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Desregulación del transporte: las empresas ya pueden establecer libremente recorridos, precios y duración de los servicios

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El Gobierno Nacional reglamentó los procesos de desregulación del transporte automotor de pasajeros de larga y media distancia, junto con el de oferta libre, por medio de la Resolución 57/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial.

La medida impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, introduce “modificaciones centrales que brindarán mejoras al sector”, según explicaron desde el área que encabeza Franco Mogetta.

Al mismo tiempo, destacaron que “se moderniza un régimen de más de 30 años de antigüedadcon un sistema cerrado, permisos rígidos y burocracia excesiva, pasando a un sistema simple, declarativo, gratuito, digital y que mantiene los estándares técnicos y de seguridad vigentes”.

La norma habilita la posibilidad de que cualquier vehículo que cuente con el correspondiente seguro y la Verificación Técnica Vehicular (VTV) al día, pueda ofrecer el servicio de transporte de pasajeros. De esta manera, autos, combis, utilitarios y demás rodados podrán ser prestadores de transporte.

Así lo expresó el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, mediante su cuenta de X, al señalar que “a quienes tengan vehículos grandes o pequeños (con seguro y revisión vehicular aprobada), los invitamos a convertirse en proveedores de transporte de pasajeros”.

En ese aspecto, insistió en que “cualquier interesado en proveer el servicio pueda hacerlo”, para lo que “simplemente informan a través de un trámite remoto vehículos, choferes y los recorridos que planifican hacer” y especificó que “pueden cambiar esta información cuando quieran y las veces que quieran. ¡Y listo! ¡A rodar!”.

Precisamente en ese sentido, entre los cambios vinculados a la desburocratización, que tienen vigencia inmediata, se establece que los transportistas se registrarán de manera online y gratuita mediante la plataforma web Trámites a Distancia (TAD), donde deberán brindar la información relevante y actualizada de los servicios.

Además, se unificarán todos los registros bajo un único Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP) “brindando mayor comodidad y transparencia, con el ahorro de tiempo en la gestión de trámites burocráticos”.

El trámite, que estará disponible a partir del 11 de diciembre del corriente, es obligatorio para la prestación de servicios de transporte automotor de pasajeros y tendrá carácter de Declaración Jurada (DDJJ). El correo electrónico registrado será al que llegarán las notificaciones pertinentes durante el proceso.

Los transportistas deberán completar: formulario de transportistas/empresas, DDJJ Nómina de Parque Móvil, DDJJ Nómina de conductores, título de propiedad o contrato de leasing de los vehículos, pólizas de seguros, etc.

Desde Transporte informaron que “una vez registrados se emitirá el Certificado de Alta de Transportista dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles y podrán acceder a la inscripción de los servicios a prestar”.

Además, aclararon que “los transportistas que ya estén prestando servicios podrán continuar operando y tendrán un plazo de hasta sesenta días corridos para declarar en el RNTAP los servicios a realizar de acuerdo a la metodología aprobada”.

En paralelo, se autorizó a los transportistas inscriptos en el RNTAP “a efectuar servicios ocasionales en circuito cerrado de carácter internacional, de conformidad con la normativa específica establecida para esta categoría de servicios”.

Al valorar la medida en su conjunto, desde la secretaría remarcaron que “a partir de esta reglamentación se podrán establecer libremente recorridos, itinerarios, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios, logrando una mayor oferta y competencia de precios, con beneficios tanto para el pasajero como para empresas y transportistas”.

A modo de contraste, recordaron que “antes de esta desregulación una modificación en cualquier parámetro operativo (recorridos, paradas, frecuencias, etc) tardaba entre 6 meses a un año como mínimo”, mientras que “ahora, con esta medida y con el principal objetivo de satisfacer la demanda de traslado de pasajeros; se simplifica y acorta el tiempo burocrático, solo teniendo que informar la baja del parámetro con 15 días de antelación, procediendo luego al alta con la modificación deseada”.

Al mismo tiempo, la secretaría dependiente de la cartera económica sostuvo que “se mantienen las exigencias de seguridad ya establecidas en la normativa vigente, tanto de tránsito y seguridad vial, como en los requisitos en materia de seguridad, higiene y accesibilidad correspondientes a cada clase y tipo de vehículo” y ratificó que “se deberá cumplir con la revisión técnica vehicular de los vehículos”.

