Luego de 160 días de cuarentena, el Gobierno oficializó hoy la extensión del aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 20 de septiembre, a raíz del avance del coronavirus en la Argentina. La decisión fue publicada hoy en el Boletín Oficial y añade dos habilitaciones más: las reuniones sociales y el acompañamiento de pacientes internados.
Mediante el decreto 714/2020, el presidente Alberto Fernández y sus ministros marcan, una vez más, las diferencias entre distanciamiento y aislamiento, ya con ciertas flexibilizaciones en muchas partes del país.
La novedad esta vez pasa por lo que también anunció Fernández en un vídeo grabado, que se dio a conocer el viernes pasado, donde autoriza las juntadas al aire libre en todo el territorio argentino.
“Se autorizan las reuniones sociales de hasta de 10 personas en espacios públicos o de acceso público al aire libre, siempre que las personas mantengan entre ellas una distancia mínima de dos metros, utilicen tapabocas y se dé estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y nacional. No podrá utilizarse el servicio público de pasajeros de colectivos, trenes o subtes”, explica el artículo 26.
Por otro lado, también se habilita el acompañamiento de pacientes internados, que tomó mayor importancia en los últimos días a raíz de los casos de Solange Musse en Córdoba, y Martín Garay en San Luis, donde se les impidió a sus familias tener contacto por el estricto protocolo de la pandemia.
“Deberá autorizarse el acompañamiento durante la internación, en sus últimos días de vida, de los pacientes con diagnóstico confirmado de Covid-19 o de cualquier enfermedad o padecimiento”, señala el documento.
Y agrega: “En tales casos las normas provinciales y de la ciudad de Buenos Aires deberán prever la aplicación de un estricto protocolo de acompañamiento de pacientes que resguarde la salud del o de la acompañante, que cumpla con las recomendaciones e instrucciones del Ministerio de Salud de la Nación y de la autoridad sanitaria provincial”.
También sostienen que “en todos los casos deberá requerirse el consentimiento previo, libre e informado por parte del acompañante”.
Por último, el decreto informa que los gobernadores “dictarán las correspondientes reglamentaciones” para llevar a cabo esta nueva habilitación.