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Senador del FdT pidió que Buenos Aires haga eje en la autonomía municipal

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El senador provincial de Frente de Todos, Paco Durañona, se expresó vía twitter tras la elección que se llevó adelante en Usuahia para llevar adelante la reforma de la Carta Orgánica, y celebró que sea la “comunidad debatiendo y legislando sobre el desarrollo local del Municipio”.

“Luego de 20 años, Ushuaia vuelve a llevar adelante un proceso democrático de reforma y modernización de su Carta Orgánica. Es la comunidad debatiendo y legislando sobre el desarrollo local del Municipio. Un ejemplo maravilloso de federalismo, arraigo y participación popular”, manifestó.

Para luego, exclamar: “¡Qué envidia! Pensar que los 135 Municipios de la Provincia de Buenos Aires se rigen por una única norma Provincial de hace 70 años y que la Constitución bonaerense no habla de autonomía Municipal, siendo que nos identificamos más como Confederación de 135 Municipios que como unidad provincial”.

En ese sentido, Durañona reflexionó: “Si verdaderamente amamos y consideramos a la PBA como la locomotora de un proyecto nacional, llegó el momento de seguir el camino de Ushuaia. Avanzar en un proceso de modernización territorial, geográfica, política e institucional, con eje central en la autonomía Municipal”.

Y mencionó que temas como la regionalización, el ambiente, la educación y salud, el hábitat, la producción local de alimentos, la promoción de la producción agroecológica, el aprovechamiento del suelo, la justicia en cada territorio, los servicios públicos, el transporte, la conectividad, los consumidores, la cultura, el turismo y las finanzas locales no forman parte de la agenda actual de la PBA”.

Y aseguró que “los municipios hacen malabares para ver cómo dar respuesta a las nuevas demandas ciudadanas”; y concluyó: “Es el gran debate de cara a 2023. Somos muchos los que pretendemos que el Peronismo lidere este nuevo ciclo fundamental”.

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Elecciones CABA 2025: ¿Qué pasa si no puedo ir a votar?

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En las elecciones legislativas porteñas del próximo domingo 18 de mayo, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos argentinos mayores de 18 y menores de 70 años con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Según supo Noticias Argentinas, quienes no concurran a votar y no justifiquen su ausencia ante la Justicia Electoral en los 60 días posteriores, serán sancionados con multas económicas de entre $50 y $500, de acuerdo al artículo 125 del Código Nacional Electoral.

Además de la multa, los infractores no podrán ser designados para ocupar cargos públicos durante los tres años siguientes a la elección y podrán enfrentar restricciones para realizar trámites oficiales, como la obtención del pasaporte.

Están exceptuados quienes acrediten causas justificadas como enfermedad, fuerza mayor o encontrarse a más de 500 kilómetros del lugar de votación, siempre que presenten la documentación correspondiente.

El Registro de Infractores al deber de votar está disponible en infractores.padron.gov.ar, donde también puede realizarse la justificación digital.

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Elecciones CABA 2025: ¿Desde cuándo y hasta cuándo hay veda electoral?

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A partir de las 8:00 del viernes 16 de mayo, comenzará a regir la veda electoral en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), de cara a las elecciones legislativas porteñas del domingo 18, en las que se renovarán 30 bancas de la Legislatura.

Según supo Noticias Argentinas, entre las principales restricciones establecidas por el Código Nacional Electoral se encuentra la prohibición de vender bebidas alcohólicas desde las 20 del sábado hasta las 21 del domingo, es decir, tres horas después del cierre de los comicios.

¿Qué estará prohibido durante la veda electoral?

La ley contempla una serie de prohibiciones que se extienden hasta las 21 del domingo 18:

  • Proselitismo electoral y difusión de encuestas: no se pueden realizar actos públicos de campaña ni difundir sondeos desde 48 horas antes del comicio.
  • Venta de alcohol: estará prohibida desde las 20 horas del sábado hasta las 21 del domingo.
  • Reuniones públicas y espectáculos: no se permiten reuniones de electores ni espectáculos públicos dentro del radio de 80 metros de los lugares de votación.
  • Apertura de locales partidarios: prohibidos dentro del radio de 80 metros de las mesas receptoras.
  • Uso de banderas o distintivos partidarios el día del comicio y durante 12 horas antes y tres horas después.
  • Fotografías de la boleta electrónica: está prohibido registrar imágenes del voto.

¿Qué pasa si se rompe la veda electoral?

El incumplimiento de la veda está contemplado en el Código Electoral y puede acarrear multas de entre $10.000 y $100.000, además de penas de prisión de entre 15 días y seis meses para quienes vendan bebidas alcohólicas fuera de horario. Las agrupaciones políticas pueden ser sancionadas con la pérdida del financiamiento público por hasta cuatro años.

¿Qué pasa si no voy a votar?

El voto es obligatorio para mayores de 18 y menores de 70 años. Si no se justifica la ausencia dentro de los 60 días posteriores, se aplican multas económicas de entre $50 y $500, y el infractor quedará registrado, lo que impide realizar trámites oficiales durante un año, como obtener el pasaporte o asumir cargos públicos.

Cuándo son las elecciones legislativas nacionales

Las elecciones nacionales se celebrarán el domingo 26 de octubre, cuando se renovarán:

  • 130 diputados nacionales (la mitad de la Cámara de Diputados).
  • 24 senadores nacionales, correspondientes a ocho provincias (un tercio del Senado).

Los legisladores asumirán sus cargos el 10 de diciembre de 2025.

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Senado: solicitan informes al Gobierno por el estado de implementación del Código Procesal Penal Federal

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El senador por la Unión Cívica Radical Maximiliano Abad (Buenos Aires) presentó ayer un pedido de informes al Poder Ejecutivo para que rinda cuentas sobre el estado de implementación del Código Procesal Penal Federal (CPPF), sancionado por la Ley N.º 27.150 en el año 2015.

La legislación original de la ley establecía que su implementación quería en manos de la Comisión Bicameral de Monitoreo e Implementación del CPPF, un organismo de carácter estrictamente parlamentario.

Sin embargo, en febrero de 2024, el Gobierno dictó un DNU por cual le transfirió al Ministerio de Justicia de la Nación todas las competencias de la Comisión Bicameral, entre ellas la de definir el cronograma de implementación.

La Comisión Bicameral, en el marco de sus atribución el 10 de junio de 2019, decidió que la jurisdicción correspondiente a la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, integrada por las provincias de Salta y Jujuy.

Esta fue la primera y, durante varios años, la única jurisdicción del país en adoptar de manera efectiva el nuevo régimen procesal.

Si bien Abad fundamentó su solicitud al sostener que comprende la facultad del Ejecutivo “para determinar el cronograma pueda estar justificado por la celeridad de su implementación“, consideró que el Congreso “debe contar con toda la información para poder monitorear” la implementación del CPPF.

Para el senador radical, esto quedó detallado en el inciso “e” de las atribuciones, que garantiza “el acceso a la información sobre los avances del proceso de implementación”.

A su vez, el representante de la provincia de Buenos Aires afirmó que no está cumpliendo de “forma cabal“.

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