Conecta con nosotros

Política Nacional

Iguacel y Dietrich: IMPUTADOS

Publicado

en

El fiscal Taiano investiga si se habilitó a algunas empresas a seguir cobrando peajes y obras por $30 mil millones cuando sus contratos habían vencido.

El fiscal Eduardo Taiano imputó al ministro de Transporte, Guillermo Dietrich, y al ex titular de Vialidad Nacional Javier Iguacel por la ampliación irregular de los contratos de concesión de rutas nacionales. La acción penal fue impulsada tras una denuncia del Sindicato de Trabajadores Viales y Afines. Según indica la presentación y el dictamen de la fiscalía a los que accedió este diario, sin llamar a una nueva licitación, como lo indica la ley, el Estado habilitó a varias empresas –entre ellas a Iecsa, de Angelo Calcaterra, primo del Presidente– a seguir cobrando peajes y certificados de obra por 30 mil millones de pesos, a pesar de que los contratos ya habían vencido.

Esta causa se suma a la otra investigación abierta por las irregularidades en las concesiones de los peajes de la Panamericana y el Acceso Oeste, cuyos contratos también fueron prorrogados sin una nueva licitación. En ese caso, el juez Rodolfo Canicoba Corral busca determinar las condiciones en que el Grupo Socma se benefició con los aumentos de tarifas y la venta de las acciones que tenía en Ausol SA, empresa que, además, cobró 500 millones de dólares a cambio de levantar una demanda ante el Ciadi contra el Estado. Suma que la administración pública pagó sin siquiera intentar negociar o litigar para conseguir un fallo favorable.

El sindicato denunció penalmente a Dietrich y a Iguacel por la prórroga irregular de la concesión de un total de siete corredores viales. Se trata de rutas nacionales en las que las empresas continuaron con el cobro de peajes y certificados de obra millonarios, con contratos que fueron extendidos por una simple resolución y sin llamado a licitación, como lo indica la ley.

La presentación, que recayó en el juzgado de Sebastián Casanello y que impulsó en las últimas horas el fiscal Taiano, es por negociaciones incompatibles con la función pública, abuso de autoridad, violación de los deberes de funcionario público, mal desempeño y falsedad ideológica.

Los contratos de los corredores viales, compuestos por rutas nacionales, habían sido firmados en 2010 y vencían el 21 de abril de 2016, con la posibilidad de prorrogarse sólo por 12 meses más. La fecha final de caducidad pasó a ser, entonces, el 21 de abril de 2017, momento en el cual debió haberse llamado a una nueva licitación. Sin embargo, Iguacel emitió una resolución (la 811/17) para extender los plazos sin una nueva compulsa, omitiendo el decreto 1288 de 2016, que ordenaba precisamente que esos corredores debían volver a licitarse. Supuestamente, esa resolución de Iguacel era ad referéndum del Poder Ejecutivo, por lo que fue girada al Ministerio de Transporte. Sin embargo, según la denuncia, Dietrich la devolvió en tiempo récord y sin tramitar. En concreto, el escrito que ya inició su recorrido en Comodoro Py, con la firma de la secretaria general del Sindicato de Trabajadores Viales, Graciela Aleña, resalta que “Iguacel y Dietrich favorecieron a las empresas, privando a la administración de obtener una mejor oferta o mejor precio de mercado, ahorrándose la necesidad de competir para acceder o sostener por más de dos años la operación de los corredores concesionados”. La hipótesis es que los funcionarios buscaron “beneficiar a un grupo pequeño, pero de influyentes empresas constructoras, en perjuicio del Estado Nacional”.

