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Se confirmó que el acuerdo firmado por Macri con el Correo fue perjudicial

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El juez Ariel Lijo investiga la posible comisión de delitos por parte de ex funcionarios del gobierno de Mauricio Macri.

Un estudio sobre el acuerdo que en 2016 aceptó el Estado nacional para que la empresa Correo Argentino S.A. saldara su deuda concursal confirma lo sostenido por la fiscal ante la Cámara Comercial Gabriela Boquín, quien impugnó aquel convenio por considerarlo “abusivo”.

En junio de 2016 el Correo Argentino -propiedad de la familia Macri- propuso en la justicia comercial un acuerdo por la deuda que fue aceptado por el Estado nacional: en aquel momento, Mauricio Macri era el presidente de la Nación. La fiscal Boquín se opuso a lo presentado por el Correo porque interpretó que era perjudicial para el Estado y el acuerdo nunca se concretó.

A raíz del dictamen de Boquín se realizaron varias denuncias -una de ellas de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas- y se inició una causa judicial que está a cargo del juez Ariel Lijo, en la que se investiga si los funcionarios públicos que actuaron en nombre del Estado nacional y los representantes del Correo cometieron algún delito. Lijo le encargó el año pasado un estudio sobre el Caso Correo a la Dirección de Asistencia a la Justicia en Delitos Complejos y Crimen Organizado (Dajudeco) que depende de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y es dirigida por Juan Tomás Rodríguez Ponte.

El estudio -al que accedió a través de fuentes vinculadas al caso- abarca varios tópicos. Se realizó, según explicaron las fuentes, un análisis genérico del proceso concursal, la normativa y la jurispridencia que se aplica a un concurso en general. Luego, los especialistas de la Dajudeco analizaron una por una las propuestas que hizo el Correo ante la justicia comercial para pagar la deuda entre 2003 y 2015. Todas aquellas propuestas fueron rechazadas por el Estado nacional que es el principal acreedor del Correo. La deuda original del Grupo Macri por el canon del Correo Argentino al momento de rescisión del contrato por parte del gobierno de Néstor Kirchner era de 296 millones de pesos.

La parte más relevante del estudio de la Dajudeco es la referida al aspecto económico-financiero. Los expertos combinaron diferentes tasas de interés y coeficientes de ajustes para calcular la actualización del crédito que había verificado el Estado. El estudio debió responder cuál era la quita que se le hizo a la empresa Correo en la propuesta. La cantidad de cuotas a abonar y el monto de cada una de ellas fueron las variables tomadas por los expertos para realizar el cálculo del porcentaje de quita.

Se hicieron 126 combinaciones posibles y, según lo establecido por los analistas de la Dajudeco, en todos los casos la quita era de al menos el 92%, una cifra muy cercana a lo que había establecido Boquín en 2016.

En su momento la fiscal de Cámara había encargado un análisis a la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones (DAFI) de la Procuración General de la Nación, que había determinado que “el valor real de la propuesta rechazada implicaba una quita del 99,16% y la propuesta aceptada, implica una quita velada del orden del 98,82%”.

La fiscal había concluido: “Así, de convalidarse la conformidad prestada por el Estado Nacional, éste resignaría sustancialmente el crédito debido por la concursada, aceptando la cancelación del mismo con la percepción de un valor insignificante en términos de valor presente”. El plan de pagos propuesto por el Correo y aceptado por el Estado en 2016 y nunca homologado implicaba el pago en cuotas hasta el año 2033. En la última cuota se pagarían más de 250 millones de pesos lo que implica, según los expertos, una licuación de la deuda.

Boquín había dicho que la propuesta aceptada “es abusiva, implica perjuicio fiscal y su irregular aceptación perjudica gravemente el patrimonio del Estado Nacional” y que la aceptación implica “reducir el crédito del Estado Nacional a una suma inadmisible”, por “resultar equiparable a una condonación de la deuda”.

