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La Justicia suspendió la aplicación de la reforma laboral en el sector docente: qué implica la medida

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La justicia del trabajo suspendió la aplicación del artículo 101 de la reforma laboral que declaró a la educación como servicio esencial y, por lo tanto, los sindicatos del sector están obligados a mantener un 75% de prestación normal de la actividad si disponen una huelga.

El planteo judicial contra la aplicación de la ley lo hizo la Unión Docentes Argentinos (UDA), que lidera Sergio Romero, quien anunció la sentencia dictada por el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 74, José Ignacio Ramonet, y afirmó a Infobae: “La Justicia nos dio la razón y nos garantizan los derechos históricos”.

“Esencial es garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas para el proceso educativo y no restringir derechos colectivos que justamente buscan resguardar esas condiciones”, dijo el sindicalista, que además es secretario de Políticas Educativas de la CGT.

En un comunicado de prensa, el gremio informó que “la Justicia Nacional del Trabajo resolvió que la acción promovida por la UDA continúe su trámite dentro del proceso colectivo que se encuentra radicado ante el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, donde ya se había dictado una medida cautelar de alcance general”.

“La resolución judicial dejó expresamente establecido que dicha medida cautelar resulta plenamente aplicable al caso del sector docente, manteniéndose suspendida, en esta etapa del proceso, la aplicación de la Ley 27.802 en cuanto califica a la educación como servicio esencial y exige la cobertura obligatoria del 75% del plantel durante medidas de acción sindical”, sostuvo la UDA.

De este modo -agregó-, y hasta tanto exista una decisión definitiva sobre el fondo de la cuestión, continúa resguardado el ejercicio del derecho constitucional de huelga y la plena vigencia de los principios de libertad sindical y negociación colectiva”.

“Desde UDA destacamos la importancia institucional de esta decisión judicial, que preserva el equilibrio del sistema de relaciones laborales y evita que se consoliden restricciones que podrían afectar el núcleo esencial de los derechos colectivos de los trabajadores de la educación”, concluye el comunicado.

El artículo 101 de la Ley de Modernización Laboral reglamenta el derecho de huelga imponiendo servicios mínimos obligatorios (75% y 50%) en actividades consideradas “esenciales” y “trascendentales” de un amplio listado que incluye al transporte, la salud y la educación, entre otras, para evitar la paralización total de los servicios. Ya figuraba en el DNU 70 dictado por Milei apenas asumió su gobierno y luego en el decreto 340, y en ambos casos fueron suspendidos por la Justicia.

En concreto, el primer inciso del artículo, al detallar las actividades que deberán mantener el 75% de la actividad normal en caso de huelga, dice: “El cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial”.

En la última versión del proyecto se incorporó la recolección de residuos entre las actividades esenciales que deberán garantizar un 75% de servicios mínimos en caso de huelga, y se incluyó que las fuerzas de seguridad no podrán brindar una cobertura menor al 100% de la prestación normal de su servicio.

En rigor, el artículo que reglamenta el derecho de huelga en los servicios esenciales ya estaba comprendido en el fallo que dictó el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, que este lunes suspendió de manera provisoria la aplicación de 83 artículos de la Ley 27.802 de Modernización laboral, a partir de una acción impulsada por la CGT contra el Estado Nacional.

El viernes pasado, como anticipó Infobae, el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín ordenó la suspensión provisional de los artículos 131 y 133 de la Ley 27.802 de Modernización Laboral en el ámbito de los convenios colectivos del sector de comercio y servicios, luego de una acción presentada por el Sindicato de Empleados de Comercio de San Martín.

La medida cautelar alcanza al Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, además de otros convenios suscriptos por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), como el CCT 781/20 y el CCT 547/08. En consecuencia, el Estado Nacional deberá abstenerse de aplicar las disposiciones cuestionadas hasta que exista una sentencia definitiva.

El sindicato había solicitado la declaración de inconstitucionalidad —o, en su defecto, la inaplicabilidad— de esas normas, argumentando que introducen modificaciones en el régimen de ultraactividad de los convenios y establecen límites a las cuotas solidarias de los sindicatos.

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Bahía Blanca será cabecera regional de Defensa Civil

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Se desarrolló en la localidad de Pigüé un encuentro de trabajo que reunió a los representantes de las direcciones de Defensa Civil de todos los distritos que integran la Sexta Sección Electoral.

En ese marco, Sebastián Sepúlveda (Director de Defensa Civil de Bahía Blanca) asumió como nuevo jefe regional.

“Con este nombramiento, el Municipio de Bahía Blanca asume formalmente el rol de cabecera seccional, consolidando su posición como nodo estratégico en la coordinación de emergencias”, destacaron desde el Ejecutivo.

Como subjefe regional, en tanto, fue electo Rodrigo Fuhr, titular de Defensa Civil del distrito de Tornquist.

