Política Nacional
Fernández endureció su discurso sobre las prepagas
Publicado
6 años haceen
Tras haber negado una estatización del sistema, el Presidente dijo que el Estado debe intervenir en la medicina prepaga porque “nadie controla nada y sólo quieren aumentos”. La CGT analizará este lunes la situación.
A las empresas de medicina del sector privado, la tranquilidad les duró apenas unas horas. Este martes se fueron a dormir con las declaraciones tranquilizadoras de Claudio Belocopitt, quien había estado con Alberto Fernández y le aseguró que no existía ningún plan de estatización del sistema de salud y admitió la posibilidad de analizar alternativas para compensar el “no aumento” del 7% para las prepagas que el Gobierno anunció y dejó sin efecto el último día de 2019. En la mañana del miércoles, sin embargo, el Presidente hizo declaraciones radiales que parecieron relativizar sus propios dichos sobre el tema.
“Yo era superintendente de Seguros y, desde entonces, estoy tratando de ver de qué manera la medicina prepaga tiene algún tipo de control del Estado porque captan ahorro público y nadie controla nada, y lo único que piden son aumentos. Lo único que ves es un sistema de intermediación pura. Se lleva tu cuota, acumula el sistema de dinero, la hace rendir financieramente”, dijo. Belocopitt se mantuvo en silencio. Tampoco se reunió con el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, para avanzar con el análisis de las compensaciones para el sector que, quedó en claro, no podrá aumentar las cuotas.
Es cierto que Fernández habló de “control” y no de una estatización directa, pero en las empresas de salud se interpreta que el desmentido avance del Estado sobre el sistema sanitario es mucho más que un fantasma que agita el kirchnerismo en soledad. No ayudó a disipar esa sensación el documento “Ejes centrales para un Programa de Salud 2020/2024”, elaborado en agosto de 2019 por la Fundación Soberanía Sanitaria, que dirige Nicolás Kreplak, actual viceministro de Salud bonaerense, que fue difundido en las últimas horas por algunos medios.
Allí se afirma que, “tras décadas de fragmentación y segmentación crecientes del sistema de salud, se debe poner en marcha un proceso que conduzca a una solución estructural: la creación del Sistema Nacional Integrado de Salud Argentino (SNISA)”, al que definen como “un sistema mixto con centralidad en el subsector público, de carácter federal, pero fortalecido y articulado en una red nacional, con municipios crecientemente involucrados en la construcción de un primer nivel con capacidad resolutiva”.
En un documento de la Comisión de Salud del Instituto Patria, que coordina el ministro de Salud bonaerense, Daniel Gollán, se sostenía lo siguiente en 2019: “Cuando regrese al gobierno nacional y popular (…), la profundización necesaria en el ámbito de la salud deberá comprender una cantidad cuando menos crítica de cambios que generen bases sólidas para la reconstrucción/reconversión del sistema. El fortalecimiento del rol del Estado como rector y ejecutor de las políticas de salud deberá ser contundente. Es imprescindible que el Estado pueda realmente ejercer una verdadera gobernanza del sistema en su conjunto, para lo cual debe tener capacidad prestacional propia y herramientas de poder que le permita alinear a los demás sectores y subsectores a la política sanitaria global. Sólo así el sistema podrá ordenarse e integrarse”.
El propio Kreplak, en un artículo publicado en junio pasado en la revista digital de su fundación, también dio algunas pistas sobre el eje de lo que estaría planificando un sector del oficialismo: “La ineficiencia e ineficacia que demuestra el mercado al hacerse cargo de la salud es la demostración dramática de la importancia que tiene contar con un sistema gobernable, conducido por el Estado, que disponga de la infraestructura asistencial básica distribuida según las necesidades y, especialmente, un enorme y capaz equipo de salud que pueda trabajar dinámicamente en diversas funciones”.
Para Gollán, según declaró en una entrevista de la fundación dirigida por Kreplak, “hoy tenemos un montón de actores en el sistema de salud que el Estado no controla, que son casi independientes, pero que son formadores de opinión y de sentido común”, por lo que concluyó: “El Estado es el único que puede resguardar la salud en su dimensión de derecho”.
