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El Gobierno delegó en Manuel Adorni la facultad para transferir la Justicia Laboral a CABA

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A través del Decreto 95/2026, el Gobierno dispuso que desde este lunes el jefe de Gabinete de Ministros, Manuel Adorni, tenga la potestad de firmar acuerdos para transferir la Justicia del Trabajo desde el ámbito nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Esta medida se da a poco más de un mes y medio de haberse logrado un dictamen de mayoría que avala el proyecto de reforma laboral y que la discusión en el Senado ingresara en una semana definitoria, con una sesión convocada para el miércoles próximo, a partir de las 11.

Este lunes, Patricia Bullrich se reunió en la Cámara alta con sus pares dialoguistas, quienes son los dueños de las adhesiones que inclinarán la balanza hacia una victoria o una derrota. Asimismo, la mesa política del Gobierno volverá a reunirse este martes para terminar de decidir qué hacer con el capítulo fiscal del proyecto, que es cuestionado por algunos gobernadores y sectores de la oposición.

Allí, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, recibirá en sus oficinas a Patricia BullrichDiego Santilli; el titular de la Cámara de DiputadosMartín Menem; el asesor presidencial, Santiago Caputo; y el ministro de Economía, Luis Caputo. Según supo este medio, la asistencia de la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, con actividades durante la jornada, está en duda.

El Gobierno es optimista con que el proyecto salga y, por eso, facultaron a Adorni para transferir la Justicia Laboral a CABA.

Con esto, a partir de ahora será tarea de Manuel Adorni negociar y cerrar el traspaso de competencias laborales con las autoridades de CABA. El decreto establece además la posibilidad de que, una vez firmado el acuerdo principal, puedan sumarse adendas o convenios complementarios sin necesidad de un nuevo acto presidencial.

El conflicto trasciende la letra de este decreto. Se trata de quién ejerce el poder real sobre los tribunales laborales con sede en la Ciudad. El debate se arrastra desde la reforma constitucional de 1994, cuando la Ciudad de Buenos Aires adquirió el estatus de autonomía y la facultad de organizar su propio Poder Judicial.

Hasta el momento, el funcionamiento de la Justicia del Trabajo estuvo bajo control nacional, con jueces y cámaras de apelaciones designados por el Estado. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, en fallos como “Corrales” y luego en “Bazán”, remarcó que esta situación debería ser solo temporaria y recordó que “el carácter nacional de los tribunales ordinarios con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es meramente transitorio”.

Al respecto la Corte, alegó que mantener el actual esquema significa, en palabras del Tribunal, “un inmovilismo” que va contra la autonomía porteña y debilita la fuerza de la Constitución Nacional. El texto remarca que existen “graves consecuencias de distinta índole” si esa transferencia no se concreta.

La disputa tomó impulso en años recientes, cuando se sancionaron en la Legislatura porteña la Ley 6.789, que reestructura la justicia laboral local, y la ley 6790, que establece un nuevo Código Procesal para el fuero del trabajo. A partir de estas normas, la ciudad creó una nueva Cámara de Apelaciones del Trabajo con seis jueces y diez juzgados de primera instancia. Todo el sistema quedaba listo para comenzar a funcionar, pero surgieron obstáculos.

En respuesta, la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional promovió una acción judicial contra la puesta en marcha de las leyes locales. Consideraban que la Ciudad no podía avanzar unilateralmente sin cerrar primero un acuerdo institucional con la Nación. La Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal les dio la razón y dictó una medida preventiva: mientras no haya acuerdo entre ambas jurisdicciones, las leyes porteñas no pueden aplicarse.

La sentencia de la Cámara sostiene que debe existir un traspaso “racional” y acordado, cumpliendo con la ley nacional 24.588 y respetando el artículo 129 de la Constitución Nacional. “La aplicación de las leyes locales queda suspendida hasta que se firmen los acuerdos institucionales exigidos”, indica el fallo, cuya vigencia podría extenderse hasta una sentencia definitiva o el cierre formal del convenio.

Desde la Presidencia de la Nación justificaron el decreto de hoy citando esas mismas sentencias. Sostienen que falta un acuerdo concreto con la Ciudad y que el paso indispensable es habilitar al jefe de Gabinete para representarlos en la negociación. Cuando finalmente se logre el entendimiento, ese texto deberá pasar por el Congreso de la Nación para su aprobación final.

