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Promulgan la Ley de Etiquetado Frontal: cuándo comenzaría a aplicarse

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Luego de ser sancionada en el Congreso de la Nación, el Gobierno promulgó la ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, más conocida como ley de etiquetado frontal, que tiene como objetivo advertir a los consumidores sobre los excesos de grasas, sodio y azúcares en los productos.

La promulgación de la ley de etiquetado frontal, sancionada por Diputados el 26 de octubre pasado, se efectivizó mediante el decreto 782/2021 publicado hoy en el Boletín Oficial, con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.

A partir de este trámite administrativo, el Poder Ejecutivo tiene 90 días para reglamentar la ley de etiquetado frontal y dictar normas complementarias que resulten necesarias para su aplicación. De esta manera, lentamente se empezarían a ver los octógonos en los envases de los productos.

La ley de etiquetado frontal es un reclamo de amplios sectores de la sociedad civil y organizaciones que exigieron este cambio en el empaquetado de productos a partir de recomendaciones de la OMS y la experiencia positiva de países latinoamericanos como Chile y México.

El objetivo central de la ley de etiquetado frontal es advertir al consumidor qué contenido de grasas, sodios y azúcares tienen los productos alimenticios ultraprocesados que se ofrecen en grandes cadenas de supermercados, almacenes de barrio y kioskos.

La advertencia que llevaran los productos una vez que la ley de etiquetado frontal esté reglamentada, apunta a combatir enfermedades como la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos.

Básicamente, el cambio está centrado en que la nueva ley de etiquetado frontal establece la incorporación en el frente de los envases de los productos ultraprocesados una etiqueta con forma de octógono negro y letras blancas que advierta el exceso de nutrientes críticos para la salud, como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías.

Además, la ley de etiquetado frontal determina que los productos que contengan entre sus ingredientes edulcorantes o cafeína tendrán que informar que su consumo no se recomienda en niñas y niños.

Entre los puntos de la ley de etiquetado frontal, uno de los que más polémica generó es el obliga a que aquellos productos ultraprocesados que tengan más de un sello de advertencia no podrán incluir dibujos animados, personajes, figuras públicas, regalos ni elementos que llamen la atención de niños, niñas y adolescentes.

Además, esta nueva ley de etiquetado frontal establece la prohibición de emitir publicidad comercial -dirigida a niños, niñas y adolescentes- de productos con sellos de advertencia y dispone que se imparta educación alimenticia en las escuelas públicas de todos los niveles.

