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Política Nacional

El Gobierno reglamentó la ley de aporte solidario y extraordinario de las grandes fortunas

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El Gobierno reglamentó la ley de Aporte Solidario y Extraordinario para morigerar los efectos de la pandemia (ley 27605/2020) -conocida también como aporte de las grandes fortunas- y sus detalles se conocieron al publicarse la edición del Boletín Oficial correspondiente al viernes 29 de enero.

La reglamentación se concretó a través del decreto 42/2021, tiene 12 artículos y lleva la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Economía, Martín Guzmán.

La ley 27605, que se sancionó en el Congreso el 4 de diciembre último y se promulgó el 18 del mismo mes, establece un aporte por única vez de una tasa del 2% a los patrimonios de las personas físicas que hayan declarado en el impuesto a las Bienes Personales más de 200 millones de pesos (aunque la tasa va subiendo según el patrimonio) .

El aporte subirá hasta el 3% en el caso de las fortunas entre los $800 y $1.500 millones y se extenderá hasta el 3,25% para quienes tengan entre $1.500 y 3.000 millones
La norma, en ese aspecto, establece que la tasa a cobrar se irá elevando según el rango de fortuna que se haya declarado: será del 2,25% para quienes se encuentren entre los $300 y los $400 millones, del 2,50% para aquellos que tengan entre $400 y $600 millones, y del 2,75%, para aquellos patrimonios entre $600 y $800 millones.

El aporte subirá hasta el 3% en el caso de las fortunas entre los $800 y $1.500 millones y se extenderá hasta el 3,25% para quienes tengan entre $1.500 y 3.000 millones.

Por último, a quienes tengan bienes que superen este último valor se les cobrará un 3,5%. De esta manera, estarían obligados a pagar alrededor de 12.000 contribuyentes.

Además, la ley 27605 determina específicamente cuál será el destino de los fondos recaudados, que serán distribuidos, a saber: en un 25% a exploración, desarrollo y producción de gas natural; otro 20% a adquirir equipamientos de salud para enfrentar la pandemia; un 20% a apoyar a empresas Pymes; un 20% para financiar el relanzamiento de las becas Progresar creadas para apoyar a jóvenes estudiantes, mientras que el 15% restante se utilizará para la urbanización de barrios populares mediante cooperativas organizadas por los vecinos de cada barrio.

La ley de Aporte Solidario y Extraordinario fue pensada para que el fisco sume una contribución adicional de las personas físicas con mayor capacidad económica en un contexto de emergencia, como la pandemia global de Covid-19
La ley de Aporte Solidario y Extraordinario fue pensada para que el fisco sume una contribución adicional de las personas físicas con mayor capacidad económica en un contexto de emergencia, como la pandemia global de Covid-19.

La iniciativa surgió de una serie de ideas y propuestas que se fueron ajustando y que sobre todo fueron impulsadas por el titular de la comisión de Presupuesto de la Cámara Baja, Carlos Heller (FdT-CABA), y el jefe del bloque del FdT en Diputados, Máximo Kirchner, quienes se convirtieron en las caras públicas del proyecto.

La reglamentación que se conoció con la publicación en el Boletín Oficial, a las 0 horas de este viernes 29 de enero, fija precisiones para calcular el rango de fortuna de aquellas personas que poseen acciones o participaciones en empresas, permitiéndoles, por ejemplo, descontar deudas o pasivos de las empresas a la fecha del 18 de diciembre de 2020.

Algunos empresarios con grandes patrimonios que quedarán en la base imponible de esta aporte por única vez amenazaron con iniciar una rebelión fiscal
Otro de los puntos de la reglamentación está referido a la excepción para las llamadas “actividades operativas” ligadas a lo productivo y no a la valorización de activos financieros: el decreto precisa que las actividades cuyos ingresos no provengan en un porcentaje superior al 50% de rentas pasivas no podrán definirse como “activos financieros”.

El decreto 42/2021 faculta por otro lado a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que se encargue de “instrumentar los regímenes de información a los fines de recabar datos” y evitar así las operaciones de evasión impositiva.

En ese sentido, al sancionarse y promulgarse la norma, algunos empresarios con grandes patrimonios que quedarán en la base imponible de esta aporte por única vez amenazaron con iniciar una rebelión fiscal contra una ley que a pesar de despertar mucha aprobación en las encuestas fue al mismo tiempo muy atacada desde ciertos medios de comunicación.
(télam)

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Milei autorizó por decreto el ingreso de tropas de Brasil para hacer ejercicios militares en el país

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En medio del conflicto diplomático con Brasil, Javier Milei autorizó que la Marina de dicho país ingrese a la Argentina para realizar un ejercicio militar en aguas del Atlántico Sur. La medida quedó oficializada en el Boletín Oficial de la República Argentina a través de un decreto de necesidad y urgencia. La norma habilita el ejercicio no solo de FRATERNO XXXIX con Brasil, sino también de VIEKAREN XXVI con Chile y los despliegues SIFOREX XIV y UNITAS LXVII en Perú, con fechas que abarcan desde el 10 de agosto hasta el 14 de octubre.

