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Convocaron a una audiencia pública para debatir la Ley de Glaciares a la espera de su tratamiento en Diputados

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La Cámara de Diputados convocó a una audiencia pública los días 25 y 26 de marzo de 2026 para recibir opiniones sobre un proyecto que propone modificar la Ley de Glaciares N° 26.639. Se trata de otra de las reformas impulsadas por el Gobierno, con la intención de fomentar la explotación económica del ambiente periglacial nacional.

Según la convocatoria publicada en el Boletín Oficial, el formato de la audiencia prevé una doble modalidad de participación: presencial y virtual. Así, el 25 de marzo de 2026, quienes estén inscriptos podrán exponer presencialmente en la sala 2 del segundo piso del anexo C de la Cámara de Diputados en Avenida Rivadavia 1841, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

No obstante, el 26 de marzo la dinámica se realizará de forma virtual. Según establecieron las comisiones organizadoras, la audiencia conservará el mismo horario, es decir, se realizará en la franja de 10:00 a 19:00 horas.

Las Comisiones de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano y la de Asuntos Constitucionales acordaron los términos de esta convocatoria en una reunión realizada el 4 de marzo de 2026. El objeto específico será recibir y considerar aportes en torno al Expediente 0072-S-2025, que propone modificaciones directas a la Ley de Glaciares vigente.

De esta manera, confirmaron que la inscripción al Registro de Participantes estará habilitada hasta el viernes 20 de marzo. Los interesados pueden registrarse en persona en la oficina de la comisión, ubicada en el primer piso, oficina 149, de la propia Cámara de Diputados, entre las 10:00 y las 16:00 horas. Otra opción para inscribirse es completar el trámite electrónicamente mediante un formulario que estará disponible hasta las 20:00 horas en la página web de la institución.

Cada exposición, según la normativa, no podrá exceder los cinco minutos, y quienes deseen presentar una ponencia por escrito deberán hacerlo presencialmente o bien enviarla al correo de la Comisión de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano (crnaturales@hcdn.gob.ar).

Para esto, pidieron que el escrito cuente con una extensión máxima de diez carillas en formato PDF, tamaño A4, letra Times New Roman 12. Además, informaron que las exposiciones como las presentaciones escritas quedarán registradas y serán publicadas posteriormente en la web de la Cámara de Diputados de la Nación.

Por otro lado, indicaron que la audiencia seguirá las pautas del Plan de Trabajo de Audiencia Pública sobre Ley de Glaciares, su Anexo I – Reglamento, el artículo 114 bis del Reglamento de la Cámara y el artículo 7 del Acuerdo de Escazú, que garantiza el acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia en asuntos ambientales para América Latina y el Caribe.

Al fundamentar la iniciativa, el Poder Ejecutivo argumentó que existen “graves falencias interpretativas” en la legislación vigente, que habrían generado inseguridad jurídica y obstaculizado inversiones productivas, principalmente en minería.

Según el oficialismo, el objetivo principal apunta a “ordenar el marco normativo, eliminar interpretaciones arbitrarias y fortalecer el federalismo ambiental”. Esto implicaría una transferencia de poder a las provincias para que asuman mayor protagonismo en la gestión de recursos.

Durante la discusión de la Ley de Glaciares, varios legisladores subrayaron la importancia de incluir a comunidades indígenas y actores sociales en las audiencias. Al respecto, el diputado de Unión por la Patria, Juan Grabois, afirmó que “todas las comunidades indígenas que estén registradas y que estén en las cuencas afectadas tienen que tener asegurada su participación“.

En el caso de la diputada Silvana Giudici, integrante del bloque de La Libertad Avanza, defendió la idea original del oficialismo al recordar que “hubo un sistema que fue de la misma manera que se propone hoy. Lo que corresponde es considerar la propuesta de las presidencias de la comisión”.

Estos son los puntos claves de la Ley de Glaciares vigente

La actual Ley de Glaciares marcó un cambio en la política ambiental nacional al establecer, desde el 30 de septiembre de 2010, los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y el ambiente periglacial. Por ese entonces, se estableció como objetivo central “preservar estos cuerpos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano, la agricultura y la recarga de cuencas hidrográficas”.

En este sentido, la norma definió a los glaciares como “bienes de carácter público” y extendió su protección a las áreas de suelos congelados que cumplen funciones reguladoras de los recursos hídricos, conocidas como ambiente periglacial. Para garantizar la identificación y el resguardo de estos espacios, el artículo 3 de la ley ordena la creación del Inventario Nacional de Glaciares.