Lijo ya citó a indagatoria y aún no resolvió la situación procesal del Oscar Aguad, quien fuera ministro de Comunicaciones de Macri -luego fue ministro de Defensa- cuando se cerró el acuerdo que finalmente no se concretó. También fueron indagados Juan Manuel Mocoroa, encargado de Legales del Ministerio de Comunicaciones, el presidente del directorio de Correo Argentino, Jaime Cibils Robirosa, y el representante legal de la empresa, Jaime Leonardo Kleidermacher. Todos negaron haber cometido delito

Cuando pidió la indagatoria de los hasta ahora indagados, el fiscal federal Gerardo Pollicita había señalado que “la maniobra a través de la cual, el entonces Ministro de Comunicaciones de la Nación, Oscar Aguad, teniendo asignado dentro del ámbito de su competencia el cuidado del patrimonio público consistente en el crédito por $296.205.376 que el Estado Nacional verificó en el expediente concursal n° 94.360/01 en contra de la firma Correo Argentino S.A., omitió obrar con la lealtad y la diligencia de un buen hombre de negocios, conforme lo exigía la normativa que regulaba su accionar y los precedentes jurisprudenciales en materia comercial, obligando a la administración pública a aceptar una quita abusiva de su crédito ocasionando un ilegítimo beneficio a la empresa involucrada, contando para ello con el aporte necesario de Juan Manuel Mocoroa, Jaime Cibils Robirosa y Jaime Leonardo Kleidermacher”. Juan Pedro Zoni, quien fuera el fiscal original del caso imputó a Macri en la investigación. El ex presidente no fue citado a indagatoria.

Lijo aún no resolvió la situación procesal de los imputados. El resultado del estudio realizado por Dajudeco, que respalda lo que había dicho Boquín, puede implicar que la lista de indagados se amplíe.

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Vence la cuota 3 del Impuesto Automotor: cómo pagar con descuento

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La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) informa que, hasta este jueves 7 de mayo, se puede abonar con descuento la cuota tres del Impuesto Automotor. Quienes estén al día y paguen en término, obtendrán una bonificación del 10% con cualquier medio de pago que elijan.

A partir de este año, comenzó a regir el nuevo esquema de vencimientos del Impuesto a los Automotores, con la posibilidad de abonar en hasta 10 cuotas, lo que brinda mayor previsibilidad financiera a las y los contribuyentes.

Para realizar el pago, se puede ingresar a la web oficial de ARBA(www.arba.gob.ar), en la sección “Pagá tus impuestos”, donde es posible abonar con tarjeta de crédito o generar el código de pago electrónico para utilizar en cajeros automáticos.

También está disponible la opción de pago digital mediante la aplicación Cuenta DNI, escaneando el código QR enviado por correo electrónico, que estará vigente hasta la fecha de vencimiento de cada cuota.

Quienes prefieran realizar el trámite de manera presencial podrán hacerlo en entidades bancarias habilitadas o en las bocas de cobro de Provincia Net Pagos, previa descarga de las boletas desde la página web de ARBA.

Fuente: Agencia DIB

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Reforma Laboral: la Corte rechazó aplicar el per saltum que planteó el gobierno para acelerar el proceso

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La Corte Suprema rechazó hoy el pedido del gobierno nacional de aplicar un per saltum para que la discusión judicial por el debate judicial en torno a la reforma laboral, que la CGT cuestionó por inconstitucional, luego de que fuera aprobada el febrero pasado en el Congreso.

La decisión de la Corte se conoce luego de que la Cámara de Trabajo enviara la causa al Fuero Contencioso Administrativo, lo que en principio fue un revés para la central sindical, que buscaba que la causa se sustancie en el fuero laboral.

La Corte, en cambio, le dio una mala noticia, aunque relatiuva, al Ejecutivo, que buscaba el salto de instancia para acelerar un proceso que con apelaciones y contra apelaciones probablemente termine en el máximo tribunal, aunque demore para ello más tiempo.

La Secretaría de Trabajo, con el patrocinio de la Procuración del Tesoro de la Nación, había presentado a mediados de abril el per saltum para revertir la sentencia del juez laboral Raúl Ojeda, que dictó una cautelar que suspendió 82 artículos de la ley sancionada por el Congreso.

Pero antes del fallo de la Corte de hoy, la Cámara de Trabajo ya había puesto en vigencia nuevamente los artículos suspendidos. Es porque los jueces Arturo Pesino y María González rechazaron el efecto suspensivo que el juez Ojeda le había dado a la apelación.

