La situación electoral de Cristina Kirchner abrió un nuevo frente judicial y político. A pesar de que el Código Electoral y el Código Penal establecen que quienes tienen una condena firme por delito doloso no pueden votar, la expresidenta aparece habilitada en el padrón. Esto ocurre porque esa misma prohibición fue declarada inconstitucional en distintos fallos judiciales, lo que dejó un escenario de contradicción normativa.
El abogado constitucionalista Patricio Nazareno describió el caso como un “momento gris” de transición: “Ocurre que esta norma fue declarada inconstitucional, pero todavía no se derogó ni se implementó un mecanismo adecuado”. En ese sentido, señaló que si los presos en otras cárceles del país pueden ejercer el sufragio, tampoco debería impedírselo a la exmandataria.
El debate cobró fuerza luego de que la jueza federal de Río Gallegos, Mariela Borruto, rechazara la orden del Tribunal Superior de Justicia que exigía excluir del padrón a Cristina Kirchner y a otros condenados de la Causa Vialidad. Borruto sostuvo que la aplicación de los artículos 3 del Código Nacional Electoral y 12 y 19 del Código Penal resulta inconstitucional, ya que “restringir el derecho al voto de un condenado, sin haber realizado evaluaciones previas de su salud mental, conformaría un atentado a las garantías de los procesados”.
La magistrada recordó además los antecedentes de los fallos Zelaya y Orazi, que avalaron el derecho al voto de personas privadas de la libertad, y se respaldó en estándares internacionales: “Privar el derecho a votar infringe los estándares de nuestro más alto tribunal, ello sin perder de vista que las normas cuestionadas no superan los estándares de legalidad, necesidad y proporcionalidad exigidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.
Pese a esa decisión, el fiscal Julio Zárate apeló el fallo de Borruto y elevó la disputa a la Cámara Electoral. Argumentó que, en el caso de Cristina Kirchner, se trata de delitos agravados por corrupción y daño al Estado, lo que justificaría limitar el ejercicio de sus derechos políticos.
De este modo, la controversia no gira solo en torno a la expresidenta. Expone un vacío legal: mientras la norma que prohíbe votar a condenados sigue vigente en los códigos, la jurisprudencia la declaró inaplicable hace años. Como enfatizó Nazareno, “estas cosas no hay que discutirlas con nombre y apellido”, porque el verdadero eje es la coherencia del sistema.
La definición final quedará en manos de la Cámara Nacional Electoral, que deberá resolver si Cristina Kirchner mantiene su condición de votante o si corresponde aplicar de manera estricta la prohibición todavía escrita en la ley.