Las claves de la Ley de Etiquetado Frontal de Alimentos

  • El proyecto de ley de etiquetado frontal advierte a consumidores sobre los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz.
  • El proyecto de ley de etiquetado frontal promueve la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles.
  • El proyecto de ley de etiquetado frontal está dirigido a fabricantes, fraccionadores y envasadores que distribuyan, comercialicen o importen, que hayan puesto su marca o integren la cadena de comercialización de alimentos y bebidas analcohólicas de consumo humano, en todo el territorio de la República Argentina.
  • El proyecto de ley de etiquetado frontal establece que los alimentos y bebidas analcohólicas envasados y comercializados en la Argentina deben colocar leyendas como “Exceso en azúcares”, “Exceso en sodio”, “Exceso en grasas saturadas”, “Exceso en grasas totales”, y/o “Exceso en calorías”.
  • El proyecto de ley de etiquetado frontal define en caso de contener edulcorantes, el envase debe llevar una leyenda precautoria, por debajo de los sellos de advertencia, con la leyenda: “Contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”.
  • El proyecto de ley de etiquetado frontal dispone que en caso de contener cafeína, de igual manera, el envase debe presentar una leyenda precautoria por debajo de los sellos de advertencia con la leyenda: “Contiene cafeína. Evitar en niños/as”.
  • El proyecto de ley de etiquetado frontal define que el sello adoptará la forma de octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas.
  • El proyecto de ley de etiquetado frontal resuelve que el tamaño de cada sello no será nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase.
  • El proyecto de ley de etiquetado frontal estable que los sellos no podrán estar cubiertos de forma parcial o total por ningún otro elemento. En caso de que el área de la cara principal del envase sea igual o menor a 10 centímetros cuadrados y contenga más de un sello, la autoridad de aplicación determinará la forma adecuada de colocación de los sellos.
  • El proyecto de ley de etiquetado frontal define que los valores máximos de azúcares, grasas saturadas, grasas totales y sodio establecidos deben cumplir los límites del Perfil de Nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud.
  • En el proyecto de ley de etiquetado frontal se exceptúa de la colocación de sello en la cara principal al azúcar común, aceites vegetales y frutos secos.
  • El proyecto de ley de etiquetado frontal también prohíbe que los alimentos y bebidas analcohólicas que contengan algún sello de advertencia incorporen en sus envases información nutricional complementaria, logos o frases con el patrocinio o avales de sociedades científicas o asociaciones civiles, personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas, etcétera.
  • El proyecto de ley de etiquetado frontal asimismo prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasados con al menos un sello de advertencia que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes.
  • El proyecto de ley de etiquetado frontal prohíbe resaltar declaraciones nutricionales complementarias que destaquen cualidades positivas y/o nutritivas de los productos.
  • El proyecto de ley de etiquetado frontal prohíbe la promoción o entrega a título gratuito de productos con octógonos.
  • El proyecto de ley de etiquetado frontal dispone que el Estado nacional priorizará las contrataciones de los alimentos y bebidas analcohólicas que no cuenten con sellos de advertencia.
  • El proyecto de ley de etiquetado frontal encomienda al Poder Ejecutivo la reformulación del texto del Código Alimentario Argentino a efectos de adecuar sus disposiciones a la presente ley.

(Diputados Bs As)

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ARBA: más de 12.000 pymes ya están en el régimen que evita acumular saldos a favor

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La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) informó que ya hay más de 12.000 pymes adheridas al régimen “Riesgo 0, SAF 0”. La iniciativa apunta a pequeñas y medianas empresas, comercios y contribuyentes alcanzados por el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, con el objetivo de reducir la generación de saldos a favor acumulados.

Según se informó oficialmente, con este esquema lanzado en septiembre de 2025, las alícuotas se ajustan automáticamente cuando los adelantos superan el impuesto real. “Es una decisión política: que las PyMEs dejen de financiar al Estado y puedan usar esos recursos para invertir, producir y sostener empleo”, se indicó.

Desde ARBA consideraron que el nivel de adhesión que alcanzó durante el primer trimestre de 2026 “refleja el impacto positivo de la medida en el entramado productivo, en particular entre pequeñas y medianas empresas”.

En ese sentido, el director ejecutivo del organismo, Cristian Girard, señaló que “estamos dando respuesta a una demanda concreta del sector productivo: terminar con los saldos a favor que durante años afectaron el flujo financiero de las empresas”.

El esquema “Riesgo 0, SAF 0” forma parte de una política integral de simplificación tributaria que la Provincia viene desarrollando desde 2020, con el objetivo de reducir la carga administrativa y financiera sobre contribuyentes cumplidores, al tiempo que se fortalecen los controles sobre sectores de mayor capacidad contributiva.

ARBA y los saldos a favor

En paralelo, ARBA continúa optimizando los mecanismos de devolución de saldos a favor. Actualmente, el sistema permite gestionar reintegros de hasta $3,5 millones de manera digital, con acreditación en un plazo de hasta 72 horas hábiles, lo que agiliza la recuperación de fondos y mejora la liquidez de las y los contribuyentes.

“Pasamos de un esquema que generaba saldos a favor de manera estructural a un sistema más transparente, ágil y previsible. Eso es modernización con sensibilidad: cuidar a quienes producen sin resignar la capacidad de recaudar con equidad”, subrayó Girard.

Desde la implementación de las reformas en Ingresos Brutos, ARBA logró reducir significativamente el stock de saldos a favor acumulados, devolviendo recursos al sector privado y favoreciendo el desarrollo económico. Con este nuevo régimen, la Agencia consolida un modelo de administración tributaria basado en la progresividad, la eficiencia y el acompañamiento al sector productivo bonaerense.

