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Política Nacional

Pese a la ley de paridad, más del 80% de las listas son encabezadas por hombres

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Cuando en coincidencia con el Día Internacional de la Mujer, el 8 de marzo el Gobierno reglamentó la ley de paridad de género en ámbitos de representación política, el objetivo ideal era que la norma tuviera un efecto directo sobre las elecciones legislativas nacionales de este año, y también, por qué no, en las postulaciones a puestos ejecutivos.

Pero la existencia de esa ley no cambió demasiado el panorama de la dirigencia política argentina ya que, más allá de que hay una sola precandidata a presidente sobre diez postulaciones (Manuela Castañeira, por el Nuevo MAS), además, el 82% de las listas legislativas son encabezadas por hombres, que también acaparan el 81% de las candidaturas para gobernaciones provinciales y la jefatura de Gobierno de la ciudad de Buenos Aires.

Con la promulgación de la ley de paridad de género el Ejecutivo apuntaba a empezar a cerrar la desigualdad en el Congreso. Hoy hay 100 bancas ocupadas por diputadas sobre las 257 totales, lo que equivale a casi un 39%. Y si bien el número de mujeres es superior en el Senado, ya que son 30 sobre 72 (41,5%), todo parece indicar que a pesar de que el próximo Congreso será el más igualitario, la situación es muy distinta en los cargos ejecutivos.

De las 142 candidaturas para gobernar uno de los 24 distritos del país (entre las elecciones que ya sucedieron y las que restan por definirse), solo 29 corresponden a mujeres (20,4%), y esto es si son incluidas aquellas precandidaturas que perdieron contra otro u otra postulante o no superaron el umbral del 1,5% de los votos en las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO).

Es cierto que la ley de paridad no tiene ninguna incidencia sobre las candidaturas a puestos ejecutivos, y tampoco sobre quiénes son los que encabezan las listas de postulantes al Senado y a la Cámara de Diputados, pero los objetivos de este tipo de normas van más allá de lo que dicen los artículos que las componen.

“Este tipo de medidas de acción afirmativa son solo un comienzo y su efecto está lejos de ser lineal y directo sobre la representación: su efectividad depende también del compromiso de las dirigencias partidarias con la causa. Con un cumplimiento mínimo de la paridad, es decir, si las mujeres no encabezan listas, su impacto podría ser menor”, aseguró a Infobae Carolina Tchintian, doctora en Ciencia Política y directora del programa de Instituciones Políticas del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC).

En esa línea, para Carolina Castro, la primera mujer en integrar el comité de la UIA y ex subsecretaria de la Pequeña y Mediana Empresa de la Nación, “la implementación de la paridad de género es un paso importante. El parlamento representa a la sociedad en su conjunto y es positivo que esa representación se condiga con la realidad en términos de género”.

Por su parte, para María Esperanza Casullo, doctora en ciencia política de la Universidad de Georgetown y profesora de la Universidad Nacional de Río Negro, “sin leyes que garanticen cuotas de género la participación política de las mujeres en los poderes legislativos ha permanecido estancada. Las leyes de cuotas han sido eficaces en aumentar la representación”.

Pero la ley de paridad no es la línea de llegada, porque si el objetivo es el fin de la desigualdad en la política, hay un largo camino por recorrer ya que de las 285 listas legislativas en todo el país apenas 52 son encabezadas por mujeres, un 18,2%. Esta situación tiene ejemplos extremos, como en Entre Ríos, donde ninguna mujer es la primera en una lista de precandidatos a Senadores. Formosa, Salta y Tucumán también son un ejemplo de la desigualdad: las 24 listas (6 en Formosa, 9 en Salta y 9 en Tucumán) son lideradas por hombres.

Si bien estos números pueden parecer alarmantes, vale aclarar que Argentina está 18° en una lista que ordena a los países por el porcentaje de legisladoras mujeres en los Congresos nacionales, por delante de naciones como Islandia, Dinamarca, Italia, Suiza, Holanda, Alemania, Australia, Israel, Canadá, Estados Unidos y otros países latinoamericanos como Ecuador, Perú, Chile, Uruguay, Venezuela y Brasil. Ese ránking lo elabora la Unión Interparlamentaria, una organización creada en 1889 que integran 179 Congresos de todo el mundo

Fuente: Infobae

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“Ley Joaquín”: a un paso de su aprobación en el Senado de la Nación

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La Comisión de Deportes del Senado de la Nación dio dictamen favorable al proyecto de “Ley Joaquín”, que ya cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados, en la que fue aprobada por unanimidad. De esta manera, la iniciativa quedó en condiciones de ser tratada en el recinto para su sanción definitiva.