La dirigente gremial ya declaró en el expediente en calidad de testigo y bajo juramento ratificó todos los puntos de la denuncia. En ese marco, explicó que después de la cuestionada resolución de Vialidad Nacional se firmó el famoso decreto del PEN que habilitó los contratos de Participación Público Privada (PPP). Sin embargo, ese decreto nada especificó respecto de las concesiones de las rutas nacionales, por lo que las empresas siguieron con el negocio sin volver a compulsar. Mientras tanto, continuaron cobrando peaje a los usuarios y recibiendo dinero por el mantenimiento de obras o por los nuevos trabajos en los diferentes corredores. “El Estado terminó haciéndose cargo de la financiación de las obras que debían estar financiadas por las empresas privadas”, detalló Aleña.

Según detalla la denuncia, “por quince meses, las concesionarias continuaron de forma ilegítima e ilegal cobrando peaje y como frutilla del postre fueron favorecidas con el aumento constante de las tarifas”. Además, “Dietrich e Iguacel utilizaron una pseudo resolución para continuar emitiendo y pagando certificados de obras en perjuicio de la Dirección Nacional de Vialidad y del Tesoro de la Nación, por valores superiores a los 30 mil millones de pesos (según surge de los sistemas de la propia Vialidad) más todo lo recaudado por las empresas en las cabinas de peaje”.

Rutas Argentinas
La Red Vial Nacional, está integrada por aproximadamente 40 mil km de caminos a lo largo de todo el territorio nacional. Todos ellos están a cargo de la Dirección Nacional de Vialidad. En total, 9177 km conforman la Red Vial Concesionada, cuyos contratos eran administrados por el Órgano de Control de las Concesiones Viales (Occovi). Ese organismo hoy ya no existe, ya que fue disuelto por el gobierno de Macri y puesto bajo la órbita de Vialidad. Hasta el 10 de agosto de 2018, esos caminos eran operados por doce Corredores Viales. En este caso, el objeto de la denuncia es la forma ilegal e irregular en la que presuntamente se ampliaron los plazos de los Contratos de los Corredores 01, 02, 03, 04, 05, 06, y 08.

El Corredor Vial 01 está en manos de Concesionaria Vial SA, integrada por las empresas CPC SA y Benito Roggio SA, que opera las rutas nacionales 3, 205, 226, 252, 22 y 51. El Corredor 2 es de Corredor de Integración Pampeana, integrada por las empresas Esuco SA y Decavial SA, de las rutas nacionales 5 y 188. El Corredor 3 pertenece a Autovía Buenos Aires a los Andes SA, integrada por las empresas Rovella Carranza SA y José Cartellone Construcciones Civiles SA de las Rutas 7, 34 y 9. Por su parte, Carreteras Centrales de Argentina SA, integrada por las empresas Lemiro Pablo Pietroboni SA y Luis Losi SA, opera el Corredor 4, correspondiente a las rutas 19, 38, 34 y 18. El Corredor Vial 5 es de Cincovial SA, integrada por la firma ex Iecsa SA, cuyo titular era Angelo Calcaterra, primo de Mauricio Macri. En la actualidad es Sacde SA y opera las rutas nacionales 11, A-009, 9 AU, AU Rosario-Córdoba, A-012 y 193. El Corredor 6 está concesionado a Caminos del Paraná SA, propiedad de la Corporación América, de las rutas nacionales 12 y 16. Y por último, Corredor Vial 8, a cargo de Corredor Central SA, integrada por Supercemento SA, Luciano SA, Petersen, Thiele y Cruz SA y Polan SA, de las rutas 8, 33, 36 y A-005.

El fiscal fundamentó su pedido para la apertura de la investigación en que es inusual en materia de derecho administrativo que se emita una resolución como la firmada por Iguacel “ad-referéndum” del Poder Ejecutivo y que defina, como en este caso, la prórroga de un contrato sin llamado a licitación, por encima de decretos firmados por el PEN. Como agravante, el Poder Ejecutivo ni siquiera llegó a expedirse y el dictamen de Vialidad, un organismo autárquico, se aplicó de todas maneras. “Es insólito”, dijo Aleña en su declaración. Específicamente, la denuncia señala que “los actos administrativos ad-referéndum carecen de todo efecto jurídico, toda vez que tienen la potestad de generar, modificar y/o abolir derechos, consecuentemente no son legítimos y no son ejecutables”.