El per saltum es saltar una instancia judicial para que la Corte Suprema intervenga directamente en una causa. El gobierno de Javier Milei había alegado, entre otros argumentos, que el juez Ojeda no era el competente para intervenir y por eso reclamaba la urgente intervención del máximo tribunal ante la suspensión de parte de la norma.

Las razones de la Corte

En el fallo que se conoció este jueves, la Corte Suprema sostuvo que a juicio de la Corte “no se observan los requisitos que, con arreglo a lo dispuesto por el artículo 257 bis del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, habilitan la procedencia de la vía cuya apertura se promueve mediante el recurso por salto de instancia”.

Ante esto, concluyó que “se declara inadmisible el recurso interpuesto” por el Gobierno el pasado 16 de abril.

¿Qué dispone la reforma?

Entre los 80 artículos suspendidos y puestos otra vez en vigencia por la Cámara de Trabajo se encuentran el de Indemnizaciones y Contratos (Ley 20.744), que modifica el cálculo de indemnizaciones e implica la extensión del período de prueba.

También el ítem Solidaridad y Tercerización, que limita la responsabilidad de las empresas en casos de tercerización(artículos 16, 17 y 18 de la norma), manteniendo la solidaridad amplia.

Además están incluidos el banco de horas y las nuevas regulaciones sobre horas extras; a lo que se suma la facultad unilateral del empleador para modificar condiciones de trabajo.

La ley de reforma laboral se aprobó el 27 de febrero y se promulgó el 6 de marzo. El proyecto de reforma laboral había recibido media sanción en la Cámara alta el 12 de febrero. Pero la inclusión del famoso artículo 44, sobre las licencias laborales por enfermedad, levantó polémica y el oficialismo lo sacó antes del tratamiento en Diputados.

Fuente: Agencia DIB.

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Suteba advirtió que fue “un sinsentido” no suspender las clases con alerta naranja vigente

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Desde Suteba cuestionaron que frente a la alerta naranja que había emitido el Servicio Meteorológico Nacional para la tarde de ayer, las autoridades educativas no hayan decidido la suspensión del dictado de clases de manera presencial

“Cada escuela, cada equipo directivo, tuvo que analizar la situación y tomar una decisión. Quedaron solos frente a algo que es muy grande”, advirtió esta mañana en Radio Altos la secretaria general del sindicato docente, Analía Lusarreta.

Reclamó que se defina un protocolo de actuación frente a situaciones como las de ayer para que los directivos de las instituciones educativas sepan qué medidas tomar frente, como en este caso, una alerta naranja.

Ayer con el correr de las horas, desde las jefaturas de educación les manifestaron que la decisión de suspender o no las clases debía adoptarla cada equipo directivo.

“Las familias tuvieron que ir a buscar a sus hijos bajo un chaparrón a media tarde, un sinsentido, porque la verdad es que ayer lo menos que se hizo fue dar clases”, remarcó.

Hoy, indicó, varias instituciones no dictarán clases porque sufrieron el ingreso de agua, entre ellas mencionó la secundaria 13, la escuela de artes visuales que mantendrá la virtualidad, la Técnica 2 y varias primarias.

“Realmente no tiene sentido abrir las escuelas ante esas situaciones porque ponés en riesgo a alumnos y personal. Y con la poca cantidad de chicos y chicas que fueron a la mayoría de las instituciones ayer, ¿qué acto educativo podés garantizar? Te ponés al día, hablás de la vida, porque no podés avanzar en temas pedagógicos”, aseveró.

Lusarreta insistió en que ayer se podría haber evitado que familias bajo la lluvia tengan que ir a buscar a sus hijos a las escuelas antes del horario de salida porque era riesgoso que permanezcan allí por el ingreso de agua.

“Falta una bajada de línea clara, hay que empezar a pensar en políticas de cuidado en serio porque es una frase que suena muy hermosa desde hace años, pero cuando hablamos de implementar políticas de cuidado, estamos hablando de lo que no tendría que haber pasado ayer. Falta que alguien se haga responsable de esta situación y diga que hay que suspender las clases. Si no pasa nada, mejor, pero por lo menos nos aseguramos que nadie haya sido puesto en riesgo”, concluyó.

Fuente: Frente al cano.

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