El viceministro de Salud de la Provincia destacó que “muchos sectores privados de la salud se van quedando con las áreas más rentables, las que dan más dinero y nos van dejando a los Estados las áreas más costosas: las terapias intensivas, las guardias permanentes, las emergencias”. Y ejemplificó: “En la Provincia de Buenos Aires la mitad de los municipios no tiene clínicas y sanatorios privados ya que se fueron porque no son rentables. ¿Quién se hace cargo? El municipio o la provincia”.
En la misma revista, el gobernador Axel Kicillof brindó definiciones que están en sintonía con el pensamiento de sus funcionarios: “La salud es algo tan importante que no se puede dejar en manos del mercado”, advirtió, por lo cual dijo que “el Estado tiene que intervenir en la regulación de los precios, de las cantidades y del acceso a los bienes y servicios de la salud”.
Para los dirigentes de la CGT, el contenido del documento de la Fundación Soberanía Sanitaria “es un catálogo de lugares comunes”, por lo que están tratando de conseguir la reforma del sistema de salud que fue elaborada en el Instituto Patria y cuya base, en la misma línea de Kicillof, Gollán y Kreplak, fue transparentada por Cristina Kirchner en un acto en La Plata: “Tenemos que ir a un sistema nacional integrado de salud entre lo público, lo privado y las obras sociales que optimice recursos”.
Desconfiados, los sindicalistas temen que el kirchnerismo logre avanzar sobre las obras sociales para ejercer un mayor control en el sistema, aunque se supone que el proyecto K incluiría dos cuestiones que los expertos de la CGT vienen proponiéndole al Gobierno: la fusión de las obras sociales chicas con las más grandes para reducir el gasto estatal en el sector y la limitación del llamado “descreme”, que es la triangulación de aportes que obras sociales pequeñas negocian con la medicina prepaga y que le permite al sector privado quedarse con una parte de los fondos derivados de la población joven, sana y con mayores recursos.
Sin mucha información y con demasiadas preocupaciones, la mesa chica de la CGT decidió reunirse el lunes 11 en la sede de UPCN para analizar la situación y decidir algún curso de acción. Su interlocutor más directo en estos temas es el superintendente de Servicios de Salud, Eugenio Zanarini, recluido en su casa para reponerse de un infarto que sufrió a fin de año.
Entre los empresarios también hay movimientos vinculados con el temor a la reforma del sistema sanitario: directivos de unas 5500 empresas prestadoras de servicios de salud mantendrán el jueves 14 de este mes un Zoom para evaluar el panorama crítico del sector y presentar en sociedad una nueva entidad que los agrupa, la Federación Argentina de Prestadores de Salud (FAPS).
Creada en diciembre, la FAPS nuclea a sanatorios, clínicas, centros de diagnósticos, laboratorios, servicios de emergencia médica, hospitales de comunidad, institutos de salud mental y geriátricos, y en su primera presentación destacó que atienden a 7 de cada 10 pacientes de prepagas, obras sociales y particulares en todo el país, aunque aclaró: “Somos prestadores directos de servicios, no fijamos el precio, ni los aranceles, ni las cuotas de los asociados a las prepagas, pero, como último eslabón de la cadena de atención, asumimos todos los costos necesarios para garantizar la prestación de servicios en tiempo y forma”.
Se trata de un sector que advirtió que desarrolla su actividad en “un escenario económico, financiero y sanitario crítico, que pone en riesgo inmediato la supervivencia de muchos prestadores de salud”, y por eso reclamaron auxilio a las autoridades nacionales: están sufriendo el recorte de la ayuda económica estatal desde el 31 de diciembre y, además, afrontan costos que aumentaron más del 60% a lo largo del año pasado mientras los financiadores del sistema de salud (obras sociales nacionales, provinciales, PAMI y empresas de medicina prepaga) mantuvieron “casi sin aumento” los aranceles.
