La Cámara de Diputados realizará este miércoles y jueves dos audiencias públicas sobre la reforma de la Ley de Glaciares, en medio de la polémica por las criticas opositoras y de organizaciones ambientalistas, por la limitación que realizó el oficialismo sobre la cantidad de oradores que podrán exponer en esas dos jornadas.
Con más de 100 mil inscriptos hasta el viernes, La Libertad Avanza diseñó un esquema mixto de participación presencial, virtual, donde pondrán exponer entre 200 y 300 oradores, y el resto lo tendrá que hacer a través de una plataforma con el envío de un escrito o un video.
Al cierre de esta nota, esas audiencias se realizarán ya que la justicia rechazó una de las cautelares presentada por particulares para suspender esa reuniones públicas, pero queda otra presentada por organizaciones ambientalistas, sin resolución hasta el mediodía de este lunes.
De todos modos, no será el único conflicto que existe ya que el oficialismo, además de restringir la cantidad de oradores, estableció que podrán concurrir solo los 66 diputados de las comisiones de Recursos Naturales y de Asuntos Constitucionales, y dos asesores por bloque, según supo la Agencia Noticias Argentinas de fuentes legislativas.
Audiencias
El bloque de diputados de La Libertad Avanza estableció un mecanismo de participación por el cual solo podrán exponer unos 200 de los 100 mil inscriptos en forma presencial o virtual, por lo que la mayoría deberá hacerlo por escrito o través de un vídeo.
Pese a los pedidos de la oposición de ampliar la cantidad de días de las reuniones públicas que se efectuarán el 25 y 26 de marzo, el oficialismo mantuvo las fechas que se definieron en el plenario de la comisiones de Recursos Naturales y de Asuntos Constitucionales.
De esta manera, la exposiciones presenciales se restringirán a casi dos centenares mientras que otros 200 lo hará por Zoom en la segunda audiencia pública. El resto deberá conformarse con enviar su postura por escrito o a través de un vídeo que no podrá superar los cinco minutos.
Esta restricción era rechazada por los sectores opositores del peronismo, la izquierda y Provincias Unidas.
En una resolución firmada por los presidentes de las comisiones de Recursos Naturales, José Peluc, y de Asuntos Constitucionales, Nicolás Mayoraz, se estableció que solo podrán exponer de manera presencial en la primera jornada, o por Zoom en la segunda, los primeros inscriptos de cada uno de los 24 distritos.
“Se invitará a participar en las audiencias de forma presencial el día miércoles 25 de marzo y virtual el día jueves 26 de marzo, a quienes se encuentren dentro de los primeros inscriptos de cada jurisdicción (provincia)”, se señala en la resolución publicada en la web de la Cámara de Diputados.
Y se aclaró: “Se garantizará la participación de representantes de las veinticuatro (24) jurisdicciones del país, asegurando una adecuada participación federal. Todas las presentaciones ya sean las presentadas de forma presencial, virtual, video o por escrito recibidas serán incorporadas al expediente legislativo como antecedentes para su consideración en el marco del tratamiento del proyecto”.
Un grupo de particulares presentó una demanda que cayo en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 5, a cargo del juez Enrique Regeuira, quien rechazó esa medida solicitada para suspender las audiencias publicas que fue presentada por el abogado Jonatan Baldiviezo, junto a la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad y la ingeniera María Eva Koutsovitis.
Regueira sostuvo: “No alcanza a demostrar la verosimilitud del derecho que invoca -al menos con el grado de evidencia que se requiere- para suspender los efectos de un acto parlamentario, máxime cuando la presunción de validez que debe reconocerse a los actos de las autoridades constituidas obliga a los procesos precautorios a una severa apreciación de las circunstancias del caso y de los requisitos ordinariamente exigibles para toda medida cautelar”.
Esa decisión fue festejada por Mayoraza través de una publicación en la red social X. “¡¡LAS AUDIENCIAS PÚBLICAS POR LA LEY DE GLACIARES SON ILEGÍTIMAS!!”. Eso es lo que te hacen creer un grupo minúsculo de ONGs y CHARLATANES DE FERIA que intentaron BOICOTEAR este proceso trascendental de participación ciudadana”, indicó.
