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Lenguaje inclusivo: la el gobierno Porteño prohibió el uso de la “e”, la “x” y el “@” en las aulas

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La Ciudad de Buenos Aires había presentado la semana pasada los primeros datos del país sobre el impacto de la pandemia en la educación. Los resultados de pruebas estandarizadas a alumnos en 2021 mostraron una fuerte caída en Lengua y en comprensión lectora comparando con 2019.

Ahora, y como una medida que busca “recuperar los aprendizajes perdidos”, el Ministerio de Educación porteño acaba de firmar una resolución que promete traer polémica, porque prohíbe que los docentes usen la “e”, la “x” o el “@” dentro de las aulas. Ya no se podrá decir “chiques” o escribir “todxs” frente a los alumnos.

El argumento es que, en el contexto de la emergencia educativa generada por la pandemia, esas expresiones del llamado lenguaje inclusivo son una barrera que dificulta el aprendizaje de la lectoescritura.

La resolución fue firmada este jueves por la ministra de Educación porteña Soledad Acuña y entrará en vigencia ni bien se publique en el Boletín Oficial, entre este jueves y el viernes. En su artículo 1° establece que todos los docentes del distrito, de los niveles inicial, primario y secundario, tanto de escuelas públicas como privadas, “deberán desarrollar actividades de enseñanza y realizar las comunicaciones institucionales de conformidad con las reglas del idioma español, sus normas gramaticales y los lineamientos oficiales para su enseñanza”.

La resolución también aprueba tres guías prácticas y de recomendaciones para el uso de la comunicación inclusiva (uno por cada nivel educativo), elaborados por los expertos del Ministerio. Allí exhiben a los docentes las formas en que sí se puede usar un lenguaje no sexista, porque no deforman la lengua y no ponen trabas al aprendizaje de la lectura y la escritura.

“Necesitamos terminar de eliminar todas las barreras que puedan obstaculizar el correcto aprendizaje de la lectura, de la comprensión lectora y de la fluidez tanto en la redacción como en la lectura y, obviamente, cuando empezamos a incorporar palabras distorsionadas, o formas distorsionadas del uso de la lengua, generan trabas. Por eso vamos a ordenar el uso del lenguaje dentro de las escuelas”, dijo Acuña.

¿Son muchos los docentes que usen formas inclusivo en las aulas? La ministra afirma que sí, que “pasa muy asiduamente en la Ciudad”, y que la medida no apunta a que los docentes dejen de usarlas en sus vidas cotidianas (“no nos metemos en las relaciones sociales”, dice), sino que cuando se trate de la comunicación con los alumnos en la escuela (incluso con la cartelería que habitualmente se usa como ambientes alfabetizadores, para afianzar la lectoescritura) los docentes estarán obligados a usar el “lenguaje aprobado por las reglas que regula nuestra lengua que son las de la Real Academia Española”.

Y a continuación hace una distinción. “Nosotros sabemos que el lenguaje va mutando y refleja los cambios de las sociedades. Y que cuando la RAE fija las normas, por más que busque el lenguaje neutral, no tiene neutralidad, porque el lenguaje con el genérico masculino en un contexto como el actual invisibiliza. Por eso lo que hacemos es regular y buscamos orientar el uso del lenguaje inclusivo con todas las opciones que la lengua española nos brinda sin necesidad de distorsionarlo”.

¿Cuáles son las opciones que nos brinda la lengua hoy para hablar en inclusivo sin distorsionar el lenguaje? En el Ministerio de Educación porteño explican que se podría usar la expresión “las y los” por ejemplo -siempre que no se repita mucho dentro de un texto por una cuestión de economía del lenguaje- o usar “las personas” en lugar de “los hombres” o “la sala verde puede ir al recreo” en lugar de “los chicos de la sala verde”, familias en lugar de padres, la adolescencia en lugar de los adolescentes, el equipo docente en lugar de los docentes, y así.

¿Habrá sanciones para los docentes que insistan con el uso de la “e”, la “x” o el “@” en un contexto escolar? Acuña dice que no es la idea perseguir ni generar una “caza de brujas”, pero que la resolución lo que busca es que toda la comunidad educativa tenga claro qué se puede hacer y qué no se puede hacer dentro de un aula. Y luego, como toda norma del sistema, quienes no la cumplan podrán ser sometidas a sumarios o las acciones administrativas que correspondan.

“Nosotros formarnos a chicos para que sean personas libres, y para eso tienen que poder decidir sobre la base de la información. Si son chicos que están aprendiendo a leer, que tienen dificultades en la comprensión y en la escritura con fluidez, como vimos en una gran proporción de chicos de tercer grado, y le damos textos que tienen barreras, obstáculos, como la x o el @ no les estamos permitiendo formarse correctamente. Porque no van a aprender las reglas, y no van a poder después decidir usarlas”, dice Acuña.