En el Instituto Patria, mientras tanto, hay mucho hermetismo sobre la reforma del sistema de salud. Uno de sus integrantes dijo que el tema “es un secreto de Estado”, aunque admitió que “el plan existe y se comenzó a escribir en septiembre”
Te podría gustar
Destacado
Fallo clave: la Justicia puso en revisión la cautelar sobre Financiamiento Universitario
Publicado
43 minutos haceen
21 octubre, 2026Por
Mayra Pastor
La Sala III de la Cámara Contencioso Administrativo Federal le dio la razón al Ministerio de Capital Humano y ordenó que la justicia revise si la medida cautelar sobre financiamiento universitario sigue o no vigente. El tribunal consideró que el Estado Nacional enfrentaba un perjuicio irreparable al verse obligado a cumplir una orden cuya vigencia está en disputa.
El Ministerio de Capital Humano, a través de la Secretaría de Educación y la asistencia legal de la Procuración del Tesoro, liderada por Sebastián Amerio, había reclamado ante la Cámara porque el juez de primera instancia le negó el derecho a apelar. La causa de fondo es el amparo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y otras instituciones contra el Decreto 759/25 del Poder Ejecutivo Nacional, que recortó fondos universitarios.
“La vamos a seguir a muerte”, respondieron fuentes de primera línea del Ministerio de Capital Humano al ser consultados por el fallo judicial. “La Justicia todavía no nos está sugiriendo ‘no cumplan con la cautelar’, pero lo que nos dice es que van a revisar si la tenemos que cumplir”, explicó uno de los principales patrocinadores legales del Gobierno. Aun así, en otros despachos legales son más enfáticos: “La intepretación de que el efecto del recurso admitido suspende su aplicación es válida”.
La Cámara no resolvió si el Estado cumplió o no con la medida cautelar. Lo que decidió, el 20 de octubre de 2026, es más acotado: que el juez de primera instancia se equivocó al bloquear la apelación, y que esa apelación debe tramitarse.
La resolución fue firmada por los jueces Sergio Fernández, José Luis López Castiñeira y Jorge Eduardo Morán. El Ministerio de Capital Humano argumentó que la medida cautelar original tenía un límite temporal expreso y que ese plazo ya había vencido. Desde esa postura, continuar con la ejecución de la orden equivalía a extender artificialmente una tutela que había caducado.
Los mismos magistrados también dieron a conocer esta mañana otra decisión clave, ya que habilitaron una apelación del Estado Nacional contra la intimación que le ordenaba cumplir, en cinco días, la medida cautelar vinculada con la Ley de Financiamiento Universitario, bajo apercibimiento de imponer multas diarias —astreintes—.
El Gobierno sostuvo que ya cumplió con las obligaciones previstas en los artículos 5 y 6 de la ley 27.795, vinculadas con la actualización de salarios universitarios y becas. Argumentó que los incrementos salariales acumulados entre diciembre de 2023 y agosto de 2025 superaron la variación del Índice de Precios al Consumidor y cuestionó que el juzgado no precisara qué aspectos de la cautelar permanecían pendientes. También afirmó que las becas alcanzadas por la norma son las del Programa 26, entre ellas las Manuel Belgrano, y no las becas Progresar.
El origen del conflicto
El amparo fue impulsado por el CIN tras la sanción del Decreto 759/25, que modificó la distribución del financiamiento para las universidades nacionales. El juzgado federal N° 11 dictó una medida cautelar que obligó al Estado a garantizar recursos mientras se resolvía el fondo del asunto. La sentencia de primera instancia se dictó en el expediente principal. Contra esa sentencia, el Estado interpuso un recurso de apelación que fue concedido en ambos efectos, lo que en términos prácticos paraliza la ejecución de la condena mientras la Cámara resuelve.
El nudo del problema apareció cuando el mismo juez ordenó, en paralelo, que el trámite de ejecución de la medida cautelar continuara en el incidente vinculado, con un plazo de cinco días para cumplir bajo amenaza de sanciones. El Estado intentó apelar esa decisión, y el juez lo rechazó.
La postura del Ministerio descansó en un principio procesal: si la medida cautelar fue otorgada con un límite temporal, ese límite forma parte del contenido de la orden y no puede ampliarse por vía interpretativa. “La limitación temporal no fue accesoria ni irrelevante, sino que integró expresamente los términos de la tutela concedida”, sostuvo el Estado en su presentación ante la Cámara.