Según pudo saber PáginaI12 ya hay algunas medidas de prueba solicitadas por Taiano que están en marcha. Los denunciantes propusieron, entre otras cosas, el secuestro de documentación de la Dirección Nacional de Vialidad, el pedido de las actas con las que se extendieron los contratos, el análisis de los comprobantes de pago de los contratos de obra y las resoluciones de aumentos tarifarios que beneficiaron a las empresas. En este sentido, no se descartan novedades la semana que viene.

Advertisement

Destacado

Aprobaron el aumento salarial para altos funcionarios del Gobierno, pero no aplicará para Milei y Villarruel

Publicado

en

Luego de que el presidente Javier Milei anunciara un aumento salarial para los altos funcionarios de su Gobierno nacional, que no lo incluiría a él y a la vicepresidente, Victoria Villarruel, la medida fue oficializada en el Boletín Oficial. No obstante, no se confirmó de cuánto será la suba que percibirán.

Por medio de la publicación del Decreto 931/2025, el jefe de Estado aprobó la modificación en el esquema salarial, que llevaba congelado desde diciembre de 2023. Asimismo, se instruyó a la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública a implementar “un nuevo sistema del empleo público en el ámbito del Sector Público Nacional”.

De esta manera, se solicitó una modificación en los “mecanismos de ingreso por mérito, evaluación periódica del desempeño, movilidad basada en competencias y esquemas de remuneración vinculados a la responsabilidad y funciones, garantizando la transparencia, la igualdad de oportunidades y la profesionalización de la dotación“.

Por este motivo, informaron que, a partir de este mes, se traslada el porcentaje acumulado de aumentos salariales negociados por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional —convenios aprobados en fechas específicas entre enero de 2024 y julio de 2025— a las retribuciones de los ministros, secretarios, subsecretarios y a funcionarios de rango equivalente.

A pesar de esto, aclararon que “los incrementos a los que se hace referencia por el presente artículo no serán de aplicación para los cargos de Presidente de la Nación y Vicepresidente de la Nación”. Asimismo, subrayaron que esta norma no tendrá efectivos retroactivos.

En el considerando, las autoridades explicaron que la decisión de aprobar los incrementos se sustentaron, por un lado, por el tiempo que estuvo vigente el congelamiento y, por otro lado, por el saneamiento que se logró hacer en las cuentas públicas a lo largo de la gestión.

“Se han logrado acumular 22 meses de superávit fiscal”, destacaron al agregar que la sostenibilidad demostrada por el programa económico generó un descenso en el índice de pobreza. En este sentido, valoraron que la situación de emergencia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social se había estabilizado para finales de 2025.

A pesar de esto, una de las cláusulas claves determinó que, si el Ministerio de Economía constatara públicamente la existencia de déficit fiscal financiero acumulado, las retribuciones mencionadas “quedarán automáticamente congeladas” y quedará suspendida la aplicación de nuevos incrementos, incluso aquellos ya aprobados.

“La suspensión operará de pleno derecho, sin necesidad del dictado de un acto administrativo, y se mantendrá vigente hasta tanto se restablezca el resultado fiscal financiero superavitario”, dictaminaron. Asimismo, se facultó a la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública a reglamentar las normas necesarias para aplicar la norma.

Incluso, el documento invitó al Poder Judicial de la Nación, al Poder Legislativo Nacional, a las provincias, a los municipios y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a replicar el esquema de congelamiento de las retribuciones para sus propias autoridades en contextos de déficit dentro de su jurisdicción.

Por último, derogaron el artículo 4° del Decreto N° 235, vigente desde el 9 de marzo de 2024. La misma había sido aprobada con la intención de que las retribuciones de los altos funcionarios del Gobierno nacional quedaran congeladas, según los montos percibidos hasta el 31 de diciembre de 2023.

