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Se promulgó la Ley de Biocombustibles

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La ley que establece un nuevo marco para la producción de biocombustibles fue promulgada este miércoles por el Gobierno nacional mediante la publicación en el Boletín Oficial.

Con la firma de Vilma Ibarra, la secretaria de Legal y Técnica, se oficializó la Ley 27.640, que regirá por lo menos hasta el 31 de diciembre de 2030 y fija los nuevos porcentajes de mezcla obligatoria de bioetanol y biodiésel con gasoil y nafta.

La iniciativa fue impulsada por el diputado Máximo Kirchner y establece “el Marco Regulatorio de Biocombustibles”, el cual comprende todas las actividades de elaboración, almacenaje, comercialización y mezcla de biocombustibles.

Si bien la norma tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2030, el Poder Ejecutivo nacional podrá extenderlo, por única vez, por cinco años más a contar desde la mencionada fecha de vencimiento del mismo.

La Secretaría de Energía, como autoridad de aplicación podrá regular, administrar y fiscalizar la producción, comercialización y uso sustentable de los biocombustibles.

También podrá adecuar a los términos de la ley las normas que establecen las especificaciones de calidad de los biocombustibles, la seguridad de las instalaciones en las cuales estos se elaboran, mezclan y/o almacenan, y aquellas que se vinculen con el registro y/o habilitación de las empresas y productos.

La ley reduce a la mitad el corte obligatorio de biodiésel para gasoil que pasará del 10 al 5%, en volumen, medido sobre la cantidad total del producto final.

No obstante, la Secretaría de Energía podrá “elevar el referido porcentaje obligatorio cuando lo considere conveniente en función del abastecimiento de la demanda, la balanza comercial, la promoción de inversiones en economías regionales y/o razones ambientales o técnicas”.

Pero también podrá “reducirlo hasta un porcentaje nominal de 3%, en volumen, cuando el incremento en los precios de los insumos básicos para la elaboración del biodiésel pudiera distorsionar el precio del combustible fósil en el surtidor (…) o bien ante situaciones de escasez de biodiésel por parte de las empresas elaboradoras”.

Para las naftas se establece que deben contener un porcentaje obligatorio de bioetanol de 12%, en volumen, porcentaje que se repartirá en 6% para los combustibles elaborados en base a la caña de azúcar y 6% para el maíz.

La Secretaría de Energía podrá, en caso de escasez general y comprobada, “reducir transitoriamente” el porcentaje de bioetanol a base de caña de azúcar y podrá elevarlo cuando lo considere conveniente en función del abastecimiento de la demanda, la balanza comercial, razones ambientales o técnicas o promoción de inversiones en economías regionales.

Para el caso del maíz también se habilita a la autoridad de aplicación podrá aplicar una reducción de hasta 3 %.

Asimismo la ley establece exenciones impositivas en el Impuesto al Valor Agregado y el Impuesto a las Ganancias para la adquisición de bienes de capital u obras de infraestructura y en el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.

La norma dispone que los biocombustibles no estén alcanzados por la tasa de Infraestructura Hídrica, por el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y el Gas Natural, por el impuesto denominado sobre la transferencia a título oneroso o gratuito, o sobre la importación de gasoil.

El beneficio impositivo regirá hasta la fecha de finalización del régimen y corresponderá en tanto y en cuanto las materias primas principales utilizadas en los respectivos procesos productivos sean de origen nacional.

La iniciativa fue aprobada el pasado 2 julio por la Cámara de Diputados, mientras que el 16 del mismo mes obtuvo la sanción definitiva del Senado.

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Cristina Kirchner y Axel Kicillof se reunieron y acordaron crear una mesa para negociar la unidad

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La expresidenta Cristina Fernández de Kirchner y el gobernador Axel Kicillof se reunieron esta tarde y acordar crear una mesa de diálogo donde estén representados todos los sectores internos del peronismo, para negociar listas de unidad de cara a las elecciones de septiembre y octubre de este año.

El encuentro se da luego del diálogo telefónico del martes pasado, que a su  vez puso fin a más de cinco meses sin contactos directos entre ambos. El acercamiento se produce en el marco de una fuerte pelea interna, ´con el objetivo de encontrar un esquema de unidad que mejore la competitividad del peronismo en las elecciones.

El principal resultado de la reunión, que se realizó al final de la tarde de un día agitado por versiones de un encuentro más temprano que resultaron infundadas, es la conformación de una mesa de diálogo en la que participarán los diversos sectores del peronismo que debaten por estas horas sobre la estrategia electoral para este año.

