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Se confirmó que el acuerdo firmado por Macri con el Correo fue perjudicial

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El juez Ariel Lijo investiga la posible comisión de delitos por parte de ex funcionarios del gobierno de Mauricio Macri.

Un estudio sobre el acuerdo que en 2016 aceptó el Estado nacional para que la empresa Correo Argentino S.A. saldara su deuda concursal confirma lo sostenido por la fiscal ante la Cámara Comercial Gabriela Boquín, quien impugnó aquel convenio por considerarlo “abusivo”.

En junio de 2016 el Correo Argentino -propiedad de la familia Macri- propuso en la justicia comercial un acuerdo por la deuda que fue aceptado por el Estado nacional: en aquel momento, Mauricio Macri era el presidente de la Nación. La fiscal Boquín se opuso a lo presentado por el Correo porque interpretó que era perjudicial para el Estado y el acuerdo nunca se concretó.

A raíz del dictamen de Boquín se realizaron varias denuncias -una de ellas de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas- y se inició una causa judicial que está a cargo del juez Ariel Lijo, en la que se investiga si los funcionarios públicos que actuaron en nombre del Estado nacional y los representantes del Correo cometieron algún delito. Lijo le encargó el año pasado un estudio sobre el Caso Correo a la Dirección de Asistencia a la Justicia en Delitos Complejos y Crimen Organizado (Dajudeco) que depende de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y es dirigida por Juan Tomás Rodríguez Ponte.

El estudio -al que accedió a través de fuentes vinculadas al caso- abarca varios tópicos. Se realizó, según explicaron las fuentes, un análisis genérico del proceso concursal, la normativa y la jurispridencia que se aplica a un concurso en general. Luego, los especialistas de la Dajudeco analizaron una por una las propuestas que hizo el Correo ante la justicia comercial para pagar la deuda entre 2003 y 2015. Todas aquellas propuestas fueron rechazadas por el Estado nacional que es el principal acreedor del Correo. La deuda original del Grupo Macri por el canon del Correo Argentino al momento de rescisión del contrato por parte del gobierno de Néstor Kirchner era de 296 millones de pesos.

La parte más relevante del estudio de la Dajudeco es la referida al aspecto económico-financiero. Los expertos combinaron diferentes tasas de interés y coeficientes de ajustes para calcular la actualización del crédito que había verificado el Estado. El estudio debió responder cuál era la quita que se le hizo a la empresa Correo en la propuesta. La cantidad de cuotas a abonar y el monto de cada una de ellas fueron las variables tomadas por los expertos para realizar el cálculo del porcentaje de quita.

Se hicieron 126 combinaciones posibles y, según lo establecido por los analistas de la Dajudeco, en todos los casos la quita era de al menos el 92%, una cifra muy cercana a lo que había establecido Boquín en 2016.

En su momento la fiscal de Cámara había encargado un análisis a la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones (DAFI) de la Procuración General de la Nación, que había determinado que “el valor real de la propuesta rechazada implicaba una quita del 99,16% y la propuesta aceptada, implica una quita velada del orden del 98,82%”.

La fiscal había concluido: “Así, de convalidarse la conformidad prestada por el Estado Nacional, éste resignaría sustancialmente el crédito debido por la concursada, aceptando la cancelación del mismo con la percepción de un valor insignificante en términos de valor presente”. El plan de pagos propuesto por el Correo y aceptado por el Estado en 2016 y nunca homologado implicaba el pago en cuotas hasta el año 2033. En la última cuota se pagarían más de 250 millones de pesos lo que implica, según los expertos, una licuación de la deuda.

Boquín había dicho que la propuesta aceptada “es abusiva, implica perjuicio fiscal y su irregular aceptación perjudica gravemente el patrimonio del Estado Nacional” y que la aceptación implica “reducir el crédito del Estado Nacional a una suma inadmisible”, por “resultar equiparable a una condonación de la deuda”.

Lijo ya citó a indagatoria y aún no resolvió la situación procesal del Oscar Aguad, quien fuera ministro de Comunicaciones de Macri -luego fue ministro de Defensa- cuando se cerró el acuerdo que finalmente no se concretó. También fueron indagados Juan Manuel Mocoroa, encargado de Legales del Ministerio de Comunicaciones, el presidente del directorio de Correo Argentino, Jaime Cibils Robirosa, y el representante legal de la empresa, Jaime Leonardo Kleidermacher. Todos negaron haber cometido delito

