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Andrés De Leo: “Los aumentos de contagios evidencian que el Gobierno prioriza la economía por sobre la salud”

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El senador provincial de Juntos, Andrés De Leo, señaló que “los aumentos de contagios evidencian que el Gobierno ahora prioriza la economía por sobre la salud” y analizó que “mientras avance el plan de vacunación y las internaciones no crezcan demasiado puede sostenerse la situación, pero hay que escuchar a los especialistas que recomiendan medidas para disminuir los contagios y como viene ocurriendo desde el inicio de la pandemia, el gobierno no tiene un plan”.

En el contexto de la tercera ola de coronavirus, el legislador analizó que “la economía ha tenido un repunte en el consumo por 2 factores: el rebote por la crisis y la monetización de la economía por la hiper emisión monetaria”. Y adelantó: “El problema es que el crecimiento va a ser de corto plazo porque la inflación, producto del desmanejo económico, va a poner techo a ese rebote con riesgo de ir a otra crisis económica”.

Por otro lado, De Leo opinó sobre la negociación de Alberto Fernández con el FMI, y sostuvo que “viene con demasiadas marchas y contramarchas. El gobierno no tiene una estrategia clara y prioriza la confrontación política a la búsqueda de consensos para elaborar un plan congruente y consistente que permita ordenar la economía”.

Por último, hizo referencia al pedido que viene llevando la oposición en la provincia de Buenos Aires para declarar la emergencia agropecuaria. “Es de esperar que el Gobierno tome seriamente el problema de la sequía, que dialogue con los representantes del agro para llevar paliativos al sector”.

“Si se insiste con recetas viejas de negación del problema y de confrontación se van a agudizar los problemas del sector que más dólares le aportan al país en un momento de seria crisis cambiaria”, cerró.

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El peronismo en Diputados presentó un proyecto para reparar económicamente a ex combatientes de Malvinas

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El bloque peronista en la Cámara de Diputados de la Nación impulsó un proyecto de ley que propone una “Reparación Histórica Malvinas” para quienes participaron en el conflicto del Atlántico Sur en 1982, estableciendo un beneficio económico para ex soldados y civiles afectados. La iniciativa, acompañada por 19 legisladores, busca saldar una deuda pendiente con quienes fueron protagonistas durante la guerra y sus familias, de acuerdo con la documentación parlamentaria.

La iniciativa de “Reparación Histórica Malvinas” lleva la firma de Victoria Tolosa Paz, Aldo Leiva, Guillermo Michel, Kelly Olmos, Nancy Sand, Jorge Araujo Hernández, Pablo Yedlin, Claudia Palladino, Marianela Marclay, Guillermo Snopek, Jorge Mukdise, Juan Pablo Luque, Ana María Ianni, Hilda Aguirre, Ernesto Alí, Graciela de la Rosa, Cristian Andino, Ariel Rauschenberger y Gabriela Pedrali.

El texto presentado en el Congreso de la Nación establece que el beneficio alcanzará a las personas que, cumpliendo con el Servicio Militar Obligatorio, participaron como soldados en acciones de combate en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM), en las Islas Georgias y Sándwich del Sur, así como a civiles con funciones de apoyo en esos escenarios. Según consta en el proyecto, también se incluyen a quienes intervinieron en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), siempre que la participación haya sido debidamente certificada por las autoridades competentes, en concordancia con la Ley 23848 y el decreto reglamentario 2634/90.

El proyecto estipula que el beneficio económico será equivalente a 104 haberes mínimos jubilatorios del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), pagaderos en 24 cuotas consecutivas y actualizadas conforme a la Ley de Movilidad Jubilatoria 24241. La base del cálculo incorpora tanto el haber mínimo garantizado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) como el bono previsional vigente. De acuerdo con la iniciativa, la suma se encuentra exenta del Impuesto a las Ganancias, lo que implica un impacto directo en el poder adquisitivo de los beneficiarios.

El articulado prevé que, en caso de fallecimiento del titular, el derecho a la reparación histórica se traslada a los derechohabientes, incluyendo padres, madres, viudas, viudos, convivientes e hijos menores de edad. El texto detalla la forma de distribución del beneficio y especifica la compatibilidad con otros ingresos previsionales, remunerativos u honoríficos de carácter nacional, provincial o municipal. Los legisladores aclararon que, si el titular falleció antes de la eventual sanción de la ley, los derechohabientes igualmente podrán solicitar el beneficio.