El proyecto busca establecer medidas de prevención y seguridad en clubes, escuelas y espacios públicos donde se practican deportes, con especial atención a la protección de niños y adolescentes. La reunión de Comisión de la Cámara alta fue convocada por el senador nacional por la provincia de Buenos Aires, Maximiliano Abad, que la preside.

“¿Hay algo más importante que la seguridad de nuestros hijos? ¿Hay algo más necesario que la práctica del deporte en todas las edades? Con el empuje de muchas familias tratamos en el Senado el proyecto de Ley Joaquín”, dijo Abad una vez logrado el dictamen. Y agregó: “La dirigencia tiene que estar siempre un paso adelante para prevenir desenlaces que se podrían haber evitado. Queremos que una muerte que podía ser evitada nunca más tenga un desenlace trágico en la Argentina”.

La “Ley Joaquín”

La denominada “Ley Joaquín” establece medidas de seguridad para instalaciones y equipamientos deportivos, como el correcto anclaje de arcos, aros y postes, la protección de columnas y estructuras, y controles técnicos para garantizar condiciones adecuadas en los espacios de práctica deportiva. También prevé la coordinación de la Subsecretaría de Deportes de la Nación y la designación de autoridades de aplicación en cada jurisdicción.

La iniciativa lleva el nombre de Joaquín Stefano Gatto, un niño de 12 años que falleció tras ser golpeado por un arco de fútbol que no estaba correctamente sujetado. Su familia impulsó el proyecto para que su historia se transforme en una herramienta de prevención y ninguna otra familia tenga que atravesar una tragedia similar.

Abad agradeció el acompañamiento de sus pares y destacó especialmente el compromiso de la familia de Joaquín y de tantas otras familias que impulsaron la iniciativa. Además, manifestó su expectativa de que el proyecto pueda convertirse en ley en la próxima sesión.

Tal como informó la Agencia DIB, este miércoles la Provincia de Buenos Aires reglamentó la Ley 15.618, que también establece medidas de seguridad para la instalación, sujeción y mantenimiento de arcos deportivos, aros de básquet, postes de redes de vóley y juegos de plaza, entre otros elementos recreativos y deportivos. La normativa publicada en el Boletín Oficial apunta a prevenir accidentes y proteger la integridad física de niños, niñas y adolescentes. Y le otorga un rol clave a los municipios bonaerenses, luego que en el último tiempo se registraran varios accidentes en espacios públicos.

Fuente: Agencia DIB

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Por la visita del Papa, el Gobierno amplió el control aéreo y autorizó el uso de la fuerza ante un acto hostil

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A días de la visita del papa León XIV a la Argentina, el Gobierno nacional dispuso la ampliación temporal de las Reglas de Protección Aeroespacial, un protocolo que habilita el uso de la fuerza como último recurso contra aeronaves de origen externo declaradas hostiles.

Por medio de la publicación del Decreto N° 1334/2026 en el Boletín Oficial, se confirmaron nuevas restricciones al tránsito aéreo y una coordinación reforzada entre autoridades civiles y militares. El objetivo declarado es proteger los actos papales que tendrán lugar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Córdoba y Luján entre el 8 y el 11 de noviembre.

De esta manera, la norma amplía las reglas aprobadas en 2016 para las Zonas de Operaciones Restringidas TMA Baires y TMA CBA. Se trata de los espacios que comprenden sectores de alta circulación aérea alrededor de los aeropuertos y las ciudades de Buenos Aires y Córdoba.

Como punto central de las modificaciones, las autoridades habilitaron “el uso de la fuerza por parte de los medios del Sistema de Defensa Aeroespacial para el derribo y/o destrucción de vectores incursores de origen externo declarados ‘hostiles’”.

En este sentido, el uso de la fuerza implicará “el empleo del poder de fuego disponible por parte de la aeronave interceptora contra la estructura del vector incursor, con el objeto de anular su capacidad de vuelo impidiendo la continuidad de su trayectoria”. Asimismo, deberá contemplarse un plan para minimizar el riesgo de daños a la vida y/o bienes en la superficie.

Para que eso ocurra, el decreto exige la comprobación de un “acto hostil”. La definición abarca desde un ataque armado, el uso o la amenaza inminente de usar una aeronave como arma contra personas, intereses vitales de la Nación u objetivos estratégicos.