Según el texto, el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA) es el organismo responsable de “identificar y registrar todos los glaciares y geoformas periglaciares del territorio argentino”. El inventario debe actualizarse al menos cada cinco años e incluir información sobre la ubicación exacta, la superficie y el estado de conservación de cada glaciar.

En contraposición a la propuesta del Gobierno, la ley prohíbe de manera explícita toda actividad que pueda alterar la condición natural de los glaciares o del ambiente periglacial. La lista incluye la “liberación de sustancias contaminantes, la construcción de infraestructura ajena a la investigación científica, la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, y la instalación de industrias”.

Por esto, frente a cualquier proyecto que se pretenda realizar en zonas donde existan glaciares, la norma exige una evaluación de impacto ambiental y la garantía de participación ciudadana. Solo quedan exceptuados los casos de rescate, investigación científica no invasiva y deportes no motorizados, de acuerdo con la letra de la ley.

Las sanciones por el incumplimiento de la Ley 26.639 pueden ir desde advertencias hasta multas económicas y la suspensión total de la actividad responsable del daño. La normativa advirtió que, en caso de reincidencia, las multas “pueden triplicarse”.

Si la infracción la comete una empresa, la ley determinó que “sus directivos y administradores también resultan responsables”. Además, el dinero recaudado a través de las multas debe destinarse prioritariamente a la protección y recuperación de los glaciares afectados.

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Nuevos operativos de documentación

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El Registro Provincial de las Personas realizará esta semana nuevos operativos de documentación en distintos puntos de la ciudad.

Será desde hoy martes 13 al viernes 16 de octubre. El horario de atención de 10 a 15 horas.

 ¿Qué trámites se pueden realizar?

  • DNI (Documento Nacional de Identidad)
  • Solicitud de partidas
  • Certificados de domicilio y extravío
  • Certificado de Pre Identificación (CPI)
  • Empadronamiento de extranjeros
  • Cambio de género
  • Inicio de expediente de inscripción tardía

Fuente: Frente al cano.

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Se oficializó la salida de Bahía Blanca del régimen de Zona Fría

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El Gobierno de Javier Milei oficializó este martes la modificación del Régimen de Zona Fría, que otorga descuentos en las tarifas de gas a usuarios de distintas regiones del país. La medida quedó formalizada con la publicación de la Ley 27.828 y del Decreto 1161/2026 en el Boletín Oficial.

La reforma, sancionada por el Congreso el 24 de septiembre y promulgada por el Presidente el 9 de octubre, establece nuevas condiciones para acceder al beneficio y una bonificación adicional para los hogares que cumplan determinados requisitos socioeconómicos y geográficos.

La nueva legislación modifica el artículo 75 de la Ley 25.565 y deroga distintos artículos de la Ley 27.637, que había ampliado el alcance territorial del régimen.

El principal cambio es que residir en una zona alcanzada por la ampliación anterior ya no será suficiente para acceder automáticamente al descuento. Los hogares deberán estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados y cumplir las condiciones establecidas por la nueva normativa.

Además, la bonificación adicional se aplicará sobre los denominados Consumos Base, por lo que no necesariamente alcanzará a la totalidad del gas utilizado por cada hogar.

La reforma mantiene un tratamiento diferenciado para la Región Patagónica, el departamento de Malargüe, en Mendoza, y la región conocida como Puna, donde continuarán los beneficios previstos en el régimen.

Quiénes podrán mantener el subsidio de Zona Fría con la nueva ley

La Ley 27.828 establece una bonificación adicional por Zona Fría para determinados usuarios residenciales de gas natural por redes y gas propano indiluido por redes.

El beneficio estará destinado a hogares ubicados en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI, contempladas en la normativa utilizada por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS).

Para acceder, los usuarios deberán estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados, encontrarse dentro de las áreas geográficas previstas y cumplir alguno de los criterios socioeconómicos establecidos por la ley.

Los requisitos contemplados son:

  • Ingresos familiares: hogares cuyos integrantes registren, en conjunto, ingresos netos iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar tipo 2, según el INDEC.
  • Certificado de Vivienda Familiar: hogares con al menos un integrante que posea este documento del Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP).
  • Veteranos de Malvinas: hogares con un integrante que perciba una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Personas con discapacidad: hogares con al menos un integrante que tenga Certificado Único de Discapacidad (CUD). En estos casos, la Secretaría de Energía deberá evaluar de qué manera esa condición implica una necesidad de asistencia económica para pagar los servicios energéticos.

La ley no establece un límite de ingresos fijo en pesos, sino que lo vincula al valor de tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2, de acuerdo con las mediciones del INDEC.

