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Un fallo judicial suspendió dos artículos de la reforma laboral en los convenios del Sindicato de Comercio

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El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín ordenó este viernes la suspensión provisional de los artículos 131 y 133 de la Ley 27.802 de Modernización Laboral en el ámbito de los convenios colectivos del sector de comercio y servicios, luego de una acción presentada por el Sindicato de Empleados de Comercio de San Martín.

La medida cautelar alcanza al Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, además de otros convenios suscriptos por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), como el CCT 781/20 y el CCT 547/08. En consecuencia, el Estado Nacional deberá abstenerse de aplicar las disposiciones cuestionadas en el marco de las relaciones laborales comprendidas en estos acuerdos hasta que exista una sentencia definitiva.

El sindicato había solicitado la declaración de inconstitucionalidad —o, en su defecto, la inaplicabilidad— de esas normas, argumentando que introducen modificaciones en el régimen de ultraactividad de los convenios colectivos y establecen límites a los aportes y contribuciones sindicales.

Según la presentación judicial, el artículo 131 de la reforma laboral reemplaza el artículo 6 de la Ley 14.250, lo que restringe la vigencia de las denominadas cláusulas “obligacionales” tras el vencimiento de un convenio, mientras que sólo las cláusulas “normativas” (referidas a condiciones y beneficios individuales de los trabajadores) permanecerían activas.

El juez Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto tuvo en cuenta que la nueva ley distingue entre ambos tipos de cláusulas, pero advierte que la definición legislativa resulta imprecisa, lo que, según la documentación presentada, podría generar situaciones de inseguridad jurídica sobre la vigencia efectiva de las paritarias vencidas y los aportes gremiales establecidos en ellos.

Por otro lado, el artículo 133 de la Ley 27.802 fija un tope máximo del 2% para las cuotas solidarias, aplicables tanto a trabajadores afiliados como no afiliados. El monto de la cota solidaria actualmente previsto en el artículo 100 del CCT 130/75 es de 2,5%, por lo que el sindicato argumenta que la reducción impactaría en los recursos destinados al financiamiento de la actividad gremial y la prestación de servicios sociales, asistenciales, culturales y sanitarios en conjunto con la obra social OSECAC.

Además, el sindicato advirtió que la entrada en vigencia de ambos artículos coincide con el vencimiento del acuerdo paritario vigente, el 31 de marzo de 2026, lo cual, según su planteo, generaría efectos inmediatos en los haberes de los trabajadores a partir del mes siguiente y afectaría el desarrollo de la próxima negociación colectiva.

En su resolución, el juez consideró que los argumentos expuestos por la parte actora —“en esta etapa liminar, presentan entidad suficiente para tener por configurado el requisito de verosimilitud del derecho”— y que la inminencia en la aplicación de las nuevas disposiciones “configura un escenario en el cual la aplicación de los arts. 131 y 133 de la Ley 27.802 podría producir efectos inmediatos sobre la vigencia de cláusulas convencionales y sobre el régimen de aportes y contribuciones sindicales”.

La vigencia de la medida cautelar fue establecida por 6 meses desde la notificación de la resolución. El fallo consigna que se trata de una suspensión “provisoria y acotada a un ámbito específico”, sujeta al resultado del proceso principal, y que no se advirtió que pueda generar una afectación al interés público impeditiva de su dictado.

Según el fallo, el Estado Nacional será notificado oficialmente y deberá cumplir con la suspensión dispuesta en el ámbito de los convenios colectivos alcanzados.

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Bahía Blanca será cabecera regional de Defensa Civil

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Se desarrolló en la localidad de Pigüé un encuentro de trabajo que reunió a los representantes de las direcciones de Defensa Civil de todos los distritos que integran la Sexta Sección Electoral.

En ese marco, Sebastián Sepúlveda (Director de Defensa Civil de Bahía Blanca) asumió como nuevo jefe regional.

“Con este nombramiento, el Municipio de Bahía Blanca asume formalmente el rol de cabecera seccional, consolidando su posición como nodo estratégico en la coordinación de emergencias”, destacaron desde el Ejecutivo.

Como subjefe regional, en tanto, fue electo Rodrigo Fuhr, titular de Defensa Civil del distrito de Tornquist.

Según explicaron, la iniciativa surgió como respuesta directa a la necesidad de implementar un esquema de trabajo articulado, preventivo y solidario entre las distintas localidades frente a la complejidad de las diversas emergencias que afectan al Sudoeste Bonaerense.

