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Política Nacional

Los detalles de la nueva edición del ATP

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Se extienden los beneficios relativos al Salario Complementario, a la postergación y reducción del pago de las contribuciones patronales y al Crédito Tasa Subsidiada. Se definió incluir a guarderías y jardines maternales.

La asistencia estatal para el pago de salarios privados de noviembre ya está vigente en la página web de la AFIP a través de tres instrumentos: salario complementario, créditos a Tasa subsidiada y Repro II.

El acceso a la nueva edición del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) estará habilitado hasta el jueves próximo (26 de noviembre), y se podrá acceder de acuerdo al tipo de actividad desarrollada por la empresa y/o la variación en su nivel de facturación, informó la AFIP.

El Programa ATP forma parte de las políticas implementadas por el Gobierno para amortiguar el impacto económico de la pandemia, con una inversión de $240.000 millones que sostuvo empleos e ingresos de las trabajadoras y los trabajadores del sector privado.

A los beneficios de los créditos a tasa subsidiada y el salario complementario, se suma en noviembre el Repro II que instrumenta el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, y la posibilidad de acceder a cada uno de los beneficios depende del tipo de actividad desarrollada por la empresa y/o la variación nominal en su nivel de facturación.

Aquellas empresas que no desarrollan actividades críticas y registran una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de octubre de 2020 y 2019, podrán optar entre tramitar un crédito a tasa subsidiada del 27% o solicitar el Repro II.

Quienes decidan tramitar el Repro II deberán recabar y presentar el último balance junto con un conjunto de datos económicos sobre la empresa que son requeridos por la cartera laboral.

La información será solicitada al finalizar el período de inscripción, pero las empresas pueden comenzar a producir la documentación en forma anticipada.

Las empresas no afectadas en forma crítica que registran una variación nominal positiva en su facturación de 0% a 35% podrán solicitar un crédito a tasa subsidiada del 33%, que contará con un período de gracia de tres meses y un repago de 12 cuotas iguales y consecutivas.

En el caso de cumplir con las metas de creación de empleo establecidas por el Ministerio de Desarrollo Productivo, podrán recibir un reintegro total o parcial al finalizar la devolución del crédito.

Aquellas firmas que registran una variación nominal negativa en su facturación entre los meses de octubre de 2020 y 2019 accederán al Salario Complementario.

En esta oportunidad se definió incluir a guardería y jardines maternales, que por no encontrarse inscriptos bajo el código 851010 del Clasificador de Actividades Económicas (CLAE), no accedían al beneficio de Salario Complementario.

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Los senadores pasarán a cobrar en marzo más de 11 millones de pesos

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Los senadores pasarán a cobrar en marzo una dieta superior a los 11 millones de pesos porque sus ingresos están acoplados a los aumentos acordados entre las autoridades del Congreso y los gremios legislativos.

Los gremios acordaron este miércoles un aumento salarial progresivo desde diciembre hasta mayo de un 12,5 por ciento acumulado.

Por ese motivo, los senadores que hasta noviembre cobraban 10,2 millones de pesos pasarán a cobrar en marzo 11 millones de pesos en bruto y en mayo 11,5 millones, ya que sus aumentos están ligados a los incrementos de la paritaria legislativa.

Esto es así porque los senadores decidieron en abril del 2024 volver acoplar las dietas a los aumentos salariales que se había suspendido por una resolución de la vicepresidenta Victoria Villarruel y del presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem.

La decisión se tomó a mano alzada y generó polémica ya que algunos senadores plantearon que no estaban de acuerdos con esa medida promovida por la mayoría de los legisladores

En cambio, la Cámara de Diputados no aumenta las dietas de sus legisladores al firmarse una nueva paritaria, sino que esos incrementos los define Menem, y por eso motivo los ingresos de los diputados hoy están ubicados cerca de los 6 millones de pesos en bruto. 

Los trabajadores legislativos cobran de acuerdo a la cantidad de módulos y en el caso de los senadores son 2500 módulos por dieta, 1000 por representación y 500 por desarraigo.