En ese momento, las autoridades habían señalado que se trataba de una de las tantas medidas adoptadas “tendientes a ordenar y equilibrar las cuentas públicas, transparentar el gasto y lograr una eficiente y eficaz asignación de los escasos recursos disponibles”.

“Frente a ese gravísimo cuadro de situación, no hay más alternativa posible que el ajuste de las cuentas y de las finanzas públicas, en especial, de aquellos que han asumido responsabilidades políticas superiores”, subrayaron al hacer referencia al 211,4% de inflación interanual para finales de 2023.

De la misma manera, apuntaron que “la sociedad argentina está realizando un esfuerzo heroico, los políticos tienen que ser los primeros en dar el ejemplo”, tras confiar que la situación económica heredada de la antigua administración era reversible.

Continue leyendo

Destacado

El Gobierno extendió la emergencia sanitaria y creó formalmente la Secretaría que reemplazará a la ANDIS

Publicado

en

Luego de que se vencieran los plazos vigentes establecidos para la emergencia sanitaria y el congelamiento al aumento de las contribuciones patronales a pagar por escuelas privadas, el Gobierno nacional resolvió extender ambas medidas hasta el 31 de diciembre de 2026.

De esta manera, las prórrogas fueron oficializadas en el Boletín Oficial a través de las publicaciones de los decretos 942/2025, que comprendió la emergencia sanitaria, y 939/2025, que hizo referencia al pago de las contribuciones patronales de instituciones privadas.

En el caso de la emergencia sanitaria nacional, el Ministerio de Salud de la Nación realizó algunas modificaciones. La más destacada apuntó a una colaboración con el Ministerio de Seguridad Nacional, para crear un sistema de análisis de evidencia sanitaria, toxicológica y epidemiológica relacionada con productos sujetos a fiscalización.

Al mismo tiempo que se fortalecerán las acciones de prevención y control del uso de sustancias químicas, el organismo a cargo de Mario Lugones también participará en estrategias intersectoriales para combatir el narcotráfico mediante el intercambio de información, coordinación operativa y fortalecimiento de mecanismos de control.

Incluso, el decreto sustituyó el inciso 39 del artículo 23 de la Ley de Ministerios, por lo que se le asignó a la cartera sanitaria la responsabilidad exclusiva sobre el “diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas en materia de discapacidad y rehabilitación integral”, así como la conducción de los procesos de otorgamiento y control de pensiones por invalidez y otras prestaciones asociadas.

De la misma manera, se confirmó la creación de la Secretaría Nacional de Discapacidad, luego de que se anunciara el cierre de la Agencia Nacional de Discapacidad. Tal como se había anticipado, todos los compromisos, recursos y funciones que estaban bajo la órbita del ex organismo quedarán bajo la administración del ministerio.

Educación: escuelas privadas

Respecto a la extensión de la medida que frena los aumentos de contribuciones patronales a abonar por las escuelas privadas, el Gobierno explicó que la decisión buscaba frenar un aumento en los fondos asignados por las provincias a estas instituciones.

“El incremento de las contribuciones patronales generará un aumento importante en las partidas presupuestarias de las Provincias, ya que el aporte estatal no solo contribuye al pago de los sueldos de los docentes curriculares, sino también al pago de las contribuciones patronales de aquellos salarios”, profundizaron al resaltar que un gran porcentaje de estas cuentan con un subsidio estatal.

No obstante, la medida también incluirá a las instituciones que no perciban aportes del Estado, debido a que, de aplicarse, se traduciría en la cuota que abonarían las familias. De esta forma, se evitaría “afectar la economía” de los grupos familiares que optan por esos colegios.

