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Política Nacional

Revés judicial para Lázaro Báez: rechazaron un pedido para obtener su libertad

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La Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso extraordinario presentado por la defensa del
empresario Lázaro Báez en su intento por obtener la libertad en la causa conocida como “la ruta del dinero K”.

El planteo había sido presentado en un desprendimiento del expediente principal, en el cual Báez fue condenado por lavado de activos agravado. 

Su defensa argumentó que la decisión judicial que mantenía su arresto domiciliario equivalía a una sentencia definitiva y que implicaba extender su prisión preventiva más allá de los plazos
legales.

El Tribunal Oral Federal número 4 había dispuesto que Báez continuara en arresto domiciliario bajo el Programa de Asistencia de Personas bajo Vigilancia Electrónica.

La decisión fue apelada ante la Cámara Federal de Casación Penal, cuya Sala IV rechazó el pedido. Ante esto, la defensa acudió a la Corte Suprema, que desestimó el recurso al considerar que no cumplía con los requisitos establecidos en el reglamento del máximo tribunal.

Además, la Corte intimó a la defensa de Báez a realizar un depósito estipulado en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial, bajo apercibimiento de ejecución.

Báez fue detenido en abril de 2016 por orden del juez federal Sebastián Casanello y permaneció en la cárcel de Ezeiza hasta julio de 2020, cuando se le otorgó la prisión domiciliaria. 

En 2021, fue condenado a doce años de prisión por lavado de dinero, pena que luego fue reducida a diez años por la Cámara de Casación.

El empresario también recibió condenas en 2022 por corrupción en la obra pública y en 2024 por apropiación indebida de aportes de empleados y por lavado de dinero vinculado a la compra de un campo en Uruguay.

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Los dólares del colchón: el Gobierno postergó el anuncio de las medidas

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El vocero presidencial Manuel Adorni informó que el Gobierno decidió postergar el anuncio de las medidas vinculadas con el uso de dólares fuera del sistema formal. A través de un mensaje publicado en su cuenta oficial de X, expresó: “No vamos a permitir que el kirchnerismo tenga la oportunidad de acusar de electoralista un paquete de medidas trascendentales”.

La habitual conferencia de prensa de Adorni, que estaba prevista para la mañana, había sido reprogramada para la tarde con el objetivo de oficializar esos anuncios. Sin embargo, a pocos días de las elecciones legislativas en la Ciudad, el Gobierno resolvió suspender la presentación y postergar la difusión del paquete económico.

“No vamos a permitir que el kirchnerismo tenga la oportunidad de acusar de electoralista un paquete de medidas trascendentales para todos los ahorristas argentinos, el anuncio económico que tenía preparado el Gobierno Nacional para el día de hoy queda postergado”, remarcó Adorni.

Desde hace varias semanas, el Ejecutivo viene trabajando en una estrategia para captar alrededor de US$ 200.000 millones que, según estimaciones de Casa Rosada, permanecen fuera del sistema formal. Las medidas apuntarían a incentivar el ingreso de esos fondos al circuito legal sin exigir la justificación de su origen. (DIB) GML

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Vialidad: el Procurador pidió a la Corte que Cristina sea condenada a 12 años de prisión

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El procurador general de la Nación, Eduardo Casal, le pidió este jueves a la Corte Suprema de Justicia que la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner sea condenada a 12 años de prisión por asociación ilícita en la causa de Vialidad por la obra pública en Santa Cruz. Ahora empieza a correr el plazo para que el máximo tribunal del país tome una decisión.

Casal sostuvo el reclamo del fiscal general Mario Villar,al entender que además del delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado, se le tiene que atribuir el de asociación ilícita en carácter de jefa. En su dictamen de 13 páginas, mantuvo la postura de la Fiscalía de agravar la actual condena de la ex mandataria de seis años de prisión por administración fraudulenta, un mayor decomiso de sus bienes y que la absolución a favor de Julio De Vido sea revocada.

El procurador consideró que la sentencia de la Cámara incurrió en una “causal definida de arbitrariedad” por omitir responder argumentos clave de la fiscalía y aplicar interpretaciones consideradas incorrectas sobre la figura de la asociación ilícita, la doctrina del “hecho único” en la administración fraudulenta, la valoración de la prueba y la cuantificación del decomiso. El dictamen de la Procuración cuestiona principalmente las absoluciones por el delito de asociación ilícita y la reducción del decomiso.

El Tribunal Oral Federal 2 de Comodoro Py que la condenó en diciembre de 2022 y Casación que confirmó el fallo en noviembre de 2024 señalaron, ambos por dos votos contra uno, que no hubo asociación ilícita porque tomaron como un único hecho las irregularidades en las 51 obras públicas que de 2003 a 2015 -los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner- recibieron las empresas de Lázaro Báez. Para los jueces no hubo una pluralidad de delitos que lleven a una asociación ilícita.

La Corte, a partir de ahora, estará en condiciones de estudiar el expediente y resolver si confirma o no la sentencia acusatoria que tiene dos efectos inmediatos: la privación de la libertad y la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos. Este último punto es el que, en caso que lo decida, no le permitiría ser candidata a las elecciones legislativas nacionales de octubre.

Sin embargo, hay otros recursos de queja presentados que permanecen en la Corte. Todos tienen un común denominador y apuntan a anular el fallo de la Cámara de Casación que confirmó la sentencia que en diciembre de 2022 dictó el TOF 2. (DIB)

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Elecciones CABA 2025: ¿Qué pasa si no puedo ir a votar?

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En las elecciones legislativas porteñas del próximo domingo 18 de mayo, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos argentinos mayores de 18 y menores de 70 años con domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Según supo Noticias Argentinas, quienes no concurran a votar y no justifiquen su ausencia ante la Justicia Electoral en los 60 días posteriores, serán sancionados con multas económicas de entre $50 y $500, de acuerdo al artículo 125 del Código Nacional Electoral.

Además de la multa, los infractores no podrán ser designados para ocupar cargos públicos durante los tres años siguientes a la elección y podrán enfrentar restricciones para realizar trámites oficiales, como la obtención del pasaporte.

Están exceptuados quienes acrediten causas justificadas como enfermedad, fuerza mayor o encontrarse a más de 500 kilómetros del lugar de votación, siempre que presenten la documentación correspondiente.

El Registro de Infractores al deber de votar está disponible en infractores.padron.gov.ar, donde también puede realizarse la justificación digital.

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