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AFA Gate: Pablo Toviggino presentó un escrito, pidió ser sobreseído y evitó responder preguntas en la causa por evasión

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El tesorero de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Pablo Toviggino, se presentó en los Tribunales de Retiro, en la causa por presuntos desmanejos de fondos por retención indebida de impuestos y aportes previsionales, a cargo del juez en lo penal económico Diego Amarante.

Toviggino presentó un escrito de más de 100 páginas y evitó responder preguntas en el expediente, después de estar casi una hora en la sede judicial, donde hubo un fuerte operativo de seguridad.

Toviggino pidió ser sobreseído en la causa y también demandó una pericia contable. Insistió en que no hay delito, ya que el Gobierno osuspendió la ejecución de la deuda. “Un error en la interpretación de la fecha de vencimiento de esa deuda no puede dar pie a una persecusión legal desmedida”, aseguró el tesorero de la AFA en su descargo.

Por momentos, Toviggino esbozó alguna sonrisa sarcástica, según señalaron presentes en la indagatoria.

Además, se declaró inocente en todos los cargos que se le acusan. El dirigente, mano derecha del presidente de la institución, Claudio “Chiqui” Tapia, debía presentarse la semana pasada ante la Justicia, pero logró postergar la citación luego de hacer un cambio de abogados.

Este jueves será el turno de Claudio “Chiqui” Tapia. El presidente de la AFA también deberá presentarse presencialmente en los tribunales.

Esta semana el juez Amarante rechazó los pedidos de nulidad presentados por ambos dirigentes y ratificó las indagatorias programadas para esta semana.

Amarante rechazó los argumentos de las defensas, que habían planteado que no existía delito y que se debía suspender el llamado a indagatoria por existir un recurso pendiente de resolución ante la Cámara.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) acusó a la AFA de haber actuado como agente de retención y percepción de tributos nacionales y recursos de la seguridad social, sin depositar los montos correspondientes dentro del plazo legal de 30 días corridos posteriores al vencimiento.

Los períodos abarcados van desde marzo de 2024 hasta septiembre de 2025, con retenciones en IVA, Impuesto a las Ganancias y contribuciones a la seguridad social.

Fuente: TN

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La Justicia rechazó el amparo de la CGT que buscaba frenar parte de la reforma laboral

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La Justicia rechazó un planteo de la Confederación General del Trabajo (CGT) contra algunos artículos de la reforma laboral vinculados al traspaso de competencias de la Justicia Nacional del Trabajo hacia la órbita de la Ciudad de Buenos Aires. El fallo desestimó el pedido cautelar que buscaba frenar la aplicación de esos puntos de la ley mientras se resolvía el fondo del litigio.

La decisión fue tomada por el juez Enrique Lavié Pico, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°7, que intervino en el amparo presentado por la central obrera contra el Estado Nacional.

La CGT había presentado el amparo luego de la sanción de la ley de reforma laboral en el Congreso y antes de su promulgación por parte del Poder Ejecutivo.

La presentación judicial había sido realizada el 6 de marzo por la CGT, que pidió la nulidad e invalidez constitucional de los artículos 90 y 91 referidos al traspaso de la función judicial en materia laboral desde la Justicia nacional hacia el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Además, solicitó una medida cautelar innovativa para suspender la aplicación de esos puntos de la ley hasta que hubiera una sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo.

En el fallo, el juez Lavié Pico sostuvo que ese tipo de medidas tienen carácter excepcional porque implican modificar el estado de hecho o de derecho existente antes de que haya una sentencia definitiva.

En ese sentido, consideró que el pedido de la CGT requería analizar cuestiones que forman parte del objeto principal del litigio, algo que —según explicó— no corresponde resolver en una instancia cautelar.

Por eso, en su resolución, rechazó la medida cautelar que pretendía suspender de forma inmediata la aplicación de esos artículos y del convenio de transferencia incluido en la norma.

Fuente: TN

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