Entre los indicios que pueden ser evaluados como hostiles figuran la presencia de armamento o la persistencia, pese a las advertencias, de una trayectoria, una altura o una velocidad compatibles con un ataque contra un blanco determinado.

No obstante, la declaración de hostilidad corresponderá al comandante conjunto aeroespacial, una vez confirmada la situación. Pero la aplicación de la regla que habilita el empleo de armas deberá contar con la aprobación del ministro de Defensa, Carlos Presti, una atribución que el presidente Javier Milei delegó para este operativo y que no podrá ser transferida a otra autoridad.

También deberán intervenir medios militares que estén bajo el comando o control operacional de la autoridad de ejecución, que tendrán el objetivo de evitar la afectación de un interés vital o de un objetivo de valor estratégico.

Por otro lado, el decreto diferencia de manera expresa el tratamiento de las aeronaves civiles. Ante el incumplimiento de una instrucción, la respuesta prevista es la interceptación y la orden de aterrizaje en el lugar que se indique.

En línea con esto, establecieron que el Comando Conjunto Aeroespacial dirigirá la respuesta operativa y deberá coordinar con la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) las restricciones que se apliquen a los vuelos. La ANAC, a su vez, deberá adoptar las medidas necesarias y aportar el apoyo requerido por el mando militar.

La norma no establece una prohibición general de vuelos, pero sí habilita a las autoridades a graduar las limitaciones según el escenario y a desviar aeronaves civiles fuera de un área afectada si fuera necesario para preservar la seguridad operacional.

En este sentido, remarcaron que “cada evento irregular configurará una degradación de la situación aeroespacial en la zona afectada, a los efectos de la aplicación de las Reglas de Protección Aeroespacial”.

Así, en caso de detectarse una irregularidad en una de las zonas restringidas, el Comando Conjunto Aeroespacial podrá asumir distintos niveles de conducción sobre el área y sobre los servicios de navegación aérea de la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA).

El primer nivel será el control por coordinación. En ese escenario, el mando militar informará al supervisor del servicio de navegación aérea para que adopte medidas y, cuando sea posible, desvíe vuelos civiles de la zona involucrada.

En un segundo nivel, denominado control total bajo subordinación directa, los controladores continuarán con sus tareas habituales, aunque deberán aplicar las restricciones que ordene el Comando Conjunto.

El nivel más amplio es el control total integral, el cual permite despejar el área de aeronaves civiles para que operen exclusivamente medios militares y deja toda autorización de vuelo bajo control militar, según lo dispuesto previamente. La decisión sobre qué nivel aplicar quedará en manos del comandante conjunto aeroespacial y dependerá de cada situación.

Por último, las autoridades informaron que el gasto del operativo será cubierto con partidas asignadas al Ministerio de Defensa, el Ejército, la Fuerza Aérea y el Estado Mayor Conjunto.

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Tras la polémica por los CEDEARs, el Gobierno retirará por completo el proyecto de Ley de Competitividad Financiera

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Luego de que se desatara una polémica por el artículo que proponía gravar con Ganancias las inversiones realizadas a través de CEDEARs, el Gobierno nacional resolvió retirar por completo el proyecto de Ley de Competitividad Financiera. De esta manera, quedará trunco el tratamiento de la iniciativa en Diputados.

Tanto desde Casa Rosada como desde el bloque de diputados libertario confirmaron a Infobae que la totalidad del proyecto será retirada. Así, cada uno de los articulados volverá a ser revisado antes de que sea tratado por ambas cámaras.

Horas antes, se había confirmado que solo iba a ser eliminado el artículo que contenía la propuesta de modificar el tratamiento tributario de los certificados de depósito argentinos, conocidos como CEDEARs. Se trata de los instrumentos que se negocian en el mercado local, pero representan acciones, bonos y otros activos que cotizan fuera del país.

La decisión había sido confirmada por Felipe Núñez, director del Banco de Inversión y Comercio Exterior (BICE) y asesor del ministro de Economía, Luis Caputo. “Quedó de un borrador viejo. Se va a retirar”, escribió el funcionario en su cuenta de X sobre el traspié. Aunque en un comienzo se interpretó que iba a ser solo ese artículo, en la Casa Rosada se decidió de manera posterior el retiro de la totalidad de la iniciativa.

