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Política Nacional

Iguacel y Dietrich: IMPUTADOS

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El fiscal Taiano investiga si se habilitó a algunas empresas a seguir cobrando peajes y obras por $30 mil millones cuando sus contratos habían vencido.

El fiscal Eduardo Taiano imputó al ministro de Transporte, Guillermo Dietrich, y al ex titular de Vialidad Nacional Javier Iguacel por la ampliación irregular de los contratos de concesión de rutas nacionales. La acción penal fue impulsada tras una denuncia del Sindicato de Trabajadores Viales y Afines. Según indica la presentación y el dictamen de la fiscalía a los que accedió este diario, sin llamar a una nueva licitación, como lo indica la ley, el Estado habilitó a varias empresas –entre ellas a Iecsa, de Angelo Calcaterra, primo del Presidente– a seguir cobrando peajes y certificados de obra por 30 mil millones de pesos, a pesar de que los contratos ya habían vencido.

Esta causa se suma a la otra investigación abierta por las irregularidades en las concesiones de los peajes de la Panamericana y el Acceso Oeste, cuyos contratos también fueron prorrogados sin una nueva licitación. En ese caso, el juez Rodolfo Canicoba Corral busca determinar las condiciones en que el Grupo Socma se benefició con los aumentos de tarifas y la venta de las acciones que tenía en Ausol SA, empresa que, además, cobró 500 millones de dólares a cambio de levantar una demanda ante el Ciadi contra el Estado. Suma que la administración pública pagó sin siquiera intentar negociar o litigar para conseguir un fallo favorable.

El sindicato denunció penalmente a Dietrich y a Iguacel por la prórroga irregular de la concesión de un total de siete corredores viales. Se trata de rutas nacionales en las que las empresas continuaron con el cobro de peajes y certificados de obra millonarios, con contratos que fueron extendidos por una simple resolución y sin llamado a licitación, como lo indica la ley.

La presentación, que recayó en el juzgado de Sebastián Casanello y que impulsó en las últimas horas el fiscal Taiano, es por negociaciones incompatibles con la función pública, abuso de autoridad, violación de los deberes de funcionario público, mal desempeño y falsedad ideológica.

Los contratos de los corredores viales, compuestos por rutas nacionales, habían sido firmados en 2010 y vencían el 21 de abril de 2016, con la posibilidad de prorrogarse sólo por 12 meses más. La fecha final de caducidad pasó a ser, entonces, el 21 de abril de 2017, momento en el cual debió haberse llamado a una nueva licitación. Sin embargo, Iguacel emitió una resolución (la 811/17) para extender los plazos sin una nueva compulsa, omitiendo el decreto 1288 de 2016, que ordenaba precisamente que esos corredores debían volver a licitarse. Supuestamente, esa resolución de Iguacel era ad referéndum del Poder Ejecutivo, por lo que fue girada al Ministerio de Transporte. Sin embargo, según la denuncia, Dietrich la devolvió en tiempo récord y sin tramitar. En concreto, el escrito que ya inició su recorrido en Comodoro Py, con la firma de la secretaria general del Sindicato de Trabajadores Viales, Graciela Aleña, resalta que “Iguacel y Dietrich favorecieron a las empresas, privando a la administración de obtener una mejor oferta o mejor precio de mercado, ahorrándose la necesidad de competir para acceder o sostener por más de dos años la operación de los corredores concesionados”. La hipótesis es que los funcionarios buscaron “beneficiar a un grupo pequeño, pero de influyentes empresas constructoras, en perjuicio del Estado Nacional”.

La dirigente gremial ya declaró en el expediente en calidad de testigo y bajo juramento ratificó todos los puntos de la denuncia. En ese marco, explicó que después de la cuestionada resolución de Vialidad Nacional se firmó el famoso decreto del PEN que habilitó los contratos de Participación Público Privada (PPP). Sin embargo, ese decreto nada especificó respecto de las concesiones de las rutas nacionales, por lo que las empresas siguieron con el negocio sin volver a compulsar. Mientras tanto, continuaron cobrando peaje a los usuarios y recibiendo dinero por el mantenimiento de obras o por los nuevos trabajos en los diferentes corredores. “El Estado terminó haciéndose cargo de la financiación de las obras que debían estar financiadas por las empresas privadas”, detalló Aleña.