Cuando pidió la indagatoria de los hasta ahora indagados, el fiscal federal Gerardo Pollicita había señalado que “la maniobra a través de la cual, el entonces Ministro de Comunicaciones de la Nación, Oscar Aguad, teniendo asignado dentro del ámbito de su competencia el cuidado del patrimonio público consistente en el crédito por $296.205.376 que el Estado Nacional verificó en el expediente concursal n° 94.360/01 en contra de la firma Correo Argentino S.A., omitió obrar con la lealtad y la diligencia de un buen hombre de negocios, conforme lo exigía la normativa que regulaba su accionar y los precedentes jurisprudenciales en materia comercial, obligando a la administración pública a aceptar una quita abusiva de su crédito ocasionando un ilegítimo beneficio a la empresa involucrada, contando para ello con el aporte necesario de Juan Manuel Mocoroa, Jaime Cibils Robirosa y Jaime Leonardo Kleidermacher”. Juan Pedro Zoni, quien fuera el fiscal original del caso imputó a Macri en la investigación. El ex presidente no fue citado a indagatoria.

Lijo aún no resolvió la situación procesal de los imputados. El resultado del estudio realizado por Dajudeco, que respalda lo que había dicho Boquín, puede implicar que la lista de indagados se amplíe.

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Diputados: el oficialismo avanzará con la reforma de la ley de Glaciares

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El oficialismo busca retomar la actividad parlamentaria luego de la Asamblea Legislativa con uno de los temas que tiene en agenda y que son de vital importancia para uno de los puntos en los que hizo hincapié en su discurso el Presidente de la Nación.

Este miércoles a las 10 de la mañana, la Cámara de Diputados comenzará a debatir en comisión la modificación de la ley de Glaciares, proyecto que llegó con media sanción del Senado y que es de relevancia para los proyectos mineros que buscan entrar en el Régimen Impositivo de Grandes Inversiones (RIGI) que tanto ponderó en su discurso Javier Milei.

Para esa hora está citado el plenario de las comisiones de Recursos Naturales y Conservación del Ambiente Humano y Asuntos Constitucionales para establecer un cronograma de trabajo para el tratamiento de la norma. La primera es presidida por el libertario sanjuanino José Peluc y la segunda por su compañero de bloque, el santafesino Nicolás Mayoraz.

La comisión que preside Peluc tiene 32 miembros, de los que 11 son de LLA y 10 de Unión por la Patria. Si se suman los aliados, PROUCRElijo CatamarcaIndependencia y Producción y Trabajo, tiene ocho votos más, por lo que tendría mayoría para dictaminar. Algo similar sucede en Asuntos Constitucionales con 36 miembros de los que 13 son libertarios, 12 son de UP, y el oficialismo podría sumar 4 votos más del PRO, los radicales e Innovación Federal. En ambos casos está el bloque Unidos -tiene 2 y 3 firmas respectivamente-, que podría acompañar al oficialismo teniendo en cuenta lo que votaron los senadores de Santa Fe y Córdoba.

Pero no solo el oficialismo y sus satélites podrían acompañar la medida. Hay 5 diputados del peronismo que provienen de provincias con perfiles mineros que podrían acompañar, si no es en las comisiones podría ser en el recinto.

Lo llamativo es que La Libertad Avanza que tiene por costumbre acelerar los tratamientos en las comisiones para evitar los debates, y mucho más cuando tiene el número para dictaminar, como es en este caso. Y mucho más cuando el proyecto de ley llega de la Casa Rosada.

En ese sentido, desde el bloque libertario aseguraron a Infobae que “mañana se va a fijar el cronograma” de cómo será el tratamiento, pero aclararon que la intención es que sea “ágil”. De todas formas, avisaron que se va a abrir “una instancia de escucha y diálogo con la sociedad civil antes de dictaminar”.

Milei dijo en su discurso frente a la Asamblea Legislativa que el RIGI es “la política de desarrollo más eficaz del siglo” y dijo que ya hay proyectos aprobados “por un total de u$s25.000 millones” y que hay en estudio solicitudes por otros u$s45.000 millones. De los 12 proyectos aprobados que ya tiene el RIGI, 4 son para producciones mineras en las provincias de SaltaCatamarca y dos en San Juan.

El resto de los proyectos se refieren a inversiones ligadas a la industria petrolera y gasífera.

La modificación de la norma en el Senado obtuvo 40 votos a favor, 31 en contra y solo 1 abstención; con votos divididos en el bloque radical y en el del peronismo con el acompañamiento de los ex gobernadores Sergio Uñac (San Juan) y Lucía Corpacci (Catamarca), dos provincias netamente mineras.

Un detalle no menor que puede marcar también el clima dentro del bloque de Unión por la Patria fue el voto de la senadora sanjuanina María Celeste Giménez Navarro. La senadora que proviene de una provincia minera milita en el espacio de La Cámpora en donde la directiva fue la de votar en contra del proyecto.