Según el texto oficial, la vía excepcional resultó necesaria porque “la situación planteada hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes” antes del inicio de las operaciones. El decreto agrega que el Poder Ejecutivo ya había remitido al Parlamento un proyecto para autorizar la entrada de tropas extranjeras y la salida de fuerzas nacionales dentro del Programa de Ejercitaciones Combinadas comprendido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026, pero esa iniciativa todavía no recibió tratamiento legislativo.

El primer tramo del cronograma corresponde al ejercicio FRATERNO XXXIX, para el que el Gobierno autorizó el ingreso de personal y medios de la Marina de la República Federativa del Brasil en aguas territoriales argentinas desde el 10 de agosto hasta el 24 de agosto de 2026. La actividad se desarrollará en la Base Naval Puerto Belgrano, la Base Naval Mar del Plata y en aguas jurisdiccionales argentinas.

De acuerdo con el decreto, FRATERNO se realiza todos los años desde 1978 entre la Armada Argentina y la marina brasileña. La norma señala que su objetivo es elevar el adiestramiento combinado y la interoperabilidad en operaciones navales, aeronavales y anfibias, además de “estandarizar y simplificar procesos de planeamiento y conducción”.

El texto oficial también vincula esa participación con la política de defensa y con la presencia naval en el Atlántico Sur. En ese punto, sostiene que el ejercicio “reafirma el compromiso de la República Argentina con la seguridad internacional y la estabilidad regional” y que además permite el adiestramiento de unidades de la flota de mar en guerra antisubmarina.

El segundo eje del decreto habilita la salida de medios y personal argentinos para VIEKAREN XXVI, un ejercicio previsto entre el 24 y el 28 de agosto de 2026 en aguas del Canal Beagle cercanas a Puerto Williams, en Chile. La práctica se realiza de manera anual desde 1999, de acuerdo con la norma difundida por el Gobierno.

En la fundamentación oficial, ese operativo aparece asociado al control del tráfico marítimo y al salvamento en el área austral correspondiente al límite internacional fijado en el Tratado de Paz y Amistad de 1984 entre Argentina y Chile. El decreto indica además que el despliegue busca fortalecer la interoperabilidad con la armada chilena y sostener presencia en una zona que define como prioritaria por su proyección austral.

El tramo más extenso de la autorización corresponde a las operaciones en Perú. El tercer artículo del decreto habilita la salida del país de medios y personal argentinos desde el 14 de agosto hasta el 14 de octubre de 2026, aunque los ejercicios se desarrollarán en septiembre. Ese esquema incluye SIFOREX XIV, programado entre el 7 y el 9 de septiembre, y UNITAS LXVII, fijado entre el 10 y el 24 de septiembre, ambos en aguas jurisdiccionales peruanas y en el puerto del Callao.

Sobre UNITAS LXVII, la norma sostiene que se trata del ejercicio de mayor envergadura y relevancia de su tipo y recuerda que se realiza todos los años desde 1960. Su propósito, según el decreto, consiste en “incrementar la interoperabilidad y el adiestramiento combinado en operaciones navales, aeronavales y anfibias” entre armadas de países americanos y otras naciones invitadas.

El Gobierno afirmó en ese punto que la participación argentina permite estandarizar procedimientos operativos, facilitar futuras operaciones multinacionales y adoptar protocolos de comunicación, procedimientos tácticos y estructuras de comando comunes. También advirtió que no concurrir “afectaría el adiestramiento naval combinado, la actualización de procedimientos propios y la adquisición de experiencias tácticas críticas”.

En cuanto a SIFOREX XIV, el decreto lo describe como un ejercicio de frecuencia bienal organizado por la Marina de Guerra del Perú y la Armada de los Estados Unidos. La finalidad asignada por la norma es elevar la interoperabilidad, uniformar procedimientos y reforzar capacidades para operaciones complejas en el mar.

Para la Armada Argentina, esa práctica funciona como un ámbito de adiestramiento en guerra antisubmarina y antisuperficie, según la publicación oficial. El texto agrega que una ausencia argentina afectaría el desarrollo de capacidades de operación submarina y la obtención de experiencia con unidades navales no disponibles en el país.