Además, el Ministerio señaló que las sumas exigidas eran de “dimensión extraordinaria” y que no existía una liquidación concreta que permitiera determinar con exactitud cuánto debía pagar. Denunció que se le imponía cumplir una “manda judicial imprecisa, genérica, omisiva y sin datos ciertos”, sin posibilidad de revisión por parte de un tribunal superior.
La Cámara no evaluó el fondo de ese debate. Lo que analizó fue si el bloqueo de la apelación generaba un perjuicio concreto e irreparable para el Estado. La conclusión fue afirmativa: dejar al Ministerio sin posibilidad de recurrir mientras corría el plazo de cumplimiento, con sanciones conminatorias latentes, configuraba un agravio que justificaba abrir la instancia de apelación.
Con la queja aceptada, el recurso de apelación del Estado quedó concedido “en relación”, una modalidad que, según el artículo 243 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, no suspende automáticamente la ejecución de la resolución apelada. La causa regresa ahora al juzgado de primera instancia para que implemente el trámite correspondiente.
La Cámara dejó expresamente aclarado que su decisión no anticipa ninguna opinión sobre si el Estado cumplió o incumplió la medida cautelar original. Esa pregunta quedará para una resolución posterior, una vez que el recurso de apelación tramite en forma.
Destacado
Tierras, discapacidad y endeudamiento: el oficialismo busca neutralizar la agenda opositora con una mega sesión
Publicado
52 minutos haceen
21 octubre, 2026Por
Mayra Pastor
La semana pasada el oficialismo consiguió una clara victoria política al dejar sin quórum la sesión convocada por la oposición. Su objetivo principal era salvar el DNU 70/23, que Javier Milei firmó al inicio de su gestión para desregular amplios sectores de la economía, pero para poder “blindar” el decreto tuvieron que hacer varias concesiones a los aliados, como volver a poner límites a la venta de tierras a extranjeros y comprometerse a debatir dos temas incómodos para la Casa Rosada: la situación de los endeudados y la emergencia en Discapacidad.
Con un claro giro pragmático, los libertarios acordaron con sus aliados (PRO, UCR y provinciales) restituir la Ley de Tierras del kirchnerismo (2011) y también dejaron de lado el feroz recorte en Discapacidad -que la Casa Rosada incluyó en el borrador del Presupuesto 2027- para avanzar con un proyecto “superador” que retoma gran parte del sistema vigente. Todo esto para conseguir que los aliados y partidos provinciales no se sumen a las propuestas de la oposición dura. “Fue perder lo menos para ganar lo más”, explicó uno de los principales referentes libertarios en la Cámara de Diputados.
En el caso del endeudamiento familiar, el oficialismo aceptó tratar el tema pero se mantuvo firme en el plano discursivo: repitieron hasta el cansancio que se trata de un problema “entre privados” y que cualquier intervención sobre las tasas de interés o eventuales quitas de capital de las deudas tendrían un efecto muy negativo sobre el mercado del crédito. Por eso presentaron un proyecto propio que se limita a elevar los niveles de educación financiera, aportar mayor información para los consumidores -claridad en las tasas y costos financieros- y prevención del sobreendeudamiento.
Hasta el momento la estrategia del oficialismo fue exitosa, porque no solo logró “vaciar” la sesión que impulsaba la oposición, sino que durante los debates en comisión se quedó con el dictamen de mayoría tanto en discapacidad como en endeudamiento. Esto quiere decir que sumó más apoyos que la oposición y también que los textos de La Libertad Avanza se tratarán primero en el recinto.
Por otro lado, para mejorar la sintonía con los aliados, los libertarios incluyeron en el temario otros proyectos como el de vandalismo rural, del PRO, que aumenta las penas de prisión para la intrusión en establecimientos rurales y el daño a insumos o infraestructura. También la transferencia del Centro de Acopio y Embarque Barranqueras a la provincia del Chaco.
