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Axel Kicillof promulgó la ley que actualiza el Registro de Deudores Alimentarios Morosos

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El gobernador bonaerense, Axel Kicillof, promulgó la Ley 15.520 para fortalecer la autonomía económica de las mujeres y su derecho a exigir el cumplimiento de la cuota alimentaria.

En la Provincia de Buenos Aires, siete de cada 10 mujeres no reciben aportes de parte del progenitor de sus hijos e hijas. Gracias a esta reforma se agilizan los procedimientos judiciales y podrán inscribirlos en el registro como deudores desde el primer incumplimiento.

“Esta ley garantiza equidad, fortalece el derecho de las mujeres y los niños y, como dijo el Gobernador, nos convierte en una provincia más justa”, expresó la Ministra de Mujeres y Diversidad bonaerense, Estela Díaz.

“Promulgamos la ley que actualiza el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, un importante avance que es producto del esfuerzo y la articulación de todos los poderes del Estado para abordar una problemática que atenta contra los derechos de las mujeres y los chicos”, aseveró el Gobernador.

Durante el acto, llevado a cabo en el Salón Dorado de la Casa de Gobierno, Kicillof señaló: “La Argentina está atravesando una situación muy difícil: el fracaso del Gobierno nacional llevó a que el FMI tome nuevamente el control de la política económica para impulsar, como ya hemos visto muchas veces, reformas previsionales y laborales”. Y añadió: “Ante esa situación, y aunque soplen vientos hacia otra dirección, en la provincia de Buenos Aires seguimos plantando la bandera de las políticas de cuidado y de lucha contra la desigualdad en todas sus formas”.

Por su parte, Estela Díaz remarcó: “Apuntamos a una provincia donde sea total el cumplimiento de las cuotas alimentarias porque trabajamos sobre el cuidado de los chicos, las chicas, y porque nos importa la independencia económica de las mujeres: cuando mejoran nuestras condiciones de vida y nuestros ingresos, logramos bienestar en las familias y en los ámbitos en los que nos desarrollamos”.

Esta actualización tiene como antecedente la promulgación de la Ley 15.513, en diciembre 2024, que permitió simplificar y agilizar los procedimientos judiciales en el reclamo de alimentos: estableció parámetros para determinar los montos, impulsó la reducción de litigios para lograr una resolución rápida y estipuló multas ante la ausencia sin justificación a audiencias judiciales.

Los cambios

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM) tiene como objetivo registrar a todas las personas obligadas al pago de alimentos por sentencia firme o convenio homologado que adeuden un determinado número de cuotas y establece las consecuencias derivadas de tal incumplimiento.

La legislación permitirá inscribir al deudor desde el primer incumplimiento, se trate de los alimentos definitivos o provisorios. Actualmente, solo pueden inscribirse a deudores desde el tercer incumplimiento consecutivo o quinto alternado y no se incluyen los alimentos provisorios.

Otra de las innovaciones incorporadas es que no sólo se podrá inscribir en el RDAM a los progenitores, sino que también serán alcanzados los empleadores o acreedores que hayan sido intimados previamente por orden judicial y sean responsables solidarios del pago como lo dispone el Código Civil y Comercial de la Nación.

Además, se modifican algunas sanciones como la suspensión de trámites de habilitación de comercios y/o industrias contemplando que si el deudor alimentario no tuviese otra fuente de ingresos se le otorgará provisoriamente el permiso bajo la obligación de regularizar la situación. En este punto, se añade el impedimento de inscribirse en el Registro Central de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos.

Por último, se incorpora como requisito presentar el certificado de libre deuda expedido por el RDAM para las designaciones de magistrados, funcionarios o empleados bajo cualquier modalidad y categoría en cualquiera de los poderes del Estado provincial y municipal, organismos descentralizados, como así también en las empresas y sociedades estatales y con participación del Estado provincial así como también para la diplomación de los candidatos electos para cualquier cargo provincial o municipal.