En la fundamentación, el Poder Ejecutivo afirma que la medida está dentro de sus atribuciones constitucionales y recuerda que el presidente tiene la facultad de delegar tareas en el jefe de Gabinete.

El documento publicado hoy no implica que la Justicia Laboral pase bajo control porteño en forma automática. Fija las reglas para que el proceso de discusión y transferencia pueda iniciarse de manera institucional y con respaldo político.

El debate arrastra además consecuencias prácticas para trabajadores, empresas y abogados. Un traspaso de competencias modificaría el fuero donde se tramitan los conflictos laborales en la ciudad y obligaría a definir qué expedientes siguen en Nación y cuáles pasan a Capital. El Gobierno porteño avanzó en la designación de jueces y la estructura organizativa. Incluso, a través del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se abrieron concursos para cubrir cargos en el fuero del trabajo.

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La Justicia suspendió la aplicación de la reforma laboral en el sector docente: qué implica la medida

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La justicia del trabajo suspendió la aplicación del artículo 101 de la reforma laboral que declaró a la educación como servicio esencial y, por lo tanto, los sindicatos del sector están obligados a mantener un 75% de prestación normal de la actividad si disponen una huelga.

El planteo judicial contra la aplicación de la ley lo hizo la Unión Docentes Argentinos (UDA), que lidera Sergio Romero, quien anunció la sentencia dictada por el titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 74, José Ignacio Ramonet, y afirmó a Infobae: “La Justicia nos dio la razón y nos garantizan los derechos históricos”.

“Esencial es garantizar salarios dignos y condiciones adecuadas para el proceso educativo y no restringir derechos colectivos que justamente buscan resguardar esas condiciones”, dijo el sindicalista, que además es secretario de Políticas Educativas de la CGT.

En un comunicado de prensa, el gremio informó que “la Justicia Nacional del Trabajo resolvió que la acción promovida por la UDA continúe su trámite dentro del proceso colectivo que se encuentra radicado ante el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, donde ya se había dictado una medida cautelar de alcance general”.

“La resolución judicial dejó expresamente establecido que dicha medida cautelar resulta plenamente aplicable al caso del sector docente, manteniéndose suspendida, en esta etapa del proceso, la aplicación de la Ley 27.802 en cuanto califica a la educación como servicio esencial y exige la cobertura obligatoria del 75% del plantel durante medidas de acción sindical”, sostuvo la UDA.

De este modo -agregó-, y hasta tanto exista una decisión definitiva sobre el fondo de la cuestión, continúa resguardado el ejercicio del derecho constitucional de huelga y la plena vigencia de los principios de libertad sindical y negociación colectiva”.

“Desde UDA destacamos la importancia institucional de esta decisión judicial, que preserva el equilibrio del sistema de relaciones laborales y evita que se consoliden restricciones que podrían afectar el núcleo esencial de los derechos colectivos de los trabajadores de la educación”, concluye el comunicado.

El artículo 101 de la Ley de Modernización Laboral reglamenta el derecho de huelga imponiendo servicios mínimos obligatorios (75% y 50%) en actividades consideradas “esenciales” y “trascendentales” de un amplio listado que incluye al transporte, la salud y la educación, entre otras, para evitar la paralización total de los servicios. Ya figuraba en el DNU 70 dictado por Milei apenas asumió su gobierno y luego en el decreto 340, y en ambos casos fueron suspendidos por la Justicia.

En concreto, el primer inciso del artículo, al detallar las actividades que deberán mantener el 75% de la actividad normal en caso de huelga, dice: “El cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial”.

En la última versión del proyecto se incorporó la recolección de residuos entre las actividades esenciales que deberán garantizar un 75% de servicios mínimos en caso de huelga, y se incluyó que las fuerzas de seguridad no podrán brindar una cobertura menor al 100% de la prestación normal de su servicio.

En rigor, el artículo que reglamenta el derecho de huelga en los servicios esenciales ya estaba comprendido en el fallo que dictó el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, que este lunes suspendió de manera provisoria la aplicación de 83 artículos de la Ley 27.802 de Modernización laboral, a partir de una acción impulsada por la CGT contra el Estado Nacional.