Además, en un claro gesto de buena voluntad hacia las provincias, el día anterior a la sesión comenzó a tratarse en comisión el proyecto de ley de biocombustibles que viene con media sanción del Senado. La iniciativa, que aumenta los cortes obligatorios de bioetanol del 12% al 15% para las naftas y de biodiésel del 7% al 10% en gasoil, beneficia directamente a los distritos productores de bioetanol, como Salta, Jujuy y Tucumán, y de biodiesel, como Córdoba y Santa Fe. Por lo tanto, podría influir directamente sobre alrededor de 15 diputados que responden directamente a gobernadores de estos distritos.
Por último, el temario incluye el proyecto de trazabilidad de medicamentos de alto riesgo, presentado para aumentar los controles sobre sustancias como el fentanilo, que el año pasado se cobró más de un centenar de vidas por unas partidas contaminadas con bacterias.
Inviolabilidad de la Propiedad Privada, el primer punto del temario
El miércoles de la semana pasada, apenas un día antes de la sesión opositora, La Libertad Avanza acordó con sus aliados la restitución de límites a la venta de tierras a extranjeros. El objetivo detrás de esta maniobra fue facilitarle una salida elegante a los bloques aliados que rechazaban la venta de tierras sin límites pero no querían derogar por completo el DNU 70/23, como proponía la oposición dura.
El mega decreto 70/23, además de eliminar la ley de tierras del kirchnerismo, derogó una amplia gama de regulaciones sobre el comercio, el transporte, el mercado laboral, el sector de salud y el sector inmobiliario, entre otros. Por ejemplo, derogó las leyes de Abastecimiento, Góndolas, Compre Nacional y de Alquileres; liberó las tasas bancarias y las cuotas de las prepagas; y desreguló el mercado aéreo. Justamente por la cantidad de sectores afectados, desde el oficialismo advertían que la derogación total del DNU 70 generaría un caos administrativo y procesal.
Por eso, a pedido de la UCR, se incluyeron en el dictamen dos nuevos artículos: el 38, que deja sin efecto al artículo 134 del DNU 70 (que derogaba la ley de tierras), y el 39, que restituye la vigencia de la ley 26.737.
El proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada, que ya obtuvo media sanción del Senado a principios de agosto, incluye además restricciones para las expropiaciones (el Estado debe justificar de forma expresa y estricta la declaración de utilidad pública), modifica la forma de calcular el pago por expropiaciones (según valor de mercado y contemplando el lucro cesante), regula la restitución sumaria de inmuebles ocupados (72 horas si el dueño acredita con la documentación correspondiente) y contempla desalojos por falta de pago (el locador debe intimar al inquilino y darle 10 días para cancelar la deuda).
Por su parte, la ley de tierras aprobada en diciembre de 2011, que quedaría vigente si se aprueba el proyecto, establece que una persona física o jurídica extranjera no puede ser titular de más del 15% de las tierras rurales del país, de cada provincia ni de cada departamento. Además, la misma nacionalidad no puede no puede concentrar más del 30% del cupo de tierras habilitado para extranjeros. También restringe la adquisición de tierras rurales con cuerpos de agua relevantes y en zonas de seguridad de frontera.
Emergencia en Discapacidad
Durante el debate en comisión, los libertarios se comprometieron con los aliados a eliminar de raíz el capítulo del Presupuesto que contenía una reforma total del sistema, que eliminaba las pensiones no contributivas por discapacidad, y contemplaba un fuerte ajuste de gastos en el sector.
En cambio avanzaron con un texto propio, consensuado con la UCR y el PRO, que mantienen la pensión no contributiva por discapacidad, su actualización por inflación, el nomenclador universal de prestaciones y el arancel unificado. Además, por pedido de los aliados, establece que la pensión sea compatible con un trabajo registrado siempre que la remuneración no supere el equivalente a dos salarios vitales y móviles.
Sin embargo, los aliados de Argentina Federal firmaron en disidencia y pidieron más cambios al texto y una serie de aclaraciones. Asegurar estos votos será vital para el oficialismo si quiere aprobar su propuesta.
En ese sentido, las declaraciones del secretario de Hacienda, Carlos Guberman, la semana pasada despertaron todo tipo de sospechas porque reconoció que el Poder Ejecutivo “quería otra cosa” y evitó confirmar si retirarán el capítulo en cuestión del Presupuesto 2027. De esta forma dejó abierta la posibilidad de un eventual veto de Milei.