Este proyecto continúa la iniciativa presentada en el Poder Legislativo provincial y que fuera sancionada en diciembre de 2024: la ley que simplifica los procesos judiciales para el reclamo de alimentos.

Ambas iniciativas fueron redactadas en el marco de la Mesa de Trabajo sobre Obligación Alimentaria, creada tras la presentación del informe “Incumplimiento de la obligación alimentaria en la provincia de Buenos Aires: Un problema estructural que profundiza las desigualdades de género” del año 2022, tomando también iniciativas de la senadora Sofía Vannelli y la diputada Lucía Iáñez. (DIB) ACR

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“Menos de un caramelo”: la irrisoria multa por no votar en Provincia y hasta cuándo hay tiempo de pagarla

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Los electores de la provincia de Buenos Aires deberán asistir a las urnas este domingo 7 de septiembre para las elecciones legislativas provinciales, en una jornada donde la sanción por ausencia vuelve a ser noticia por su monto irrisorio: arranca en solo $50.

Según consta en la Ley Electoral Provincial N° 5109, los ciudadanos de entre 18 y 70 años que no emitan su voto enfrentarán una multa de $50 a $500. Si bien el dinero se destina al fomento de la educación, el monto, que como relevó Noticias Argentinas no se actualiza, es calificado como “menos que un caramelo”.

El punto clave para quienes no asistan es la justificación: los electores tienen un plazo de 60 días (contados desde la elección) para acreditar el motivo de la ausencia ante la Junta Electoral. La fecha límite, por lo tanto, es el próximo 6 de noviembre. Solo se aceptan tres justificativos comprobables: estar a más de 500 km del lugar de votación, un problema de salud certificado o un motivo de “fuerza mayor”. Quienes no justifiquen ni paguen la multa quedarán registrados en el Registro de Infractores.

Elecciones en PBA: qué se vota y por qué no se usa la Boleta Única

En los comicios de este domingo, los bonaerenses elegirán 23 senadores provinciales titulares y 15 suplentes, junto con 46 diputados provinciales titulares y 28 suplentes. Además, se definirán concejales y consejeros escolares en los distritos.

El Ministerio de Gobierno bonaerense aclaró que, a diferencia de las elecciones nacionales de octubre, en estos comicios provinciales no se implementará la Boleta Única de Papel (BUP). La votación se realizará mediante el sistema tradicional de “boletas partidarias”, que según la cartera “conserva plena vigencia” y es valorado por el electorado. La veda electoral rige desde este viernes a las 8:00.

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Peritos determinaron que el uso del fentanilo contaminado elevó en 52% el riesgo de muerte

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El escándalo por el fentanilo contaminado sumó un dato estremecedor. Según un informe del Cuerpo Médico Forense, el uso del lote 31.202 de ampollas de fentanilo —fabricado por el laboratorio HLB Pharma Group S.A.— incrementó en un 52% la probabilidad de muerte de los pacientes en los 30 días posteriores a su administración.

El documento, publicado po Infobae, fue incorporado a la causa judicial que investiga la responsabilidad del laboratorio de Ariel García Furfaro. Los especialistas analizaron 40 historias clínicas de pacientes fallecidos y detectaron que, en al menos 24 casos, hubo un “nexo concausal” entre la infección desarrollada y el uso del medicamento.

Bacterias detectadas

Los peritos identificaron dos bacterias —Ralstonia mannitolilytica y Klebsiella pneumoniae— tanto en hemocultivos de los pacientes como en las ampollas del lote contaminado. Los análisis confirmaron su identidad fenotípica, molecular y genómica, lo que refuerza la relación directa entre la contaminación y el agravamiento de los cuadros clínicos.