La legislación también determina que la bonificación adicional estará limitada a los consumos base reconocidos por el régimen de subsidios.

Por otra parte, la Región Patagónica, Malargüe y la Puna conservarán un régimen específico. Para esas zonas continuarán los beneficios destinados a usuarios residenciales de gas natural y gas propano por redes, así como a determinados usuarios del Servicio General P.

El Poder Ejecutivo, por sí o mediante la autoridad de aplicación, tendrá la facultad de determinar las modalidades de esos beneficios.

Qué cambia en las facturas de gas y hasta cuándo estará vigente el régimen

La modificación introduce un cambio en las condiciones de acceso a los descuentos para los usuarios de las zonas comprendidas en la ampliación anterior.

La bonificación adicional dejará de depender únicamente de la ubicación geográfica y quedará condicionada al cumplimiento de los requisitos del régimen focalizado.

Esto significa que los hogares que no reúnan las nuevas condiciones podrían dejar de recibir el descuento territorial anterior, aunque su situación frente a otros subsidios energéticos deberá evaluarse por separado.

Además, el nuevo beneficio se aplicará sobre los consumos base establecidos por el régimen, por lo que no necesariamente cubrirá la totalidad del gas utilizado en una casa.

Sin embargo, la Ley 27.828 no establece un porcentaje específico para la nueva bonificación adicional ni determina cuánto aumentarán las facturas de los usuarios que dejen de recibir el descuento anterior.

Tampoco precisa cuántos hogares podrán conservar el beneficio ni cuántos quedarán excluidos.

En cuanto al financiamiento, la normativa establece que el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas se constituirá con un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte, con las excepciones previstas en la ley.

El Poder Ejecutivo podrá aumentar o disminuir el nivel de ese recargo hasta en un 50%, de acuerdo con las modalidades que considere pertinentes.

La reforma también incorpora disposiciones sobre el mercado eléctrico, las condiciones de contratación de gas, las fuentes renovables de energía y la actividad hidrocarburífera.

El Régimen de Zona Fría tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2031, según establece la Ley 27.828, que entró en vigor este martes con su publicación en el Boletín Oficial.

Fuente: TN

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Se profundiza la crisis en PAMI: arrancó el paro de médicos de cabecera y odontólogos

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Comenzó hoy el paro por 96 horas de médicos de cabecera y odontólogos de PAMI en todo el país. La medida de fuerza fue convocada por la Asociación de Profesionales de la Salud (APPAMIA), que denuncia un fuerte deterioro de los honorarios y dificultades para afrontar los costos de funcionamiento de los consultorios.

“Los médicos de cabecera, la única forma que tienen de expresar su descontento, es parando su actividad, como cualquier otro asalariado. Y la gente es la que se perjudica, pero no tienen otra arma para hacer escuchar su reclamo”, expresó esta mañana en diálogo con Radio Altos el Dr. Esteban Costazos, quien aclaró que los médicos auditores no se suman a la huelga.

Indicó que el médico de cabecera cobra por cápita por paciente $2.100 mensuales, mientras que en el caso del odontólogo esa suma se ubica cerca de los $400.

“Eso es lo que para PAMI vale la cápita de un afiliado. O sea, un médico que tiene 500 pacientes anotados cobra un millón de pesos por mes. Es una locura. Y de los odontólogos ni hablemos”, aseveró sobre los bajos salarios.

En el caso de los auditores, aclaró que están analizando posibles medidas de fuerza y remarcó que desde que expuso la grave situación que atraviesa el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados en todo el país, no hubo ningún cambio.

Si bien afirmó que el diálogo con las autoridades locales del PAMI es muy bueno, no tienen poder de decisión. “Soluciones no hubo ninguna porque tienen que venir de Capital”, remarcó.

Costazos advirtió que la situación actual de PAMI es “muy mala” y que la preocupación va en aumento porque “no hay vistas de que vaya a mejorar”.

Frente a las dificultades que encuentran las y los jubilados para obtener turno, una receta u orden médica y acceder a las prestaciones, describió que es muy frustrante para el médico, en su caso en el rol de auditor, no poder dar respuestas.

“Es muy frustrante no poder ayudar de la manera que uno sabe que se puede porque el instituto ya ha tenido la capacidad de tratar mejor a sus beneficiarios. Vuelvo a mi casa muy cansado, no por un cansancio físico sino mental. Es mucha la presión y mucha la frustración. Sería mejor que las condiciones laborales fueran mucho más agradables”, enfatizó.

Fuente: Frente al cano.

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