Según detalla la denuncia, “por quince meses, las concesionarias continuaron de forma ilegítima e ilegal cobrando peaje y como frutilla del postre fueron favorecidas con el aumento constante de las tarifas”. Además, “Dietrich e Iguacel utilizaron una pseudo resolución para continuar emitiendo y pagando certificados de obras en perjuicio de la Dirección Nacional de Vialidad y del Tesoro de la Nación, por valores superiores a los 30 mil millones de pesos (según surge de los sistemas de la propia Vialidad) más todo lo recaudado por las empresas en las cabinas de peaje”.

Rutas Argentinas
La Red Vial Nacional, está integrada por aproximadamente 40 mil km de caminos a lo largo de todo el territorio nacional. Todos ellos están a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad. En total, 9177 km conforman la Red Vial Concesionada, cuyos contratos eran administrados por el Órgano de Control de las Concesiones Viales (Occovi). Ese organismo hoy ya no existe, ya que fue disuelto por el gobierno de Macri y puesto bajo la órbita de Vialidad. Hasta el 10 de agosto de 2018, esos caminos eran operados por doce Corredores Viales. En este caso, el objeto de la denuncia es la forma ilegal e irregular en la que presuntamente se ampliaron los plazos de los Contratos de los Corredores 01, 02, 03, 04, 05, 06, y 08.

El Corredor Vial 01 está en manos de Concesionaria Vial SA, integrada por las empresas CPC SA y Benito Roggio SA, que opera las rutas nacionales 3, 205, 226, 252, 22 y 51. El Corredor 2 es de Corredor de Integración Pampeana, integrada por las empresas Esuco SA y Decavial SA, de las rutas nacionales 5 y 188. El Corredor 3 pertenece a Autovía Buenos Aires a los Andes SA, integrada por las empresas Rovella Carranza SA y José Cartellone Construcciones Civiles SA de las Rutas 7, 34 y 9. Por su parte, Carreteras Centrales de Argentina SA, integrada por las empresas Lemiro Pablo Pietroboni SA y Luis Losi SA, opera el Corredor 4, correspondiente a las rutas 19, 38, 34 y 18. El Corredor Vial 5 es de Cincovial SA, integrada por la firma ex Iecsa SA, cuyo titular era Angelo Calcaterra, primo de Mauricio Macri. En la actualidad es Sacde SA y opera las rutas nacionales 11, A-009, 9 AU, AU Rosario-Córdoba, A-012 y 193. El Corredor 6 está concesionado a Caminos del Paraná SA, propiedad de la Corporación América, de las rutas nacionales 12 y 16. Y por último, Corredor Vial 8, a cargo de Corredor Central SA, integrada por Supercemento SA, Luciano SA, Petersen, Thiele y Cruz SA y Polan SA, de las rutas 8, 33, 36 y A-005.

El fiscal fundamentó su pedido para la apertura de la investigación en que es inusual en materia de derecho administrativo que se emita una resolución como la firmada por Iguacel “ad-referéndum” del Poder Ejecutivo y que defina, como en este caso, la prórroga de un contrato sin llamado a licitación, por encima de decretos firmados por el PEN. Como agravante, el Poder Ejecutivo ni siquiera llegó a expedirse y el dictamen de Vialidad, un organismo autárquico, se aplicó de todas maneras. “Es insólito”, dijo Aleña en su declaración. Específicamente, la denuncia señala que “los actos administrativos ad-referéndum carecen de todo efecto jurídico, toda vez que tienen la potestad de generar, modificar y/o abolir derechos, consecuentemente no son legítimos y no son ejecutables”.

Según pudo saber PáginaI12 ya hay algunas medidas de prueba solicitadas por Taiano que están en marcha. Los denunciantes propusieron, entre otras cosas, el secuestro de documentación de la Dirección Nacional de Vialidad, el pedido de las actas con las que se extendieron los contratos, el análisis de los comprobantes de pago de los contratos de obra y las resoluciones de aumentos tarifarios que beneficiaron a las empresas. En este sentido, no se descartan novedades la semana que viene.

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Javier Milei se reunió con el presidente Daniel Noboa en Ecuador y firmaron acuerdos comerciales y de seguridad

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El presidente Javier Milei viajó a Ecuador para reunirse con el mandatario local Daniel Noboa, en el marco de una nueva gira que inició en la región para mostrar su respaldo a los líderes de derecha de América Latina. En ese marco, el Gobierno argentino también esperaba firmar acuerdos comerciales y de seguridad, como declarar organización terrorista a un grupo narco con bases en ese país.

