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Cuáles son los requisitos para acceder al plan de Jubilación Anticipada

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El Gobierno nacional oficializó las condiciones y requisitos necesarios para que las personas puedan acceder al plan de Jubilación Anticipada anunciado días atrás en Casa Rosada.

Tal como se había comunicado oportunamente, este beneficio extraordinario está destinado a los trabajadores en situación de desempleo que acrediten 30 años de aportes y hayan cumplido la edad de 60 años en el caso de los varones y 55 años en el de las mujeres.

Respecto a la situación de desempleo, se afirma que quien pida el beneficio debe verificar esa condición “al 30 de junio de 2021 y mantenerse a la fecha de solicitud de la Prestación Anticipada, así como durante todo el período de percepción de la misma”.

Así lo formaliza la Resolución 21/2021 de la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que lleva la firma de su titular, Luis Guillermo Bulit, y fue publicada este viernes en el Boletín Oficial.

“A fin de constatar dicha situación la persona debe encontrarse residiendo en el país (en los últimos 90 días corridos) y permanecer en el territorio durante el lapso mencionado. El reingreso laboral posterior a la solicitud del beneficio o la no residencia en el país, importará la pérdida del derecho a la prestación”, añade el texto de la norma.

La resolución aclara distintos puntos que hacen al beneficio, entre ellos, que para el cálculo de aportes “no se computarán servicios fictos, bajo declaración jurada, servicios amparados en esquemas de regularización de deudas previsionales, o por cualquier otra modalidad que no implique la prestación efectiva de servicios con aportes acreditados al Sistema de Seguridad Social”.

Por otra parte, para el caso de trabajadores que aportan a “regímenes diferenciales” que exigen menos de 30 años de servicios, se considerará que podrán acceder habiendo cumplido el tiempo mínimo que exige el régimen diferencial.

Además se señala que no corresponderá esta prestación en caso de que el solicitante haya computado “servicios reconocidos por Convenios Internacionales de Seguridad Social” y se encuentre percibiendo alguna prestación por parte de otro Estado.

La fecha inicial de pago de la Jubilación Anticipada será la de su solicitud, siempre que a esa fecha se reúnan todos los requisitos establecidos y, en el supuesto que la persona solicitante se encuentre percibiendo un beneficio incompatible con dicha prestación, la fecha inicial de pago será la del día posterior a la de la baja del citado beneficio, siempre que esto tuviera lugar luego de efectuada la solicitud

Al tener un carácter “extraordinario”, no corresponde su otorgamiento “cuando la persona afiliada tenga derecho a un beneficio de tipo ordinario, sea de Jubilación o Retiro por Invalidez”.

(InfomiBA)

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Victoria Villarruel dejó un mensaje por el Viernes Santo: ¿reflexión religiosa o chicana política hacia adentro?

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La vicepresidenta, Victoria Villarruel, compartió un mensaje en su cuenta de X en el marco de la Semana Santa y, particularmente, en este Viernes Santo, que conmemora la Pasión de Cristo.

Si bien la aparente intención de la Vicemandataria fue dejar una reflexión religiosa, el lenguaje es polisémico y podría haber abierto, adrede, un abanico de posibilidades interpretativas.

Lo cierto es que en su posteo, entre líneas, podría leerse el vínculo desgastado que tiene con el presidente, Javier Milei, y los dos integrantes de su mesa chica, la Secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, y el asesor todoterreno, Santiago Caputo.

“Que aprendamos de Dios hecho Hombre a cargar nuestras cruces, soportar los desprecios y levantarnos nuevamente ante el peso de nuestro madero”, escribió Villarruel en su cuenta de X, donde remarcó la fortaleza que deviene del sufrimiento y las traiciones.

“Hoy Viernes Santo, Nuestro Señor Jesucristo sufre la flagelación, la coronación de espinas, el camino del calvario con la cruz a cuestas y su Crucifixión y muerte. Es un día de duelo para los cristianos, por eso acompañemos con nuestras oraciones, ayuno y abstinencia a los que sufren, a los que son perseguidos por nuestra Fe, a Cristo golpeado y lacerado”, sumó Villarruel. Y añadió: “Que el escarnio, los insultos, las traiciones no nos distraigan de lo importante en esta vida, luchar y ganar la vida eterna. ¡Al final Cristo vencerá a la muerte!”. A buen lector, múltiples sentidos. (DIB) ACR

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Milei se refirió a los aumentos de precios en las listas de proveedores y dejó un consejo para los consumidores

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En el marco de las medidas económicas recientes definidas por su gestión, el presidente, Javier Milei, dio un mensaje a los consumidores desde sus redes y pidió que haya un cambio de conducta ante los aumentos en los productos de primera necesidad.

