Con motivos de la emergencia sanitaria, el Gobierno bonaerense extendió la prorrogación que habían presentado el año para el vencimiento de las licencias de conducir. A través de una disposición publicada hoy en el Boletín Oficial, se estableció los plazos para renovar.
Mediante la Disposición 54, publicada hoy en el Boletín Oficial de Provincia, se estableció la prórroga por el término de 24 meses, dos años, en aquellas licencias que caducaron entre el 15 de febrero y el 31 de diciembre de 2020 inclusive, desde la fecha de vencimiento correspondiente.
Al mismo tiempo, para aquellas que tengan caducidad entre el 1º de enero y 31 de diciembre de 2021, se extendió por 18 meses, es decir, 1 año y medio. También, deberá contarse a partir de la fecha original de vencimiento.
De igual manera, se facultó a los centros de emisión de licencias de conducir a organizar su atención al público de manera presencial, determinando nuevos horarios para realizar trámites. Esto se llevará adelante siempre y cuando se respeten las recomendaciones de evitar la presencia masiva de personas dentro de sus sedes en el contexto de emergencia sanitaria.
Cómo hacer trámites relacionados a la licencia de conducir
En Provincia, el otorgamiento de las licencias de conducir está delegado a las diferentes Municipalidades. De esta manera, el trámite se realiza en alguno de los Centros Emisores de Licencias (CEL) correspondiente al domicilio declarado en el DNI.
Los CEL habilitados permiten realizar los siguientes trámites:
Renovación: puede realizarse con licencia vigente o vencida hace menos de tres meses.
Original: esto es el trámite para obtener la licencia por primera vez o si el vencimiento superó los tres meses.
Reemplazo: consta del trámite por medio del cual se reemplaza la licencia ante una modificación en los datos del conductor. Si el cambio ha sido de jurisdicción, se debe solicitar el reemplazo ante la nueva autoridad jurisdiccional, la cual debe otorgársela, previo nuevo informe de antecedentes, contra entrega de la anterior y por el período que le resta de vigencia. La licencia caduca a los noventa (90) días de producido el cambio no denunciado.
Ampliación: es el trámite para ampliar las clases de licencias, es decir, el tipo de vehículos a conducir, para las cuales el conductor se encuentra habilitado.
Duplicado: esto se lleva adelante cuando se produce un extravío, robo o rotura del carnet que se encuentra vigente.