De la misma forma, recordaron que el artículo 24 de la Ley N° 27.541, conocida como Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública, había otorgado la posibilidad de prorrogar estos alivios si la situación económica del sector lo demandaba, siempre que existieran informes técnicos positivos del Ministerio de Educación y del Ministerio de Economía.

Así, los empleadores titulares de establecimientos incorporados a la enseñanza oficial, amparados por las Leyes N° 13.047 y N° 24.049, mantuvieron las alícuotas previas hasta la fecha establecida.

Por otro lado, la normativa también hizo énfasis en que la aplicación plena de las disposiciones del Capítulo 3 hubiera resultado en incrementos aún mayores en las provincias alejadas de los grandes centros urbanos, disparando la desigualdad y perjudicando a la prestación educativa en áreas socialmente más vulnerables.

“El principal costo operativo y financiero de los establecimientos educativos de gestión privada está representado por el componente salarial, en el que se incluyen las correspondientes contribuciones patronales”, sostuvieron como parte del argumento. Por este motivo, la decisión mantiene durante 2026 el esquema de contribuciones vigente en 2019, como contemplaba la Ley N° 27.541 y las modificaciones incluidas en la Ley N° 27.430 para ese universo de empleadores.

Continue leyendo

Destacado

Promulgaron el Presupuesto 2026 y la Ley de Inocencia Fiscal tras la aprobación del Senado

Publicado

en

El viernes 26 de diciembre, el Senado aprobó por amplia mayoría el primer Presupuesto bajo la gestión de Javier Milei luego de una sesión que se extendió por más de ocho horas. Ahora, el Gobierno publicó en Boletín Oficial la reglamentación tanto del plan fiscal 2026 -bajo el decreto 932/2025-, como de la Ley de Inocencia Fiscal.

Tras el debate en la sesión especial del Senado, la votación fue positiva y se aprobó en general el Presupuesto 2026. La victoria fue por amplio margen: 46 votaciones afirmativas ante 25 negativas. Solamente hubo una abstención.

El cálculo para el período que comienza contempla una expansión del Producto Bruto Interno (PBI) del 5%, una inflación anual estimada en 10,1% y un valor del dólar que, según el Gobierno, alcanzará los $1.423 en diciembre del próximo año. De acuerdo con lo informado por la Casa Rosada, se proyecta un superávit primario equivalente al 1,5% del PBI y un superávit financiero del 0,2%. Además, las exportaciones tendrían un aumento del 10,6%.

El Presupuesto prevé también la evolución de la demanda agregada para el próximo año. Las proyecciones oficiales señalaron que el consumo privado crecería 4,9%, lo que implica una reducción de 5,3 puntos porcentuales respecto a la estimación para 2025. En cuanto al consumo público, se espera un incremento del 1,2%, superior en 1,4 puntos al registro de este año. Por su parte, la inversión presenta una expectativa de crecimiento del 9,4%.

“Estímase para el Presupuesto del Sector Público Nacional, Ejercicio Fiscal 2026, un resultado financiero superavitario de pesos dos billones setecientos treinta y cuatro mil veintinueve millones seiscientos cincuenta y cinco mil cincuenta y cinco ($2.734.029.655.055)”, establece el texto de Ley 27798. Pese a las diferencias que generó el proyecto en el Congreso, el Senado terminó por aprobar la ley de leyes con 42 votos a favor, 28 en contra y 2 abstenciones.

El artículo 30 del capítulo 2 fue uno de los temas que más dudas generó durante el debate, debido a que contemplaba la eliminación de cláusulas relacionadas con el financiamiento del Sistema Nacional de CienciaTecnología e Innovación, la Educación Técnico Profesional y el Fondo Nacional de la Defensa.

