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Política Nacional

Combustibles: liberan los precios mayoristas y compensan a las petroleras tras el congelamiento

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El Gobierno volvió a postergar la aplicación del incremento del impuesto a los combustibles y definió cambios en el esquema de congelamiento por noventa días en los precios, definidos el pasado 15 de agosto. En definitiva, se liberaron los precios para mayoristas -el campo, algunas industrias y estaciones de servicio sin marcas-, aunque se mantendrán los valores en las estaciones de servicio hasta el 13 de noviembre. Así lo informó a través del decreto 607/2019 publicado hoy en el Boletín Oficial.

Combustibles: liberan los precios mayoristas y compensan a las petroleras tras el congelamiento

El Gobierno lo informó a través del decreto 607/2019 publicado hoy en el Boletín Oficial
El Gobierno lo informó a través del decreto 607/2019 publicado hoy en el Boletín Oficial Fuente: Archivo – Crédito: Emiliano Lasalvia
2 de septiembre de 2019  • 09:48

El Gobierno volvió a postergar la aplicación del incremento del impuesto a los combustibles y definió cambios en el esquema de congelamiento por noventa días en los precios, definidos el pasado 15 de agosto. En definitiva, se liberaron los precios para mayoristas -el campo, algunas industrias y estaciones de servicio sin marcas-, aunque se mantendrán los valores en las estaciones de servicio hasta el 13 de noviembre. Así lo informó a través del decreto 607/2019 publicado hoy en el Boletín Oficial.

“El cambio en el congelamiento no significa un aumento en los combustibles en estación de servicio”, confirmó el Secretario de la Cámara de Empresarios de CombustiblesRaúl Castellano en diálogo con radio El Destape, y explicó que la modificación “va a afectar a las empresas grandes, al agro y a las estaciones de servicio sin bandera”.

Dentro del paquete de medidas que buscan contener la turbulencia económica tras las PASO, el Gobierno consideró que “dada la variación del tipo de cambio entre el peso y el dólar estadounidense y con el objeto de morigerar los efectos de la medida, es apropiado aumentar el tipo de cambio de referencia contemplado “, y estableció un aumento del tipo de cambio de referencia de $45,19 a $ 46,69 dólares, lo que representa un incremento del 3,3 por ciento.

Fuente: La Nación

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Los senadores pasarán a cobrar en marzo más de 11 millones de pesos

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Los senadores pasarán a cobrar en marzo una dieta superior a los 11 millones de pesos porque sus ingresos están acoplados a los aumentos acordados entre las autoridades del Congreso y los gremios legislativos.

Los gremios acordaron este miércoles un aumento salarial progresivo desde diciembre hasta mayo de un 12,5 por ciento acumulado.

Por ese motivo, los senadores que hasta noviembre cobraban 10,2 millones de pesos pasarán a cobrar en marzo 11 millones de pesos en bruto y en mayo 11,5 millones, ya que sus aumentos están ligados a los incrementos de la paritaria legislativa.

Esto es así porque los senadores decidieron en abril del 2024 volver acoplar las dietas a los aumentos salariales que se había suspendido por una resolución de la vicepresidenta Victoria Villarruel y del presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem.

La decisión se tomó a mano alzada y generó polémica ya que algunos senadores plantearon que no estaban de acuerdos con esa medida promovida por la mayoría de los legisladores

En cambio, la Cámara de Diputados no aumenta las dietas de sus legisladores al firmarse una nueva paritaria, sino que esos incrementos los define Menem, y por eso motivo los ingresos de los diputados hoy están ubicados cerca de los 6 millones de pesos en bruto. 

Los trabajadores legislativos cobran de acuerdo a la cantidad de módulos y en el caso de los senadores son 2500 módulos por dieta, 1000 por representación y 500 por desarraigo.

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AFA Gate: Pablo Toviggino presentó un escrito, pidió ser sobreseído y evitó responder preguntas en la causa por evasión

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El tesorero de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Pablo Toviggino, se presentó en los Tribunales de Retiro, en la causa por presuntos desmanejos de fondos por retención indebida de impuestos y aportes previsionales, a cargo del juez en lo penal económico Diego Amarante.

Toviggino presentó un escrito de más de 100 páginas y evitó responder preguntas en el expediente, después de estar casi una hora en la sede judicial, donde hubo un fuerte operativo de seguridad.

Toviggino pidió ser sobreseído en la causa y también demandó una pericia contable. Insistió en que no hay delito, ya que el Gobierno osuspendió la ejecución de la deuda. “Un error en la interpretación de la fecha de vencimiento de esa deuda no puede dar pie a una persecusión legal desmedida”, aseguró el tesorero de la AFA en su descargo.

Por momentos, Toviggino esbozó alguna sonrisa sarcástica, según señalaron presentes en la indagatoria.

Además, se declaró inocente en todos los cargos que se le acusan. El dirigente, mano derecha del presidente de la institución, Claudio “Chiqui” Tapia, debía presentarse la semana pasada ante la Justicia, pero logró postergar la citación luego de hacer un cambio de abogados.

Este jueves será el turno de Claudio “Chiqui” Tapia. El presidente de la AFA también deberá presentarse presencialmente en los tribunales.

Esta semana el juez Amarante rechazó los pedidos de nulidad presentados por ambos dirigentes y ratificó las indagatorias programadas para esta semana.

Amarante rechazó los argumentos de las defensas, que habían planteado que no existía delito y que se debía suspender el llamado a indagatoria por existir un recurso pendiente de resolución ante la Cámara.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) acusó a la AFA de haber actuado como agente de retención y percepción de tributos nacionales y recursos de la seguridad social, sin depositar los montos correspondientes dentro del plazo legal de 30 días corridos posteriores al vencimiento.

Los períodos abarcados van desde marzo de 2024 hasta septiembre de 2025, con retenciones en IVA, Impuesto a las Ganancias y contribuciones a la seguridad social.

Fuente: TN

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La Justicia rechazó el amparo de la CGT que buscaba frenar parte de la reforma laboral

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La Justicia rechazó un planteo de la Confederación General del Trabajo (CGT) contra algunos artículos de la reforma laboral vinculados al traspaso de competencias de la Justicia Nacional del Trabajo hacia la órbita de la Ciudad de Buenos Aires. El fallo desestimó el pedido cautelar que buscaba frenar la aplicación de esos puntos de la ley mientras se resolvía el fondo del litigio.

La decisión fue tomada por el juez Enrique Lavié Pico, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7, que intervino en el amparo presentado por la central obrera contra el Estado Nacional.

La CGT había presentado el amparo luego de la sanción de la ley de reforma laboral en el Congreso y antes de su promulgación por parte del Poder Ejecutivo.

La presentación judicial había sido realizada el 6 de marzo por la CGT, que pidió la nulidad e invalidez constitucional de los artículos 90 y 91 referidos al traspaso de la función judicial en materia laboral desde la Justicia nacional hacia el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Además, solicitó una medida cautelar innovativa para suspender la aplicación de esos puntos de la ley hasta que hubiera una sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo.

En el fallo, el juez Lavié Pico sostuvo que ese tipo de medidas tienen carácter excepcional porque implican modificar el estado de hecho o de derecho existente antes de que haya una sentencia definitiva.

En ese sentido, consideró que el pedido de la CGT requería analizar cuestiones que forman parte del objeto principal del litigio, algo que —según explicó— no corresponde resolver en una instancia cautelar.

Por eso, en su resolución, rechazó la medida cautelar que pretendía suspender de forma inmediata la aplicación de esos artículos y del convenio de transferencia incluido en la norma.

Fuente: TN

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