Este medio pudo confirmar de numerosas fuentes que hubo una intencionalidad de diferentes áreas del Gobierno de que se realizara esa medida. Afirman que no se trató de un error de revisión del proyecto: de hecho, la Secretaría de Legal y Técnica de la Presidencia de la Nación, a cargo de María Ibarzábal Murphy, había advertido sobre las particularidades del artículo de los CEDEARs. Con el comentario hecho, el Ministerio de Economía dio el visto bueno de la iniciativa, la cual no pasó desapercibida.

Esto fue ampliamente debatido semanas atrás. Una de las reuniones más importantes se dio el mes pasado en una reunión de la Mesa Política a la que asistió el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, quien es uno de los autores intelectuales de la integralidad del proyecto. En ese encuentro también hubo comunicaciones por videollamada con autoridades del Banco Central (BCRA) y la Comisión Nacional de Valores (CNV).

“No es que se charló, se debatió bastante durante media hora. Cada cual tenía sus posiciones y después se dejó a merced de lo que decidieran las partes que estaban planificando el proyecto”, comentó una de las personas que está al tanto de lo que se conversó ese día. El presidente Javier Milei supo que eso estaba siendo debatido.

El objetivo del apartado era que las operaciones con esos certificados tuvieran el mismo régimen impositivo que la compra directa del activo extranjero al que representan. De esa forma, las ganancias obtenidas con inversiones en compañías o instrumentos del exterior habrían quedado alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias.

Según explicó el tributarista Sebastián Domínguez a este medio, la alícuota que podría haberse aplicado era de 15%. La medida contemplaba los certificados adquiridos desde el 31 de octubre de 2026, siempre que el Congreso aprobara el proyecto.

El capítulo que generó controversia proponía reemplazar un inciso del artículo 26 de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Bajo el criterio de “transparencia fiscal”, el tratamiento tributario habría dependido del activo subyacente y no del vehículo elegido para realizar la inversión.

En la práctica, una persona que invirtiera desde la Argentina en una empresa extranjera mediante un CEDEAR habría recibido el mismo trato fiscal que quien adquiriera esa acción de manera directa en el exterior.

Qué cambios buscaba impulsar el proyecto

El proyecto de Ley de Competitividad Financiera, que había sido enviado este lunes a la Cámara de Diputados, reunía 240 artículos que buscaban introducir cambios en el mercado de capitales, los mecanismos de crédito, el sistema de garantías y determinadas disposiciones tributarias. La iniciativa retomaba medidas anunciadas por el presidente Javier Milei en julio y apuntaba a flexibilizar regulaciones de distintas actividades del sector financiero.

Entre sus ejes figuraba la incorporación de tecnologías de registros distribuidos, como blockchain, para la emisión, guarda, transferencia y negociación de valores negociables. Además, el texto preveía que esos instrumentos pudieran operar fuera de los sistemas tradicionales de depósito centralizado, con exigencias de seguridad, trazabilidad, identificación del emisor y supervisión de la Comisión Nacional de Valores (CNV).

Por otro lado, la propuesta contemplaba la creación de los “Otros Ámbitos de Negociación Autorizados”, una categoría que pretendía incluir plataformas digitales, aplicaciones y sistemas administrados por Proveedores de Servicios de Activos Virtuales habilitados. Así, las transacciones efectuadas en esos espacios iban a tener la misma validez jurídica que las realizadas en mercados autorizados.

La reforma también delimitaba las atribuciones del Banco Central y de la CNV. La autoridad monetaria conservaría el control sobre pagos, liquidaciones y compensaciones que involucren pesos o moneda extranjera, mientras que el organismo regulador del mercado quedaría a cargo de la emisión, el registro y la negociación de valores negociables tokenizados.

Por otra parte, el Ejecutivo proponía ampliar el universo de activos que pueden respaldar un crédito. La lista incluía activos virtuales, derechos de propiedad intelectual, acciones, participaciones societarias, créditos contractuales, existencias, ingresos futuros y fondos depositados en cuentas bancarias o de proveedores de servicios de pago. Asimismo, para concentrar los datos de esas garantías, se proponía la creación de un Sistema Federal de Registro de Garantías.

También estaban en marcha modificaciones para pagarés, cheques, tarjetas, warrants, fideicomisos, fondos comunes de inversión y facturas de crédito electrónicas destinadas a pequeñas y medianas empresas. En este sentido, el proyecto buscaba habilitar cláusulas de actualización e indexación en pagarés, admitir títulos electrónicos para los cobros con tarjeta y permitir que los fondos comunes inviertan en activos virtuales, bajo las condiciones que establezca la CNV.

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