El viernes pasado, como anticipó Infobae, el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N° 2 de San Martín ordenó la suspensión provisional de los artículos 131 y 133 de la Ley 27.802 de Modernización Laboral en el ámbito de los convenios colectivos del sector de comercio y servicios, luego de una acción presentada por el Sindicato de Empleados de Comercio de San Martín.

La medida cautelar alcanza al Convenio Colectivo de Trabajo N° 130/75, además de otros convenios suscriptos por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), como el CCT 781/20 y el CCT 547/08. En consecuencia, el Estado Nacional deberá abstenerse de aplicar las disposiciones cuestionadas hasta que exista una sentencia definitiva.

El sindicato había solicitado la declaración de inconstitucionalidad —o, en su defecto, la inaplicabilidad— de esas normas, argumentando que introducen modificaciones en el régimen de ultraactividad de los convenios y establecen límites a las cuotas solidarias de los sindicatos.

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Escándalo en el Hospital Municipal: investigan el faltante de 25 ampollas de fentanilo

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El Hospital Municipal informó este miércoles que detectaron en las últimas horas el faltante de 25 ampollas de fentanillo. 

Las mismas se encontraban en el quirófano central del nosocomio y las autoridades del mismo ya radicaron la denuncia correspondiente en Fiscalía.

Además, se informó que también se inició una investigación interna con el objetivo de esclarecer el episodio.

“Es la primera vez que sucede una cuestión de este tipo, por lo que de inmediato se decidió hacer la denuncia penal junto con las autoridades del sector. A la vez se inició un sumario administrativo para evaluar desde el punto de vista interno cómo es esta situación”, sostuvo el Director del Hospital, Gustavo Carestia. 

Con respecto a cómo detectaron el faltante, indicó que “se hacen controles semanales y la reposición para medir la trazabilidad de cualquier medicamento —en este caso un medicamento que se utiliza en quirófano habitualmente— y se detectó de esa manera”. 

Además, afirmó que no hay ninguna hipótesis hasta el momento de lo sucedido. “Estamos esperando obviamente la actuación de la Justicia. En ese lugar, tanto en el pasillo que da a quirófano como en el sector de quirófano, hay cámaras, de manera que la información que nos pueda brindar eso va a estar en poder del fiscal en las próximas horas”, explicó.

La causa tramita en la UFIJ Nº 19 del fiscal Mauricio del Cero.

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Así funcionarán los servicios durante los feriados de jueves y viernes

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El Municipio dio a conocer este miércoles el cronograma de funcionamiento de los servicios, de cara a lo que será un nuevo fin de semana largo. 

Este jueves 2, Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas, y 3 de abril, Viernes Santo, los distintos servicios que se brindan en la ciudad funcionarán de la siguiente manera:

Transporte público:

A excepción de las líneas 500 y 504, el resto circulará ambos días con la frecuencia establecida para días domingo. 

Las líneas mencionadas funcionarán ambos días con un servicio especial desde y hacia Ingeniero White con el siguiente recorrido:

-500: hacia Bahía Blanca por Cárrega, Plunkett y trayecto habitual. El regreso hacia la vecina localidad se llevará a cabo por Avenente, Cárrega e itinerario usual.

-504: en dirección a nuestra ciudad por avenida San Martín, Siches, Cárrega, Plunkett y nuevamente San Martín para continuar por Coronel Vidal, Pedro Pico, avenida Arias y Colón. Retornará a White por Colón, Arias, Pedro Pico, Coronel Vidal, y de ahí su trayecto usual hasta San Martín, Avenente, Cárrega y Mascarello.

Los horarios de refuerzos de la líneas 500 y 504 se podrán consultar en gpsbahia.com.ar en el cuadro “Refuerzos Fiesta del Camarón y el Langostino”.

Recolección de residuos:

Se brindará con normalidad, conforme al cronograma establecido.

Hospital Municipal:

De 8 a 19 funcionarán los consultorios de guardia de clínica médica y pediatría. En tanto, el servicio de emergencia estará disponible las 24 horas.

Cementerio:

La administración trabajará con atención al público de 7 a 12. El horario de visita será el habitual: de 8 a 17. Estarán habilitados el acceso principal (calle Lejarraga) y el secundario (Sarratea y Abad).

Estacionamiento medido y pago:

Se deberán respetar las zonas no permitidas para estacionar.

Dependencias municipales:

Sin atención al público.

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