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Sin la venta de tierra a extranjeros, el Senado sesiona para avanzar con el resto de la ley de propiedad privada

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Después de tensas horas y la caída completa del capítulo sobre venta de tierra a extranjeros, que significó un nuevo golpe para el oficialismo libertario, el pleno del Senado retomará la sesión que en julio pasó a cuarto intermedio y, desde las 14, intentará aprobar la ley de propiedad privada, con capítulos en pie que presentarán debate.

El convite además tendrá, sin dudas, una fuerte discusión reglamentaria tras el guiño de Victoria Villarruel a favor de la virtualidad de dos legisladores, situación que sólo puede ser convalidada por el pleno, que es soberano. El oficialismo que lidera Patricia Bullrich hierve por estas decisiones e incluso en varias bancadas dialoguistas rechazan -en voz baja- la jugada de la Vicepresidenta. No obstante, lo que vale es lo que se diga y vote en las próximas horas en el recinto.

Temáticas diversas

*Expropiaciones. De lo que quedó del dictamen original -mayo pasado-, luego reformulado con al menos 17 borradores extra, se apunta a “bienes convenientes o necesarios para la satisfacción de la ‘utilidad pública’, cualquiera sea su naturaleza jurídica, pertenezcan al dominio público o al dominio privado, sean cosas o no”. Y se agrega: “La declaración de utilidad pública será de interpretación restrictiva y deberá identificar en forma específica y concreta el fin perseguido, y la expropiación del bien deberá ser idónea, necesaria y proporcional para alcanzarlo”.

En tanto, la “indemnización sólo comprenderá el valor objetivo del bien, tomando el valor de mercado siempre que sea determinado o determinable y los daños que sean una consecuencia directa e inmediata de la expropiación”; y “no se tomarán en cuenta circunstancias de carácter personal, valores afectivos, ganancias hipotéticas, ni el mayor valor que pueda conferir al bien el proyecto que motive la expropiación”.

La indemnización en cuestión “comprenderá el lucro cesante cuando sea consecuencia directa e inmediata de la expropiación, se encuentre debidamente acreditado mediante prueba objetiva, concreta y suficiente y no implique una duplicación de rubros indemnizatorios o se encuentre ya comprendido dentro del valor objetivo del bien”. Sobre este punto, “en ningún caso, la indemnización podrá exceder al equivalente del 30% (TREINTA POR CIENTO) del valor del daño emergente, salvo que el expropiado demuestre fehacientemente una afectación superior”.

Un último ítem del capítulo manifiesta que “gozarán de los beneficios de esta ley los ocupantes que, con causa lícita, acrediten la posesión pacífica, ostensible y continua durante diez (10) años con anterioridad al momento de la solicitud de acogimiento al régimen establecido por la presente ley, respecto de inmuebles edificados urbanos y/o que la autoridad de aplicación local defina a estos efectos como tales, que tengan como destino principal el de vivienda única y permanente, y reúnan las características previstas en la reglamentación”.

*Desalojos. La versión -por ahora- final plantea: “Si el destino es habitacional, previamente a la demanda de desalojo por falta de pago de alquileres el locador debe intimar fehacientemente al locatario al pago de la cantidad debida y otorgar para ello un plazo que no debe ser inferior a DIEZ (10) días corridos contados a partir de la recepción de la intimación, con especificación del lugar de pago”.

Seguido a ello, se suma que “el diligenciamiento de la notificación podrá ser dirigido al domicilio denunciado en el contrato por el locatario, sea éste real o electrónico, se tiene por válido aún si el locatario se negara a recibir la notificación o no pudiese perfeccionarse por motivos imputables a él”.

“Cumplido el plazo previsto en el primer párrafo, o habiéndose verificado la extinción de la locación por cualquier motivo, el locatario debe restituir la tenencia del inmueble. Ante el incumplimiento del locatario, el locador puede iniciar la acción judicial de desalojo, la que debe sustanciarse por el procedimiento más breve que prevea la ley. En ningún caso el locador puede negarse a recibir las llaves del inmueble o condicionar su recepción, sin perjuicio de la reserva por las obligaciones pendientes a cargo del locatario.

*Manejo del Fuego. “En caso de incendios de superficies de bosques nativos, cualquiera sea el titular de estos, no podrán realizarse modificaciones en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio”, sostiene la propuesta. La diferencia con la ley de Máximo Kirchner, vigente desde la época de Alberto Fernándezhabla de prohibiciones para vender o cambiar de rubro en cuanto a uso durante 60 años.

Además, la iniciativa busca dinamitar el artículo 22 quáter de la norma actual. El mismo expresa que “en caso de incendios” en “en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales” se “prohíbe por el término de treinta (30) años desde su extinción: a) la realización de emprendimientos inmobiliarios; b) cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera previo al momento del incendio; y, c) la modificación de uso de una superficie con el fin de desarrollar prácticas agropecuarias intensivas, excepto en los casos que dichas prácticas y modalidades hubiesen antecedido al evento”.

