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La AFIP vigila las compras con tarjeta de débito: hasta qué montos se podrá gastar sin controles

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La AFIP actualizará desde el 1° de mayo los montos mínimos a partir de los cuales los bancos deben informar los movimientos en las cuentas bancarias y tarjetas de contribuyentes de todo el país. La última actualización se había realizado en 2022.

La normativa de la autoridad tributaria, que se publicó ayer en el Boletín Oficial, incrementó de $30.000 a $120.000 el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar consumos con tarjeta de débito. Asimismo, la Resolución General 5138/2022 lleva de $90.000 a $200.000 la cifra mínima para informar las acreditaciones mensuales, extracciones mensuales, saldos de las cuentas y los depósitos a plazo fijo.

Esto significa que cada compra que un usuario de tarjeta de débito, es decir, sin financiación como sucede con las tarjetas de crédito, realice por encima de los $120.000 deberá ser reportada por el banco que emitió ese plástico a la AFIP.

La normativa actualizada queda de la siguiente manera.

Las entidades financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526 y sus modificaciones, deberán informar:

a) Las altas, bajas y modificaciones que se produzcan dentro de cada mes calendario, respecto de la nómina de las cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales -todas abiertas de conformidad con lo dispuesto por el Banco Central de la República Argentina en los textos ordenados denominados “Depósitos de ahorro, cuenta sueldo y especiales”, “Cuentas a la vista abiertas en las cajas de crédito cooperativas” y “Reglamentación de la cuenta corriente bancaria”-, así como cualquier otro tipo de cuenta que dicha autoridad establezca en el futuro, constituidas en sus casas matrices, filiales y sucursales, ubicadas en el país.

b) El monto total acumulado de las acreditaciones mensuales efectuadas en las cuentas indicadas en el inciso anterior, en moneda argentina o extranjera, cuando el mismo resulte igual o superior a DOSCIENTOS MIL PESOS ($ 200.000.-).

c) El monto total acumulado de las extracciones mensuales en efectivo efectuadas de las cuentas indicadas en el inciso a), en moneda argentina o extranjera, cuando el mismo resulte igual o superior a DOSCIENTOS MIL PESOS ($ 200.000.-).

d) Los saldos de las cuentas mencionadas en el inciso a) que, al último día hábil del período mensual informado, resulten iguales o superiores en el mes -en valores absolutos- a DOSCIENTOS MIL PESOS ($ 200.000.-). Por lo expuesto, deberán considerarse los importes positivos y negativos.

e) El monto total acumulado de los depósitos a plazo constituidos en el período mensual de información, cuando el mismo resulte igual o superior a DOSCIENTOS MIL PESOS ($ 200.000.-).

f) Los consumos con tarjetas de débito del titular y/o adicionales -excluyendo los montos de extracciones en efectivo y cualquier otro monto que no implique consumo- en el país, cuando los montos acumulados sean iguales o superiores a CIENTO VEINTE MIL PESOS ($ 120.000.-) mensuales en cada cuenta informada en el inciso a).

g) Los consumos con tarjetas de débito en el exterior, realizados por el titular y/o adicionales.

h) Las cobranzas de cheques por honorarios profesionales emitidos por juzgados u organismos del Poder Judicial, ya sea que se cobren mediante la acreditación en cuenta, transferencia bancaria o en efectivo por ventanilla.i) Los datos identificatorios de los sujetos intervinientes en las operaciones aludidas en los incisos precedentes.

j) De tratarse de las cuentas denominadas ‘Cuenta especial repatriación de fondos – Resolución General AFIP Nº 4816/2020 y sus modificatorias’, ‘Cuenta especial repatriación de fondos – Aporte solidario y extraordinario. Ley 27.605′, ‘Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar). Ley 27.613′, ‘Caja de Ahorros Repatriación – Ley Nº 27.541′, ‘Cuenta Especial para Titulares con Actividad Agrícola – Comunicación ‘A’ 7556′ y ‘Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Inversión y Producción Argentina (CEPRO.Ar). Ley 27.701′, además de la información requerida en los incisos precedentes, deberán informarse los datos indicados en el Apartado IX del Anexo con relación a todos los créditos y débitos efectuados en dichas cuentas, sin considerar los montos mínimos previstos en los incisos de este artículo.

De acuerdo a información del Banco Central, a diciembre de 2022 había en vigencia 51.657.757 de tarjetas de débito emitidas por entidades financieras en manos del público. Además, existen 86 millones de cuentas de caja de ahorro abiertas en bancos.

La resolución de ayer también eleva los montos en el caso de los administradores de sistemas de procesamiento de pagos a través de plataformas de gestión electrónica o digital, incluyendo los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) -conocidas como billeteras virtuales- que fueron incorporadas a dicho régimen de información en julio de 2021.

Por último, el régimen aplica también cuando el tipo de operación, ya sea de ingreso o egreso (de efectivo, transferencia bancaria, en moneda extranjera, moneda digital) sea una transferencia bancaria o virtual, y esta iguale o supere los $ 400.000.

