El Gobierno anunció días atrás la disponibilidad de créditos blandos para pymes con el objetivo de alivianar el pago de sueldos teniendo en cuenta la paralización de la economía debido a la cuarentena por el coronavirus Covid-19.
Con abril a las puertas, las empresas ya se encuentran en etapa de pago de salarios. La preocupación del Ejecutivo nacional respecto a si podrán o no hacerlo tiene asidero en cuanto a que el aislamiento produjo un enfriamiento en la actividad productiva y comercial.
Ante una eventual imposibilidad por parte de las pymes de concretar los mismos y con el fin de que no se les prive a los trabajadores de su salario, el Gobierno habilitó una línea de créditos blandos por un monto total de $350 millones a una tasa del 24%. Asimismo, el Ministerio de Desarrollo Productivo elaboró una guía para poder acceder a los mismos.
Desde el Gobierno informaron que el monto total al que una pyme podrá acceder será igual al total de la masa crítica salarial que se encuentre afectada. Además, permitirá la cobertura de cheques de pago diferidos. El plazo, un año con un período de gracia de tres meses.
¿Cuáles son los pasos que debe seguir la PyME a la hora de solicitar el crédito?
- Completar la solicitud del crédito incluyendo el detalle de la nómina de empleados (formulario 931 de AFIP).
- Enviar la solicitud a la entidad bancaria donde se va a solicitar el crédito
- La entidad bancaria se pondrá en contacto a fin de comunicarle los pasos a seguir para su instrumentación.
¿Dónde tramito el crédito?
En el banco donde ya es cliente y a través del cual se les abona a sus empleados las cuentas sueldo.
¿Qué empresas pueden solicitarlo? ¿Preciso alguna garantía para poder acceder al crédito?
Podrán acceder todas las MiPyMEs que se encuentren inscriptas en el Registro PyME del Ministerio de Desarrollo Productivo.
El Fondo de Garantías Argentino (FoGar) del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación otorgará a las entidades financieras las garantías para que las Pymes puedan acceder a los préstamos otorgados. Para las empresas medianas pertenecientes a los tramos 1 y 2, se les dará una garantía del 25% del capital otorgado por la entidad financiera y para las micro y pequeñas empresas, incluidos los monotributistas, se les otorgará un aval del 100% del capital aprobado por el banco.
El representante legal de la PyME se constituye en fiador del préstamo, a través de documentos electrónicos (declaración jurada).
¿Cual es la tasa de interés y el plazo para devolver el préstamo?
La tasa será como máximo del 24 por ciento fija durante un año, el cual incluye un período de gracia de tres meses, pudiendo cada entidad bancaria mejorar las condiciones crediticias.
¿Hay un monto máximo?
Sí, el de el 100 por ciento de la masa salarial bruta de la empresa y estará destinado al pago de salarios. También la línea permitirá la cobertura de cheques de pago diferidos.
¿Qué documentación tengo que presentar?
Las empresas deberán completar un formulario, que será presentado a las entidades bancarias a la hora de iniciar la solicitud.
Además, deberán contar con el certificado MiPyME, cuyo trámite se inicia en la web de AFIP y es otorgado por el Ministerio de Desarrollo Productivo: https://www.argentina.gob.ar/produccion/registrarse-como-pyme/registrar-una-pyme
¿Qué tiene que hacer el banco?
El banco chequeará la información recibida y podrá solicitarle información adicional a fin de realizar el análisis del crédito a otorgar a la PyME.
Si el banco está cerrado ¿Cómo obtengo el crédito?
Los bancos deben proveer atención virtual a través de sus canales comerciales habituales. Las entidades deben instrumentar las vías.
¿Dónde se acredita el dinero?
Hay dos modalidades, se escoge la más rápida: a) Que el dinero se acredite directamente en la cuenta sueldo de los empleados o B) en la cuenta de la empresa que inmediatamente transferirá a los empleados.
¿Qué requisitos tengo que tener para poder aspirar al crédito?
Tener certificado MiPyME para poder realizar la solicitud.
¿Cuándo tengo que empezar a devolver el crédito?
El crédito tiene tres meses de periodo de gracia.