Fuente: Noticias Argentinas.

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La justicia habilitó el cierre definitivo del plan “Volver al Trabajo”, que beneficiaba a 900.000 personas

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La Cámara Federal de San Martín revocó la medida cautelar que obligaba al Estado a mantener los pagos del programa Volver al Trabajo, con lo cual el ministerio de Capital Humano quedó habilitado para discontinuar el programa, que entregaba unja prestación de unos $78.000 a unas 900.000 personas.

El fallo de la cámara anula una decisión previa del juez federal de Campana Adrián González Charvay, quien había ordenado continuar con los pagos tras un amparo colectivo de organizaciones sociales, presentada ante la decisión original del Ejecutivo de dar de baja este plan social.

Tras la decisión, la UTEP denunció que la Cámara Federal de San Martín priorizó la burocracia por encima del carácter alimentario de los programas sociales, cuya prestación –$78.000 mensuales por beneficiario– estaba congelada desde diciembre de 2023, una de las primeras decisiones del gobierno de Javier Milei.

La Cámara priorizó la burocracia de las políticas públicas y las facultades discrecionales del Ejecutivo por sobre el carácter alimentario de los ingresos de las familias más vulnerables”, afirmó la UTEP a través de un comunicado publicado en redes sociales.

“Desde la UTEP denunciamos que este fallo es un golpe criminal contra quienes sostienen la economía popular día a día en los barrios. Calificar este ingreso como una ‘asignación no remunerativa’ por capacitación, desconociendo su carácter alimentario, demuestra una desconexión total con la realidad social”, añadieron.

La organización apuntó con esos argumentos contra el fallo, firmado por los jueces Juan Pablo Salas, Marcos Morán y Marcelo Darío Fernández, porque avaló el planteamiento de Capital Humano en el sentido de que el programa tenía un “vencimiento de 24 meses” y habilitó al Gobierno a reemplazarlo por “vouchers de capacitación” para cada trabajador.

La UTEP denunció que “eliminar por completo el Volver al Trabajo implica empujar directamente a la indigencia a casi un millón de familias que lo usan como complemento indispensable para poner un plato de comida en la mesa”.

Alejandro Gramajo, secretario general de la UTEP, expresó que su organización va a acompañar el 22 de julio “a los jubilados que son un ejemplo de lucha” en su marcha al Congreso, y anticipó que “el 7 de agosto vamos a construir una gran jornada de lucha por Paz, Pan, Tierra, Techo y Trabajo”.

Además, recalcó que como parte del plan de lucha de la CGT y las dos CTA la UTEP va a impulsar una movilización, sin fecha aún, “al Ministerio de economía para visibilizar la realidad de las familias”.

Fuente: Agencia DIB.

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Guiño del procurador para prohibir el cobro de tasas municipales en boletas de luz y gas

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La pelea entre los intendentes y el Gobierno en torno al cobro de tasas municipales en las facturas de luz y gas tuvo un nuevo capítulo y quedó más cerca de una resolución final. Es que la Procuración General de la Nación respaldó la decisión del Gobierno de prohibir que las comunas cobren tasas locales a través de las facturas de servicios públicos.

En dos dictámenes firmados en los últimos días, el organismo a cargo de Eduardo Casal concluyó que la medida no vulnera la autonomía municipal y que las comunas conservan la facultad de recaudar esos tributos mediante otros mecanismos. Y en ese sentido recomendó a la Corte Suprema rechazar los planteos judiciales impulsados por las municipalidades de Río Grande y José C. Paz.

Los expedientes analizan la validez de la Resolución 267/2024 de la entonces Secretaría de Industria y Comercio, que estableció que las facturas emitidas por proveedores de bienes y servicios “deberán referirse en forma única y exclusiva al bien o servicio contratado específicamente por el consumidor” y que no podrán contener “sumas o conceptos ajenos” a esa prestación.