Un factor agravante

Si bien el informe no concluye que las bacterias hayan sido la causa exclusiva de muerte, sí advierte que actuaron como un factor agravante en pacientes que ya atravesaban situaciones críticas de salud. “La contaminación resultó un elemento relevante que favoreció el desenlace fatal”, indicaron los peritos.

La contaminación resultó un elemento relevante que favoreció el desenlace fatal

La investigación judicial avanza sobre la cadena de producción y distribución del fentanilo, mientras la OMS exigió retirar del mercado seis lotes contaminados por representar un riesgo global para la salud. Hasta ahora, se registraron casi un centenar de muertes vinculadas al medicamento en hospitales argentinos.

El caso puso en evidencia fallas graves en los controles sanitarios y derivó en imputaciones contra más de veinte personas, entre ellas directivos del laboratorio.

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Elisa Carrió presentó un pedido de juicio político contra el juez que prohibió difundir audios de Karina Milei

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Elisa Carrió avanzó con un pedido de juicio político contra el juez Alejandro Patricio Maraniello, el magistrado que dictó la medida cautelar que impidió la difusión de audios de Karina Milei grabados en la Casa Rosada y el Congreso, en un caso que generó críticas porque puede configurar censura previa.

Carrió firmó el pedido contra Maraniello junto con la diputada nacional Marcela Campagnoli y su par porteño Hernán Reyas, según comunicó este último en sus redes sociales.

“Con @elisacarrio y @M_Campagnoli presentamos un pedido de juicio para desplazar al juez Maríanello. La libertad de expresión es un límite que nunca debemos atravesar. Defender las instituciones demanda que hagamos los máximos esfuerzos de transparencia, responsabilidad y coherencia en todos los poderes del Estado”, escribió Reyes en X.

En la publicación, el candidato a diputado nacional de la Coalición Cívica aseguró que “un mal juez empobrece a todo el país, nos vuelve menos confiables”. Agregó que “las instituciones se defienden cuando te conviene y cuando no te conviene. Ojalá los que abandonaron el republicanismo puedan volver algún día”, cerró el legislador de la Ciudad.

Un mal juez empobrece a todo el país, nos vuelve menos confiable

Los denunciantes acusan al magistrado de mal desempeño y posible comisión de delitos en el ejercicio de sus funciones por haber dispuesto la medida cautelar que para la oposición, juristas y colegios de abogados supone una flagrante violación de un derecho humano como es la libertad de expresión, en el marco del escándalo de presunta corrupción por cobro de coimas en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).

En el trámite abierto ante el Consejo de la Magistratura se solicita la apertura del procedimiento de acusación, suspensión en el cargo y requerimiento de destitución.

Para la Coalición Cívica, la prohibición de la difusión de chats, fotos, audios y videos de Karina Milei en cualquier medio o red social representa “lisa y llanamente un acto de censura previa contra la prensa y en consecuencia, el avasallamiento del derecho constitucional y convencional a la libertad de expresión y acceso a la información pública ”.

Por otra parte, los tres dirigentes opositores señalan una posible relación de connivencia con el secretario de Justicia de la Nación, Sebastián Amerio, para encubrir procesos penales y disciplinarios abiertos contra Maraniello en el Consejo de la Magistratura y la justicia federal, lo que de confirmarse perpetraría una violación de la independencia judicial y de la división de poderes.

Por si fuera poco, Carrió, Campagnoli y Reyes denuncian que Maraniello es socio fundador y presidente de la Asociación Argentina de Justicia Constitucional (AAJC), una institución que “resultaría formar parte de una supuesta red de tráfico de influencias dentro del Poder Judicial de la Nación”.

Resultaría formar parte de una supuesta red de tráfico de influencias dentro del Poder Judicial de la Nación

“A tal punto, que cuenta con importantes ‘auspiciantes’ incompatibles con el ejercicio de la magistratura y en particular, con el fuero al que pertenece Marianello, tal es el caso de los Laboratorios HLB Pharma” y “Ramallo“, indicaron en la denuncia.

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