La actualización de los importes comenzará a regir para las operaciones que se efectúen a partir del 1 de mayo próximo, indica la resolución del organismo tributario.

(Infobae)

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Elecciones bonaerenses: El Gobierno dice que está 4 puntos abajo del peronismo

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El Gobierno maneja una reciente encuesta que lo estaría dando cuatro puntos debajo del peronismo en las elecciones legislativas de la provincia de Buenos Aires que se llevarán a cabo el próximo domingo y consideraron que sería “un triunfo” ser superados por ese margen en ese distrito no tan favorable para La Libertad Avanza.

“Tengo una encuesta que da cuatro puntos abajo del kirchnerismo. Para nosotros es un triunfo sacar entre cero y cinco puntos por debajo de ellos”, sostuvo uno de los más encumbrados miembros del Gobierno en declaraciones a un grupo de periodistas acreditados en Casa Rosada.

Consultado sobre ese posible escenario para la votación del domingo, agregó: “Se dieron un montón de factores, las elecciones desdobladas, esta campaña de desprestigio, etc. Así que para nosotros es óptimo estar cuatro puntos abajo de los K. Canto victoria”, insistió el dirigente libertario.

Sobre el escándalo de las escuchas a Karina Milei, negó de plano que las grabaciones hayan sido realizadas por integrantes del Ejecutivo: “No son funcionarios ni gente de adentro del Gobierno. Esto vino de afuera. Está comprobado que células rusas están en la Argentina para llevar adelante una campaña de desinformación. Esta descontado que haya sido una operación interna”, planteó en línea con lo dicho por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich.

“Es una campaña organizada para desinformar. Es externo para desestabilizar al gobierno”, insistió.

Y detalló: “Karina fue el viernes a hacer la denuncia. No es casual que los audios lo tengan periodistas identificados con el kirchnerismo. Después de las denuncias hay que esperar a la Justicia”.

De cara al acto de cierre de campaña de LLA el próximo miércoles en el municipio de Moreno, esta fuente adelantó que se reforzará “la seguridad del presidente Javier Milei y de Karina”, tras los incidentes en Lomas de Zamora y Corrientes.

Por último, sobre la visita que hará Milei a Los Ángeles y Las Vegas tras el cierre de campaña y antes de la votación del domingo, destacó el poder financiero de los empresarios con los que se reunirá el Presidente, rechazó las críticas por asistir a la obra de teatro de su ex pareja Fátima Florez  en la llamada “Ciudad del pecado” y cerró con un jocoso: “Ya que está ahí, que se juegue unas fichas en uno de los casinos”.

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El juez que prohibió publicar los audios de Karina Milei enfrenta nueve denuncias

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El juez federal en lo civil y comercial Alejandro Patricio Maraniello, quien hoy ordenó frenar la difusión de los audios atribuidos a Karina Milei, carga sobre sus espaldas un extenso historial de denuncias en el Consejo de la Magistratura. Nueve expedientes fueron abiertos en su contra, de los cuales cinco corresponden a casos de presunto acoso sexual contra empleadas de su juzgado.

La notificación formal de los cargos se produjo la semana pasada. De acuerdo con el reglamento, el magistrado tiene veinte días hábiles para presentar su descargo por escrito ante la Comisión de Disciplina, presidida por el abogado César Grau. Allí se definirá si las denuncias ameritan sanciones administrativas o si deben ser giradas a la Comisión de Acusación, instancia que podría pedir su remoción.

Las acusaciones contra el juez Alejandro Maraniello

Las acusaciones contra Maraniello incluyen abuso de poder, acoso laboral y sexual, maltrato a empleados y uso indebido de recursos públicos. Una de las empleadas denunció que, a pocos días de haber ingresado al juzgado, fue citada por el magistrado fuera del horario laboral. Según su testimonio, allí sufrió tocamientos y besos no consentidos, y se vio luego forzada a mantener relaciones sexuales para terminar con la situación.

Otra trabajadora aseguró haber recibido mensajes a través de redes sociales, además de comentarios reiterados sobre su vestimenta y hostigamiento laboral tras rechazar avances personales. Relató que padeció acercamientos físicos no deseados y terminó en tratamiento médico por depresión y pensamientos suicidas. La denuncia fue elevada a la Unidad de Bienestar Laboral y también tomó intervención la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres, a cargo de la fiscal Mariana Labozzetta.

Consigna policial

El gremio judicial Aefpjn alertó ya en septiembre de 2024 sobre el clima de violencia en el juzgado de Maraniello y reclamó la presencia de consigna policial para resguardar la integridad física y psíquica de los empleados. Desde entonces, el juzgado cuenta con presencia policial en horario laboral.