Fuente: Agencia DIB

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Los 5 aumentos que llegan en mayo e impactan en el bolsillo

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Como todo inicio de mes, mayo llega con aumentos en diversos servicios que le meten presión al bolsillo del bonaerense y también a la pelea del Gobierno contra la inflación. En este contexto, los ajustes en el transporte público o cuotas de prepagas le suman a presión al costo de vida.

Colectivos

El transporte público en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) tendrá un nuevo aumento de tarifas a partir de mayo. El boleto mínimo va a tener un costo de $918,35 en provincia de Buenos Aires. Los tramos más largos van a superar los $1000. El incremento alcanzará a las líneas provinciales, es decir, aquellas numeradas a partir del 200.

En tanto, el pasaje mínimo en Ciudad de Buenos Aires, hasta tres kilómetros, pasará de $715,24 a $753,74. En tanto, el recorrido intermedio, de tres a seis kilómetros costará $837,52. De seis a doce kilómetros, ascenderá a $902,04. Los recorridos de mayor distancia llegarán a $966,61.

Alquileres

Los contratos celebrados del 30 de diciembre de 2023 en adelante se rigen por el “Mega DNU” 70/23 de Javier Milei, que permitió acordar libremente tanto la frecuencia como el índice. Por eso la mayoría se rige por esto y entonces lo más común pasó a ser el uso del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec cada 3 o 4 meses, aunque las partes también pueden pactar actualizaciones por ICL, CCP y otras fórmulas. Tomando como base un alquiler de $500.000, un ajuste trimestral del 7% llevaría el valor a $534.950, uno cuatrimestral de 9,3% a unos $546.600 y uno semestral de 13,5% a unos $567.500.

Agua

El Gobierno nacional introdujo un límite al aumento del servicio gestionado por Aguas y Saneamientos Argentinos (AySA), la empresa que llega a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 26 partidos del conurbano bonaerense. La medida comenzará a regir a partir del mes próximo y hasta agosto. El ajuste de la tarifa será del 3% a partir del próximo mes.

Prepagas

Las principales empresas de medicina prepaga definieron los nuevos valores que regirán en mayo para sus planes de salud. Las cuotas tendrán incrementos de hasta 3,4%. Con los ajustes informados por las compañías, las actualizaciones de los aranceles se ubican en línea con la inflación de marzo, que fue 3,4%. Sin embargo, algunas empresas como Osde y Galeno tendrán una suba menor. Según el plan de salud, el ajuste mensual oscilará entre 3,2% y 3,3% en mayo.

Telefonía y cable

Algunas empresas comenzaron a anticipar a sus clientes que, a partir de mayo, aplicarán un nuevo retoque de tarifas, con un incremento en torno al 3%, según el servicio y las operadoras. Esto va de la mano del último número inflacionario.

Fuente: Agencia DIB

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Bahía Blanca inaugura la Cátedra Libre Papa Francisco en la UTN

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Al cumplirse un año de la muerte de Jorge Bergoglio, Bahía Blanca, de la mano de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN), la Jefatura de Asesores del Gobierno provincial y el Arzobispado local, tendrá la Cátedra Libre papa Francisco, un espacio formativo de reflexión, diálogo y construcción colectiva.

La firma del convenio está prevista para el próximo martes 5 de mayo, a las 17, en el Salón de actos de la UTN, ubicado en la calle 11 de abril 461. El evento se transmitirá en vivo a través del canal de YouTube de la facultad.

El acto contará con la participación de Alejandro Staffa, Decano de la FRBB-UTN; Cristina Álvarez Rodríguez, Ministra de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires; y Fray Carlos Azpiroz Costa, O.P., Arzobispo de Bahía Blanca.

La Cátedra Libre Papa Francisco se desarrollará en modalidad presencial y virtual, con encuentros previstos los segundos miércoles de cada mes, a partir del 13 de mayo. Será un espacio abierto “para todos, todos, todos” (JMJ 2023), orientado a la reflexión sobre los principales ejes de su magisterio y a la promoción de instancias formativas y pastorales.

Fuente: Agencia DIB

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