En el caso de Unión por la Patria el voto también será dividido teniendo en cuenta que algunos diputados fueron a la Asamblea Legislativa con carteles que decían “sin agua no hay mate” o “sin agua no hay vermut”.

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Establecieron quién será jefe de Gabinete interino en caso de la ausencia temporal de Manuel Adorni

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Manuel Adorni

Esta madrugada, el Gobierno nacional oficializó un nuevo esquema de sustitución temporal, en caso de que el jefe de Gabinete se ausentara de sus funciones. Anteriormente, podría ser reemplazado por los funcionarios que el Presidente eligiera, pero ahora quedará reservado para los titulares de Capital Humano y Defensa.

La actualización quedó asentada por medio de la publicación del Decreto N° 130/2026 en el Boletín Oficial, en donde se dispuso la sustitución del artículo 9 del Decreto N° 977, que fue publicado el 6 de julio de 1995. Según explicaron las autoridades, los cambios en la norma tienen el objetivo de “lograr un mejor funcionamiento de la Administración Pública Nacional”.

De acuerdo con lo establecido en el artículo original, “el Jefe de Gabinete de Ministros será reemplazado por el Ministro secretario que determine el Poder Ejecutivo nacional”. En la norma siguiente 978/1995, dispusieron que quien se haga cargo de las funciones de jefe de Gabinete sea el titular de la cartera del Interior o el ministro de Obras Públicas —existente en ese momento—. Pero, a partir de ahora, el desempeño interino de esta área deberá ser ocupado por el titular del Ministerio de Capital Humano, actualmente en manos de Sandra Pettovello.

No obstante, el cambio planteó que, en caso de que la persona a cargo del Ministerio de Capital Humano no estuviera disponible, el segundo en la sucesión será la autoridad máxima del Ministerio de Defensa; hoy, dirigido por Carlos Presti. Así, el resto de los integrantes del Gabinete quedarían desligados de esta responsabilidad.

En el nuevo articulado, las autoridades aclararon que los reemplazos se darán “con motivo de viaje al exterior de la República, desplazamientos en cumplimiento de misiones específicas de gobierno u otros casos de necesaria ausencia transitoria de sus funciones”.

De la misma manera, indicaron que la sustitución temporaria podrá implementarse únicamente después de que el jefe de Gabinete de Ministros notifique a la Secretaría Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación sobre la necesidad de delegar temporalmente su función.

Otra de las modificaciones claves que se introdujeron en el régimen de suplencias corresponde a la no interrupción de las actividades habituales del ministro interino. Anteriormente, estaba dispuesto que el funcionario que cubriera la vacante del jefe de Gabinete debía suspender las funciones propias de la cartera que tuviera a su cargo.

En línea con esto, el ministro interino pasaría a tener la tarea crucial de asistir al Presidente de la Nación. Entre las actividades principales, deberá coordinar, preparar y convocar a realizar las reuniones del Gabinete nacional. Además, deberá ser quien las presida, en caso de que el mandatario no pudiera estar presente en la cita.

Según la normativa, tanto el Presidente como el jefe de Gabinete de Ministros -o su reemplazante- tienen la facultad de decidir si se confecciona un acta sobre los temas tratados durante las reuniones. Esta potestad permite documentar formalmente las deliberaciones y resoluciones adoptadas, quedando a criterio de la máxima autoridad presente en el encuentro.

Además, ambos pueden invitar a las reuniones a los Secretarios de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a los Secretarios de los ministerios y a cualquier otro funcionario que consideren pertinente. Esto otorga flexibilidad a la composición de cada reunión, permitiendo la inclusión de participantes adicionales cuya presencia resulte útil o necesaria para el tratamiento de los temas en agenda.

Por último, el ministro interino tendrá la obligación de refrendar y legalizar con su firma los actos del Presidente de la Nación, tal como lo establecen la Constitución Nacional, la Ley de Ministerios vigente y la normativa correspondiente. Se trata de un requisito formal de firma conjunta necesaria para que esos actos tengan eficacia legal.

En este sentido, no solo deben refrendar los actos presidenciales, sino que además asumen responsabilidad directa por los actos que firman y legalizan. También comparten responsabilidad solidaria con sus colegas por los actos acordados en conjunto dentro del gabinete, como parte del principio de corresponsabilidad en la toma de decisiones ejecutivas que busca asegurar el control y la legalidad en el ejercicio de las funciones del Poder Ejecutivo.

