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El contrapunto entre el Gobierno y PBA por la suspensión de la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil

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La orden judicial que frenó la vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires abrió, apenas horas después de conocerse, un cruce directo entre la Casa Rosada y la administración de Axel Kicillof.

La ofensiva la encabezó Patricia Bullrich, senadora y ex ministra de Seguridad e impulsora de la ley, quien escribió en sus redes sociales que en la Provincia “tenés a Kicillof, que se pone del lado de los delincuentes, mientras los bonaerenses viven enrejados, con miedo y sin que nadie les dé seguridad”.

El reproche no quedó ahí. Bullrich sumó un segundo mensaje en el que apuntó contra el sistema judicial provincial: “Tienen una Justicia provincial garantista que los deja libres para que sigan robando, asesinando y destruyendo familias. Qué terror vivir en una provincia que ignora a los argentinos de bien, donde el delincuente tiene vía libre y, si las hace, no las paga”, sostuvo.

El jefe de Gabinete, Diego Santilli, se sumó horas después con un planteo similar: “Aturde el silencio de Kicillof ante la suspensión del nuevo Régimen Penal Juvenil. En la provincia si un delincuente de 14 años te mata para robarte, queda impune. Una vez más, el gobernador del lado del delincuente, nunca de la víctima”. El mensaje contó con el respaldo explícito del presidente Javier Milei.

El diputado nacional Luis Petri fue por el mismo camino, aunque con un dato adicional: cuestionó a la jueza que firmó la medida por su supuesta afiliación política. “El nuevo Régimen Penal Juvenil duró dos días en la provincia de Buenos Aires porque una jueza kirchnerista hoy ya decidió suspenderlo”, escribió, y agregó que “aprobamos esta ley para terminar con la impunidad de quienes delinquen siendo menores, no hay excusa para no aplicarla”. El dirigente Sebastián Pareja, por su parte, calificó la resolución como “profundamente antidemocrática” y remarcó que la norma “no fue una decisión unilateral del Ejecutivo nacional”, sino el resultado de un proceso legislativo que atravesó todas las instancias del Congreso.

El ministro de Seguridad bonaerense respondió a Santilli

La respuesta desde La Plata no tardó en llegar. El ministro de Seguridad bonaerense, Javier Alonso, contestó de manera directa al planteo de Santilli y le pidió que se concentre en “hacer el trabajo que tiene que hacer y en devolverles a los bonaerenses los recursos que les han quitado”.

Alonso introdujo un cuestionamiento de fondo sobre la aplicación de la reforma: “¿No hacen falta nuevos juzgados y fiscalías especializadas, centros de reclusión, infraestructura y personal para aplicar una reforma de esta magnitud? ¿Dónde están los fondos que Milei les niega a los bonaerenses para hacerlo posible?”, preguntó.

El funcionario provincial fue más allá y calificó la reforma impulsada por Nación como “apenas una modificación en los papeles” y “un eslogan de campaña” ante la falta de recursos e inversión para su implementación.

Además, cuestionó por qué Santilli le reclamaba al Poder Ejecutivo una decisión que, según remarcó, corresponde al Poder Judicial: “¿No estamos en una República acaso? O será que mostrar indignación por redes sociales es lo único que saben hacer por los argentinos”, cerró en su publicación.

Los fundamentos del fallo judicial

La medida que encendió la polémica fue dictada por la jueza Marta Elba Pascual, titular del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, apenas 48 horas después de que la Ley N° 27.801 entrara en vigencia. La magistrada hizo lugar a un hábeas corpus preventivo colectivo presentado por la Federación Familia Grande Hogar de Cristo en beneficio de los adolescentes privados de su libertad, lo que derivó en la paralización temporal de la norma en todo el territorio bonaerense por 60 días.