En principio, las fuerzas más importantes son tres: el cristinismo-kirchnerismo, el massimo agrupado en el Frente Renovador y el Movimiento Derecho al Futuro, espacio que comanda el gobernador, que de este modo obtiene el reconocimiento de estar en pie de igualdad con el resto para discutir el armado.

“Esto es un avance importante, pero no quiere decir que se haya conseguido la unidad, todavía queda mucho por discutir”, explicaron a DIB fuentes presentes en el encuentro.

El lunes, Cristina Kirchner avanzó unilateralmente en la definición de una candidatura propia para diputada provincial por la tercera sección electoral, en un marco de tensión con Kicillof y luego de advertir que disiente con la estrategia de desdoblamiento de las elecciones que impuso el Gobernador. La suya es la única candidatura decidida en el PJ. Fue una definición en cuyo trasfondo aparece la posiblidad de que la Corte Suprema rechace el recurso de queja que presentó para que se revise el doble fallo condenatorio en su contra en la causa “Vialidad”. Si ocurre antes del 19 de julio, día del cierre de listas, la expresidenta, que además de a seis años de prisión también fue condenada a no ejercer cargos públicos, no podría presentarse a las elecciones.

El próximo paso  luego de esta reunión –que se realizó en un  “escenario neutral” y con “tono resppetuoso”- será designar los representantes de cada sector para avanzar con las negociaciones.

La unidad en el peronismo se discute en un marco de cuasi acuerdo entre LLA y PRO, que a diferencia de lo que ocurrió en las elecciones de 2023, irán juntos a esta elección en la Provincia. (DIB) AL

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Confirmaron la suspensión del decreto que transformó al Banco Nación en sociedad anónima

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La Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, con voto de los jueces Carlos Vallefín y Roberto Lemos Arias, confirmó la suspensión del decreto 116/2025 que dispuso la transformación del Banco de la Nación Argentina (BNA) en una sociedad anónima.

La decisión llegó en el marco de una acción promovida por trabajadores de la entidad en representación de todo el colectivo del Banco de la Nación Argentina, con el apoyo de la Asociación Bancaria como “amicus curiae”, en la que cuestionaron las acciones oficiales destinadas a la privatización de la entidad bancaria y requirieron, concretamente, la suspensión del decreto 116/2025 que dispuso la transformación del BNA en una sociedad anónima.

El juez de primera instancia admitió su planteo y decretó una medida cautelar suspensiva del decreto de referencia. Esa decisión fue apelada, tanto por el Estado Nacional como por el Banco de la Nación Argentina, y el tribunal de alzada la confirmó.

Sostuvo la Cámara Federal que los actores se encontraban legitimados para concurrir a la justicia a los fines de “cuestionar la regularidad constitucional de un decreto que transforma una entidad autárquica gobernada por el derecho público -que es su empleadora- en una sociedad anónima”. Asimismo, se destacó que la pretensión fue acompañada por una entidad gremial de primer grado que ejerce la representación de 17.400 afiliados en el país.

En torno a la medida cautelar, el Tribunal sostuvo que los requisitos para otorgar la medida se encontraban satisfechos. Explicó, en tal sentido, que se acreditaron sumariamente la verosimilitud del derecho, el peligro en la demora y la no afectación del interés público.

De tal modo, explicaron que “la privatización del Banco de la Nación Argentina fue objeto de exclusión del proyecto originario -remitido por el Poder Ejecutivo- que culminó con la sanción de la ley 27.742 de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos”.

Dicha exclusión, agregaron, “autoriza a concluir que el Congreso difirió a su juicio futuro examinar o no la modificación de la condición jurídica del Banco de la Nación Argentina establecida por ley” y que “el trámite parlamentario da cuenta, entonces, de que el Congreso de la Nación no incluyó a dicha institución entre las entidades privatizables”.

De tal modo, la Cámara Federal de La Plata concluyó que “la delegación que invoca el Poder Ejecutivo para resolver la transformación en una sociedad anónima no pueden aplicarse a una entidad a la que el Congreso no habilitó a modificar en su naturaleza”.

Dicha “delegación –expresaron los jueces de Cámara- que autoriza al Poder Ejecutivo a ‘reducir el sobredimensionamiento de la estructura estatal con el fin de disminuir el déficit’ no puede considerarse un patrón inteligible que lo habilite a modificar la naturaleza jurídica conferida por ley al Banco de la Nación Argentina”.