Desde el peronismo denuncian que tal como está redactado el proyecto divide las pensiones en dos: una por invalidez laboral y otra por discapacidad, pero con diferente acceso al programa Incluir Salud.
Por su parte, las instituciones y organizaciones del campo de la discapacidad plantearon en un comunicado que la Ley 27.793 “no se cumplió y la emergencia no está superada”. Por eso reclaman prorrogarla hasta el 31 de diciembre de 2027, con todos sus efectos.
Endeudamiento familiar y morosidad
El último punto de la sesión será el proyecto oficialista sobre endeudamiento familiar y mora. La propuesta del oficialismo apunta a elevar los niveles de educación financiera, aportar mayor información para los consumidores -claridad en las tasas y costos financieros- y prevención del sobreendeudamiento. En ningún caso se prevén topes en las tasas, descuentos de capital o intereses.
El proyecto de los libertarios también incorpora requisitos para el otorgamiento de créditos a través de plataformas digitales. Exige doble validación de identidad y aceptación, impide que el silencio o las opciones preseleccionadas se consideren consentimiento y ordena entregar de inmediato las condiciones contractuales en soporte digital.
En contraposición, Unión por la Patria, la Coalición Cívica y parte de Provincias Unidas proponen declarar la emergencia por 180 días y establecer un esquema de refinanciamiento para deudas que no superen las dos canastas básicas totales del Indec. Para la refinanciación se aplicará la tasa TAMAR (plazos fijos mayoristas) más un 25% que se aplicará sobre el costo financiero total.
Destacado
Quién es la jueza argentina que integra el organismo que resolverá el reclamo por el petróleo de Malvinas
Publicado
59 minutos haceen
21 octubre, 2026Por
Mayra Pastor
La jurista rosarina Frida María Armas Pfirter ocupa desde el 1 de octubre la vicepresidencia del Tribunal Internacional del Derecho del Mar (ITLOS, por sus siglas en inglés), el órgano judicial con sede en Hamburgo que deberá decidir si frena la explotación petrolera británica en las aguas de Malvinas y que programó las audiencias orales sobre las medidas provisionales solicitadas por Argentina para el próximo 10 y 11 de noviembre.
Las vistas se celebrarán en la sala principal del tribunal, serán públicas y se transmitirán en vivo por la web del organismo. El caso, registrado con el número 37, plantea una controversia entre Argentina y el Reino Unido por actividades hidrocarburíferas en el Atlántico Sudoccidental, en un área vinculada con la disputa de soberanía sobre las islas Malvinas.
La decisión llega una semana después de que el gobierno de Javier Milei formalizara, el 13 de octubre, su solicitud de medidas provisionales. El canciller Pablo Quirno presentó el pedido apoyado en el artículo 290, inciso 5, de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (Convemar), que habilita a solicitar medidas cautelares mientras se constituye el tribunal arbitral que tratará el fondo de la controversia.
La jueza argentina en el tribunal
Armas Pfirter nació en Rosario, Santa Fe, el 30 de septiembre de 1957. Se recibió de abogada en la Universidad Católica Argentina en 1983 y obtuvo su doctorado en Derecho Internacional en la Universidad de Buenos Aires (UBA) en 1992. A lo largo de su carrera acumuló becas de posgrado en la Academia de Derecho Internacional de La Haya, el Instituto Interamericano de Derechos Humanos en Costa Rica, la Comisión de Derecho Internacional de las Naciones Unidas en Ginebra y la Universidad de las Naciones Unidas.
Su nombre está ligado de manera inseparable a la plataforma continental argentina. Durante más de 25 años —entre 1997 y 2023— dirigió la Comisión Nacional del Límite Exterior de la Plataforma Continental (COPLA), el equipo interdisciplinario que logró extender un 35% los espacios marítimos del país. Ese trabajo, que combinó análisis jurídico, científico y técnico, fue reconocido como una política de Estado que trascendió gobiernos de distinto signo.