La agenda internacional de Milei, que comenzó el pasado 25 de julio con su respaldo al candidato brasileño Flavio Bolsonaro y que escaló a un conflicto con el presidente de Brasil Lula da Silva, sigue con la cumbre llevada a cabo hoy con Noboa y la asistencia a la ceremonia de asunción del presidente electo de Colombia, Abelardo de la Espriella.

El momento del viaje de Milei se da en medio del debate de uno de los proyectos claves del Poder Ejecutivo, como lo es la Ley de Propiedad Privada, que se está debatiendo en el Senado de la Nación. A todo esto, la vicepresidenta Victoria Villarruel estará a cargo tras la salida de Milei, por lo que no podrá presidir la sesión y, por ende, tampoco votar en caso de un empate.

Sin embargo, ayer el oficialismo accedió a quitar el controvertido capítulo que habilitaba la venta de tierra a extranjeros. La definición se precipitó a menos de 24 horas del inicio de la sesión, tras una cumbre que concentró a los sectores aliados con la jefa libertaria en la Cámara alta, Patricia Bullrich, quien volvió a sufrir un nuevo traspié.

En ese marco, la decisión de Milei de viajar nuevamente al exterior tiene que ver con el objetivo de marcar su agenda internacional y fortalecer el liderazgo del libertario en la región, quien aspira a convertirse en el nexo entre América Latina y el republicano Donald Trump.

La cumbre se llevó a cabo en el Palacio de Carondelet, la sede del Gobierno ecuatoriano en Quito. El mandatario estuvo acompañado por el canciller, Pablo Quirno, y de la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei.

La agenda del día incluyó una ofrenda floral en la Plaza de la Independencia a las 13 horas locales, seguida del encuentro bilateral con Noboa en el que se rubricaron los acuerdos. Además, el mandatario asisitrá a un intercambio con representantes de las cámaras automotrices argentinas, mientras que Quirno participó a las 17 de la apertura del Foro Económico en el Hotel Swissôtel de Quito.

La embajadora de Ecuador en la Argentina, Diana Salazar, reveló en declaraciones a la televisión Teleamazonas que los mandatarios avanzarán hacia un nuevo tratado de extradición para actualizar el vigente, que data de 1933. La diplomática precisó que los procesos han sido “muy engorrosos” y que hubo demoras, lo que justifica la necesidad de modernizar el instrumento bilateral.

En paralelo a la cumbre, el Gobierno argentino anunció la declaración de la organización criminal ecuatoriana Chone Killers como organización terrorista. Según el comunicado oficial de la Oficina del Presidente, el grupo surgió en 2020 tras escindirse de la banda Los Choneros y se consolidó como una de las estructuras criminales más violentas de la región, dedicada al narcotráfico internacional, la extorsión y el sicariato, con vínculos con carteles mexicanos para el tráfico de drogas.

La decisión implicó su incorporación al Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), dependiente del Ministerio de Justicia, lo que habilita la aplicación de sanciones financieras y restricciones operativas. La medida fue adoptada en coordinación entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Ministerio de Seguridad Nacional, con base en informes reservados que acreditan que la organización “representa una amenaza externa real o potencial para la seguridad nacional”, según el texto oficial.

Como segunda parada de la gira, la delegación presidencial partirá este jueves hacia Cali, Colombia, para participar de la asunción de De la Espriella. En ese marco, Milei mantendrá a las 9:30 horas locales un encuentro con el ministro de Relaciones Exteriores de IsraelGideon Sa’ar, quien también asistirá a la ceremonia de traspaso de mando. Del encuentro participarán Karina Milei y Quirno. A las 10, el mandatario concretará su primer contacto con el nuevo presidente colombiano. El retorno de la delegación al país está previsto para el sábado a las 2:30 de la madrugada.

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Milei autorizó por decreto el ingreso de tropas de Brasil para hacer ejercicios militares en el país

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En medio del conflicto diplomático con Brasil, Javier Milei autorizó que la Marina de dicho país ingrese a la Argentina para realizar un ejercicio militar en aguas del Atlántico Sur. La medida quedó oficializada en el Boletín Oficial de la República Argentina a través de un decreto de necesidad y urgencia. La norma habilita el ejercicio no solo de FRATERNO XXXIX con Brasil, sino también de VIEKAREN XXVI con Chile y los despliegues SIFOREX XIV y UNITAS LXVII en Perú, con fechas que abarcan desde el 10 de agosto hasta el 14 de octubre.