Con esos fundamentos, entonces, el tribunal rechazó los recursos de apelación y confirmó la suspensión del decreto 116/2025. (DIB)

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Principio de Inocencia Fiscal: presentaron el proyecto para blindar el uso de dólares del colchón

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El Gobierno de Javier Milei ingresó ya al Congreso el proyecto de ley con el que busca blindar el uso de los “dólares del colchón”: se trata del Proyecto de Ley de Principio de Inocencia Fiscal, por el cual se bloqueará la posibilidad de una investigación fiscal sobre operaciones realizadas con dólares sin declarar su origen.

La presentación fue realizada por el presidente de la Comisión de Economía de Diputados, José Luis Espert y el titular de ARBA, Juan Paso. Espert dijo que quienes dólares sin declarar no están den deuda con el Estado, sino que es el Estado -los “políticos”- el que está en deuda con ellos. “Se terminó el régimen persecutorio”, dijo Espert.

“Para nosotros, tiene que regir el principio de inocencia fiscal. Por eso el objetivo de este proyecto es blindar al ciudadano de bien que ahorró y preservó su ahorro del descalabro de la casta política, para que tenga la posibilidad de formalizar ese ahorro sin que lo persiga el fisco”, aclaró el Diputado.

Los diputados y senadores de la Nación tienen que elegir entre acompañar el proyecto y que los argentinos sean libres y normalicen su situación patrimonial o se oponen y condenan a los argentinos a esconder sus ahorros bien habidos”, señaló el diputado.

Y apuntó contra los mandatarios provinciales: “Este mensaje también va para los gobernadores que no adhirieron. Para el soviético de Axel Kicillof, que arruinó la provincia, para La Pampa, Formosa, Tierra del Fuego, La Rioja, Santa Cruz, Santiago del Estero y Santa Fe”.

Los cambios

Entre los principales cambios, se actualizan los umbrales a partir de los cuales se castiga la defraudación del fisco, se reducen los plazos de vencimiento de las obligaciones tributarias y se establecen los lineamientos jurídicos del nuevo régimen simplificado de declaración jurada para el impuesto a las Ganancias.

El proyecto establece un monto de más de $ 100 millones para que se configure el delito de evasión simple, con penas de prisión de 2 a 6 años, y de $ 1.000 millones para evasión agravada. Se trata de un aumento considerable respecto del importe previo de $ 1,5 millones y $ 15 millones, respectivamente.

Históricamente, se castigaba a grandes evasores y comenzaban en US$ 100.000, cuando Mauricio Macri impuso la reforma penal tributaria. Ahora, con $ 1,5 millones equivalía a US$ 12.000, eran pequeñas evasiones. Se actualizan valores que habían quedado atrasados por la inflación“, explicó Martín Caranta, socio del Lisicki, Litvin & Abelovich.

La iniciativa incluye, por un lado, un cambio de paradigma en el régimen general y, por el otro, referido al blindaje del nuevo régimen simplificado de impuesto a las Ganancias. En el primero, se modifican los umbrales por los cuales el Estado “podía perseguir por evasor”, explicó Pazo.

Ahora hoy, en la Argentina, podían investigarte por evasor simple por diferencias de un millón y medio de pesos. Algo ridículo. A partir de ahora, estos límites aumentan significativamente”, detalló.

Causas y régimen simplificado

El titular de ARCA sostuvo que esto implica que de las alrededor de 7000 causas abiertas hoy en el fuero penal tributario, solo queden en curso 200. También se modifica el plazo de prescripción para la determinación tributaria de ARCA, que se disminuye de cinco a tres años, siempre que las empresas hayan presentado su declaración jurada en tiempo y forma.

“Con el nuevo criterio que presenta esta ley, los problemas impositivos se resuelven pagando. Vamos a darles todas las instancias para que normalicen su situación fiscal sin tener un problema penal”, comentó Pazo.

Ante la consulta de si quienes no entran al régimen simplificado de Ganancias quedarán fuera del blindaje, el titular de ARCA consideró una “excelente oportunidad” para que los monotributistas adhieran al mismo, con el incentivo de acceso al crédito.

El segundo esquema refiere a quienes adhieran al régimen simplificado de Ganancias, que podrán normalizar su situación pagando ganancias solo por la facturación e independientemente de su variación patrimonial. “La gente que adhiera al nuevo régimen, ARCA le calculará el monto a pagar solo por lo facturado durante ese período y sin importa cuánto haya aumentado su patrimonio”, señaló.

Y ejemplificó: “Si una persona compra cinco departamentos, Arca solo le cobrará ganancias por lo que haya facturados, menos los consumos deducibles”.

“Además, con esta ley garantizamos que ningún gobierno del futuro podrá persguirlos por su situación patrimonial pasada. Ninguna administración de otro signo político que busque avanzar con la persecución y tratar a los argentinos de bien como delincuentes”, agregó. (DIB)

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