“La lengua tiene reglas, y lo que la escuela tiene que enseñar son esas reglas del uso del lenguaje para que todos podamos entendernos cuando nos comunicamos. Los docentes tienen la obligación de enseñar el lenguaje aprobado, que todos conocemos y respetamos”, agregó.

Hasta ahora los únicos dos antecedentes de intervención sobre el lenguaje inclusivo en las escuelas se dieron en Francia y en Uruguay. En el caso de Francia, el Ministerio de Educación desaconsejó la escritura inclusiva, mientras que Uruguay, al igual que ahora lo hace la Ciudad, dispuso mediante una circular que el uso del lenguaje en ámbitos escolares debe ajustarse a las reglas del idioma español.

Dentro de los especialistas no hay acuerdo aún entre cómo debe actuarse con la cuestión del lenguaje inclusivo dentro de las escuelas. Las sugerencias van desde la prohibición de distintas formas hasta las sugerencias o las guías de recomendaciones.

Tanto la Academia Argentina de Letras como la Nacional de la Educación se pronunciaron recientemente en contra de su uso. Esta última había señalado que “complejiza la lengua tanto como su enseñanza” y “no contribuye a señalar la igualdad de los sexos sino que, por el contrario, sugiere la existencia de una rivalidad y no de un encuentro fundamental y profundo entre ambos”.

(Clarín)

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Un fallo judicial suspendió dos artículos de la reforma laboral en los convenios del Sindicato de Comercio

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El Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín ordenó este viernes la suspensión provisional de los artículos 131 y 133 de la Ley 27.802 de Modernización Laboral en el ámbito de los convenios colectivos del sector de comercio y servicios, luego de una acción presentada por el Sindicato de Empleados de Comercio de San Martín.

La medida cautelar alcanza al Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, además de otros convenios suscriptos por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), como el CCT 781/20 y el CCT 547/08. En consecuencia, el Estado Nacional deberá abstenerse de aplicar las disposiciones cuestionadas en el marco de las relaciones laborales comprendidas en estos acuerdos hasta que exista una sentencia definitiva.

El sindicato había solicitado la declaración de inconstitucionalidad —o, en su defecto, la inaplicabilidad— de esas normas, argumentando que introducen modificaciones en el régimen de ultraactividad de los convenios colectivos y establecen límites a los aportes y contribuciones sindicales.

Según la presentación judicial, el artículo 131 de la reforma laboral reemplaza el artículo 6 de la Ley 14.250, lo que restringe la vigencia de las denominadas cláusulas “obligacionales” tras el vencimiento de un convenio, mientras que sólo las cláusulas “normativas” (referidas a condiciones y beneficios individuales de los trabajadores) permanecerían activas.

El juez Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto tuvo en cuenta que la nueva ley distingue entre ambos tipos de cláusulas, pero advierte que la definición legislativa resulta imprecisa, lo que, según la documentación presentada, podría generar situaciones de inseguridad jurídica sobre la vigencia efectiva de las paritarias vencidas y los aportes gremiales establecidos en ellos.

Por otro lado, el artículo 133 de la Ley 27.802 fija un tope máximo del 2% para las cuotas solidarias, aplicables tanto a trabajadores afiliados como no afiliados. El monto de la cota solidaria actualmente previsto en el artículo 100 del CCT 130/75 es de 2,5%, por lo que el sindicato argumenta que la reducción impactaría en los recursos destinados al financiamiento de la actividad gremial y la prestación de servicios sociales, asistenciales, culturales y sanitarios en conjunto con la obra social OSECAC.

Además, el sindicato advirtió que la entrada en vigencia de ambos artículos coincide con el vencimiento del acuerdo paritario vigente, el 31 de marzo de 2026, lo cual, según su planteo, generaría efectos inmediatos en los haberes de los trabajadores a partir del mes siguiente y afectaría el desarrollo de la próxima negociación colectiva.

En su resolución, el juez consideró que los argumentos expuestos por la parte actora —“en esta etapa liminar, presentan entidad suficiente para tener por configurado el requisito de verosimilitud del derecho”— y que la inminencia en la aplicación de las nuevas disposiciones “configura un escenario en el cual la aplicación de los arts. 131 y 133 de la Ley 27.802 podría producir efectos inmediatos sobre la vigencia de cláusulas convencionales y sobre el régimen de aportes y contribuciones sindicales”.

La vigencia de la medida cautelar fue establecida por 6 meses desde la notificación de la resolución. El fallo consigna que se trata de una suspensión “provisoria y acotada a un ámbito específico”, sujeta al resultado del proceso principal, y que no se advirtió que pueda generar una afectación al interés público impeditiva de su dictado.