“Con esta nueva estructura, nuestra ciudad y la Sexta Sección, optimizarán los tiempos de respuesta y potenciará la capacitación continua de sus cuerpos operativos, consolidando un bloque regional fuertemente preparado ante cualquier contingencia”, agregaron.

Fuente: Frente al cano.

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El Gobierno deja de actualizar la cobertura de la tarifa social en la SUBE ante los aumentos de boleto

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El Gobierno cambió la forma en que el Estado Nacional financia el descuento del 55% para los beneficiarios de la Tarifa Social en todo el país y dejará de actualizar constantemente la cobertura en la SUBE ante los aumentos de boleto.

A partir de la entrada en vigencia de la Resolución 40/2026, el reconocimiento del beneficio dejará de aplicarse de forma automática sobre cualquier tarifa que decidan las jurisdicciones locales. En su lugar, se establecen “tarifas de referencia” que funcionarán como el tope máximo sobre el cual se calculará el descuento financiado por el Tesoro Nacional.

La normativa dispone que para las provincias y municipios, las tarifas de referencia serán aquellas que estaban vigentes al 30 de junio de 2026. En el caso de los servicios de transporte automotor y ferroviario de jurisdicción nacional, se tomarán como base los cuadros tarifarios aprobados en mayo de 2026.

De esta manera, las tarifas de referencia establecidas precedentemente serán aplicables a partir de este miércoles 1 de julio y mantendrán su vigencia hasta tanto la Secretaría de Transporte proceda a su actualización.

El fundamento principal de esta decisión radica en la “marcada dispersión tarifaria” y la dinámica de aumentos frecuentes y heterogéneos que aplican los gobiernos provinciales y municipales. Al no ser la autoridad de aplicación en esos distritos, el Estado Nacional veía cómo sus erogaciones aumentaban de forma imprevista ante cada suba local.

Al resaltar el nuevo esquema implementado, el Ejecutivo sostuvo que “la incorporación de tarifas de referencia para la determinación del reconocimiento del atributo social permite establecer un parámetro objetivo, uniforme y verificable para el cálculo del beneficio, compatible con la finalidad social del régimen y con una adecuada administración de los recursos públicos comprometidos para su financiamiento”.

La decisión no modifica el universo de beneficiarios de jubilados, pensionados y beneficiarios de planes sociales. Sin embargo, para gozar del beneficio, los usuarios deben contar con su tarjeta SUBE debidamente registrada.

Asimismo, la medida no altera las facultades de las provincias o municipios para fijar sus propios cuadros tarifarios. Si una jurisdicción decide establecer tarifas más altas o mantener esquemas de gratuidad superiores, podrá hacerlo, pero deberá regular su propia forma de implementación y asumir el financiamiento adicional correspondiente.

La implementación técnica de estos cambios estará a cargo de Nación Servicios S.A., que deberá adecuar los sistemas centrales de la red SUBE para procesar los nuevos mecanismos de cálculo. La medida ya se encuentra plenamente vigente desde este miércoles. (N/A)

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El Municipio avanza con la limpieza de un importante pluvial clave de la zona norte

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El Municipio de Bahía Blanca realiza tareas de limpieza en un pluvial necesario para el desagote del sector de la obra hidráulica principal, que es el colector pluvial que se construyó sobre Agustín Agustín Álvarez, entre Rizzo y Latanzzio.

Se trata de un recorrido de 295 metros de una cañería de hormigón de 100 mm que se encontraba totalmente obstruida por la acumulación de sedimento, lo que provocaba inundaciones frecuentes en el sector.

“Este trabajo es una continuación de la obra hidráulica principal en este sector, que es el colector pluvial que se construyó sobre Agustín Agustín Álvarez, entre Rizzo y Latanzzio”, explicó el intendente Federico Susbielles durante una recorrida por el lugar donde se desarrollan las tareas.

“Cuando finalizamos esa obra y se dispuso conectarla con el pluvial que corre por Rizzo advertimos que éste estaba completamente obstruido, por lo que el agua que llegara del nuevo colector no tenía donde derivar e iba a generar más anegamientos”, agregó.

“Es por eso que se licitó y adjudicó esta obra complementaria que ya está avanzando y que es tan importante para los vecinos de esta zona. Vamos a seguir trabajando con responsabilidad y con planificación, porque es lo que los bahienses se merecen. Vivir con la tranquilidad de sentirse protegidos”, manifestó Susbielles.

Los trabajos, a cargo de la empresa GEOMAC S.A. , también incluyen la limpieza de sumideros y de los caños de empalme que estaban totalmente obstruidos, e implican una inversión de  93.9 millones de pesos y un  plazo de ejecución de 60 días.

Fuente: La Nueva.

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