El eje de la resolución no giró en torno a la constitucionalidad de la ley, sino a la falta de infraestructura y recursos materiales del Estado provincial para absorber el incremento de jóvenes que ingresarían al sistema penal. La nueva legislación reduce la edad de imputabilidad de los 16 a los 14 años, lo que habilita el procesamiento judicial de adolescentes de esa franja etaria por los delitos contemplados en el Código Penal. Pascual argumentó que esta modificación generará un aumento considerable en la cantidad de menores detenidos, tanto por el flujo de nuevos ingresos como por la mayor permanencia dentro del sistema de encierro, y puso en duda si la provincia cuenta con las condiciones edilicias, institucionales y profesionales necesarias para albergar a esa población bajo los estándares que exigen los derechos humanos de la niñez.

En declaraciones a Now 97.9 tras la firma del fallo, la jueza defendió su postura y aclaró que no está en desacuerdo con la baja de la edad de imputabilidad. “No romantizo con los chicos que salen con un arma, pero lo que creo que está pésimo es que hay como una sensación de que con esta ley le vamos a dar seguridad a la gente. Yo soy del Conurbano, y con esta ley no vamos a crear más seguridad”, planteó. Ante las críticas de Bullrich, respondió de manera puntual: “Yo garantista soy de la ley y, además de la ley, quiero seguridad. Tengo hijos, camino todo el día por el conurbano y quiero vivir tranquilamente”.

A diferencia de otros funcionarios nacionales, el Ministerio de Capital Humano no se refirió de manera directa contra la medida judicial. Sin embargo, compartió un posteo que retuiteó el propio Milei, en el que se señalaba que la Ley N° 27.801 establece que, desde los 14 años, los adolescentes pueden responder penalmente por los delitos que cometan, y que amenazar a una escuela, portar armas, planificar ataques, vender o distribuir sustancias ilegales o difundir imágenes íntimas son conductas tipificadas como delito.

Qué establece la reglamentación nacional

Un día antes del fallo, el Gobierno nacional había reglamentado la Ley N° 27.801 mediante el Decreto 875/2026, firmado por Milei, el ministro de Justicia Juan Bautista Mahiques y el propio Santilli. La reglamentación designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación, con la responsabilidad de coordinar el sistema, dictar normas complementarias y celebrar convenios con provincias, universidades y organizaciones de la sociedad civil.

El nuevo esquema prohíbe las condenas a prisión perpetua para menores de edad y fija un máximo de 15 años de privación de la libertad, que deberá cumplirse exclusivamente en centros especializados y sin contacto con adultos. Incorpora también penas alternativas como la reparación del daño, tareas comunitarias, restricciones de acercamiento y el uso de tobilleras electrónicas. Para el seguimiento individual de cada joven, el decreto creó la figura del “supervisor especializado”, un profesional con formación en psicología, trabajo social, pedagogía o áreas afines, y dispuso un registro transitorio de habilitados con un plazo máximo de 180 días para realizar la primera convocatoria pública definitiva.

Cuál es el plazo para resolver la implementación

La jueza Pascual planteó un objetivo concreto para el período de suspensión: que en esos 60 días los poderes del Estado se pongan de acuerdo sobre quién será el supervisor de cada joven, con qué recursos contarán los centros de detención y cómo se implementarán las medidas alternativas que la propia ley contempla. “Lo que pido es que nos pongamos todos de acuerdo y no que, si no pasa nada, sea solo encerrarlo, o que haya provincias donde están haciendo una pared y mandándolos a la cárcel común”, advirtió la magistrada.

La resolución judicial ordenó, además, al Ministerio de Seguridad, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y al Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia de la provincia de Buenos Aires que adopten de manera inmediata las medidas necesarias para operativizar la suspensión. Pascual convocó a una audiencia en la sede del tribunal para el 16 de septiembre, en la que las autoridades del Poder Ejecutivo provincial vinculadas a la temática deberán detallar qué acciones implementaron, cuáles tienen proyectadas y en qué plazos prevén ejecutarlas para adecuar el sistema a las exigencias de la nueva normativa.