Según el fallo, el Estado Nacional será notificado oficialmente y deberá cumplir con la suspensión dispuesta en el ámbito de los convenios colectivos alcanzados.

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Ley de propiedad privada: el Gobierno busca eliminar las restricciones para la compra de tierras a extranjeros

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El gobierno nacional envió al Congreso un proyecto de ley titulado Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada para establecer un marco sobre el derecho de propiedad, destrabar inversiones y dinamizar el mercado inmobiliario.

El proyecto se estructura en seis áreas, desde la recuperación de inmuebles hasta la modernización del registro de la propiedad. En el primero de los casos, la medida propone un procedimiento sumarísimo para la restitución de inmuebles basado exclusivamente en la acreditación del título, sobre la base de una iniciativa de los diputados Christian Ritondo y Martín Yeza ambos del PRO. El procedimiento incluye garantías de debido proceso y control judicial en todas las etapas.

Desde el Ejecutivo señalan que “el acceso rápido a la recuperación de inmuebles aumentará la oferta y absorberá mejor la demanda habitacional”.

Otro de los puntos es que el Ejecutivo delega responsabilidad a provincias y municipios. El texto del proyecto señala la “preocupante ineficiencia de la ley 27.453: Solo el 0,08% del suelo de los barrios del RENABAP tiene título de propiedad privada”. Según el Gobierno, el mecanismo vigente bloqueaba rutas de regularización y dejaba a los habitantes de barrios en informalidad crónica, sin acceso progresivo a títulos legales.

Desde diciembre pasado circuló un borrador de esta nueva ley en la página del Consejo de Mayo. El texto enviado al Congreso opta por dejar atrás el “mecanismo centralizado que no funcionó”: transfiere la conducción del proceso de regularización a provincias y municipios e incorpora instrumentos jurídicos para la negociación entre partes como el acceso de las familias a la titularidad legal.

Un punto clave es la eliminación de la restricción general para la titularidad extranjera de tierras rurales. La ley vigente limitaba estas operaciones en zonas de frontera en busca de frenar la extranjerización de la tierra.

El nuevo esquema solo mantiene requisitos de autorización previa para Estados extranjeros y empresas con participación estatal. “Quien representa un riesgo para la seguridad o la soberanía nacional sigue sin poder comprar”, sostiene el texto. Queda eliminado el trato igual entre Estados y particulares privados extranjeros, que ahora estarán sujetos a las mismas reglas que cualquier inversor.

En materia de expropiaciones, las modificaciones buscan limitar la discrecionalidad del Estado. El nuevo régimen determina criterios precisos para la valuación: “actualización por IPC, reconocimiento de lucro cesante cuando corresponda y determinación del valor antes de que el acto estatal deprima el precio del bien”. Se fija en 60 días el límite para las ocupaciones temporales anormales, prorrogables solo ante emergencias.

En 2025, las escrituras en la Ciudad de Buenos Aires aumentaron un 70 % frente al 2023. Según el Instituto de Estadística y Censos porteño, la infraestructura de los registros inmobiliarios no acompaña esa dinámica: la mayoría opera aún sobre soporte físico, lo cual produce demoras y eleva los costos de transacción. El proyecto incorpora la digitalización integral, firma digital y la creación de una “Ventanilla única Federal Inmobiliaria” para la gestión remota de certificados e informes en cualquier registro del país.

El proyecto modifica también la llamada “ley del fuego” de autoría del diputado Máximo Kirchner. Desde 2020, las restricciones alcanzaban no solo a bosques nativos, sino también a bosques implantados y tierras productivas.

La nueva norma restringe la prohibición a bosques nativos y áreas específicas según el ordenamiento territorial.

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A casi 8 años del incendio del Banco Nación, reinauguraron los cajeros automáticos

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Esta mañana quedaron formalmente reinaugurados los cajeros automáticos del Banco Nación, a semanas de cumplirse 8 años del incendio que afectó gravemente la estructura de la entidad. 

Se trata de 8 cajeros, que se encuentran en el interior de la histórica sede de Estomba y funcionarán las 24 horas. 

Desde la entidad indicaron que se trata del primer paso rumbo a la reinstalación y la apertura al público de la sucursal, prevista para mediados del 2028. 

“Para nosotros no es un día más hoy acá. Es un día que habla de historia, de resiliencia y de futuro”, sostuvo el gerente zonal Pampeana Sur del Banco Nación, Sergio Gizzi. 

“Esto no es solamente la inauguración de la banca electrónica, también es un síntoma de continuidad, de reconstrucción y de modernidad”, agregó. 

Del acto también formaron parte el Intendente, Federico Susbielles; el Jefe de Gabinete, Luis Calderaro y autoridades del Banco a nivel nacional.

Foto: Canal Siete

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