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Axel Kicillof promulgó la ley que actualiza el Registro de Deudores Alimentarios Morosos

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El gobernador bonaerense, Axel Kicillof, promulgó la Ley 15.520 para fortalecer la autonomía económica de las mujeres y su derecho a exigir el cumplimiento de la cuota alimentaria.

En la Provincia de Buenos Aires, siete de cada 10 mujeres no reciben aportes de parte del progenitor de sus hijos e hijas. Gracias a esta reforma se agilizan los procedimientos judiciales y podrán inscribirlos en el registro como deudores desde el primer incumplimiento.

“Esta ley garantiza equidad, fortalece el derecho de las mujeres y los niños y, como dijo el Gobernador, nos convierte en una provincia más justa”, expresó la Ministra de Mujeres y Diversidad bonaerense, Estela Díaz.

“Promulgamos la ley que actualiza el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, un importante avance que es producto del esfuerzo y la articulación de todos los poderes del Estado para abordar una problemática que atenta contra los derechos de las mujeres y los chicos”, aseveró el Gobernador.

Durante el acto, llevado a cabo en el Salón Dorado de la Casa de Gobierno, Kicillof señaló: “La Argentina está atravesando una situación muy difícil: el fracaso del Gobierno nacional llevó a que el FMI tome nuevamente el control de la política económica para impulsar, como ya hemos visto muchas veces, reformas previsionales y laborales”. Y añadió: “Ante esa situación, y aunque soplen vientos hacia otra dirección, en la provincia de Buenos Aires seguimos plantando la bandera de las políticas de cuidado y de lucha contra la desigualdad en todas sus formas”.

Por su parte, Estela Díaz remarcó: “Apuntamos a una provincia donde sea total el cumplimiento de las cuotas alimentarias porque trabajamos sobre el cuidado de los chicos, las chicas, y porque nos importa la independencia económica de las mujeres: cuando mejoran nuestras condiciones de vida y nuestros ingresos, logramos bienestar en las familias y en los ámbitos en los que nos desarrollamos”.

Esta actualización tiene como antecedente la promulgación de la Ley 15.513, en diciembre 2024, que permitió simplificar y agilizar los procedimientos judiciales en el reclamo de alimentos: estableció parámetros para determinar los montos, impulsó la reducción de litigios para lograr una resolución rápida y estipuló multas ante la ausencia sin justificación a audiencias judiciales.

Los cambios

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM) tiene como objetivo registrar a todas las personas obligadas al pago de alimentos por sentencia firme o convenio homologado que adeuden un determinado número de cuotas y establece las consecuencias derivadas de tal incumplimiento.

La legislación permitirá inscribir al deudor desde el primer incumplimiento, se trate de los alimentos definitivos o provisorios. Actualmente, solo pueden inscribirse a deudores desde el tercer incumplimiento consecutivo o quinto alternado y no se incluyen los alimentos provisorios.

Otra de las innovaciones incorporadas es que no sólo se podrá inscribir en el RDAM a los progenitores, sino que también serán alcanzados los empleadores o acreedores que hayan sido intimados previamente por orden judicial y sean responsables solidarios del pago como lo dispone el Código Civil y Comercial de la Nación.

Además, se modifican algunas sanciones como la suspensión de trámites de habilitación de comercios y/o industrias contemplando que si el deudor alimentario no tuviese otra fuente de ingresos se le otorgará provisoriamente el permiso bajo la obligación de regularizar la situación. En este punto, se añade el impedimento de inscribirse en el Registro Central de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos.

Por último, se incorpora como requisito presentar el certificado de libre deuda expedido por el RDAM para las designaciones de magistrados, funcionarios o empleados bajo cualquier modalidad y categoría en cualquiera de los poderes del Estado provincial y municipal, organismos descentralizados, como así también en las empresas y sociedades estatales y con participación del Estado provincial así como también para la diplomación de los candidatos electos para cualquier cargo provincial o municipal.

Este proyecto continúa la iniciativa presentada en el Poder Legislativo provincial y que fuera sancionada en diciembre de 2024: la ley que simplifica los procesos judiciales para el reclamo de alimentos.

Ambas iniciativas fueron redactadas en el marco de la Mesa de Trabajo sobre Obligación Alimentaria, creada tras la presentación del informe “Incumplimiento de la obligación alimentaria en la provincia de Buenos Aires: Un problema estructural que profundiza las desigualdades de género” del año 2022, tomando también iniciativas de la senadora Sofía Vannelli y la diputada Lucía Iáñez. (DIB) ACR

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Victoria Villarruel dejó un mensaje por el Viernes Santo: ¿reflexión religiosa o chicana política hacia adentro?

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La vicepresidenta, Victoria Villarruel, compartió un mensaje en su cuenta de X en el marco de la Semana Santa y, particularmente, en este Viernes Santo, que conmemora la Pasión de Cristo.

Si bien la aparente intención de la Vicemandataria fue dejar una reflexión religiosa, el lenguaje es polisémico y podría haber abierto, adrede, un abanico de posibilidades interpretativas.

Lo cierto es que en su posteo, entre líneas, podría leerse el vínculo desgastado que tiene con el presidente, Javier Milei, y los dos integrantes de su mesa chica, la Secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, y el asesor todoterreno, Santiago Caputo.