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Nuevos operativos de documentación

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El Registro Provincial de las Personas realizará esta semana nuevos operativos de documentación en distintos puntos de la ciudad.

Será desde hoy martes 13 al viernes 16 de octubre. El horario de atención de 10 a 15 horas.

 ¿Qué trámites se pueden realizar?

  • DNI (Documento Nacional de Identidad)
  • Solicitud de partidas
  • Certificados de domicilio y extravío
  • Certificado de Pre Identificación (CPI)
  • Empadronamiento de extranjeros
  • Cambio de género
  • Inicio de expediente de inscripción tardía

Fuente: Frente al cano.

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Se oficializó la salida de Bahía Blanca del régimen de Zona Fría

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El Gobierno de Javier Milei oficializó este martes la modificación del Régimen de Zona Fría, que otorga descuentos en las tarifas de gas a usuarios de distintas regiones del país. La medida quedó formalizada con la publicación de la Ley 27.828 y del Decreto 1161/2026 en el Boletín Oficial.

La reforma, sancionada por el Congreso el 24 de septiembre y promulgada por el Presidente el 9 de octubre, establece nuevas condiciones para acceder al beneficio y una bonificación adicional para los hogares que cumplan determinados requisitos socioeconómicos y geográficos.

La nueva legislación modifica el artículo 75 de la Ley 25.565 y deroga distintos artículos de la Ley 27.637, que había ampliado el alcance territorial del régimen.

El principal cambio es que residir en una zona alcanzada por la ampliación anterior ya no será suficiente para acceder automáticamente al descuento. Los hogares deberán estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados y cumplir las condiciones establecidas por la nueva normativa.

Además, la bonificación adicional se aplicará sobre los denominados Consumos Base, por lo que no necesariamente alcanzará a la totalidad del gas utilizado por cada hogar.

La reforma mantiene un tratamiento diferenciado para la Región Patagónica, el departamento de Malargüe, en Mendoza, y la región conocida como Puna, donde continuarán los beneficios previstos en el régimen.

Quiénes podrán mantener el subsidio de Zona Fría con la nueva ley

La Ley 27.828 establece una bonificación adicional por Zona Fría para determinados usuarios residenciales de gas natural por redes y gas propano indiluido por redes.

El beneficio estará destinado a hogares ubicados en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI, contempladas en la normativa utilizada por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS).

Para acceder, los usuarios deberán estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados, encontrarse dentro de las áreas geográficas previstas y cumplir alguno de los criterios socioeconómicos establecidos por la ley.

Los requisitos contemplados son:

  • Ingresos familiares: hogares cuyos integrantes registren, en conjunto, ingresos netos iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar tipo 2, según el INDEC.
  • Certificado de Vivienda Familiar: hogares con al menos un integrante que posea este documento del Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP).
  • Veteranos de Malvinas: hogares con un integrante que perciba una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Personas con discapacidad: hogares con al menos un integrante que tenga Certificado Único de Discapacidad (CUD). En estos casos, la Secretaría de Energía deberá evaluar de qué manera esa condición implica una necesidad de asistencia económica para pagar los servicios energéticos.

La ley no establece un límite de ingresos fijo en pesos, sino que lo vincula al valor de tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2, de acuerdo con las mediciones del INDEC.

La legislación también determina que la bonificación adicional estará limitada a los consumos base reconocidos por el régimen de subsidios.

Por otra parte, la Región Patagónica, Malargüe y la Puna conservarán un régimen específico. Para esas zonas continuarán los beneficios destinados a usuarios residenciales de gas natural y gas propano por redes, así como a determinados usuarios del Servicio General P.

El Poder Ejecutivo, por sí o mediante la autoridad de aplicación, tendrá la facultad de determinar las modalidades de esos beneficios.

Qué cambia en las facturas de gas y hasta cuándo estará vigente el régimen

La modificación introduce un cambio en las condiciones de acceso a los descuentos para los usuarios de las zonas comprendidas en la ampliación anterior.