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La CGT reduce su presencia en la marcha contra la Ley de Tierras y priorizará una fuerte movilización por San Cayetano

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La CGT decidió reducir su presencia en la marcha de este jueves al Congreso para rechazar el proyecto Inviolabilidad de la Propiedad Privada: “Será testimonial”, dijo un jefe cegetista acerca de la participación de la central obrera. ¿Por qué el cambio? Porque el Gobierno dio de baja el capítulo que habilita la venta de tierras a extranjerosel eje de la movilización organizada por sectores políticos, sindicales y sociales cuando el Senado inicie el debate de la iniciativa.

En la CGT consideraron una “fuerte derrota” de La Libertad Avanza la decisión gubernamental de retirar esa parte del proyecto de ley ante la falta de respaldos de sus aliados para garantizar su aprobación parlamentaria.

En una conferencia de prensa realizada en la tarde del miércoles, los líderes cegetistas aseguraron que la movilización al Congreso se iba a realizar igual aunque no se tratará el capítulo que facilitar la venta de tierras a extranjeros y afirmaron que se “pretende habilitar la entrega del territorio nacional, los recursos estratégicos y la soberanía argentina a capitales extranjeros”.

Junto a las dos CTA y a la Unión de Trabajadores de la Economía Popular (UTEP), el triunvirato de la CGT les advirtió a los senadores nacionales que “defender la Patria por la que juran estará en sus manos” y uno de sus miembros, Cristian Jerónimo (empleados del vidrio) les preguntó: “¿Con qué cara van a mirar a su pueblo diciendo que acompañaron esta ley? Este proyecto de ley tiene un trasfondo que es malicioso y regresivo para nuestro país. Seguramente tiene muchos intereses inconfesos que no terminan blanqueando”.

Por su parte, su par Octavio Argüello (Camioneros) también se dirigió a los senadores: “Que hagan honor los que juraron defender la patria y que no la entreguen ni la vendan. Mañana vamos a estar ahí para hacerles acordar y si no lo cumplen, se lo vamos a demandar. Vamos a estar peleando para que no se entregue nuestra soberanía, que es lo más fundamental que tenemos, nuestra tierra y nuestra riqueza natural porque sin eso no vamos a tener futuro, no vamos a tener destino”.

Sin embargo, luego de que el Gobierno dio de baja el capítulo más controvertido de la ley, los directivos de la CGT debatieron sobre la participación o no en la movilización de este jueves ya que el objetivo político se había cumplido con la marcha atrás oficial.

Finalmente, se resolvió tener una presencia testimonial, pero no anunciarlo porque no tenían garantías de que la Casa Rosada mantuviera en firme su decisión.

De todas formas, la CGT ratificó que movilizará todo el aparato sindical para la marcha de San Cayetano que se realizará este viernes 7 de agosto, día del patrono del pan y del trabajo, junto con las dos CTA y la UTEP.

Como en años anteriores, se prevé una peregrinación multitudinaria desde la Iglesia de San Cayetano, ubicada en el barrio de Liniers, hasta Plaza de Mayo, que comenzará temprano por la mañana con una bendición de herramientas en la avenida Rivadavia y Jujuy.

La siguiente medida del plan de lucha de la CGT será una movilización al Ministerio de Economía, con fecha tentativa para la semana del 20 de agosto, que buscará visibilizar el problema de las familias endeudadas en el sistema formal e informal de la economía.

El titular de la UTEP, Alejandro Gramajo, señaló que la protesta que se realizará ante Economía pondrá el foco en 7 millones de personas que dejaron de ser sujetas de crédito por no haber podido pagar los préstamos tomados e incluye a quienes se endeudan fuera del circuito bancario, sobre todo en barrios populares.

El cronograma trazado por la CGT, las CTA y los movimientos sociales continuará el 2 de septiembre, en coincidencia con el Día de la Industria, con una marcha en lugar por definir para alertar sobre la caída de la actividad productiva y la pérdida de empleo en el sector.

Después de esa instancia, las organizaciones convocantes participarán de la Semana Social que la Comisión Episcopal de Pastoral Social realizará en Córdoba entre el 4 y el 6 de septiembre, y luego, según se prevé, evaluarán cómo continuar con las acciones.

Aún faltan definiciones sobre alguna medida sindical que acompañe la visita del Papa León XIV a nuestro país, que, según se confirmó, estará entre el 8 y e l 11 de noviembre en Buenos Aires, Córdoba y Luján.

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