“Que aprendamos de Dios hecho Hombre a cargar nuestras cruces, soportar los desprecios y levantarnos nuevamente ante el peso de nuestro madero”, escribió Villarruel en su cuenta de X, donde remarcó la fortaleza que deviene del sufrimiento y las traiciones.

“Hoy Viernes Santo, Nuestro Señor Jesucristo sufre la flagelación, la coronación de espinas, el camino del calvario con la cruz a cuestas y su Crucifixión y muerte. Es un día de duelo para los cristianos, por eso acompañemos con nuestras oraciones, ayuno y abstinencia a los que sufren, a los que son perseguidos por nuestra Fe, a Cristo golpeado y lacerado”, sumó Villarruel. Y añadió: “Que el escarnio, los insultos, las traiciones no nos distraigan de lo importante en esta vida, luchar y ganar la vida eterna. ¡Al final Cristo vencerá a la muerte!”. A buen lector, múltiples sentidos. (DIB) ACR

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Milei se refirió a los aumentos de precios en las listas de proveedores y dejó un consejo para los consumidores

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En el marco de las medidas económicas recientes definidas por su gestión, el presidente, Javier Milei, dio un mensaje a los consumidores desde sus redes y pidió que haya un cambio de conducta ante los aumentos en los productos de primera necesidad.

En medio de la creciente tensión entre supermercados y empresas proveedoras de alimentos y productos de higiene por los aumentos en las listas de precios tras la salida del “cepo” cambiario, Milei sostuvo: “Si te aumentan el precio, no compres”.

El mandatario utilizó su cuenta de Instagram para realizar su planteo a la ciudadanía, a partir de una viñeta del dibujante Nik en la que aparece su personaje Gaturro con el ceño fruncido, haciendo el gesto de “alto” con la mano, donde se lee la frase que funcionó como consejo al consumidor, a modo de advertencia y presentando una lectura de la actualidad.

Por su parte, el presidente de la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), Víctor Palpacelli, indicó en declaraciones radiales que se encuentran en plena negociación con los proveedores para no trasladar a las góndolas las listas de precios con aumentos de hasta 12% que las alimenticias enviaron tras la implementación del nuevo esquema cambiario.

Las empresas que habían presentado listas remarcadas entre un 9% y un 12% fueron, entre otras, Unilever y Molinos.

El propio ministro de Economía, Luis Caputo, celebró que las cadenas de supermercados rechazaran esas listas. “Hoy los supermercados grandes rechazaron la mercadería con lista de precios nueva de Unilever y Molinos con alzas de 9% a 12%”, destacó en su cuenta de X. (DIB) ACR

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Sienta precedente: declaran inconstitucional la designación de García-Mansilla y Lijo para la Corte

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El juez Alejo Ramos Padilla declaró la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del decreto presidencial que había dispuesto el nombramiento en comisión como jueces de la Corte Suprema de Manuel García-Mansilla y de Ariel Lijo.

De esta manera, el magistrado a cargo del Juzgado Federal Número 2 de La Plata, dictó sentencia definitiva en el amparo iniciado por distintas organizaciones que solicitaban declarar la nulidad e inconstitucionalidad del Decreto N°137/2025. Pese a que García-Mansilla renunció tras estar 40 días en el cargo y Lijo nunca asumió, el fallo busca sentar un precedente para evitar otras maniobras similares del Ejecutivo en un futuro.

“La Corte Suprema sostuvo que puede funcionar adecuadamente con tres miembros e indicó el mecanismo específico para su integración con conjueces en los casos excepcionales donde no se lograra el acuerdo necesario para tomar una decisión”, argumentó Ramos Padilla. Y sostuvo que “el nombramiento en comisión del García-Mansilla resulta más perjudicial para el sistema de administración de justicia, la división de poderes y la independencia judicial que acudir a la designación de conjueces”.

La decisión de Milei, acompañado por sus ministros, de impulsar mediante un decreto la designación de jueces en comisión “es violatoria de la forma republicana de gobierno, de la división de poderes, de la independencia del Poder Judicial y de la garantía del juez imparcial”, remarcó el juez federal en el fallo.

En ese sentido, defendió el procedimiento vigente al señalar que, tanto la necesidad de contar con un adecuado sistema de nombramiento de jueces que garantice la independencia judicial” como la aprobación de los pliegos a través “de una mayoría agravada en el Senado”, acompaña la jurisprudencia de la Corte Suprema “dictada con posterioridad a la reforma constitucional de 1994 y con distintos precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

A fines de febrero, Milei decidió avanzar con la firma de un decreto para nombrar en comisión a Lijo y García-Mansilla, pese a no contar con el apoyo del Senado. Entre los fundamentos esgrimidos, indicó que la Constitución faculta al mandatario nacional a “llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”.

El decreto finalmente llegó al Senado el 3 de abril. En una sesión especial, los nombramientos propuestos no lograron alcanzar las dos terceras partes de los votos necesarios y fueron rechazados. Días después, García-Mansilla presentó su renuncia, y ahora, tras dos semanas, el juez le dio un nuevo revés al Ejecutivo. (DIB)

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