En 2023, fue declarada Personalidad Destacada de las Ciencias Jurídicas por el proyecto del diputado Claudio Romero (VJ), en la Legislatura porteña. “Para los que hemos dedicado nuestra vida al derecho, tomándolo con pasión y como vocación, esta distinción que me han otorgado es un honor pero también es una responsabilidad inmensa”, señaló Armas Pfirter en la entrega de diplomas.
Antes de llegar al tribunal, se desempeñó como conciliadora y árbitra de Argentina en el sistema de solución de controversias de la Convemar, como experta en el área de pesquerías bajo el Anexo VIII de la convención, y como miembro de la Comisión Jurídica y Técnica y del Comité de Finanzas de la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos. Es profesora titular de Derecho Internacional Público en la UBA y en la Universidad Austral, y autora de tres libros y numerosos artículos especializados. Además, es miembro del Comité Ejecutivo del CARI.
En junio de 2023, durante la 33° Reunión de Estados Parte de la Convemar, fue elegida jueza del ITLOS con 154 votos para un mandato de nueve años (2023-2032). Asumió el 1 de octubre de ese año. Tres años después, el 1 de octubre de este año, sus pares la eligieron vicepresidenta del tribunal junto con Kamga como presidente, para el período 2026-2029.
Cómo está integrado el Tribunal del Mar
El ITLOS fue creado por la Convemar, firmada en 1982, como el órgano judicial independiente encargado de resolver controversias sobre la interpretación y aplicación del tratado. Tiene competencia en disputas sobre delimitación de zonas marítimas, navegación, conservación de recursos vivos, protección del medio marino e investigación científica.
Está compuesto por 21 jueces independientes elegidos por los Estados Parte de la Convemar entre personas de reconocida reputación por su imparcialidad, integridad y competencia en derecho del mar. Los miembros cumplen mandatos de nueve años y pueden ser reelegidos. La composición garantiza la representación de los principales sistemas jurídicos del mundo y una distribución geográfica equitativa: no puede haber dos jueces de un mismo país.
La composición actual del tribunal, tras la jura de cinco nuevos miembros el 1 de octubre de 2026, incluye jueces de Camerún, Argentina, Malta, Ucrania, Islandia, Rusia, Países Bajos, Chile, China, Jamaica, Italia, Japón, Sudáfrica, Corea del Sur, Sierra Leona, Polonia, Túnez, Ghana, India, Vietnam y Brasil.
El Reino Unido no cuenta con un juez propio en el tribunal. Mientras Argentina tiene a Armas Pfirter como vicepresidenta del organismo, Londres carece de representación directa en el cuerpo, aunque el Estatuto del tribunal le permite designar un juez ad hoc para intervenir en la controversia, una figura prevista para garantizar que ambas partes cuenten con representación en el cuerpo que resuelve el caso.
Qué pide Argentina y por qué eligió la vía ambiental
El escrito de 49 páginas presentado ante el ITLOS, firmado por el embajador Mario Oyarzábal como agente ante el tribunal, solicita cuatro medidas provisionales: que el Reino Unido impida el inicio o la continuación de la explotación petrolera del proyecto Sea Lion en la cuenca norte de Malvinas; que se abstenga de usar información obtenida durante la exploración en perjuicio de los derechos argentinos; que cese de impedir el cumplimiento de obligaciones ambientales de Argentina; y que no otorgue nuevos permisos que puedan agravar la disputa.
La estrategia jurídica descansa sobre un eje ambiental que permite al tribunal actuar sin pronunciarse sobre la soberanía del archipiélago. La presentación cita el fallo del arbitraje del Mar del Sur de China para sostener que las obligaciones de protección del medio marino “se aplican a todos los Estados respecto del medio marino en todas las áreas marítimas” y que, por lo tanto, las cuestiones de soberanía son irrelevantes para la aplicación de esas normas.
El argumento se apoya en documentación de las propias empresas involucradas. El Plan de Contingencia para Derrame de Petróleo presentado por Premier Oil ante las autoridades de facto de las islas establece que “existe un 30% de probabilidad de que el petróleo cruce el límite marítimo internacional hacia aguas argentinas después de 30 días”. Para un crudo más liviano, el mismo plan proyecta “una probabilidad del 100% de que el petróleo cruce el límite marítimo internacional hacia aguas argentinas después de 14 días”.