La discusión se originó a mediados de 2024, cuando el Gobierno nacional dispuso eliminar de las boletas de luz, gas, agua y otros servicios el cobro de tasas e impuestos municipales que numerosas comunas percibían junto con la factura. Pese a la decisión que impulsó Luis Caputo, varios municipios fueron a la Justicia y obtuvieron fallos a favor. De hecho, la Justicia Federal de San Nicolás declaró la inconstitucionalidad de la resolución.

En este contexto, La Libertad Avanza salió a impulsar más de 100 proyectos en concejos deliberantes para reducir o eliminar tasas en la provincia. Esta medida, le valió una crítica del gobernador Axel Kicillof, quien aseguró que el impacto de las tasas municipales es mínimo medido en términos del PBI.

La resolución del Procurador sobre las tasas

En el caso de Río Grande, la Procuración sostuvo que la resolución fue dictada por la autoridad competente en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor y que su finalidad fue proteger los derechos de los usuarios previstos en el artículo 42 de la Constitución Nacional. Según el dictamen, la Secretaría de Industria y Comercio estaba habilitada para establecer reglas generales sobre la facturación de los servicios públicos en el marco de las relaciones de consumo. El dictamen también descartó que exista una afectación de la autonomía municipal.

En el expediente iniciado por la Municipalidad de José C. Paz, el procurador agregó otro fundamento vinculado con el régimen eléctrico nacional. Señaló que el servicio de distribución prestado por Edenor se encuentra sometido a regulación federal y recordó que la Ley 24.065, modificada por el Decreto 450/2025, establece que las facturas “no podrán incluir tributos de orden local o cargos ajenos a los bienes y servicios facturados”.

Aunque los dictámenes no son vinculantes, suelen funcionar como una suerte de “recomendación” hacia la Corte Suprema. Si el máximo tribunal adopta el criterio propuesto por la Procuración, quedaría convalidada la potestad del Gobierno nacional.

Fuente: Agencia DIB

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Prórroga de las concesiones: la discusión en el Concejo pasa por el plazo

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El presidente de la comisión de Tránsito y Transporte del Concejo Deliberante, Fernando Compagnoni, afirmó que los sorprendió el ingreso la semana pasada del expediente en el que el Ejecutivo solicita la prórroga de las concesiones del transporte público de pasajeros.

“Nos encontramos con un expediente que vino de un momento a otro con el pedido de prórroga de una concesión ya vencida, ya caída, porque tenía plazo hasta el 1° de julio”, planteó en primer término esta mañana en diálogo con Radio Altos.

Desde una mirada política, el edil de Alianza La Libertad Avanza tildó de nuevo fracaso la necesidad de la gestión de Federico Susbielles de pedir una prórroga de las actuales concesiones debido a que aún no concluyó con el diseño de los pliegos de la nueva licitación del servicio.

“De aquellas famosas 500 páginas en las que se ofrecía una gestión de gobierno (presentado por el entonces candidato a intendente Federico Susbielles durante la campaña electoral de 2023), uno de los pilares era un moderno cambio en el sistema de transporte público que incluía no solo modificaciones en los recorridos, sino un anillo en la periferia y el macrocentro, un transporte multimodal, con tren urbano y demás, y todo eso finaliza con un pedido de un nuevo año de prórroga”, cuestionó.

Expuso que dentro de un año tanto oficialismo como oposición estarán en campaña electoral y no será momento para discutir un tema “de tamaña importancia para la ciudad”.

Más allá de la mirada política, Compagnoni enfatizó que el sistema de transporte público de pasajeros debe ser tratado con seriedad y prudencia y por eso como presidente de la comisión de Tránsito y Transporte se comunicó con integrantes de todos los bloques para darle tratamiento al expediente.

Según señaló, todos los sectores se mostraron predispuestos a tratar la prórroga, aunque no hay unanimidad en cuanto a los plazos. “Hay inclusive declaraciones públicas del intendente diciendo que prácticamente tienen todo listo, si es así, pedir un año de prórroga es demasiado”, remarcó.

El edil libertario entendió que el debate se centrará en ese punto: cuánto tiempo se extenderá la prórroga de los actuales contratos.

El expediente podría estar en la próxima sesión, el jueves 23 de julio, aunque recalcó que “la última palabra la tiene el oficialismo, que es quien decide cuándo bajará el expediente al recinto”.

Fuente: Frente al cano.

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