Según el texto oficial, la vía excepcional resultó necesaria porque “la situación planteada hace imposible seguir los trámites ordinarios previstos por la Constitución Nacional para la sanción de las leyes” antes del inicio de las operaciones. El decreto agrega que el Poder Ejecutivo ya había remitido al Parlamento un proyecto para autorizar la entrada de tropas extranjeras y la salida de fuerzas nacionales dentro del Programa de Ejercitaciones Combinadas comprendido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026, pero esa iniciativa todavía no recibió tratamiento legislativo.

El primer tramo del cronograma corresponde al ejercicio FRATERNO XXXIX, para el que el Gobierno autorizó el ingreso de personal y medios de la Marina de la República Federativa del Brasil en aguas territoriales argentinas desde el 10 de agosto hasta el 24 de agosto de 2026. La actividad se desarrollará en la Base Naval Puerto Belgrano, la Base Naval Mar del Plata y en aguas jurisdiccionales argentinas.

De acuerdo con el decreto, FRATERNO se realiza todos los años desde 1978 entre la Armada Argentina y la marina brasileña. La norma señala que su objetivo es elevar el adiestramiento combinado y la interoperabilidad en operaciones navales, aeronavales y anfibias, además de “estandarizar y simplificar procesos de planeamiento y conducción”.

El texto oficial también vincula esa participación con la política de defensa y con la presencia naval en el Atlántico Sur. En ese punto, sostiene que el ejercicio “reafirma el compromiso de la República Argentina con la seguridad internacional y la estabilidad regional” y que además permite el adiestramiento de unidades de la flota de mar en guerra antisubmarina.

El segundo eje del decreto habilita la salida de medios y personal argentinos para VIEKAREN XXVI, un ejercicio previsto entre el 24 y el 28 de agosto de 2026 en aguas del Canal Beagle cercanas a Puerto Williams, en Chile. La práctica se realiza de manera anual desde 1999, de acuerdo con la norma difundida por el Gobierno.

En la fundamentación oficial, ese operativo aparece asociado al control del tráfico marítimo y al salvamento en el área austral correspondiente al límite internacional fijado en el Tratado de Paz y Amistad de 1984 entre Argentina y Chile. El decreto indica además que el despliegue busca fortalecer la interoperabilidad con la armada chilena y sostener presencia en una zona que define como prioritaria por su proyección austral.

El tramo más extenso de la autorización corresponde a las operaciones en Perú. El tercer artículo del decreto habilita la salida del país de medios y personal argentinos desde el 14 de agosto hasta el 14 de octubre de 2026, aunque los ejercicios se desarrollarán en septiembre. Ese esquema incluye SIFOREX XIV, programado entre el 7 y el 9 de septiembre, y UNITAS LXVII, fijado entre el 10 y el 24 de septiembre, ambos en aguas jurisdiccionales peruanas y en el puerto del Callao.

Sobre UNITAS LXVII, la norma sostiene que se trata del ejercicio de mayor envergadura y relevancia de su tipo y recuerda que se realiza todos los años desde 1960. Su propósito, según el decreto, consiste en “incrementar la interoperabilidad y el adiestramiento combinado en operaciones navales, aeronavales y anfibias” entre armadas de países americanos y otras naciones invitadas.

El Gobierno afirmó en ese punto que la participación argentina permite estandarizar procedimientos operativos, facilitar futuras operaciones multinacionales y adoptar protocolos de comunicación, procedimientos tácticos y estructuras de comando comunes. También advirtió que no concurrir “afectaría el adiestramiento naval combinado, la actualización de procedimientos propios y la adquisición de experiencias tácticas críticas”.

En cuanto a SIFOREX XIV, el decreto lo describe como un ejercicio de frecuencia bienal organizado por la Marina de Guerra del Perú y la Armada de los Estados Unidos. La finalidad asignada por la norma es elevar la interoperabilidad, uniformar procedimientos y reforzar capacidades para operaciones complejas en el mar.

Para la Armada Argentina, esa práctica funciona como un ámbito de adiestramiento en guerra antisubmarina y antisuperficie, según la publicación oficial. El texto agrega que una ausencia argentina afectaría el desarrollo de capacidades de operación submarina y la obtención de experiencia con unidades navales no disponibles en el país.

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Sin la venta de tierra a extranjeros, el Senado sesiona para avanzar con el resto de la ley de propiedad privada

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Después de tensas horas y la caída completa del capítulo sobre venta de tierra a extranjeros, que significó un nuevo golpe para el oficialismo libertario, el pleno del Senado retomará la sesión que en julio pasó a cuarto intermedio y, desde las 14, intentará aprobar la ley de propiedad privada, con capítulos en pie que presentarán debate.

