El Gobierno oficializó la Ley de Recetas Electrónicas, o digitales, que ya se encuentra en vigencia a partir de este martes 28 de febrero. La normativa deja sin efecto a las foto-recetas enviadas a través de WhatsApp o medios similares, mecánica que se había habilitado durante la pandemia de Coronavirus.
Las nuevas normas fueron establecidas en el Boletín Oficial, mediante el Decreto 98/2023 que lleva la firma del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Agustín Rossi, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.
“La Ley N°27.553 tiene por objeto establecer que la prescripción y dispensación de medicamentos, y toda otra prescripción, puedan ser redactadas y firmadas a través de firmas manuscritas, electrónicas o digitales, en recetas electrónicas o digitales, en todo el territorio nacional”, se explica en el decreto.
El documento especifica que también “puedan utilizarse plataformas de teleasistencia en salud” y que cada receta electrónica o digital deberá presentar una serie de requisitos para ser considerada válida. Entre otras cosas, cada receta deberá ser inalterable, contar con un identificador único e irrepetible y cumplir con los estándares de seguridad.
Además, las mismas tendrán que presentar la fecha de inicio de vigencia, contando con un plazo de 30 días corridos para los medicamentos y 60 días en el caso de otro tipo de prescripciones.
Por otra parte, también se creó la Licencia Sanitaria Federal, la cual “incluirá a todas las matrículas habilitantes de los profesionales de la salud registrados en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud” y brindará una “clave única de identificación de profesional sanitario”.
El objetivo de dicha implementación es “identificar de manera unívoca a los profesionales que prestan sus servicios” en todo el territorio nacional, como así también “acceder a los sistemas interoperables para la implementación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en el Sistema Sanitario Argentino”.
Cómo se manejan las recetas de ahora en adelante
Según explica la Ley de Recetas Electrónicas, a partir de este momento la prescripción de medicamentos se permite a través de recetas electrónicas, las cuales pueden contar con firmas manuscritas o digitales autorizadas, regla que se aplica también a las recetas de otros profesionales médicos en todo ámbito de asistencia sanitaria y de atención farmacéutica.
De esta manera, los servicios de farmacia o asistencias de salud se deberán suministrar a través de prescripciones que cumplan con dicha reglamentación, sin excepción. En este sentido, ya no se aceptarán más foto o capturas de las recetas.
En lo que respecta a las aplicaciones que surgieron en los últimos años, las cuales eran utilizadas por profesionales médicos para emitir recetas electrónicas, estas deberán ser inscriptas en un registro ministerial antes de diciembre de 2023.
En dicho proceso se deberá completar un formulario que pedirá ciertos detalles técnicos y, según se detalló, para marzo de 2024 el Ministerio de Salud ya deberá haber decidido que plataformas recibieron su aprobación oficial para funcionar.
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