En medio de la creciente tensión entre supermercados y empresas proveedoras de alimentos y productos de higiene por los aumentos en las listas de precios tras la salida del “cepo” cambiario, Milei sostuvo: “Si te aumentan el precio, no compres”.

El mandatario utilizó su cuenta de Instagram para realizar su planteo a la ciudadanía, a partir de una viñeta del dibujante Nik en la que aparece su personaje Gaturro con el ceño fruncido, haciendo el gesto de “alto” con la mano, donde se lee la frase que funcionó como consejo al consumidor, a modo de advertencia y presentando una lectura de la actualidad.

Por su parte, el presidente de la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), Víctor Palpacelli, indicó en declaraciones radiales que se encuentran en plena negociación con los proveedores para no trasladar a las góndolas las listas de precios con aumentos de hasta 12% que las alimenticias enviaron tras la implementación del nuevo esquema cambiario.

Las empresas que habían presentado listas remarcadas entre un 9% y un 12% fueron, entre otras, Unilever y Molinos.

El propio ministro de Economía, Luis Caputo, celebró que las cadenas de supermercados rechazaran esas listas. “Hoy los supermercados grandes rechazaron la mercadería con lista de precios nueva de Unilever y Molinos con alzas de 9% a 12%”, destacó en su cuenta de X. (DIB) ACR

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Sienta precedente: declaran inconstitucional la designación de García-Mansilla y Lijo para la Corte

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El juez Alejo Ramos Padilla declaró la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del decreto presidencial que había dispuesto el nombramiento en comisión como jueces de la Corte Suprema de Manuel García-Mansilla y de Ariel Lijo.

De esta manera, el magistrado a cargo del Juzgado Federal Número 2 de La Plata, dictó sentencia definitiva en el amparo iniciado por distintas organizaciones que solicitaban declarar la nulidad e inconstitucionalidad del Decreto N°137/2025. Pese a que García-Mansilla renunció tras estar 40 días en el cargo y Lijo nunca asumió, el fallo busca sentar un precedente para evitar otras maniobras similares del Ejecutivo en un futuro.

“La Corte Suprema sostuvo que puede funcionar adecuadamente con tres miembros e indicó el mecanismo específico para su integración con conjueces en los casos excepcionales donde no se lograra el acuerdo necesario para tomar una decisión”, argumentó Ramos Padilla. Y sostuvo que “el nombramiento en comisión del García-Mansilla resulta más perjudicial para el sistema de administración de justicia, la división de poderes y la independencia judicial que acudir a la designación de conjueces”.

La decisión de Milei, acompañado por sus ministros, de impulsar mediante un decreto la designación de jueces en comisión “es violatoria de la forma republicana de gobierno, de la división de poderes, de la independencia del Poder Judicial y de la garantía del juez imparcial”, remarcó el juez federal en el fallo.

En ese sentido, defendió el procedimiento vigente al señalar que, tanto la necesidad de contar con un adecuado sistema de nombramiento de jueces que garantice la independencia judicial” como la aprobación de los pliegos a través “de una mayoría agravada en el Senado”, acompaña la jurisprudencia de la Corte Suprema “dictada con posterioridad a la reforma constitucional de 1994 y con distintos precedentes de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

A fines de febrero, Milei decidió avanzar con la firma de un decreto para nombrar en comisión a Lijo y García-Mansilla, pese a no contar con el apoyo del Senado. Entre los fundamentos esgrimidos, indicó que la Constitución faculta al mandatario nacional a “llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”.

El decreto finalmente llegó al Senado el 3 de abril. En una sesión especial, los nombramientos propuestos no lograron alcanzar las dos terceras partes de los votos necesarios y fueron rechazados. Días después, García-Mansilla presentó su renuncia, y ahora, tras dos semanas, el juez le dio un nuevo revés al Ejecutivo. (DIB)

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