La adhesión a la “Reparación Histórica Malvinas” implica la renuncia a reclamos administrativos o judiciales por retroactivos vinculados a la pensión de guerra de la Ley 23848. El proyecto faculta al Poder Ejecutivo a reglamentar la norma en un plazo máximo de 60 días, tras lo cual la ley se considerará operativa y la certificación de los beneficiarios estará a cargo del Ministerio de Defensa. La ejecución y el pago quedarán bajo la órbita de la ANSES, organismo encargado de la seguridad social en Argentina.

El texto parlamentario surge tras un proceso de diálogo con agrupaciones de ex combatientes, como la Mesa de Coincidencias Malvinas, el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) La Plata y el Centro de Veteranos de Guerra de Malvinas (CEVECIM) Berisso. Los fundamentos del proyecto recuerdan que, tras el regreso de los soldados, el Estado demoró en implementar políticas de contención y reconocimiento para quienes participaron en el conflicto, situación que provocó graves consecuencias sociales y personales.

Los autores del proyecto remarcaron que en 1990 se sancionó la primera ley que otorgó una pensión graciable a los ex combatientes, aunque durante años el acceso al trabajo y la inserción social resultaron problemáticos. “Las secuelas que dejó el conflicto fue desbastadora, se estima que existieron la misma cantidad de bajas producidas en la guerra que en la posguerra”, detalla el texto, que también subraya la discriminación laboral y la falta de respuesta estatal en los primeros años de la democracia.

En los fundamentos, los diputados señalaron que recién a partir de 2004, con la gestión del presidente Néstor Kirchner, se inició un proceso de reconocimiento más activo hacia los ex combatientes, a través de decisiones políticas orientadas a reparar la deuda histórica con ese colectivo. Según la argumentación presentada, la propuesta busca ampliar ese camino y otorgar un reconocimiento económico adicional a quienes debieron afrontar el conflicto y la desprotección posterior, así como a las familias de quienes fallecieron.

El articulado contempla que si no existen derechohabientes directos, el beneficio podrá ser percibido por hijos mayores de edad, distribuyéndose de manera equitativa. El monto del beneficio se revisará periódicamente y la ANSES tendrá la responsabilidad de instrumentar los pagos. El Poder Ejecutivo, en tanto, podrá realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para garantizar la implementación de la ley.

“El Estado tiene la obligación de reparar, reconocer y agradecer. Porque la soberanía se construye con memoria y el futuro exige justicia. Honrar a nuestros ex combatientes y a sus familias es defender la Argentina que queremos: con dignidad, con derechos y con un profundo sentido nacional y patriótico”, afirmó la diputada Victoria Tolosa Paz, una de las impulsoras.

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La Justicia suspendió la aplicación de la reforma laboral en el sector docente: qué implica la medida

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La justicia del trabajo suspendió la aplicación del artículo 101 de la reforma laboral que declaró a la educación como servicio esencial y, por lo tanto, los sindicatos del sector están obligados a mantener un 75% de prestación normal de la actividad si disponen una huelga.

El planteo judicial contra la aplicación de la ley lo hizo la Unión Docentes Argentinos (UDA), que lidera Sergio Romero, quien anunció la sentencia dictada por el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 74, José Ignacio Ramonet, y afirmó a Infobae: “La Justicia nos dio la razón y nos garantizan los derechos históricos”.

“Esencial es garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas para el proceso educativo y no restringir derechos colectivos que justamente buscan resguardar esas condiciones”, dijo el sindicalista, que además es secretario de Políticas Educativas de la CGT.

En un comunicado de prensa, el gremio informó que “la Justicia Nacional del Trabajo resolvió que la acción promovida por la UDA continúe su trámite dentro del proceso colectivo que se encuentra radicado ante el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, donde ya se había dictado una medida cautelar de alcance general”.

“La resolución judicial dejó expresamente establecido que dicha medida cautelar resulta plenamente aplicable al caso del sector docente, manteniéndose suspendida, en esta etapa del proceso, la aplicación de la Ley 27.802 en cuanto califica a la educación como servicio esencial y exige la cobertura obligatoria del 75% del plantel durante medidas de acción sindical”, sostuvo la UDA.