De hecho, el texto publicado derogó:

  • El artículo 9° de la Ley de Educación Nacional (26.206), el cual obligaba al Estado nacional, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires a destinar al menos el 6% del Producto Interno Bruto (PIB) al financiamiento del sistema educativo nacional.
  • El inciso 1 del artículo 4° de la Ley 27.565, que creaba el Fondo Nacional de la Defensa (FONDEF) y establecía que el 0,8% de los ingresos corrientes del presupuesto nacional se debían destinar al reequipamiento y modernización de las Fuerzas Armadas, incluyendo inversiones en ciencia y tecnología para la defensa.
  • El artículo 52 de la Ley 26.058 (Educación Técnico Profesional), que creaba el Fondo Nacional para la Educación Técnico Profesional (FNEP)
  • Y los artículos 5°, 6° y 7° de la Ley 27.614 (Financiamiento de Ciencia y Tecnología), que establecían una meta de inversión progresiva en ciencia, tecnología e innovación, con el objetivo de alcanzar el 1% del PIB en 2032

Inocencia Fiscal

En paralelo a la aprobación del Presupuesto 2026, el Congreso aprobó la Ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa que modifica el régimen penal tributario y los procesos de control fiscal. El objetivo es facilitar el uso de ahorros en dólares fuera del sistema bancario y simplificar los trámites para los contribuyentes. Según el Indec, al cierre del tercer trimestre de 2025 los argentinos mantenían alrededor de USD 254.000 millones fuera del sistema financiero.

La ley no habilita un blanqueo de capitales ni cambia la estructura del Impuesto a las Ganancias, sino que permite a los contribuyentes usar sus ahorros hasta un máximo de $100 millones sin enfrentar sanciones por parte del fisco, siempre que no superen ciertos límites. En este sentido, quedan excluidos de este beneficio quienes tengan ingresos anuales superiores a $1.000 millones, un patrimonio mayor a $10.000 millones o sean considerados grandes contribuyentes nacionales.

Entre los principales cambios que introduce la norma se destacan:

  • Principio de Inocencia Fiscal: el Estado presume que los contribuyentes cumplen sus obligaciones y solo investiga si hay pruebas concretas de incumplimiento. Ya no se podrá suponer automáticamente la existencia de evasión.
  • Ajuste de los montos penales: se actualizan los valores a partir de los cuales la evasión se considera delito penal, y se permite cancelar deudas y evitar causas penales si se paga antes de que se inicie la denuncia, aunque solo se podrá hacer una vez por persona.
  • Extinción de la acción penal: si el Estado pierde la posibilidad de reclamar una deuda por vía administrativa, tampoco podrá hacerlo por la vía penal. No se podrán cerrar causas de evasión con mecanismos de conciliación como sucede en otros delitos.
  • Penas por simulación: quienes utilicen documentos falsos o maniobras engañosas para simular el pago de impuestos podrán recibir entre dos y seis años de prisión si el monto involucrado supera ciertos valores, medidos en salarios mínimos.
  • Actualización automática de montos: los valores de referencia para multas y delitos se ajustarán cada año según la inflación y deberán publicarse oficialmente.
  • Cambios en plazos y multas: se reducen los plazos de prescripción a tres años para quienes cumplen regularmente, y se eliminan suspensiones automáticas. Las multas administrativas para individuos y pymes bajan hasta un 90%, pero no para grandes empresas.
  • Declaración jurada simplificada: personas físicas con ingresos de hasta $1.000 millones y patrimonios de hasta $10.000 millones podrán optar por una declaración simplificada del Impuesto a las Ganancias
  • Efecto sobre ahorros en dólares: la ley no establece un blanqueo, pero reduce el riesgo de fiscalizaciones automáticas si los ahorros no superan los límites y no hay inconsistencias graves en las declaraciones.
  • Modernización fiscal: El éxito de la reforma dependerá de que el organismo recaudador implemente tecnología y mejore sus sistemas de control.
  • Multas más altas: las sanciones por no presentar documentación pasan de $200 a $220.000 para personas y de $400 a $440.000 para empresas, aunque habrá un periodo de aviso antes de aplicar la multa.

 

Continue leyendo
Advertisement

Trending