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Qué falta para promulgarlas y cuándo podrían regir las dos reformas clave que logró Milei en extraordinarias

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Durante las últimas sesiones extraordinarias, el presidente Javier Milei logró que el Congreso le apruebe varios de los proyectos que había enviado, como la Reforma Laboral y el nuevo Régimen Penal Juvenil, por lo que ahora el Gobierno trabaja intensamente en la letra fina de cada norma con el objetivo de avanzar con sus respectivas implementaciones, que no serán inmediatas.

De acuerdo con lo que precisaron a Infobae fuentes al tanto de la situación, algunas medidas sí comenzarán a regir en los próximos días, mientras que otras demorarán un poco más y algunos puntos incluso tienen una fecha establecida para empezar a aplicarse.

El primer paso tras la sanción legislativa es la promulgación, y de esto se está ocupando activamente la secretaria de Legal y Técnica, María Ibarzábal Murphy, que tiene que revisar los textos antes de que sean publicados en el Boletín Oficial.

Por otra parte, en algunos casos faltará también que algunos artículos o partes específicas de las leyes mencionadas se reglamenten para que se aclaren las cuestiones operativas, aunque eso podría tardar incluso más.

Reforma laboral

En lo que respecta a los cambios en el sistema de trabajo, la misma iniciativa aprobada en el Congreso indica que, en el plano general, la ley entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Sin embargo, existen algunas salvedades, como es la creación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), mecanismo que el Gobierno impulsó para que los empleadores puedan hacer frente al pago de las indemnizaciones para los despidos sin justa causa.

Esta herramienta, básicamente, plantea que el que contrata deberá realizar aportes mensuales, que antes iban para la Anses, para armar un pozo que luego podrá utilizarse ante los eventuaes conflictos con el personal.

La norma indica que este nuevo esquema entrará en vigencia el 1º de junio de 2026, aunque el Poder Ejecutivo puede prorrogar esta fecha por un máximo de hasta 6 meses.

Algo similar ocurrirá con el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), a través del cual el Estado dará beneficios para el sector privado cuando se contrate a personas no registradas antes del 10 de diciembre de 2025 o que hayan sido monotributistas o empleados públicos.

En este caso, las exenciones impositivas regirán durante un año, contando a partir del primer día del segundo mes inmediato siguiente a la entrada en vigencia de la reforma laboral.

En cuanto al plan de Promoción del Empleo Registrado (PER), los empleadores tendrán un plazo de 180 días corridos para regularizar las relaciones laborales, contados desde la entrada en vigencia de la reglamentación de este título.

Por otra parte, el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) aplicará para inversiones productivas realizadas durante los 2 primeros años desde que la norma se publica en el Boletín Oficial.

Además, el proyecto también establecía un plazo determinado para la derogación de ciertas leyes, como la del Estatuto del Periodista, el Teletrabajo y las regulaciones de los Viajantes de Comercio, que dejarán de funcionar el 1º de enero de 2027.

Asimismo, también desde el 1º de enero, pero de 2028, ya no tendrán vigencia varios artículoes de las leyes de Cine y de Servicios de Comunicación Audiovisual.

Régimen Penal Juvenil

En lo que respecta a esta norma, que tiene como principal novedad la baja de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años, si bien el marco legal existirá a los 180 día de la publicación del régimen en el Boletín Oficial, también hay algunas consideraciones.

En este caso en particular, muchas de las demoras se podrían dar por la necesidad de contar con la infraestructura física que demanda el código, como los institutos para menos que se deberían construir, y la conformación del equipo interdisciplinario que intervendría.

Por ejemplo, el texto invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adecuar su legislación procesal penal y sus normas administrativas para adherir a este nuevo régimen, pero eso dependerá de cada jurisdicción.

En territorio porteño, la jefa del bloque de La Libertad Avanza, Pilar Ramírez, ya presentó un proyecto para que el distrito adopte esta ley, pero la iniciativa todavía no tiene fecha para ser tratada y las sesiones ordinarias recién comenzaron esta semana.

Además, la aplicación efectiva de la reforma depende de la asignación de recursos específicos detallados en el artículo 51, que destina un monto total de más de 23 mil millones de pesos para el ejercicio de su entrada en vigencia.

El Ministerio de Economía, que conduce Luis “Toto” Caputo, es el que tiene que terminar de aprobar este gasto y transferir los fondos a los organismos correspondientes, lo que demandaría algunos meses más.

Por último, el Poder Ejecutivo debe determinar una autoridad de aplicación para controlar la implementación de la normativa, para lo cual se espera que dicte una reglamentación.

De hecho, el texto señala que la Nación y las provincias podrán celebrar convenios de colaboración para cumplir con los estándares, como el traslado o alojamiento de adolescentes en otras jurisdicciones. Esto también será materia de negociación.

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