De este modo -agregó-, y hasta tanto exista una decisión definitiva sobre el fondo de la cuestión, continúa resguardado el ejercicio del derecho constitucional de huelga y la plena vigencia de los principios de libertad sindical y negociación colectiva”.

“Desde UDA destacamos la importancia institucional de esta decisión judicial, que preserva el equilibrio del sistema de relaciones laborales y evita que se consoliden restricciones que podrían afectar el núcleo esencial de los derechos colectivos de los trabajadores de la educación”, concluye el comunicado.

El artículo 101 de la Ley de Modernización Laboral reglamenta el derecho de huelga imponiendo servicios mínimos obligatorios (75% y 50%) en actividades consideradas “esenciales” y “trascendentales” de un amplio listado que incluye al transporte, la salud y la educación, entre otras, para evitar la paralización total de los servicios. Ya figuraba en el DNU 70 dictado por Milei apenas asumió su gobierno y luego en el decreto 340, y en ambos casos fueron suspendidos por la Justicia.

En concreto, el primer inciso del artículo, al detallar las actividades que deberán mantener el 75% de la actividad normal en caso de huelga, dice: “El cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial”.

En la última versión del proyecto se incorporó la recolección de residuos entre las actividades esenciales que deberán garantizar un 75% de servicios mínimos en caso de huelga, y se incluyó que las fuerzas de seguridad no podrán brindar una cobertura menor al 100% de la prestación normal de su servicio.

En rigor, el artículo que reglamenta el derecho de huelga en los servicios esenciales ya estaba comprendido en el fallo que dictó el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, que este lunes suspendió de manera provisoria la aplicación de 83 artículos de la Ley 27.802 de Modernización laboral, a partir de una acción impulsada por la CGT contra el Estado Nacional.

El viernes pasado, como anticipó Infobae, el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín ordenó la suspensión provisional de los artículos 131 y 133 de la Ley 27.802 de Modernización Laboral en el ámbito de los convenios colectivos del sector de comercio y servicios, luego de una acción presentada por el Sindicato de Empleados de Comercio de San Martín.

La medida cautelar alcanza al Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, además de otros convenios suscriptos por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), como el CCT 781/20 y el CCT 547/08. En consecuencia, el Estado Nacional deberá abstenerse de aplicar las disposiciones cuestionadas hasta que exista una sentencia definitiva.

El sindicato había solicitado la declaración de inconstitucionalidad —o, en su defecto, la inaplicabilidad— de esas normas, argumentando que introducen modificaciones en el régimen de ultraactividad de los convenios y establecen límites a las cuotas solidarias de los sindicatos.

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Escándalo en el Hospital Municipal: investigan el faltante de 25 ampollas de fentanilo

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El Hospital Municipal informó este miércoles que detectaron en las últimas horas el faltante de 25 ampollas de fentanillo. 

Las mismas se encontraban en el quirófano central del nosocomio y las autoridades del mismo ya radicaron la denuncia correspondiente en Fiscalía.

Además, se informó que también se inició una investigación interna con el objetivo de esclarecer el episodio.

“Es la primera vez que sucede una cuestión de este tipo, por lo que de inmediato se decidió hacer la denuncia penal junto con las autoridades del sector. A la vez se inició un sumario administrativo para evaluar desde el punto de vista interno cómo es esta situación”, sostuvo el Director del Hospital, Gustavo Carestia. 

Con respecto a cómo detectaron el faltante, indicó que “se hacen controles semanales y la reposición para medir la trazabilidad de cualquier medicamento —en este caso un medicamento que se utiliza en quirófano habitualmente— y se detectó de esa manera”. 

Además, afirmó que no hay ninguna hipótesis hasta el momento de lo sucedido. “Estamos esperando obviamente la actuación de la Justicia. En ese lugar, tanto en el pasillo que da a quirófano como en el sector de quirófano, hay cámaras, de manera que la información que nos pueda brindar eso va a estar en poder del fiscal en las próximas horas”, explicó.

La causa tramita en la UFIJ Nº 19 del fiscal Mauricio del Cero.

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