El convite además tendrá, sin dudas, una fuerte discusión reglamentaria tras el guiño de Victoria Villarruel a favor de la virtualidad de dos legisladores, situación que sólo puede ser convalidada por el pleno, que es soberano. El oficialismo que lidera Patricia Bullrich hierve por estas decisiones e incluso en varias bancadas dialoguistas rechazan -en voz baja- la jugada de la Vicepresidenta. No obstante, lo que vale es lo que se diga y vote en las próximas horas en el recinto.

Temáticas diversas

*Expropiaciones. De lo que quedó del dictamen original -mayo pasado-, luego reformulado con al menos 17 borradores extra, se apunta a “bienes convenientes o necesarios para la satisfacción de la ‘utilidad pública’, cualquiera sea su naturaleza jurídica, pertenezcan al dominio público o al dominio privado, sean cosas o no”. Y se agrega: “La declaración de utilidad pública será de interpretación restrictiva y deberá identificar en forma específica y concreta el fin perseguido, y la expropiación del bien deberá ser idónea, necesaria y proporcional para alcanzarlo”.

En tanto, la “indemnización sólo comprenderá el valor objetivo del bien, tomando el valor de mercado siempre que sea determinado o determinable y los daños que sean una consecuencia directa e inmediata de la expropiación”; y “no se tomarán en cuenta circunstancias de carácter personal, valores afectivos, ganancias hipotéticas, ni el mayor valor que pueda conferir al bien el proyecto que motive la expropiación”.

La indemnización en cuestión “comprenderá el lucro cesante cuando sea consecuencia directa e inmediata de la expropiación, se encuentre debidamente acreditado mediante prueba objetiva, concreta y suficiente y no implique una duplicación de rubros indemnizatorios o se encuentre ya comprendido dentro del valor objetivo del bien”. Sobre este punto, “en ningún caso, la indemnización podrá exceder al equivalente del 30% (TREINTA POR CIENTO) del valor del daño emergente, salvo que el expropiado demuestre fehacientemente una afectación superior”.

Un último ítem del capítulo manifiesta que “gozarán de los beneficios de esta ley los ocupantes que, con causa lícita, acrediten la posesión pacífica, ostensible y continua durante diez (10) años con anterioridad al momento de la solicitud de acogimiento al régimen establecido por la presente ley, respecto de inmuebles edificados urbanos y/o que la autoridad de aplicación local defina a estos efectos como tales, que tengan como destino principal el de vivienda única y permanente, y reúnan las características previstas en la reglamentación”.

*Desalojos. La versión -por ahora- final plantea: “Si el destino es habitacional, previamente a la demanda de desalojo por falta de pago de alquileres el locador debe intimar fehacientemente al locatario al pago de la cantidad debida y otorgar para ello un plazo que no debe ser inferior a DIEZ (10) días corridos contados a partir de la recepción de la intimación, con especificación del lugar de pago”.

Seguido a ello, se suma que “el diligenciamiento de la notificación podrá ser dirigido al domicilio denunciado en el contrato por el locatario, sea éste real o electrónico, se tiene por válido aún si el locatario se negara a recibir la notificación o no pudiese perfeccionarse por motivos imputables a él”.

“Cumplido el plazo previsto en el primer párrafo, o habiéndose verificado la extinción de la locación por cualquier motivo, el locatario debe restituir la tenencia del inmueble. Ante el incumplimiento del locatario, el locador puede iniciar la acción judicial de desalojo, la que debe sustanciarse por el procedimiento más breve que prevea la ley. En ningún caso el locador puede negarse a recibir las llaves del inmueble o condicionar su recepción, sin perjuicio de la reserva por las obligaciones pendientes a cargo del locatario.

*Manejo del Fuego. “En caso de incendios de superficies de bosques nativos, cualquiera sea el titular de estos, no podrán realizarse modificaciones en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio”, sostiene la propuesta. La diferencia con la ley de Máximo Kirchner, vigente desde la época de Alberto Fernándezhabla de prohibiciones para vender o cambiar de rubro en cuanto a uso durante 60 años.

Además, la iniciativa busca dinamitar el artículo 22 quáter de la norma actual. El mismo expresa que “en caso de incendios” en “en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales” se “prohíbe por el término de treinta (30) años desde su extinción: a) la realización de emprendimientos inmobiliarios; b) cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera previo al momento del incendio; y, c) la modificación de uso de una superficie con el fin de desarrollar prácticas agropecuarias intensivas, excepto en los casos que dichas prácticas y modalidades hubiesen antecedido al evento”.

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