Ambientalistas
También pidieron una medida cautelar organizaciones ambientalistas para suspender las audiencias a fin de garantizar que puedan exponer los casi 100 mil inscriptos, que recayó en el Juzgado Contencioso N° 7, a cargo de Enrique Lavié Pico, quien aún no se expidió sobre ese pedido.
Las organizaciones Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas, la Red Universitaria por la Crisis Climáticas, y Greenpeace, pidieron que se ordene “al Congreso garantizar la participación oral de la totalidad de los inscriptos en la audiencia pública convocada a los efectos de recibir opiniones” sobre la reforma de la ley de Glaciares aprobada por el Senado.__IP__
“A tales efectos, se solicita la readecuación del cronograma de audiencias previsto para el 25 y 26 de marzo, mediante su ampliación y/o realización de jornadas adicionales, así como la adopción de todas las medidas organizativas necesarias para permitir la participación oral y efectiva de las personas inscriptas”, planteó la organización.
También pide que “el Congreso se abstenga de implementar mecanismos que sustituyan o restrinjan la participación oral -como su reemplazo por presentaciones en formato audiovisual y/o el envío de un video a YouTube- por resultar incompatible con los estándares más elementales de participación pública”.
El Gobierno de Javier Milei oficializó este martes la modificación del Régimen de Zona Fría, que otorga descuentos en las tarifas de gas a usuarios de distintas regiones del país. La medida quedó formalizada con la publicación de la Ley 27.828 y del Decreto 1161/2026 en el Boletín Oficial.
La nueva legislación modifica el artículo 75 de la Ley 25.565 y deroga distintos artículos de la Ley 27.637, que había ampliado el alcance territorial del régimen.
El principal cambio es que residir en una zona alcanzada por la ampliación anterior ya no será suficiente para acceder automáticamente al descuento. Los hogares deberán estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados y cumplir las condiciones establecidas por la nueva normativa.
Además, la bonificación adicional se aplicará sobre los denominados Consumos Base, por lo que no necesariamente alcanzará a la totalidad del gas utilizado por cada hogar.
La reforma mantiene un tratamiento diferenciado para la Región Patagónica, el departamento de Malargüe, en Mendoza, y la región conocida como Puna, donde continuarán los beneficios previstos en el régimen.
Quiénes podrán mantener el subsidio de Zona Fría con la nueva ley
La Ley 27.828 establece una bonificación adicional por Zona Fría para determinados usuarios residenciales de gas natural por redes y gas propano indiluido por redes.
El beneficio estará destinado a hogares ubicados en las subzonas bioambientales IIIa, IVa, IVb, IVc, IVd, V y VI, contempladas en la normativa utilizada por el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS).
Para acceder, los usuarios deberán estar inscriptos en el Régimen de Subsidios Focalizados, encontrarse dentro de las áreas geográficas previstas y cumplir alguno de los criterios socioeconómicos establecidos por la ley.
Los requisitos contemplados son:
Ingresos familiares: hogares cuyos integrantes registren, en conjunto, ingresos netos iguales o inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un hogar tipo 2, según el INDEC.
Certificado de Vivienda Familiar: hogares con al menos un integrante que posea este documento del Registro Nacional de Barrios Populares (ReNaBaP).
Veteranos de Malvinas: hogares con un integrante que perciba una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
Personas con discapacidad: hogares con al menos un integrante que tenga Certificado Único de Discapacidad (CUD). En estos casos, la Secretaría de Energía deberá evaluar de qué manera esa condición implica una necesidad de asistencia económica para pagar los servicios energéticos.
La ley no establece un límite de ingresos fijo en pesos, sino que lo vincula al valor de tres Canastas Básicas Totales para un hogar tipo 2, de acuerdo con las mediciones del INDEC.
La legislación también determina que la bonificación adicional estará limitada a los consumos base reconocidos por el régimen de subsidios.