El proyecto Sea Lion y las empresas sin experiencia offshore
El yacimiento en disputa se ubica a 107 millas náuticas (unos 198 kilómetros) al norte de Malvinas, sobre un área de 541,40 km² dentro de la licencia PL032. La operación está liderada por la israelí Navitas Petroleum, que controla el 65% del proyecto, y la británica Rockhopper Exploration, con el 35% restante. El campo contiene un estimado de 1.700 millones de barriles de petróleo, según las evaluaciones de los operadores.
Ambas compañías tomaron la decisión final de inversión a fines de 2025 y fijaron como meta el inicio de la producción en el primer trimestre de 2028. Según el reporte trimestral de Navitas del 24 de agosto de 2026, la campaña de perforación de la fase 1 “se espera que comience a principios de 2027”. El desarrollo completo contempla 23 pozos distribuidos en seis centros de producción, una unidad de perforación submarina y un buque de producción, almacenamiento y descarga (FPSO).
En un pasaje poco habitual para una presentación ante un tribunal internacional, el escrito argentino dedica un capítulo a cuestionar la capacidad técnica de las operadoras: ni Navitas ni Rockhopper tienen experiencia previa como operadoras de un campo offshore en producción, lo que —según la argumentación— amplifica el riesgo de un incidente ambiental en una zona donde un derrame alcanzaría aguas argentinas en cuestión de días.
La respuesta británica y el antecedente de la fragata Libertad
El Reino Unido rechazó las pretensiones argentinas por múltiples vías. Ante la Cámara de los Comunes, la ministra de Territorios de Ultramar, Uma Kumaran, sostuvo que la solicitud ante el tribunal “no invalida las licencias emitidas por el gobierno de las islas, no altera la autoridad regulatoria de las islas, y no exige que las actividades legales de desarrollo de hidrocarburos cesen”. Sin embargo, confirmó que el Reino Unido participará del proceso y que, si el ITLOS dictara una orden, el país “cumple con sus obligaciones internacionales”.
En paralelo, Londres activó la legislación de Protección de Intereses Comerciales para blindar a empresas británicas de regulaciones extraterritoriales argentinas. El canciller Ed Miliband calificó de “inaceptables” los intentos argentinos de “intimidar a empresas e individuos”.
La arquitectura procesal elegida por Argentina tiene antecedentes en el propio tribunal. En la controversia entre Ghana y Costa de Marfil, el ITLOS ordenó en 2015 que Ghana no realizara nuevas perforaciones en el área marítima disputada. Otro referente es el caso de la fragata ARA Libertad, retenida en Ghana en 2012: entre el pedido de medidas provisionales y la resolución del tribunal transcurrió aproximadamente un mes, y el ITLOS ordenó la liberación inmediata e incondicional del buque.
Con las audiencias fijadas para el 10 y 11 de noviembre, los 21 jueces del tribunal —entre ellos la vicepresidenta Armas Pfirter— deberán evaluar si tienen jurisdicción prima facie, si la urgencia justifica intervenir y si las medidas solicitadas son proporcionales. Una decisión favorable a Argentina sería de cumplimiento obligatorio para el Reino Unido.







Trending
-
Política Bahía7 años hace
Meneses: “Somos el gobierno que más obras ha hecho”
-
Destacado3 años hace
“Nos robaron hasta el 25 de mayo”, sostuvo Uset y apuntó contra el Gobierno Nacional
-
Destacado3 años haceEl Liberalismo se alista con presencia plena en los 22 distritos de la sección
-
General7 años hacePor dónde y qué días pasan los camiones recolectores de basura
-
Destacado3 años haceEl gobernador se reunió con Osvaldo Barcelona, presidente de Metrogas
-
General7 años hace
Envían al Concejo Deliberante un proyecto para liberar la primera hora de parquímetro
-
Política Bahía6 años hace
Sistema de Estacionamiento Medido y Pago
-
Destacado3 años hace
Javier Milei confirmó quien será su compañera de fórmula: “Es brillante”
