Con una observación acerca de un artículo referido la actualización de los cuadros tarifarios de la energía eléctrica, el Gobierno realizó este jueves la “promulgación parcial” del Presupuesto 2023, que tuvo su sanción definitiva en el Senado el 16 de noviembre con 37 votos a favor, los mismos que dieron el quórum, y tiene como puntos centrales la previsión de un gasto global de casi $29 billones, un déficit fiscal de 1,9%, una pauta inflacionaria de 60% y que destina 70% de sus recursos a rubros sociales.
Lo hizo a través del Decreto 799/2022 publicado en el Boletín Oficial, con la firma de Alberto Fernández y todo el Gabinete de ministros.
“Con la salvedad” de “observar el tercer párrafo del artículo 89 del Proyecto de Ley registrado bajo el N° 27.701”, el Presidente ordenó que “se cumpla, promulgue y se tenga por Ley de la Nación” aquella normativa.
El artículo 89 de ese proyecto, en su tercer párrafo, dispuso que “dado el carácter de servicio público tanto de la distribución como del transporte de la energía eléctrica, el Estado nacional y las jurisdicciones provinciales deberán publicar, en un período no mayor a noventa (90) días, cuadros tarifarios que permitan a los distribuidores cumplir con las obligaciones resultantes del párrafo anterior”, dice el decreto en sus considerandos.
Entre esos compromisos, figuraba que “la Secretaría de Energía establecerá una unidad de medida de valor homogénea vinculada a las transacciones por consumos que asegure el valor del crédito e implementará un plan de regularización de deuda de hasta noventa y seis (96) cuotas mensuales”.
Y si bien el Gobierno aclara que “la redacción empleada en dicho párrafo y finalmente incorporada a la norma sancionada ha sido definida en el ámbito del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN”, luego remarca “que dicho párrafo regula cuestiones vinculadas con los cuadros tarifarios, las cuales no se ajustan a los marcos regulatorios vigentes”.
“La elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de energía resulta potestad del PODER EJECUTIVO NACIONAL”, sostiene.
Por ello, “en virtud de lo expuesto, y toda vez que podría ser considerado como una intromisión en el ámbito provincial, ya que la regulación en el sistema de distribución de la energía eléctrica es de competencia provincial/municipal, excediendo las facultades delegadas a la Nación, resulta necesario observar el tercer párrafo del artículo 89 del proyecto de ley sancionado”.
En su tratamiento en Diputados, la oposición logró incorporar una “cláusula gatillo” que obliga al Ejecutivo a presentar una ampliación del presupuesto si la inflación supera la proyección del Gobierno. También se acordó fijar un piso de $ 85.000 millones para los subsidios al transporte del interior y se aumentó en más de $ 300.000 millones el total de las partidas para políticas sociales.
Entre los puntos polémicos que no pudo frenar la oposición en la Cámara baja estaban la rebaja de Ganancias que el Gobierno acordó con los camioneros, ni tampoco la tasa fijada para los pasajes aéreos nacionales e internacionales que se creó para financiar el funcionamiento de la Policía de Seguridad Aeroportuaria.
(Clarín)