Por otra parte, la Región Patagónica, Malargüe y la Puna conservarán un régimen específico. Para esas zonas continuarán los beneficios destinados a usuarios residenciales de gas natural y gas propano por redes, así como a determinados usuarios del Servicio General P.
El Poder Ejecutivo, por sí o mediante la autoridad de aplicación, tendrá la facultad de determinar las modalidades de esos beneficios.
Qué cambia en las facturas de gas y hasta cuándo estará vigente el régimen
La modificación introduce un cambio en las condiciones de acceso a los descuentos para los usuarios de las zonas comprendidas en la ampliación anterior.
La bonificación adicional dejará de depender únicamente de la ubicación geográfica y quedará condicionada al cumplimiento de los requisitos del régimen focalizado.
Esto significa que los hogares que no reúnan las nuevas condiciones podrían dejar de recibir el descuento territorial anterior, aunque su situación frente a otros subsidios energéticos deberá evaluarse por separado.
Además, el nuevo beneficio se aplicará sobre los consumos base establecidos por el régimen, por lo que no necesariamente cubrirá la totalidad del gas utilizado en una casa.
Sin embargo, la Ley 27.828 no establece un porcentaje específico para la nueva bonificación adicional ni determina cuánto aumentarán las facturas de los usuarios que dejen de recibir el descuento anterior.
Tampoco precisa cuántos hogares podrán conservar el beneficio ni cuántos quedarán excluidos.
En cuanto al financiamiento, la normativa establece que el Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas se constituirá con un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte, con las excepciones previstas en la ley.
El Poder Ejecutivo podrá aumentar o disminuir el nivel de ese recargo hasta en un 50%, de acuerdo con las modalidades que considere pertinentes.
La reforma también incorpora disposiciones sobre el mercado eléctrico, las condiciones de contratación de gas, las fuentes renovables de energía y la actividad hidrocarburífera.
El Régimen de Zona Fría tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2031, según establece la Ley 27.828, que entró en vigor este martes con su publicación en el Boletín Oficial.
Comenzó hoy el paro por 96 horas de médicos de cabecera y odontólogos de PAMI en todo el país. La medida de fuerza fue convocada por la Asociación de Profesionales de la Salud (APPAMIA), que denuncia un fuerte deterioro de los honorarios y dificultades para afrontar los costos de funcionamiento de los consultorios.
“Los médicos de cabecera, la única forma que tienen de expresar su descontento, es parando su actividad, como cualquier otro asalariado. Y la gente es la que se perjudica, pero no tienen otra arma para hacer escuchar su reclamo”, expresó esta mañana en diálogo con Radio Altos el Dr. Esteban Costazos, quien aclaró que los médicos auditores no se suman a la huelga.
Indicó que el médico de cabecera cobra por cápita por paciente $2.100 mensuales, mientras que en el caso del odontólogo esa suma se ubica cerca de los $400.
“Eso es lo que para PAMI vale la cápita de un afiliado. O sea, un médico que tiene 500 pacientes anotados cobra un millón de pesos por mes. Es una locura. Y de los odontólogos ni hablemos”, aseveró sobre los bajos salarios.
Si bien afirmó que el diálogo con las autoridades locales del PAMI es muy bueno, no tienen poder de decisión. “Soluciones no hubo ninguna porque tienen que venir de Capital”, remarcó.
Costazos advirtió que la situación actual de PAMI es “muy mala” y que la preocupación va en aumento porque “no hay vistas de que vaya a mejorar”.
Frente a las dificultades que encuentran las y los jubilados para obtener turno, una receta u orden médica y acceder a las prestaciones, describió que es muy frustrante para el médico, en su caso en el rol de auditor, no poder dar respuestas.
“Es muy frustrante no poder ayudar de la manera que uno sabe que se puede porque el instituto ya ha tenido la capacidad de tratar mejor a sus beneficiarios. Vuelvo a mi casa muy cansado, no por un cansancio físico sino mental. Es mucha la presión y mucha la frustración. Sería mejor que las condiciones laborales fueran mucho más agradables”, enfatizó.