El Municipio de Monte Hermoso confirmó que habilitará las salidas de esparcimiento de una hora, aunque sus ciudadanos no podrán hacerlo todos los días.
“Habilitamos una breve salida de esparcimiento de 60 minutos con un protocolo local: dividimos Monte Hermoso en zona este y oeste. Desde la calle Luzuriaga para el lado del faro saldrán martes, jueves y sábado, mientras que para el sector del Camping Americano tendrán habilitado el miércoles, viernes y domingo, todo en el radio de 500 métros” afirmó el Intendente Alejandro Dichiara.
“Pedimos la colaboración a la ciudad y respetar el protocolo. Y aclaramos que no podrán bajar a la playa en el marco de esa hora de esparcimiento” agregó el Jefe Comunal del Balneario.
A continuación, el protocolo completo anunciado por el Intendente Dichiara:
*Los vecinos no deberán alejarse a más de 500 metros de su residencia, con una duración máxima de SESENTA (60) minutos, en horario diurno entre las 10 y las 17 horas.
* La ciudad se delimitará en dos cuadrículas, “ZONA ESTE” (hasta Sauce Grande) y “ZONA OESTE” (hasta Complejo Americano), sirviendo como línea demarcatoria la calle Victorio Luzuriaga en toda su extensión.
– Las personas que tengan su domicilio fijado en la “ZONA ESTE” podrán realizar la salida de esparcimiento los días martes, jueves y sábado.
– Los vecinos domiciliados en “ZONA OESTE” podrán hacerlos los días miércoles, viernes y domingos.
*Será requisito portar Documento Nacional de Identidad, así como el uso obligatorio de barbijos y/o tapa boca manteniendo un distanciamiento físico social no menos a 2 metros, quedando los menores de hasta tres (3) años exceptuados del uso de barbijos y/o tapa bocas.
*No serán comprendidos por la excepción las personas en el grupo de riesgo de contagio, como embarazadas, personas de más de 60 años, inmunodeprimidos, entre otros.
*Los menores de 12 años de edad podrán realizar salidas de esparcimiento únicamente acompañados de una persona mayor conviviente, estando vedado el uso de juguetes, pelotas o cualquier elemento de recreación.
*Queda terminantemente prohibido durante la salida de recreación tocar objetos en la vía pública, corres, trotar y transitar por la playa, parques, plazas, etc. según Art. 4 Inc. 5 del DNU 405/2020.