Según explicaron, la iniciativa surgió como respuesta directa a la necesidad de implementar un esquema de trabajo articulado, preventivo y solidario entre las distintas localidades frente a la complejidad de las diversas emergencias que afectan al Sudoeste Bonaerense.

“Con esta nueva estructura, nuestra ciudad y la Sexta Sección, optimizarán los tiempos de respuesta y potenciará la capacitación continua de sus cuerpos operativos, consolidando un bloque regional fuertemente preparado ante cualquier contingencia”, agregaron.

Fuente: Frente al cano.

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El Gobierno deja de actualizar la cobertura de la tarifa social en la SUBE ante los aumentos de boleto

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El Gobierno cambió la forma en que el Estado Nacional financia el descuento del 55% para los beneficiarios de la Tarifa Social en todo el país y dejará de actualizar constantemente la cobertura en la SUBE ante los aumentos de boleto.

A partir de la entrada en vigencia de la Resolución 40/2026, el reconocimiento del beneficio dejará de aplicarse de forma automática sobre cualquier tarifa que decidan las jurisdicciones locales. En su lugar, se establecen “tarifas de referencia” que funcionarán como el tope máximo sobre el cual se calculará el descuento financiado por el Tesoro Nacional.

La normativa dispone que para las provincias y municipios, las tarifas de referencia serán aquellas que estaban vigentes al 30 de junio de 2026. En el caso de los servicios de transporte automotor y ferroviario de jurisdicción nacional, se tomarán como base los cuadros tarifarios aprobados en mayo de 2026.

De esta manera, las tarifas de referencia establecidas precedentemente serán aplicables a partir de este miércoles 1 de julio y mantendrán su vigencia hasta tanto la Secretaría de Transporte proceda a su actualización.

El fundamento principal de esta decisión radica en la “marcada dispersión tarifaria” y la dinámica de aumentos frecuentes y heterogéneos que aplican los gobiernos provinciales y municipales. Al no ser la autoridad de aplicación en esos distritos, el Estado Nacional veía cómo sus erogaciones aumentaban de forma imprevista ante cada suba local.

Al resaltar el nuevo esquema implementado, el Ejecutivo sostuvo que “la incorporación de tarifas de referencia para la determinación del reconocimiento del atributo social permite establecer un parámetro objetivo, uniforme y verificable para el cálculo del beneficio, compatible con la finalidad social del régimen y con una adecuada administración de los recursos públicos comprometidos para su financiamiento”.

La decisión no modifica el universo de beneficiarios de jubilados, pensionados y beneficiarios de planes sociales. Sin embargo, para gozar del beneficio, los usuarios deben contar con su tarjeta SUBE debidamente registrada.

Asimismo, la medida no altera las facultades de las provincias o municipios para fijar sus propios cuadros tarifarios. Si una jurisdicción decide establecer tarifas más altas o mantener esquemas de gratuidad superiores, podrá hacerlo, pero deberá regular su propia forma de implementación y asumir el financiamiento adicional correspondiente.

La implementación técnica de estos cambios estará a cargo de Nación Servicios S.A., que deberá adecuar los sistemas centrales de la red SUBE para procesar los nuevos mecanismos de cálculo. La medida ya se encuentra plenamente vigente desde este miércoles. (N/A)

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El Municipio avanza con la limpieza de un importante pluvial clave de la zona norte

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El Municipio de Bahía Blanca realiza tareas de limpieza en un pluvial necesario para el desagote del sector de la obra hidráulica principal, que es el colector pluvial que se construyó sobre Agustín Agustín Álvarez, entre Rizzo y Latanzzio.

Se trata de un recorrido de 295 metros de una cañería de hormigón de 100 mm que se encontraba totalmente obstruida por la acumulación de sedimento, lo que provocaba inundaciones frecuentes en el sector.

“Este trabajo es una continuación de la obra hidráulica principal en este sector, que es el colector pluvial que se construyó sobre Agustín Agustín Álvarez, entre Rizzo y Latanzzio”, explicó el intendente Federico Susbielles durante una recorrida por el lugar donde se desarrollan las tareas.

“Cuando finalizamos esa obra y se dispuso conectarla con el pluvial que corre por Rizzo advertimos que éste estaba completamente obstruido, por lo que el agua que llegara del nuevo colector no tenía donde derivar e iba a generar más anegamientos”, agregó.

“Es por eso que se licitó y adjudicó esta obra complementaria que ya está avanzando y que es tan importante para los vecinos de esta zona. Vamos a seguir trabajando con responsabilidad y con planificación, porque es lo que los bahienses se merecen. Vivir con la tranquilidad de sentirse protegidos”, manifestó Susbielles.

Los trabajos, a cargo de la empresa GEOMAC S.A. , también incluyen la limpieza de sumideros y de los caños de empalme que estaban totalmente obstruidos, e implican una inversión de  93.9 millones de pesos y un  plazo de ejecución de 60 días.

Fuente: La Nueva.

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