Algunos expedientes permanecen bajo reserva, remitidos por la Cámara Contencioso Administrativa y por la Oficina de Bienestar Judicial. Sin embargo, testimonios de empleados actuales y exempleados permiten reconstruir un patrón de conductas abusivas. Una de las denunciantes subrayó su situación de vulnerabilidad: hija de un camionero, ingresó como trabajadora interina para sostener sus estudios universitarios, siendo la primera de su familia en acceder a la educación superior.

El fallo que prohíbe difundir los audios de Karina Milei

La gravedad de las acusaciones coincide en el tiempo con el protagonismo que adquirió Maraniello al dictar la medida cautelar solicitada por el Gobierno para prohibir la difusión de los audios de Karina Milei grabados dentro de la Casa Rosada.

El fallo, con alcance a cualquier medio, plataforma o red social, fue celebrado por la Casa Rosada, que sostiene que la filtración respondió a una “operación de inteligencia no institucional” destinada a desestabilizar al Ejecutivo en plena campaña electoral.

La denuncia oficial, presentada por el Ministerio de Seguridad a cargo de Patricia Bullrich, habla de una maniobra golpista y responsabiliza a sectores de la oposición. El expediente quedó radicado en el Juzgado Federal N.º 10, a cargo de Julián Ercolini. Además, se pidió allanar las oficinas del canal de streaming Carnaval, desde donde se difundieron los materiales, y se apuntó contra allegados de la diputada Marcela Pagano.

En el oficialismo preocupa el impacto político de la filtración, tanto por la desmotivación en la militancia como por el riesgo de que la crisis se profundice si no logran un buen resultado en las próximas elecciones legislativas. La coincidencia entre la resolución judicial de Maraniello y la situación personal del magistrado agrega un condimento de alto voltaje institucional.

Mientras se desarrolla el proceso disciplinario, Maraniello sigue en funciones. La Comisión de Disciplina del Consejo de la Magistratura deberá resolver en las próximas semanas si las denuncias prosperan y si corresponde avanzar hacia un eventual pedido de remoción.

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La Justicia ordenó frenar la difusión de los audios atribuidos a Karina Milei

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El Gobierno presentó una denuncia en la Justicia Federal por una presunta “operación de inteligencia ilegal”, a raíz de la difusión de audios grabados en Casa Rosada de la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei. Paralelamente, un juez en lo Civil y Comercial ordenó el “cese inmediato” de su divulgación.

El vocero presidencial, Manuel Adorni, informó en su cuenta de X que el Ejecutivo “denunció ante la Justicia Federal una operación de inteligencia ilegal con el fin de desestabilizar al país en plena campaña electoral”. La presentación judicial fue impulsada por el Ministerio de Seguridad, a cargo de Patricia Bullrich, y quedó radicada en el Juzgado Federal N° 12.

“Se grabaron conversaciones privadas de Karina Milei y otros funcionarios, las que fueron manipuladas y difundidas para condicionar al Poder Ejecutivo. No fue una filtración. Fue un ataque ilegal, planificado y dirigido”, aseguró Adorni. Más tarde, el funcionario celebró en la misma red social la decisión del juez Alejandro Patricio Maraniello, quien resolvió que “la Justicia reconoció que se trata de una violación grave a la privacidad institucional y no un caso de libertad de expresión”.

El magistrado dictó una medida cautelar que prohíbe la publicación del material difundido el 29 de agosto, ordenando el cese de su circulación “a través de cualquier medio de comunicación de forma escrita y/o audiovisual y/o a través de redes sociales desde todo sitio, plataforma y/o canal web”. En la resolución se especificó: “Decretase la medida cautelar ordenando, solamente el cese de la difusión únicamente de los audios grabados en la Casa de Gobierno de la Nación, anunciados el día 29/08/2025… que sean atribuidos a la Sra. Karina Elizabeth Milei”.

Para garantizar el cumplimiento, se dispuso el envío de un oficio al Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), con habilitación de días y horas inhábiles.

Los audios atribuidos a Karina Milei

La controversia comenzó el viernes, cuando se difundió un fragmento en el que se escuchaba a la hermana del Presidente pedir “unidad” en la interna libertaria. Desde Presidencia sostuvieron que la emisión en el canal de streaming “Carnaval” tuvo como fin “generar caos, desinformación y condicionar ilegítimamente las próximas elecciones legislativas y nacionales”. Además, señalaron entre los responsables al periodista Mauro Federico, el empresario Pablo Toviggino, el conductor Jorge Rial -“que hace pocas semanas declaró que había que espiar al presidente Javier Milei”- y el abogado Franco Bindi.

En la denuncia, recuerda la agencia Noticias Argentinas, el Gobierno remarcó “la gravedad de los hechos denunciados, consistentes en la captación, edición, manipulación, tergiversación y difusión clandestina de audios obtenidos mediante prácticas de espionaje ilegal”, y reclamó una “medida cautelar urgente” que impida su circulación “en resguardo de la legalidad, la vigencia del Estado de Derecho y la transparencia de los procesos democráticos”. (DIB) GML

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