La bonificación adicional dejará de depender únicamente de la ubicación geográfica y quedará condicionada al cumplimiento de los requisitos del régimen focalizado.

Esto significa que los hogares que no reúnan las nuevas condiciones podrían dejar de recibir el descuento territorial anterior, aunque su situación frente a otros subsidios energéticos deberá evaluarse por separado.

Además, el nuevo beneficio se aplicará sobre los consumos base establecidos por el régimen, por lo que no necesariamente cubrirá la totalidad del gas utilizado en una casa.

Sin embargo, la Ley 27.828 no establece un porcentaje específico para la nueva bonificación adicional ni determina cuánto aumentarán las facturas de los usuarios que dejen de recibir el descuento anterior.

Tampoco precisa cuántos hogares podrán conservar el beneficio ni cuántos quedarán excluidos.

En cuanto al financiamiento, la normativa establece que el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas se constituirá con un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte, con las excepciones previstas en la ley.

El Poder Ejecutivo podrá aumentar o disminuir el nivel de ese recargo hasta en un 50%, de acuerdo con las modalidades que considere pertinentes.

La reforma también incorpora disposiciones sobre el mercado eléctrico, las condiciones de contratación de gas, las fuentes renovables de energía y la actividad hidrocarburífera.

El Régimen de Zona Fría tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2031, según establece la Ley 27.828, que entró en vigor este martes con su publicación en el Boletín Oficial.

Fuente: TN

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Se profundiza la crisis en PAMI: arrancó el paro de médicos de cabecera y odontólogos

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Comenzó hoy el paro por 96 horas de médicos de cabecera y odontólogos de PAMI en todo el país. La medida de fuerza fue convocada por la Asociación de Profesionales de la Salud (APPAMIA), que denuncia un fuerte deterioro de los honorarios y dificultades para afrontar los costos de funcionamiento de los consultorios.

“Los médicos de cabecera, la única forma que tienen de expresar su descontento, es parando su actividad, como cualquier otro asalariado. Y la gente es la que se perjudica, pero no tienen otra arma para hacer escuchar su reclamo”, expresó esta mañana en diálogo con Radio Altos el Dr. Esteban Costazos, quien aclaró que los médicos auditores no se suman a la huelga.

Indicó que el médico de cabecera cobra por cápita por paciente $2.100 mensuales, mientras que en el caso del odontólogo esa suma se ubica cerca de los $400.

“Eso es lo que para PAMI vale la cápita de un afiliado. O sea, un médico que tiene 500 pacientes anotados cobra un millón de pesos por mes. Es una locura. Y de los odontólogos ni hablemos”, aseveró sobre los bajos salarios.

En el caso de los auditores, aclaró que están analizando posibles medidas de fuerza y remarcó que desde que expuso la grave situación que atraviesa el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados en todo el país, no hubo ningún cambio.

Si bien afirmó que el diálogo con las autoridades locales del PAMI es muy bueno, no tienen poder de decisión. “Soluciones no hubo ninguna porque tienen que venir de Capital”, remarcó.

Costazos advirtió que la situación actual de PAMI es “muy mala” y que la preocupación va en aumento porque “no hay vistas de que vaya a mejorar”.

Frente a las dificultades que encuentran las y los jubilados para obtener turno, una receta u orden médica y acceder a las prestaciones, describió que es muy frustrante para el médico, en su caso en el rol de auditor, no poder dar respuestas.

“Es muy frustrante no poder ayudar de la manera que uno sabe que se puede porque el instituto ya ha tenido la capacidad de tratar mejor a sus beneficiarios. Vuelvo a mi casa muy cansado, no por un cansancio físico sino mental. Es mucha la presión y mucha la frustración. Sería mejor que las condiciones laborales fueran mucho más agradables”, enfatizó.

Fuente: Frente al cano.

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