación efectiva. Eso implica que:

  • se comercialicen de manera ilegal;
  • no tienen trazabilidad;
  • no hay control sobre lo que contienen;
  • no existen responsables identificables;
  • no tributan.

Qué productos alcanzará la medida

La normativa incluirá tres grandes categorías:

  • vapeadores o cigarrillos electrónicos;
  • dispositivos de tabaco calentado;
  • bolsitas de nicotina (nicotine pouches).

Todos estos productos quedarán alcanzados por un nuevo sistema de control sanitario y comercial, con requisitos específicos para su fabricación, importación, distribución y venta.

Cuáles serán los requisitos para vender estos productos

Uno de los cambios centrales será la creación de un registro obligatorio para todos los productos alcanzados por la norma. A partir de ahora:

  • todos los productos deberán estar registrados;
  • será obligatorio declarar su composición;
  • deberán cumplir estándares de calidad;
  • tendrán trazabilidad obligatoria;
  • solo podrán comercializarse si están debidamente autorizados.

Qué cambia en la Argentina con esta regulación

La regulación busca intervenir sobre un consumo que ya existe y crece entre adolescentes y jóvenes, pero que hoy se da sin controles sobre la composición, el origen ni las condiciones de fabricación de los productos. La nueva normativa incorporará límites estrictos sobre:

ingredientes permitidos;
concentración de nicotina;
sustancias prohibidas;
condiciones de fabricación.
Además, uno de los puntos más importantes será la prohibición de saborizantes en vapeadores, considerados una de las principales puertas de entrada al consumo adolescente.

La regulación prohibirá sabores y cualquier otro elemento que aumente el atractivo del producto, en un intento por reducir el ingreso de menores al consumo de nicotina.

Fuente: TN

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Gas: el Gobierno subsidiará un 25% extra de las boletas de 4,7 millones de usuarios

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El Gobierno de Javier Milei dispuso este lunes una bonificación extraordinaria del 25% sobre las tarifas de gas para el mes de mayo, que elevará al 75% el nivel de subsidio sobre el bloque de consumoalcanzado por el esquema oficial.

La medida dispuesta a través de la Resolución 11/2026 alcanza a 4.780.000 usuarios y apunta a amortiguar el impacto de la suba internacional de los precios de la energía en las facturas de los usuarios de menores ingresos.

La decisión fue formalizada a través de la resolución de la Secretaría de Energía, publicada en el Boletín Oficial, y se enmarca en el régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), creado a fines de 2025. Según se estableció, los usuarios que ya reciben asistencia estatal tendrán durante mayo un 25% adicional de bonificación, que se suma al 50% general vigente.

El esquema de subvenciones que comenzó a regir este año estableció una “base” de 50% de precio subsidiado para los usuarios alcanzados por subvenciones, más un 25% adicional que fue disminuyendo todos los meses (en abril, por caso, fue 18%). La decisión del Gobierno, en concreto, es que en mayo vuelva a ser excepcionalmente de 25%. Luego seguiría siendo reducido a lo largo del año.

En los considerandos de la norma, el Ejecutivo argumentó que el contexto energético internacional se encuentra afectado por “crecientes tensiones geopolíticas en regiones estratégicas”, lo que incrementó la volatilidad de los precios del gas. También señaló que, si bien la Argentina cuenta con producción propia, mantiene integración con el mercado global a través de importaciones de Gas Natural Licuado (GNL), por lo que las variaciones externas impactan en el costo de abastecimiento.

Cambios en el gas y no en la luz

En ese marco, se indicó que “las variaciones en los precios internacionales impactan de manera directa en el costo de abastecimiento del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST)”, lo que justifica la decisión de reforzar temporalmente la asistencia estatal.

La resolución establece que la bonificación adicional del 25% se aplicará exclusivamente durante mayo de 2026 y alcanzará tanto a usuarios residenciales como a entidades sin fines de lucro, como clubes de barrio y organizaciones de bien público, que estén incluidos en el régimen.

En paralelo, el Gobierno mantiene sin cambios la trayectoria de reducción de subsidios en el caso de la electricidad. Según el comunicado, en ese segmento “se mantiene la baja gradual de la bonificación extraordinaria, que comenzó en 25% en enero y terminará siendo 0% en diciembre de este año”.

“El Gobierno nacional continúa avanzando hacia una política de subsidios energéticos más simple, transparente y sostenible, que concentra los recursos en quienes realmente los necesitan, ordena la relación entre tarifas y costos y brinda mayor previsibilidad sobre el impacto de las facturas de luz y gas a lo largo del año”, se indicó en un comunicado.

Fuente: Agencia DIB

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